Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Consideracion de no exclusividad En el Pliego de Bases y Condiciones seccion Requisitos de calificacion y criterios de evaluacion en Experiencia Especifica en Obras dice lo siguiente: "Poseer como mínimo dos (2) contratos de obras firmadas con la convocante o las Facultades dependientes de la misma.-" Solicitamos respetuosamente a la convocante, que no sea excluyente la no presentación de contratos de obras con la convocante o las Facultades dependientes de la misma, ya que de esta manera limita la participación de posibles nuevos oferentes que no cuentan con este requisito pero que si poseen extensa experiencia en obras, similares y de todo tipo, con otras convocantes ya sean publicos o privados. 04-08-2021 09-08-2021
2 solicitud de modificacion de requsitos de experienca especifica Solicitud de modificación la experiencia especifica específicamente en el siguiente apartado: Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos dos (2) contrato, durante los últimos diez (10) años, similares a las obras propuestas. Poseer como mínimo dos contratos de obras firmadas con la convocante o las Facultades dependientes de la misma. La inclusion de este requisito de contar dos contratos de obras firmadas con la convocante o las Facultades dependientes de la misma limita exageradamente la participación de potenciales oferentes, siendo que varias empresas dedicadas al rubro pueden poseer contratos con otras instituciones publicas. Por todo lo mencionado se peticiona modificar el requisito de experiencia especifica solicitando la experiencia especifica se incluya la experiencia con instituciones publicas y/ privadas respectivamente a fin de aumentar la cantidad de posibles participantes. El pedido se basa en lo estipulado en la ley 2051/03 de CONTRATACIONES PUBLICAS, específicamente en el Art. 4 PRINCIPIOS GENERALES en el siguiente inc: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Es importante destacar que en la justificación del mencionado requisito la convocante no fundamenta el motivo por el cual se requiera que se tenga firmado contratos con la misma convocante 05-08-2021 09-08-2021
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