El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem |
Descripción del Bien |
Especificaciones Técnicas y Normas N° |
1 |
Suministro de Filtros para Vehículos de la Flota de la ANDE, bajo la Modalidad de Contrato Abierto. |
DSA/MDV/22/2021 |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
LOTE 1 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE AIRE PARA AGRALE 10000S 2017 CHASIS 9BYC92A2AJ00000100 |
5 |
10 |
|
2 |
FILTRO DE ACEITE PARA AGRALE 10000S 2017 CHASIS 9BYC92A2AJ00000100 |
5 |
10 |
|
3 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA AGRALE 10000S 2017 CHASIS 9BYC92A2AJ00000100 |
5 |
10 |
LOTE 2 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE AIRE PRIMARIO PARA FORD CARGO 1723 E CHASIS 9BFYEAHD4KBL77431 |
5 |
10 |
|
2 |
FILTRO DE AIRE SECUNDARIO PARA FORD CARGO 1723 E CHASIS 9BFYEAHD4KBL77431 |
5 |
10 |
|
3 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA FORD CARGO 1723 E CHASIS 9BFYEAHD4KBL77431 |
5 |
10 |
|
4 |
FILTRO DE ACEITE PARA FORD CARGO 1723 E CHASIS 9BFYEAHD4KBL77431 |
5 |
10 |
|
5 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA FORD CARGO |
5 |
10 |
|
6 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA FORD CARGO |
5 |
10 |
|
7 |
FILTRO DE ACEITE PARA FORD Cargo |
5 |
10 |
|
8 |
FILTRO DE AIRE PARA FORD F-250 |
5 |
10 |
|
9 |
FILTRO DE ACEITE PARA FORD F-250 |
5 |
10 |
|
10 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA FORD F-250 |
5 |
10 |
|
11 |
FILTRO DE ACEITE PARA FORD RANGER 3.2 Y 2.2 2017 |
550 |
1100 |
|
12 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA FORD RANGER 3.2 Y 2.2 2017 |
550 |
1100 |
|
13 |
FILTRO DE AIRE PARA FORD RANGER 3.2 Y 2.2 2017 |
550 |
1100 |
|
14 |
FILTRO DE ACEITE PARA FORD RANGER FLEX FUEL |
25 |
50 |
|
15 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA FORD RANGER FLEX FUEL |
25 |
50 |
|
16 |
FILTRO DE AIRE PARA FORD RANGER FLEX FUEL |
25 |
50 |
LOTE 3 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE AIRE PARA MERCEDES BENZ ATEGO 1725 2018 CON CHASIS 9BM958078LB127193 |
25 |
50 |
|
2 |
FILTRO DE ACEITE PARA MERCEDES BENZ ATEGO 1725 2018 CON CHASIS 9BM958078LB127193 |
25 |
50 |
|
3 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA MERCEDES BENZ ATEGO 1725 2018 CON CHASIS 9BM958078LB127193 |
25 |
50 |
|
4 |
FILTRO DE AIRE PARA MERCEDES BENZ (PRIMARIO) |
25 |
50 |
|
5 |
FILTRO DE AIRE PARA MERCEDES BENZ (SECUNDARIO) |
25 |
50 |
|
6 |
FILTRO DE AIRE PARA MERCEDES BENZ (PRIMARIO) |
25 |
50 |
|
7 |
FILTRO DE AIRE PARA MERCEDES BENZ (SECUNDARIO) |
25 |
50 |
|
8 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA MERCEDES BENZ |
25 |
50 |
|
9 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA MERCEDES BENZ C-11860 CARTON |
25 |
50 |
|
10 |
FILTRO DE ACEITE PARA CAMION MERCEDES BENZ CON MOTOR OM. |
25 |
50 |
|
11 |
FILTRO DE AIRE PARA MERCEDES BENZ 709 |
5 |
10 |
LOTE 4 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE ACEITE PARA NISSAN FRONTIER CON MOTOR ZD30 |
500 |
1000 |
|
2 |
FILTRO DE AIRE PARA NISSAN FRONTIER CON MOTOR ZD30 |
500 |
1000 |
|
3 |
FILTRO DE ACEITE PARA NISSAN TD-27 |
200 |
400 |
|
4 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA NISSAN D-22 |
650 |
1300 |
|
5 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA NISSAN D-22 |
650 |
1300 |
|
6 |
FILTRO DE AIRE PARA NISSAN TD-27 D-22 |
200 |
400 |
|
7 |
FILTRO DE AIRE PARA NISSAN Y-60 TD-42 |
10 |
20 |
|
8 |
FILTRO DE ACEITE PARA NISSAN D-23 YD-25 |
600 |
1200 |
|
9 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA NISSAN D-23 YD-25 |
600 |
1200 |
|
10 |
FILTRO DE AIRE PARA NISSAN D-23 YD-25 |
600 |
1200 |
LOTE 5 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE AIRE PARA CHEVROLET S-10 2.8 2017 EN ADELANTE |
600 |
1200 |
|
2 |
FILTRO DE ACEITE PARA CHEVROLET S-10 2.8 2017 EN ADELANTE |
600 |
1200 |
|
3 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA CHEVROLET S-10 2.8 2017 EN ADELANTE |
600 |
1200 |
LOTE 6 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE AIRE PARA VOLKSWAGEN 8,140 9.150 |
75 |
150 |
|
2 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA VW 7.100 |
50 |
100 |
|
3 |
FILTRO DE ACEITE VW MOTOR X-10 |
75 |
150 |
|
4 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA VW 9.150 |
75 |
150 |
|
5 |
FILTRO SEDIMENTADOR DE AGUA PARA CAMION VW 9,150 2017 CON CHASIS 9533A52R7HR704041 |
50 |
100 |
|
6 |
FILTRO DE ACEITE PARA CAMION VW 9,150 2017 CON CHASIS 9533A52R7HR704041 |
75 |
150 |
|
7 |
FILTRO DE AIRE PARA CAMION VW 9,150 2017 CON CHASIS 9533A52R7HR704041 |
80 |
160 |
|
8 |
FILTRO DE ACEITE PARA VW 17.250 2017 CON CHASIS 9534N8241JR805063 |
50 |
100 |
|
9 |
FILTRO DE AIRE PARA VW 17.250 2017 CON CHASIS 9534N8241JR805063 |
50 |
100 |
|
10 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA VW 17.250 2017 CON CHASIS 9534N8241JR805063 |
50 |
100 |
|
11 |
FILTRO SEDIMENTADOR DE AGUA PARA VW 17.250 2017 CON CHASIS 9534N8241JR805063 |
50 |
100 |
LOTE 7 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE AIRE PARA JOHN DEERE 6115D 2017 CHASIS 1D06115DKJ0966031 |
15 |
30 |
|
2 |
FILTRO DE ACEITE PARA JOHN DEERE 6115D 2017 CHASIS 1D06115DKJ0966031 |
15 |
30 |
|
3 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA JOHN DEERE 6115D 2017 CHASIS 1D06115DKJ0966031 |
15 |
30 |
|
4 |
FILTRO DE TRANSMISION PARA JOHN DEERE 6115D 2017 CHASIS 1D06115DKJ0966031 |
15 |
30 |
LOTE 8 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE ACEITE PARA TRACTOR MASSEY FERGUSON |
10 |
20 |
|
2 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA TRACTOR MASSEY FERGUSON |
10 |
20 |
|
3 |
FILTRO HIDRAULICO PARA TRACTOR MASSEY FERGUSON |
10 |
20 |
LOTE 9 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE ACEITE PARA ISUZU DMAX CON MOTOR 3.000CC |
100 |
200 |
|
2 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA ISUZU DMAX CON MOTOR 3.000CC |
100 |
200 |
|
3 |
FILTRO DE AIRE PARA ISUZU DMAX CON MOTOR 3.000CC |
100 |
200 |
|
4 |
FILTRO DE ACEITE PARA ISUZU DMAX CON MOTOR 2.500CC |
250 |
500 |
|
5 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA ISUZU DMAX CON MOTOR 2.500CC |
250 |
500 |
|
6 |
FILTRO DE AIRE PARA ISUZU DMAX CON MOTOR 2.500CC |
260 |
520 |
LOTE 10 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE AIRE PARA TOYOTA FORTUNER 2012 |
25 |
50 |
|
2 |
FILTRO DE ACEITE PARA TOYOTA FORTUNER 2012 |
25 |
50 |
|
3 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA TOYOTA FORTUNER 2012 |
25 |
50 |
|
4 |
FILTRO DE CABINA DE A/C PARA TOYOTA FORTUNER 2012 |
4 |
8 |
|
5 |
FILTRO DE AIRE PARA TOYOTA LAND CRUISER 2020 |
50 |
100 |
|
6 |
FILTRO DE ACEITE PARA TOYOTA LAND CRUISER 2020 |
50 |
100 |
|
7 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA TOYOTA LAND CRUISER 2020 |
50 |
100 |
|
8 |
FILTRO DE AIRE PARA TOYOTA HIACE 2012 |
25 |
50 |
|
9 |
FILTRO DE ACEITE PARA TOYOTA HIACE 2012 |
25 |
50 |
|
10 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA TOYOTA HIACE 2012 |
25 |
50 |
LOTE 11 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO DE ACEITE PARA PICK UP Mahindra CON MOTOR 2500CC |
20 |
40 |
|
2 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE PARA PICK UP Mahindra CON MOTOR 2500CC |
20 |
40 |
|
3 |
FILTRO DE AIRE PARA PICK UP Mahindra CON MOTOR 2500CC |
20 |
40 |
LOTE 12 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO ACEITE MOTOR (LF 160) |
10 |
20 |
|
2 |
FILTRO HIDRAULICO (KM11Y-60-28710) |
10 |
20 |
|
3 |
FILTRO DE RESP. HIDRAULICO.(KM421-60-35170) |
10 |
20 |
|
4 |
FILTRO SECUNDARIO HIDRAULICO (KM113-60-43321) |
10 |
20 |
|
5 |
FILTRO DE AIRE INTERNO (KM12Y-02-11190) |
10 |
20 |
|
6 |
FILTRO DE AIRE EXTERNO (KM12Y-02-11180) |
10 |
20 |
|
7 |
FILTRO (KM12Y-979-1174) |
10 |
20 |
|
8 |
FILTRO DE AIRE ACOND. INTERNO (KM12Y-979-1181) |
10 |
20 |
|
9 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE KM600-319-3610 |
10 |
20 |
|
10 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE KM6754-79-6140 |
10 |
20 |
LOTE 13 |
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
FILTRO ACEITE MOTOR MONTACARGA CLARK CDP30 |
15 |
30 |
|
2 |
FILTRO ACEITE MOTOR MONTACARGA CLARK CQ30 |
15 |
30 |
|
3 |
FILTRO DE AIRE INTERNO MONTACARGA CLARK CDP30 |
15 |
30 |
|
4 |
FILTRO DE AIRE INTERNO MONTACARGA CLARK CDP30 |
15 |
30 |
|
5 |
FILTRO DE AIRE EXTERNO MONTACARGA CLARK CDP30 |
15 |
30 |
|
6 |
FILTRO DE AIRE EXTERNO MONTACARGA CLARK CQ30 |
15 |
30 |
|
7 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE MONTACARGA CLARK CDP30 |
15 |
30 |
|
8 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE MONTACARGA CLARK CQ30 |
15 |
30 |
|
9 |
FILTRO ACEITE MOTOR MONTACARGA CLARK CMP50SD |
15 |
30 |
|
10 |
FILTRO ACEITE MOTOR MONTACARGA CLARK C50SD |
15 |
30 |
|
11 |
FILTRO DE AIRE INTERNO MONTACARGA CLARK CMP50SD |
15 |
30 |
|
12 |
FILTRO DE AIRE INTERNO MONTACARGA CLARK C50SD |
15 |
30 |
|
13 |
FILTRO DE AIRE EXTERNO MONTACARGA CLARK CMP50SD |
15 |
30 |
|
14 |
FILTRO DE AIRE EXTERNO MONTACARGA CLARK C50SD |
15 |
30 |
|
15 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE MONTACARGA CMP50SD |
15 |
30 |
|
16 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE MONTACARGA CMP50SD |
15 |
30 |
|
17 |
FILTRO DE COMBUSTIBLE MONTACARGA C50SD |
15 |
30 |
Lugar de Entrega de los Bienes: Depósito de la ANDE en Asunción (Sito en la Avda. Boggiani y Dr. Facundo Machain) Dpto. de Administración de Materiales.
Entrega de los Bienes
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
ANDE LPN N° 1667/2021 - Asunción - Paraguay, además de otros datos indicados en las Especificaciones Técnicas.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes por su cuenta y sin costo alguno para la Contratante.
El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los Bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la Contratante o de su representante, ni la emisión de informes de resultados de pruebas, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato.
Inspecciones en el Depósito de la Contratante:
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
Documentos de Recepción Provisional y Definitiva:
La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Certificado de Recepción Provisional, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la última entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.
A partir de la fecha de emisión del Certificado de Recepción Provisional correspondiente, se inicia el periodo de garantía indicado en el Pliego de Bases y Condiciones
Al término de dicho plazo, correspondiente a la última entrega, la Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes treinta (30) días hábiles, el Acta de Recepción Definitiva.
Tanto para la Recepción Provisional como para la Recepción Definitiva, en caso de que los bienes entregados y/o servicios ejecutados no se ajusten a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, el Proveedor deberá reparar o remplazar los bienes y/o subsanar los servicios en el plazo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado de Recepción Provisional |
Certificado de Recepción Provisional |
Conforme al Plan de Entrega del Bien |
Acta de Recepción Definitiva |
Acta de Recepción Definitiva |
Conforme a las Condiciones Contractuales |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|