Para el Lote 1, Favor solicitamos aclarar, si el límite de Gs. 15.000.000 de Responsabilidad Civil de la cobertura para edificios es en conjunto para todas las ubicaciones o 15 MM para cada una.
Para el Lote 1, Favor solicitamos aclarar, si el límite de Gs. 15.000.000 de Responsabilidad Civil de la cobertura para edificios es en conjunto para todas las ubicaciones o 15 MM para cada una.
No existe límite máximo de cobertura por ubicación
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Calificación de la Aseguradora Capacidad Financiera punto 2
Las calificaciones de las compañías de seguros son establecidas por las Calificadoras de Riesgos debidamente autorizadas por al Superintendencia de Seguros del BCP, y las mismas son otorgadas al cierre de cada ejercicio fiscal, siendo en este caso la ultima aprobada y publicada al 30/06/2021. En el requerimiento del punto 2- de Capacidad Financiera se solicita que la Compañía deberá demostrar que no cuenta con índices financieros negativos en sus indicadores financieros y calificación de riesgos. Solicitamos por tanto, aclarar que dichos índices financieros también son exigibles al 30/06/2021, como ultimo aprobado por la superintendencia de Seguros, por estar los mismos estrechamente ligadas a la calificación de las Aseguradoras.
04-11-2021
11-11-2021
Calificación de la Aseguradora Capacidad Financiera punto 2
Las calificaciones de las compañías de seguros son establecidas por las Calificadoras de Riesgos debidamente autorizadas por al Superintendencia de Seguros del BCP, y las mismas son otorgadas al cierre de cada ejercicio fiscal, siendo en este caso la ultima aprobada y publicada al 30/06/2021. En el requerimiento del punto 2- de Capacidad Financiera se solicita que la Compañía deberá demostrar que no cuenta con índices financieros negativos en sus indicadores financieros y calificación de riesgos. Solicitamos por tanto, aclarar que dichos índices financieros también son exigibles al 30/06/2021, como ultimo aprobado por la superintendencia de Seguros, por estar los mismos estrechamente ligadas a la calificación de las Aseguradoras.
Aclaramos que efectivamente, las coberturas de robo y responsabilidad civil deben ser considerados como sublímite de cobertura para el lote 1.
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Calificación de la Aseguradora Capacidad Financiera punto 2
Las calificaciones de las compañías de seguros son establecidas por las Calificadoras de Riesgos debidamente autorizadas por al Superintendencia de Seguros del BCP, y las mismas son otorgadas al cierre de cada ejercicio fiscal, siendo en este caso la ultima aprobada y publicada al 30/06/2021. En el requerimiento del punto 2- de Capacidad Financiera se solicita que la Compañía deberá demostrar que no cuenta con índices financieros negativos en sus indicadores financieros y calificación de riesgos. Solicitamos por tanto, aclarar que dichos índices financieros también son exigibles al 30/06/2021, como ultimo aprobado por la superintendencia de Seguros, por estar los mismos estrechamente ligadas a la calificación de las Aseguradoras.
04-11-2021
11-11-2021
Calificación de la Aseguradora Capacidad Financiera punto 2
Las calificaciones de las compañías de seguros son establecidas por las Calificadoras de Riesgos debidamente autorizadas por al Superintendencia de Seguros del BCP, y las mismas son otorgadas al cierre de cada ejercicio fiscal, siendo en este caso la ultima aprobada y publicada al 30/06/2021. En el requerimiento del punto 2- de Capacidad Financiera se solicita que la Compañía deberá demostrar que no cuenta con índices financieros negativos en sus indicadores financieros y calificación de riesgos. Solicitamos por tanto, aclarar que dichos índices financieros también son exigibles al 30/06/2021, como ultimo aprobado por la superintendencia de Seguros, por estar los mismos estrechamente ligadas a la calificación de las Aseguradoras.
Los requisitos exigibles son al 30/06/2021, remitirse a la Adenda N°1
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Consulta: Para el lote 1.1: SEGURO DE INCENDIOS EDIFICIOS Y CONTENIDO, favor establecer necesariamente cuál sería el capital para ROBO, como sublímite de cobertura.
Consulta: Para el lote 1.1: SEGURO DE INCENDIOS EDIFICIOS Y CONTENIDO, favor considerar que la cobertura de Robo sólo aplica a bienes que se encuentren dentro del edificio, atendiendo lo establecido en el pliego "La compañía aseguradora deberá reponer al MOPC, la pérdida por robo y/o incendio de los bienes que se hallen en propiedad del MOPC ya sean dentro del edificio y/o predio de las diferentes instalaciones del MOPC, ya sean propios o de terceros, así como los daños que sufran esos bienes como consecuencia del robo o su tentativa y los que ocasionen los ladrones para cometer el delito mediante denuncia formulada ante la autoridad policial."
Consulta: Para el lote 1.2 Favor aclarar que eventos se pretende cubrir como Negligencia, impericia y actos malintencionados?
Consulta: Para el lote 1.2 Favor solicitamos considerar excluir de la cobertura Negligencia, impericia y actos malintencionados, ya que las mismas no son coberturas otorgadas por el código civil para el seguro de incendio.
Consulta: Para el lote 1.2, favor establecer un capital, como sublímite de cobertura para Negligencia, impericia y actos malintencionados.
Consulta: Para el lote 1.3: SEGURO DE INCENDIOS DE SURTIDORES, favor solicitamos la ubicación exacta del riesgo (dirección)
Consulta: Para el lote 1.3: SEGURO DE INCENDIOS DE SURTIDORES, favor confirmar que en la cobertura de Tanque de Combustible Gasoil - Expendedor de combustible, no se incluye el contenido o existencia.
Consulta: Para el lote 1.3 SEGURO DE INCENDIOS DE SURTIDORE, favor aclarar propiedad de quien corresponderían las Casetas Surtidor de combustible ?
Consulta: Para el lote 1.4 SEGUROS DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS CONTEO DE TRÁNSITO, solicitamos la ubicación exacta del riesgo (Dirección)
Consulta: Para el lote 1.1: SEGURO DE INCENDIOS EDIFICIOS Y CONTENIDO, favor establecer necesariamente cuál sería el capital para ROBO, como sublímite de cobertura.
Consulta: Para el lote 1.1: SEGURO DE INCENDIOS EDIFICIOS Y CONTENIDO, favor considerar que la cobertura de Robo sólo aplica a bienes que se encuentren dentro del edificio, atendiendo lo establecido en el pliego "La compañía aseguradora deberá reponer al MOPC, la pérdida por robo y/o incendio de los bienes que se hallen en propiedad del MOPC ya sean dentro del edificio y/o predio de las diferentes instalaciones del MOPC, ya sean propios o de terceros, así como los daños que sufran esos bienes como consecuencia del robo o su tentativa y los que ocasionen los ladrones para cometer el delito mediante denuncia formulada ante la autoridad policial."
Consulta: Para el lote 1.2 Favor aclarar que eventos se pretende cubrir como Negligencia, impericia y actos malintencionados?
Consulta: Para el lote 1.2 Favor solicitamos considerar excluir de la cobertura Negligencia, impericia y actos malintencionados, ya que las mismas no son coberturas otorgadas por el código civil para el seguro de incendio.
Consulta: Para el lote 1.2, favor establecer un capital, como sublímite de cobertura para Negligencia, impericia y actos malintencionados.
Consulta: Para el lote 1.3: SEGURO DE INCENDIOS DE SURTIDORES, favor solicitamos la ubicación exacta del riesgo (dirección)
Consulta: Para el lote 1.3: SEGURO DE INCENDIOS DE SURTIDORES, favor confirmar que en la cobertura de Tanque de Combustible Gasoil - Expendedor de combustible, no se incluye el contenido o existencia.
Consulta: Para el lote 1.3 SEGURO DE INCENDIOS DE SURTIDORE, favor aclarar propiedad de quien corresponderían las Casetas Surtidor de combustible ?
Consulta: Para el lote 1.4 SEGUROS DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS CONTEO DE TRÁNSITO, solicitamos la ubicación exacta del riesgo (Dirección)
Los valores aproximados se indican en la Cobertura Requerida, Capital de Cobertura, Favor ajustarse a lo dispuesto en el PBC, La convocante puede solicitar requerimientos que considere apropiado y razonable de manera a salvaguardar los intereses de la institución y del Estado Paraguayo. Ver documento adjunto.