Con relacion al item 1 Switch de 48 puertos donde dice IEEE 802.1 ae (MACsec) (exigido). Solicitamos respetuosamente a la convocante dejar como opcional este punto, de tal manera de poder permitir una mayor cantidad de oferentes.
Con relacion al item 1 Switch de 48 puertos donde dice IEEE 802.1 ae (MACsec) (exigido). Solicitamos respetuosamente a la convocante dejar como opcional este punto, de tal manera de poder permitir una mayor cantidad de oferentes.
Referente al switches de 48 puertos, donde dice RFC 1305 (Network Timing Protocolo - NTP) (exigido). Solicitamos respetuosamente a la convocante aceptar switches que dispongan del protocolo RFC 5905 NTPv4 ya que el protocolo mencionado deja como obsoleto al RFC 1305 y al RFC 4340.
Referente al switches de 48 puertos, donde dice RFC 1305 (Network Timing Protocolo - NTP) (exigido). Solicitamos respetuosamente a la convocante aceptar switches que dispongan del protocolo RFC 5905 NTPv4 ya que el protocolo mencionado deja como obsoleto al RFC 1305 y al RFC 4340.
Referente al Switch de 48 puertos. Donde dice EN55032 Class A (Exigido), AS/NZS 60950-1 (Exigido), UL 62368-1 (exigido) y IEC 62368-1 (Exigido). Solicitamos respetuosamente a la convocante dejar dichos requerimientos como opcionales, ya que dichas certificaciones no influirá en el rendimiento del equipo.
Referente al Switch de 48 puertos. Donde dice EN55032 Class A (Exigido), AS/NZS 60950-1 (Exigido), UL 62368-1 (exigido) y IEC 62368-1 (Exigido). Solicitamos respetuosamente a la convocante dejar dichos requerimientos como opcionales, ya que dichas certificaciones no influirá en el rendimiento del equipo.
Referente al Switch de 48 puertos. Donde dice EN 60950-1 Second Edition (exigido) Solicitamos respetuosamente a la convocante aceptar equipos que tengan la certificación EN 60950-1:2006, dejando así el requerimiento solicitado como opcional
Referente al Switch de 48 puertos. Donde dice EN 60950-1 Second Edition (exigido) Solicitamos respetuosamente a la convocante aceptar equipos que tengan la certificación EN 60950-1:2006, dejando así el requerimiento solicitado como opcional
El llamado a licitación fue publicado el día 09 de septiembre del presente año, dando como plazo máximo de consultas el jueves 23 de septiembre del presente año (ajustándose a lo establecido para este tipo de llamado), otorgando a los potenciales oferentes 14 días corridos para elaborar sus consultas. La convocante entiende que es plazo suficiente para que los potenciales oferentes formulen sus consultas y las remitan. Favor remitirse al pliego de bases y condiciones.
6
Consulta Anticipo
Solicitamos consultar, si existe la posibilidad de que pueda haber algún % de anticipo, nos despedimos amablemente.
Saludos.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,10 % (cero coma diez por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”,Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,10 % (cero coma diez por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que fije un día y hora a fin de que los potenciales oferentes puedan realizar una Visita Técnica guiada por un encargado que conozca el proyecto requerido.
Esto es necesario debido a la envergadura del trabajo requerido.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que fije un día y hora a fin de que los potenciales oferentes puedan realizar una Visita Técnica guiada por un encargado que conozca el proyecto requerido.
Esto es necesario debido a la envergadura del trabajo requerido.
En el Pliego de Bases. SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Alcance de los trabajos, dice:
Alcance de los trabajos
El oferente que resultara adjudicado deberá realizar el despliegue total de lo solicitado en el presente llamado, incluyendo todos los accesorios, materiales, servicios para la correcta puesta en marcha de todo lo solicitado, aunque los mismos no se encuentren descritos en el presente pliego de bases y condiciones.
Se solicita que el Oferente adjudicado incluya TODOS los accesorios, materiales y servicios para la correcta puesta en marcha de todo lo solicitado, aunque los mismos no se encuentren descritos en el presente pliego de bases y condiciones; debido a esto, los potenciales oferentes necesitaran hacer un recorrido del sitio donde será implementada la solución requerida a fin de poder dimensionar y hacer todos los cálculos de los materiales y trabajos que serán incluidos para poder hacer una oferta acorde a la necesidad de la Convocante.
En el Pliego de Bases. SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Alcance de los trabajos, dice:
Alcance de los trabajos
El oferente que resultara adjudicado deberá realizar el despliegue total de lo solicitado en el presente llamado, incluyendo todos los accesorios, materiales, servicios para la correcta puesta en marcha de todo lo solicitado, aunque los mismos no se encuentren descritos en el presente pliego de bases y condiciones.
Se solicita que el Oferente adjudicado incluya TODOS los accesorios, materiales y servicios para la correcta puesta en marcha de todo lo solicitado, aunque los mismos no se encuentren descritos en el presente pliego de bases y condiciones; debido a esto, los potenciales oferentes necesitaran hacer un recorrido del sitio donde será implementada la solución requerida a fin de poder dimensionar y hacer todos los cálculos de los materiales y trabajos que serán incluidos para poder hacer una oferta acorde a la necesidad de la Convocante.
Como es posible que la convocante para este llamado haya direccionado la adquisición a la marca Aviglion, siendo que la Ley de Contrataciones Públicas establece que el PBC debe ser lo más amplio posible para dar oportunidad a las marcas y a los oferentes. En este caso ya están limitando la participación de marcas y oferentes. Solicitamos que la convocante revea las especificaciones técnicas de este llamado a la marca Avigilion y establezca nuevas especificaciones sin direccionamiento a ninguna marca especifica. Eso es verificable en la Pag 73. del PBC para el item Sistema de Gestion y Almacenamiento de imagentes de video inteligente.
Todo lo mencionado tiene sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Como es posible que la convocante para este llamado haya direccionado la adquisición a la marca Aviglion, siendo que la Ley de Contrataciones Públicas establece que el PBC debe ser lo más amplio posible para dar oportunidad a las marcas y a los oferentes. En este caso ya están limitando la participación de marcas y oferentes. Solicitamos que la convocante revea las especificaciones técnicas de este llamado a la marca Avigilion y establezca nuevas especificaciones sin direccionamiento a ninguna marca especifica. Eso es verificable en la Pag 73. del PBC para el item Sistema de Gestion y Almacenamiento de imagentes de video inteligente.
Todo lo mencionado tiene sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Aclaramos a los potenciales oferentes que que la convocante cuenta actualmente con una plataforma de gestión de video vigilancia de la marca Avigilon, adquirido en otra licitación anterior, ya existe una inversión realizada y capacitación del personal en el uso de la plataforma, por este motivo ya existe una dependencia tecnológica, tomando en consideración este punto la convocante solicita una ampliación sobre este sistema, por ello se solicitan las licencias correspondientes, ya que la misma ya se encuentra desplegada, funcionando y la convocante necesita que todo el sistema funcione unificado aprovechando lo ya existente y no desechando lo ya adquirido y mucho menos duplicando sistemas complicando la gestión y manejo de los sistemas por parte de los recursos de la convocante. Favor remitirse al pliego de bases y condiciones ya que no se está quebrantando ningún principio de libertad de competencia.