En las el ITEM 3 Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 3 MEMORIA solicita textualmente RAM: DDR2 4 GB SDRAM o superior; ROM: 64 GB Flash o superior, considerando que la convocante utiliza este tipo de dispositivos en la carga manual mediante teclado físico del valor visual leído de los medidores correspondiente al consumo de los usuarios mediante una aplicación que puede ser soportada por una versión Android tan antigua como Android 4.3, aplicación que incluso es soportadas por los TPLs actualmente en uso por la convocante las cuales no poseen la capacidad de memoria solicitada, Solicitamos respetuosamente a la convocante que acepte capacidades de memoria de RAM: DDR2 3 GB SDRAM o superior; ROM: 32 GB Flash. De mantenerse lo solicitado atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En las el ITEM 3 Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 3 MEMORIA solicita textualmente RAM: DDR2 4 GB SDRAM o superior; ROM: 64 GB Flash o superior, considerando que la convocante utiliza este tipo de dispositivos en la carga manual mediante teclado físico del valor visual leído de los medidores correspondiente al consumo de los usuarios mediante una aplicación que puede ser soportada por una versión Android tan antigua como Android 4.3, aplicación que incluso es soportadas por los TPLs actualmente en uso por la convocante las cuales no poseen la capacidad de memoria solicitada, Solicitamos respetuosamente a la convocante que acepte capacidades de memoria de RAM: DDR2 3 GB SDRAM o superior; ROM: 32 GB Flash. De mantenerse lo solicitado atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
2
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En las el ITEM 3 Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 6 PANTALLA en lo que se refiere específicamente a la resolución de pantalla solicita textualmente TAMAÑO: 4” HD RESOLUCIÓN 1080P O SUPERIOR pero mas abajo en el mismo ITEM vuelve a solicitar MÁXIMA RESOLUCIÓN: FULL HD 1080P, Solicitamos respetuosamente a la convocante que aclare la resolución mínima de la pantalla a ser solicitada por la convocante expresada en un valor de pixeles horizontal por vertical o viceversa como por ejemplo (1080x540). De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En las el ITEM 3 Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 6 PANTALLA en lo que se refiere específicamente a la resolución de pantalla solicita textualmente TAMAÑO: 4” HD RESOLUCIÓN 1080P O SUPERIOR pero mas abajo en el mismo ITEM vuelve a solicitar MÁXIMA RESOLUCIÓN: FULL HD 1080P, Solicitamos respetuosamente a la convocante que aclare la resolución mínima de la pantalla a ser solicitada por la convocante expresada en un valor de pixeles horizontal por vertical o viceversa como por ejemplo (1080x540). De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
3
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En las el ITEM 3 Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 6 PANTALLA en lo que se refiere específicamente a la resolución de pantalla solicita textualmente TAMAÑO: 4” HD RESOLUCIÓN 1080P O SUPERIOR pero mas abajo en el mismo ITEM vuelve a solicitar MÁXIMA RESOLUCIÓN: FULL HD 1080P, Solicitamos respetuosamente a la convocante que aclare la resolución mínima de la pantalla a ser solicitada por la convocante expresada en un valor de pixeles horizontal por vertical o viceversa como por ejemplo (1080x540) y que considere una resolución mínima de 480x800 pixeles. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En las el ITEM 3 Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 6 PANTALLA en lo que se refiere específicamente a la resolución de pantalla solicita textualmente TAMAÑO: 4” HD RESOLUCIÓN 1080P O SUPERIOR pero mas abajo en el mismo ITEM vuelve a solicitar MÁXIMA RESOLUCIÓN: FULL HD 1080P, Solicitamos respetuosamente a la convocante que aclare la resolución mínima de la pantalla a ser solicitada por la convocante expresada en un valor de pixeles horizontal por vertical o viceversa como por ejemplo (1080x540) y que considere una resolución mínima de 480x800 pixeles. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
4
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En las el ITEM 3 Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 13 solicita textualmente ´´BATERÍA PRINCIPAL: RECARGABLE E INTERCAMBIABLE POR EL USUARIO. LI-POLYMER DE ALTA CAPACIDAD (4.500 mAh) PARA APROXIMADAMENTE 10 HORAS DE USO CONTINUO O SUPERIOR’’ , Solicitamos respetuosamente a la convocante que modifique este requerimiento considerando una capacidad de batería de 4.300 mAh ya que existen en el mercado equipos con este nivel de capacidad de batería pero con autonomías probadas superiores incluso a la solicitadas como de 12 horas en uso continuo. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En las el ITEM 3 Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 13 solicita textualmente ´´BATERÍA PRINCIPAL: RECARGABLE E INTERCAMBIABLE POR EL USUARIO. LI-POLYMER DE ALTA CAPACIDAD (4.500 mAh) PARA APROXIMADAMENTE 10 HORAS DE USO CONTINUO O SUPERIOR’’ , Solicitamos respetuosamente a la convocante que modifique este requerimiento considerando una capacidad de batería de 4.300 mAh ya que existen en el mercado equipos con este nivel de capacidad de batería pero con autonomías probadas superiores incluso a la solicitadas como de 12 horas en uso continuo. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
5
EXPERIENCIA REQUERIDA
En el Pliego de Bases y Condiciones, Experiencia Requerida dice:
Demostrar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes (equipos móviles de recolección de datos en campo), objetos de la presente licitación u otro de iguales o superiores características técnicas con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al cincuenta por ciento (50) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los: tres (3) últimos años. (Años 2018, 2019 y 2020)
Solicitamos respetuosamente a la convocante aceptar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes de equipos informáticos. Esto a modo de poder brindar la libre competencia, así también Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Experiencia Requerida dice:
Demostrar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes (equipos móviles de recolección de datos en campo), objetos de la presente licitación u otro de iguales o superiores características técnicas con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al cincuenta por ciento (50) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los: tres (3) últimos años. (Años 2018, 2019 y 2020)
Solicitamos respetuosamente a la convocante aceptar la experiencia en la fabricación y/o provisión de los bienes de equipos informáticos. Esto a modo de poder brindar la libre competencia, así también Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
6
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 5 CARCASA O ESTRUCTURA DEL EQUIPO solicita textualmente ´´CERTIFICADO STANDARD MIL-STD-810F, CONTRA VIBRACIONES – U OTRAS CERTIFICACIONES EQUIVALENTES CONTRA VIBRACIONES.’’ , Solicitamos respetuosamente a la convocante que considere este requerimiento como opcional considerando que el equipo ya debería ser resistente a caídas polvo y humedad permitiendo la participación de una mayor cantidad de oferentes. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 5 CARCASA O ESTRUCTURA DEL EQUIPO solicita textualmente ´´CERTIFICADO STANDARD MIL-STD-810F, CONTRA VIBRACIONES – U OTRAS CERTIFICACIONES EQUIVALENTES CONTRA VIBRACIONES.’’ , Solicitamos respetuosamente a la convocante que considere este requerimiento como opcional considerando que el equipo ya debería ser resistente a caídas polvo y humedad permitiendo la participación de una mayor cantidad de oferentes. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
7
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 12 SENSORES solicita entre los sensores incorporados el GIROSCOPIO, Solicitamos respetuosamente a la convocante que considere este requerimiento como opcional considerando que EL GIROACOPIO ESTÁ DESTINADO A COMPLEMENTAR LA INFORMACIÓN SOBRE LA ORIENTACIÓN DEL MÓVIL función que puede ser asumida por el SENSOR DE GRAVEDAD junto con el ACELEROMETRO, esto permitiría una mayor participación de oferentes. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 12 SENSORES solicita entre los sensores incorporados el GIROSCOPIO, Solicitamos respetuosamente a la convocante que considere este requerimiento como opcional considerando que EL GIROACOPIO ESTÁ DESTINADO A COMPLEMENTAR LA INFORMACIÓN SOBRE LA ORIENTACIÓN DEL MÓVIL función que puede ser asumida por el SENSOR DE GRAVEDAD junto con el ACELEROMETRO, esto permitiría una mayor participación de oferentes. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
8
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 12 SENSORES solicita entre los sensores incorporados el de MOVIMIENTO, Solicitamos respetuosamente a la convocante que deje como opcional ya que los sensores de movimiento son aquellos basados en software pueden obtener sus datos del acelerómetro o en su defecto considerar al ACELEROMETRO como sensor de movimiento, ya que este funciona como sensor de movimiento debido a que acelerómetro del móvil consta de una parte móvil que se mueve dependiendo de la aceleración que le apliques, y de otra fija que interpreta el voltaje resultante de este movimiento para determinar la velocidad a la que lo hace y su orientación, esto permitiría una mayor participación de oferentes. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 12 SENSORES solicita entre los sensores incorporados el de MOVIMIENTO, Solicitamos respetuosamente a la convocante que deje como opcional ya que los sensores de movimiento son aquellos basados en software pueden obtener sus datos del acelerómetro o en su defecto considerar al ACELEROMETRO como sensor de movimiento, ya que este funciona como sensor de movimiento debido a que acelerómetro del móvil consta de una parte móvil que se mueve dependiendo de la aceleración que le apliques, y de otra fija que interpreta el voltaje resultante de este movimiento para determinar la velocidad a la que lo hace y su orientación, esto permitiría una mayor participación de oferentes. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
9
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 12 SENSORES solicita entre los sensores incorporados el COMPASS, Solicitamos respetuosamente a la convocante que considere este requerimiento como opcional considerando que el sensor utilizado para la orientación en función a la ubicación del norte magnético quedó obsoleto en Android 2.2 (API nivel 8) y el tipo de sensor de orientación quedó obsoleto en Android 4.4W (API nivel 20), reemplazando esta función con aplicaciones asociadas a los sistemas de geoposicionamiento global, esto permitiría una mayor participación de oferentes. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En las Especificaciones Técnicas (EE.TT.) del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) específicamente en su ITEM 12 SENSORES solicita entre los sensores incorporados el COMPASS, Solicitamos respetuosamente a la convocante que considere este requerimiento como opcional considerando que el sensor utilizado para la orientación en función a la ubicación del norte magnético quedó obsoleto en Android 2.2 (API nivel 8) y el tipo de sensor de orientación quedó obsoleto en Android 4.4W (API nivel 20), reemplazando esta función con aplicaciones asociadas a los sistemas de geoposicionamiento global, esto permitiría una mayor participación de oferentes. De mantenerse no estaría claro el requerimiento a ser solicitado y atentaría el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas –Art. 4 inciso b) de la Ley N.º 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
Sirvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado en la Adenda N° 2.
10
Muestra
Solicitamos a la convocante acepte "Como muestra" un equipo que cumpla exactamente con las m especificaciones técnicas pero que cuente con 2GB de RAM y 16GB de FLASH. Esto no afectará de ninguna manera a los equipos requeridos y que serán entregados por el oferente en caso de ser adjudicados (4GB de RAM y 64GB Flash). Debido a los plazos de entrega y retrasos a nivel mundial es prácticamente imposible importar equipos con estas características para presentarlos en la etapa de presentación de ofertas. Esto permitirá que una mayor cantidad de oferentes puedan participar.
Solicitamos a la convocante acepte "Como muestra" un equipo que cumpla exactamente con las m especificaciones técnicas pero que cuente con 2GB de RAM y 16GB de FLASH. Esto no afectará de ninguna manera a los equipos requeridos y que serán entregados por el oferente en caso de ser adjudicados (4GB de RAM y 64GB Flash). Debido a los plazos de entrega y retrasos a nivel mundial es prácticamente imposible importar equipos con estas características para presentarlos en la etapa de presentación de ofertas. Esto permitirá que una mayor cantidad de oferentes puedan participar.