El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Contrato Abierto por Cantidades Mínimas y Máximas
Ítem |
Descripción del bien |
Unidad de Medida |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
Cloro licuado |
kilogramo |
879.000 |
1.758.000 |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CLORO LICUADO
CLORO LICUADO
El cloro licuado debe ser provisto en cilindros de 900 a 1000 kg y 48 - 68 kg y deberá cumplir con las siguientes normas de calidad:
· Estado físico: gas licuado
· Pureza: mínimo 99.5 %
· Densidad: 1.425 g/mL
· Humedad: máximo 0.01%
· Residuo no volátil: máximo 0.02%
· Ácido sulfúrico: máximo 0.005%
· Bromo: máximo 0.0008%
· Plomo: 0.001% máximo
· Arsénico: 0.0003 % máximo
La ESSAP S.A. la verificación de las especificaciones técnicas de calidad del cloro licuado se realizará a través del Certificado de Calidad de Origen.
A cada partida proveída deberá acompañar éste Certificado Original y Hojas de Seguridad, los cuales serán controlados por la Gerencia de Operaciones a través de la Unidad de Control de Calidad. Sin la presentación de este documento los bienes suministrados no serán aceptados por la ESSAP S.A.
ENVASES:
Los envases contenedores serán de las siguientes capacidades: 900 a 1000 kg y 45 a 68 kg denominados Cilindros. Serán suministrados por el proveedor.
· Cilindros de 1 Tonelada: son tanques de acero soldados, que tienen una capacidad de 900 a 1000 kg, serán construidos de acuerdo a la Norma DOT-106-A-500X.
Los cabezales de los mismos, son convexos hacia adentro y son forjados y soldados contra el cuerpo del barril. Los lados deben ser plegados en los extremos, hacia adentro, de forma a reforzar estos bordes, permitiendo que los cilindros puedan ser levantados por medio de una viga que levanta el envase enganchado por ambos extremos.
Las válvulas de los contenedores, se protegen con un capuchón de acero.
· Cilindros de 50 Kg:
Los cilindros son tanques de acero sin costuras, que tienen una capacidad de 45 a 68 Kg. serán construidos en concordancia con las normas DOT: 3 A 480 y 3 AA 480. La base de los mismos, son convexos hacia adentro permitiendo que los cilindros se sostengan en posición vertical. Las válvulas de flujo son especiales y vienen equipadas con un dispositivo de alivio de presión que consiste en un tapón de metal fusible en el cuerpo de la válvula, ubicado debajo del asiento. La válvula del CILINDRO se protege con un capuchón de acero roscado.
Válvulas: Los cilindros tienen una sola válvula en la parte superior, la cual posee un fusible en la parte superior, conectado al asiento. El cuerpo es de Alloy B y el espigo en monel. No deberán presentar ningún tipo de oxidación o daño visible en su estructura.
Tapón fusible: La función del tapón fusible es evitar roturas explosivas debidas a la sobrepresión, ocasionada por altas temperaturas, que pueden producirse en casos de exposición al fuego. Poseen en su centro una aleación de plomo bismuto que funde entre 70 a 74 °C.
Las especificaciones DOT, requieren el grabado en los Cilindros, los siguientes datos:
· Número
· Material
· Símbolo del fabricante
· Número de serie
· Marca del inspector
· Fecha de prueba
· Capacidad de agua
· Tara (peso con válvulas y fusibles, pero sin capuchón).
Los Cilindros, deben ser testeados y según necesidad, con control de:
· Comprobación del mantenimiento de espesor de chapa (una vez al año)
· Prueba hidráulica (cada 5 (cinco) años.
En todos los casos se aplicarán los lineamientos del Chorine Institute y en particular el Pamphlet 17: Packaging Plant Safety and Operational Guidelenes Edition 3, Revision 1, August 2002, o similares, a cargo de un Certificador capacitado y reconocido a nivel Nacional o Regional, cuyos gastos correrán por cuenta del Proveedor.
En caso de realizarse, la Certificación del Testeo deberá acompañar a los Cilindros que sean proveídos.
Transporte: Características que deben cumplir los camiones.
El piso podrá ser de madera o acero. El piso de madera deberá ser de madera dura con un espesor mínimo de 30 mm, colocados sobre largueros estructurales cruzados de acero.
El piso de acero deberá tener un espesor mínimo de 8 mm. En el caso que esté colocado sobre un piso original de madera, 6 mm de espesor es considerado aceptable.
Los cilindros serán siempre propiedad del proveedor.
Sujeción:
Los cilindros de 1 tonelada se transportarán en posición horizontal, en una única fila sobre el piso del camión. El ancho de la caja debe ser tal que permita alinearlos en dirección perpendicular al eje longitudinal del transporte.
Deberán proveerse 2 (dos) cuñas para ser colocadas como elementos de sujeción debajo de cada cilindro, y deberá reforzarse la protección frontal contra la caja del camión, mediante una barra de acero o madera transversal a 40 cm del piso.
La parte trasera del camión deberá contar con una baranda removible de acero y deberá prevenir el rodaje de los cilindros traseros mediante una abrazadera que mantenga unidas las cabezas de las dos ubicadas en el último lugar, hacia el fondo de la caja.
Los cilindros de 50 Kg se transportarán en posición vertical paletizados en el interior de jaulas de seguridad. Las citadas jaulas se colocarán y asegurarán al piso del camión. Estarán construidas con barras de acero y una base de chapa antideslizante de 8 mm de espesor. La base tendrá 1022 mm de ancho por 1150 mm de largo, siendo la capacidad máxima de carga de 16 cilindros por jaula. Los cilindros de 50 kg se aseguran a la jaula mediante el empleo de cadenas o kit catraca, a una altura de 80 a 914 mm, medida desde la base de la jaula.
Señalización y Reglamentación:
Los vehículos deberán estar correctamente señalizados y adecuados para el traslado de sustancias peligrosas, teniendo en cuenta las Reglamentaciones de Tránsito Nacionales vigentes, así como el Acuerdo para la Facilitación del Transporte de Mercaderías Peligrosas en el MERCOSUR.
Deberán llevar conos y cintas de señalización para uso en la vía pública en los casos que ameriten ser instalados. Para esto se tendrá en cuenta las Reglamentaciones Vigentes.
Los camiones no podrán transportar pasajeros o cargas diferentes a las especificaciones de este contrato mientras realicen el servicio.
Los camiones estarán radiocontrolados o de lo contrario los choferes contarán con teléfonos celulares para las comunicaciones pertinentes.
El PROVEEDOR deberá poseer amplia experiencia en este tipo de transporte.
Los vehículos no podrán ser sustituidos por otros que no cumplan con las condiciones exigidas y que no sean previamente aceptados por una inspección técnica de la ESSAP S.A.
PERSONAL:
Se requerirán de 2 (dos) personas de parte del PROVEEDOR para el momento de la descarga de los cilindros a recibir. El personal del PROVEEDOR deberá estar capacitado y equipado para ejercer la mencionada labor, lo que deberá ser documentado. Sin perjuicio de ello, y de las evaluaciones de idoneidad que el Servicio Técnico de la ESSAP S.A. pueda realizar. El PROVEEDOR mantendrá una política de capacitación permanente. El plan de capacitación y actualización anual referido a la manipulación y transporte de cloro, así como todas las medidas de seguridad relacionadas será presentado a la ESSAP S.A. al comienzo de cada año.
El conductor deberá acreditar una formación especial que le permita afrontar el transporte de cloro con seguridad. Deberá conocer los riesgos inherentes a dicho transporte, estar capacitado para adoptar las medidas necesarias como para preservar su seguridad, la de terceros y proteger el medio ambiente, en caso de accidentes.
Emergencias:
El proveedor dispondrá de los equipos, infraestructura y recursos humanos capacitados para intervención en emergencias con cloro. A tales efectos, en caso de cualquier emergencia con un contenedor de cloro, sea en ruta o en cualquiera de las plantas de la ESSAP S.A., el PROVEEDOR estará en condiciones para asistir con los recursos necesarios y así atender la emergencia y mitigar posibles daños.
El oferente deberá poseer máscaras autónomas y kits de seguridad completo para el manejo seguro y responsable de los envases de Cloro licuado.
Verificación de peso:
La ESSAP S.A. realizará el control de peso de todas las recepciones con la báscula de la Convocante, certificada por INTN, y se considerará válido el resultado del pesaje de dicha báscula.
Nombre del Solicitante: Ing. Richar Heurich.
Cargo: Coordinación de Producción y Distribución - GERENCIA OPERACIONES.
El cloro licuado es utilizado como agente desinfectante en el tratamiento del agua potable, producto mediante el cual se produce la destrucción y/o inactivación de microorganismos que pueden producir daños a la salud de la población.
El llamado se realiza de forma periódica al ser un producto esencial en el tratamiento del agua potable.
Las especificaciones técnicas se basan en las Normas AWWA 3301-59 y las normas DOT 106-A-500X.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Ciudades |
Unidad de Medida |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
Partida/Mes |
Presentación |
Lugar de Entrega |
Año |
Fecha final de ejecución |
1 |
Cloro Licuado |
Asunción Viñas Kue |
Kg |
30.000 |
60.000 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Asunción Viñas Kue |
2021 |
30 (treinta) días a partir de la recepción de la orden de compra por parte del Proveedor |
Planta Puerto de Asunción |
Kg |
600 |
1.200 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Planta Puerto de Asunción |
||||
Planta Mariano R. Alonso |
Kg |
200 |
400 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Planta Mariano R. Alonso |
||||
Villa Jardín - Limpio |
Kg |
150 |
300 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Jardín - Limpio |
||||
Planta Puerto Casado |
Kg |
450 |
900 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Planta Puerto Casado |
||||
C. D. Loma Plata |
Kg |
450 |
900 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
C. D. Loma Plata |
||||
Encarnación |
Kg |
900 |
1.800 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Encarnación |
||||
Villa Rica (Tebikuarymi) |
Kg |
1.350 |
2.700 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Villa Rica (Tebikuarymi) |
||||
Concepción |
Kg |
450 |
900 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Concepción |
||||
Pilar |
Kg |
450 |
900 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Pilar |
||||
Ciudad del Este |
Kg |
450 |
900 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Ciudad del Este |
||||
Villa Hayes |
Kg |
200 |
400 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Hayes |
||||
San Bernardino |
Kg |
200 |
400 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
San Bernardino |
||||
Villa Florida |
Kg |
150 |
300 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Florida |
||||
Caacupé |
Kg |
125 |
250 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Caacupé |
||||
Alberdi |
Kg |
150 |
300 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Alberdi |
||||
Bella Vista Norte |
Kg |
175 |
350 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Bella Vista Norte |
||||
Caaguazú |
Kg |
50 |
100 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Caaguazú |
||||
San Estanislao |
Kg |
75 |
150 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
San Estanislao |
||||
Coronel Bogado |
Kg |
50 |
100 |
1-2⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Coronel Bogado |
||||
TOTAL POR MES |
Kg |
36.625 |
73.250 |
|
||||||
TOTAL POR 2 MESES |
Kg |
73.250 |
146.500 |
|||||||
Ítem |
Descripción del bien |
Ciudades |
Unidad de Medida |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
Partida/Mes |
Presentación |
Lugar de Entrega |
Año |
Fecha final de ejecución |
1 |
Cloro Licuado |
Asunción Viñas Kue |
Kg |
30.000 |
60.000 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Asunción Viñas Kue |
2022 |
30 (treinta) días a partir de la recepción de la orden de compra por parte del Proveedor |
Planta Puerto de Asunción |
Kg |
600 |
1.200 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Planta Puerto de Asunción |
||||
Planta Mariano R. Alonso |
Kg |
200 |
400 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Planta Mariano R. Alonso |
||||
Villa Jardín - Limpio |
Kg |
150 |
300 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Jardín - Limpio |
||||
Planta Puerto Casado |
Kg |
450 |
900 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Planta Puerto Casado |
||||
C. D. Loma Plata |
Kg |
450 |
900 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
C. D. Loma Plata |
||||
Encarnación |
Kg |
900 |
1.800 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Encarnación |
||||
Villa Rica (Tebikuarymi) |
Kg |
1.350 |
2.700 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Villa Rica (Tebikuarymi) |
||||
Concepción |
Kg |
450 |
900 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Concepción |
||||
Pilar |
Kg |
450 |
900 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Pilar |
||||
Ciudad del Este |
Kg |
450 |
900 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Ciudad del Este |
||||
Villa Hayes |
Kg |
200 |
400 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Hayes |
||||
San Bernardino |
Kg |
200 |
400 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
San Bernardino |
||||
Villa Florida |
Kg |
150 |
300 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Florida |
||||
Caacupé |
Kg |
125 |
250 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Caacupé |
||||
Alberdi |
Kg |
150 |
300 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Alberdi |
||||
Bella Vista Norte |
Kg |
175 |
350 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Bella Vista Norte |
||||
Caaguazú |
Kg |
50 |
100 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Caaguazú |
||||
San Estanislao |
Kg |
75 |
150 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
San Estanislao |
||||
Coronel Bogado |
Kg |
50 |
100 |
3-14⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Coronel Bogado |
||||
TOTAL POR MES |
Kg |
36.625 |
73.250 |
|
||||||
TOTAL POR 12 MESES |
Kg |
439.500 |
879.000 |
|||||||
Ítem |
Descripción del bien |
Ciudades |
Unidad de Medida |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
Partida/Mes |
Presentación |
Lugar de Entrega |
Año |
Fecha final de ejecución |
1 |
Cloro Licuado |
Asunción Viñas Kue |
Kg |
30.000 |
60.000 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Asunción Viñas Kue |
2023 |
30 (treinta) días a partir de la recepción de la orden de compra por parte del Proveedor |
Planta Puerto de Asunción |
Kg |
600 |
1.200 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Planta Puerto de Asunción |
||||
Planta Mariano R. Alonso |
Kg |
200 |
400 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Planta Mariano R. Alonso |
||||
Villa Jardín - Limpio |
Kg |
150 |
300 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Jardín - Limpio |
||||
Planta Puerto Casado |
Kg |
450 |
900 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Planta Puerto Casado |
||||
C. D. Loma Plata |
Kg |
450 |
900 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
C. D. Loma Plata |
||||
Encarnación |
Kg |
900 |
1.800 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Encarnación |
||||
Villa Rica (Tebikuarymi) |
Kg |
1.350 |
2.700 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Villa Rica (Tebikuarymi) |
||||
Concepción |
Kg |
450 |
900 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Concepción |
||||
Pilar |
Kg |
450 |
900 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Pilar |
||||
Ciudad del Este |
Kg |
450 |
900 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 1 Tn |
Ciudad del Este |
||||
Villa Hayes |
Kg |
200 |
400 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Hayes |
||||
San Bernardino |
Kg |
200 |
400 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
San Bernardino |
||||
Villa Florida |
Kg |
150 |
300 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Villa Florida |
||||
Caacupé |
Kg |
125 |
250 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Caacupé |
||||
Alberdi |
Kg |
150 |
300 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Alberdi |
||||
Bella Vista Norte |
Kg |
175 |
350 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Bella Vista Norte |
||||
Caaguazú |
Kg |
50 |
100 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Caaguazú |
||||
San Estanislao |
Kg |
75 |
150 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
San Estanislao |
||||
Coronel Bogado |
Kg |
50 |
100 |
15-24⁄24 |
Cilindro de 50 Kg |
Coronel Bogado |
||||
TOTAL POR MES |
Kg |
36.625 |
73.250 |
|
||||||
TOTAL POR 10 MESES |
Kg |
366.250 |
732.500 |
|||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
No aplica.- |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta de recepción. |
Acta de recepción. |
Noviembre 2021 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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