El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
COD. CATALOGO |
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACIÓN |
CANTIDAD |
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50171549-001 |
1 |
Yerba Mate |
Yerba Mate tradicional, uniforme por partida sin mezcla, elaborado de hojas molidas bien secas, no contendrá polvo de palito o palito triturado, con buen aroma para la elaboración de cocidos, conforme a la exigencias de la Cámara Paraguaya de la Yerba Mate, sello de procedencia, fecha mínima de vencimiento a seis meses, visible en el paquete, en perfecto estado de conservación. Registro de Establecimientos y Registro Sanitario de Productos Alimenticios al día. Información Nutricional impreso en el paquete. En paquetes de 500 gramos como mínimo. |
Gramo |
Paquete |
Por evento |
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50121538-002 |
2 |
Sardina |
Sardinas en aceite. Habilitaciones correspondientes del INAM con R.E. y R.S.P.A, las latas no deben presentar defectos exteriores, perfectamente sellados. En lata de 125 gramos como mínimo. |
Gramo |
Lata |
Por evento |
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50171551-001 |
3 |
Sal Fina |
En paquetes de 1 kilo de sal fina yodada limpio y apto para consumo humano. Cada una de las bolsas deberá ser termo sellado, de polipropileno, resistente a fuerte manipuleo, transporte y almacenaje, de 80 Micrones como Mínimo. Habilitaciones del INAM con R.E. y R.S.P.A. indicado en el envase. |
Kilo |
Paquete |
Por evento |
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50221101-006 |
4 |
Poroto Rojo |
El poroto rojo o san francisco de granos enteros, sanos, secos y limpios, de la cosecha del año, sin substancias extrañas de ninguna clase, en bolsas transparentes termo sellada, de polietileno de 80 micrones. El producto deberá estar contenido en una bolsa impresa de 1 kilo con la descripción del producto y sus características tales como: nombre del producto, descripción, kilo, datos del fabricante y fecha de vencimiento. Habilitaciones del INAM con R.E. y R.S.P.A. indicado en el envase. FECHA DE VENCIMIENTO MÍNIMO 6 (SEIS) MESES. |
Kilo |
Paquete |
Por evento |
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50112001-999 |
5 |
Picadillo de Carne Vacuna Enlatada |
Carne vacuna enlatada, en lata de 90 gramos como mínimo, habilitaciones del INAM con R.E. y R.S.P.A. indicado en el envase, asi como los ingredientes y otros conservantes también deberán estar especificados en la etiqueta. Debe contener la fecha de elaboración y vencimiento, como así también toda la información de su valor nutricional. Las latas no deben presentar defectos exteriores, perfectamente sellados. |
Gramo |
Lata |
Por evento |
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50131702-003 |
6 |
Leche Entera en Polvo |
Polvo deshidratado de leche de vaca pura y entera, en presentación en paquetes de 800 gramos como mínimo, instantánea, fortificada con vitaminas A y D. polvo uniforme sin grumos. Apto para consumo humano, de marca registrada impresa en el envase, no contendrá mezclas de sustancias extrañas, color blanco amarillento, sabor y olor agradable, no rancio, semejante a la leche fluida. Fecha de vencimiento, N° de lote, habilitación del INAM con su R.E. y R.S.P.A. Habilitaciones del INAM con R.E. y R.S.P.A. indicado en el envase, en buena conservación que evite la humedad. Debe contener información nutricional, libre de gluten con garantía de calidad. |
Gramo |
Paquete |
Por evento |
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50221102-004 |
7 |
Harina de Trigo |
Elaborado de trigo, tipo 000, limpia y seca, sin adición de ninguna clase, el producto debe de ser blanco y libre de cuerpos extraños, envasada en origen, el producto debe estar contenido en bolsa kraft impresa de 1 kilo con la descripción del producto y sus características tales como: nombre del producto, descripción, kilo, datos del fabricante, fecha de vencimiento. Las bolsas deben ser termo selladas, resistente a fuerte manipuleo, transporte y almacenaje, habilitaciones del INAM con R.E. y R.S.P.A. indicado en el envase. |
Kilo |
Paquete |
Por evento |
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50192902-001 |
8 |
Fideos |
Fideos en paquetes de 400 gramos como mínimo, el fideo deberá ser: moñito, tallarín, cortadito o spaguetti a pedido de la convocante, y estar contenido en una bolsa impresa de 400 gramos con la descripción del producto y sus características tales como: nombre del producto, descripción, kilo, datos del fabricante y fecha de vencimiento, las bolsas deberán estar termo sellado, de polipropileno, resistente a fuerte manipuleo, transporte y almacenaje, de 80 micrones como mínimo. Elaborado con harina de trigo del tipo ¨000¨, enriquecida con hierro y vitaminas, sin mezcla de sustancias extrañas (suciedad, otro tipo de harina, etc.) Habilitación correspondiente del INAM con R.E. y R.S.P.A. indicado en el envase. FECHA DE VENCIMIENTO MÍNIMO 6 (SEIS) MESES. |
Kilo |
Paquete |
Por evento |
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50171550-008 |
9 |
Extracto de Tomate |
Extracto de tomate puro en tetrapak de 140 gramos como mínimo, envasado en forma hermética, sin sustancias extrañas. Rotulado con información nutricional, sello de procedencia, acorde a las normas, resoluciones y/o leyes vigentes. Fecha de elaboración y vencimiento impresa en el envase. Habilitaciones correspondientes del INAM para consumo humano, debe indicar en la lata RE Y RSPA, las latas no deben presentar defectos exteriores, perfectamente sellados. FECHA DE VENCIMIENTO MÍNIMO 6 (SEIS) MESES. |
Gramo |
Tetrapak |
Por evento |
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50112001-028 |
10 |
Carne Vacuna Enlatada |
Carne vacuna enlatada de 340 gramos como mínimo, sin mezclas, los ingredientes y otros conservantes deben estar especificados en la etiqueta. Debe contener la fecha de elaboración y vencimiento, como así también toda la información de su valor nutricional. Habilitaciones correspondientes del INAM para consumo humano, debe indicar en la lata R.E. Y R.S.P.A., las latas no deben presentar defectos exteriores, perfectamente sellados. |
Gramo |
Lata |
Por evento |
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50201706-002 |
11 |
Café concentrado instantáneo |
Café concentrado instantáneo en frasco de 200 gramos como mínimo, etiquetado con habilitación del INAM R.E. y R.S.P.A. Rotulado con información nutricional, sello de procedencia, acordes a normas vigentes, fecha de elaboración y vencimiento visibles en la etiqueta. |
Gramo |
Frasco |
Por evento |
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50161509-002 |
12 |
Azúcar Blanca |
Azúcar blanca en paquete de 5 kilos como mínimo. Deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano y no podrá contener sustancias extrañas macro y/o microscópicas. Aspecto: polvo cristalizado, Color blanco, Olor y sabor característicos, sin sabores, ni olores extraños. El producto deberá estar contenido en una bolsa impresa de 5 kilos con la descripción del producto y sus características tales como: nombre del producto, descripción, kilo, datos del fabricante y fecha de vencimiento. Las bolsas deberán ser termo sellado, de polipropileno, resistente a fuerte manipuleo, transporte y almacenaje, de 80 Micrones como Mínimo. Habilitaciones del INAM con R.E. y R.S.P.A. indicado en el envase. FECHA DE VENCIMIENTO MÍNIMO 6 (SEIS) MESES. |
Kilo |
Paquete |
Por evento |
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50221101-001 |
13 |
Arroz |
Arroz en paquetes de 5 kilos como mínimo. Con la denominación de Arroz tipo 1 se entiende el grano entero de Oryza Sativa L. El producto deberá corresponder a la característica del Arroz Largo Fino Tipo I (no se aceptara arrocillo); deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano; libre de impurezas y parásitos. |
Kilo |
Paquete |
Por evento |
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50151513-9999 |
14 |
Aceite vegetal comestible de girasol, soja, soja- algodón de 5litros como mínimo |
ACEITE DE GIRASOL: es el aceite comestible, obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthus annus L. (girasol). ACEITE DE SOJA: es el aceite comestible obtenido de semilla de Glycine máxima L. Merr. soja) ACEITE COMESTIBLE MEZCLA DE SOJA Y ALGODÓN: es el aceite alimenticio constituido por la mezcla de aceites comestibles de soja y algodón. Se considerará como tal aquel cuyos aceites componentes estén presentes en una proporción superior al 5%.
a. Características Generales: LOS ACEITES DEBEN OFERTARSE EN BIDONES DE 5 LITROS COMO MÍNIMO Los aceites deben elaborarse a partir de semillas o frutos oleaginosos mediante procesos de elaboración que se ajusten a las condiciones de higiene establecidas en la legislación vigente. Contendrán solamente los componentes propios del aceite que integra la composición de las semillas o frutos del que provienen y los aditivos autorizados en el punto 3 de la presente especificación. Los productos deberán ser inocuos y adecuados para el consumo humano. b. Características Organolépticas: Aspecto: liquido transparente y libre de cuerpos extraños y sedimentos a 20°C. Sabor y olor: agradables, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. c. Características fisicoquímicas: Los aceites deberán cumplir con las siguientes características fisicoquímicas:
El producto podrá contener los aditivos alimentarios en las cantidades establecidas en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específicas. En ausencia de ambas podrá cumplir con lo establecido en las normas del Codex Alimentarius y/o Norma Paraguaya.
Los aceites deberán envasarse en envases de primer uso, aptos para estar en contacto con alimentos y que salvaguarden las cualidades higiénicas y organolépticas del alimento. Los envases deberán cumplir las disposiciones establecidas en el Reglamento Técnico Mercosur N° 03/92 "Criterios Generales de envases y equipamiento alimentario". Deberán presentarse en botellas de Polietileno Tereftalato (PET) y polietileno de alta densidad (PEAD), con tapa siguientes reglamentaciones técnicas: RES. MERCOSUR GMC N' 56/92: Disposiciones generales para envases y equipamientos plásticos en contacto con alimentos. RES. MERCOSUR GMC N" 2404: Reglamento Técnico MERCOSUR sobre lista positiva de polímeros y resinas para envases y equipamientos plásticos en contacto con alimentos. RES. MERCOSUR GMC N" 32/07: Reglamento Técnico MERCOSUR sobre lista positiva de aditivos para materiales plásticos destinados a la elaboración de envases y equipamientos en contacto con alimentos.
Los contenidos netos de los aceites deberán ajustarse a lo establecido en la Resolución Mercosur GMC/Res. N' 31/07 "Reglamento Técnico Mercosur sobre contenidos netos de productos premedidos".
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 "RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados" y la Resolución MERCOSUR GMC 22052 'RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos" y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el Art. 175 de la Ley Nº 836/80 "Código Sanitario", Resolución GMC 46/03 "Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados" y la Resolución 47/03 "Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional". De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información: a. Denominación del alimento b. Peso neto c. Datos del establecimiento del elaborador. d. País de Origen, (Ej. Industria Paraguaya)
Norma del Codex para aceites vegetales especificados - CODEX -STAN 210 (Enmendado 2003) Código alimentario argentino. Norma paraguaya NP Nº 109 Aceite de girasol. Especificaciones. Norma paraguaya NP Nº 106 Aceite de soja. Especificaciones. NMX-F-265-SCFI-2005. Alimentos de Aceite Comestible puro de girasol Especificaciones. Vencimiento: Mínimo 6 meses desde el momento de la recepción. Presentación: Bidones x 5 litros. Cotizar por Litros |
Litro |
Bidón |
Por evento |
Ing. Ftal. Eli León, Director de la Dirección de Áreas Silvestres Protegidas mediante el Departamento de Operaciones y Mantenimiento
La necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada es adquirir Alimentos para los Guardaparques apostados en los diferentes Parques Nacionales del País.
La planificación del llamado se realiza de periódica, atendiendo a la necesidad básica de sobrevivencia dentro de los parques nacionales.
Las especificaciones técnicas solicitadas para los Alimentos son elaboradas de acuerdo a los parámetros generales de la oferta del Mercado Local.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
ítem |
Código de Catalogo |
Descripción |
Plazo |
Lugar |
1 |
50171549-001 |
Yerba Mate |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
2 |
50121538-002 |
Sardina |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
3 |
50171551-001 |
Sal Fina |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
4 |
50221101-006 |
Poroto Rojo |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
5 |
50112001-999 |
Picadillo de Carne Vacuna Enlatada |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
6 |
50131702-003 |
Leche Entera en Polvo |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
7 |
50221102-004 |
Harina de Trigo |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
8 |
50192902-001 |
Fideos |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
9 |
50171550-008 |
Extracto de Tomate |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
10 |
50112001-028 |
Carne Vacuna Enlatada |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
11 |
50201706-002 |
Café concentrado instantáneo |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
12 |
50161509-002 |
Azúcar Blanca |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
13 |
50221101-001 |
Arroz |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
14 |
50151513-9999 |
Aceite vegetal comestible de girasol, soja, soja-algodón |
10 (diez) días hábiles posteriores a la recepción de Orden de Compra |
Avda. Madame Lynch Nº 3.500 Esq. Reservista del chaco - Asunción |
NO APLICA
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será: nota de remisión y Acta de Recepción de los bienes.
Frecuencia: Por emisión de orden de compra
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión |
Nota de Remisión |
30 días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra. |
Acta de Recepción y Conformidad |
Acta de Recepción y Conformidad |
30 días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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