Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

No. De Artículo

Nombre de los Bienes o Servicios

Unidad de medida

1

Sulfato de Aluminio sólido granulado 17%

kg

2

Sulfato de Aluminio solución al 8%

kg

Detalle de las Especificaciones Técnicas

Para los propósitos de esta especificación, se aplican las siguientes definiciones:

  • Sulfato de Aluminio: es un producto que se obtiene al reaccionar un mineral de aluminio (caolín, bauxita y/o hidrato de aluminio) con ácido sulfúrico, a temperaturas elevadas: Al2O3 + 3(H2SO4) = Al2(SO4)3 + 3H2O
  • Presentación: el sulfato de aluminio puede ser sólido y solución líquida.
  • Masa de sulfato de aluminio líquido = (Masa de sulfato de aluminio (sólido) x  pureza) 

                                                                                       Pureza (8%) sulfato de aluminio (líquido)

  • Requisitos Físicos:

El sulfato de aluminio sólido debe ser en polvo seco y granular, siendo que el 90% de sus granos pase La Criba N°10 del National Bueau of Standart de los EEUU, y el 100% de sus granos la criba N°4 (aspecto=polvo ligeramente beige)

El sulfato de aluminio líquido debe ser claro, tal que permita efectuar lecturas de medidas de flujo, sin dificultad (aspecto=liquido ligeramente amarillo).

  • Requisitos Fisicoquímicos:

Parámetros

Unidad

Sulfato de Aluminio (Sólido)

Sulfato de Aluminio (solución 8%)

Al2O3

%

Min 17%

Min 8% Max. 8.3 %

Fe2O3

%

Max. 0.05

Max. 0.03

Insolubles

%

Max. 0.5

Max. 0.2

Acidez (**)

%

Max. 0.1

Max. 0.1

Basicidad (*)

%

Max. 0.5

Max. 0.5

pH Solución (1%)

pH

3.5 (±0.1)

3.5 (±0.1)

Densidad (***)

g/mL

-

1.320-1.336

(*) Basicidad = alcalinidad libre expresado como Al2O3

(**) Acidez = acidez libre expresado como H2SO4

Impurezas: el sulfato de aluminio no podrá contener materiales solubles no compuestos, en cantidades capaces de producir efectos nocivos a la salud humana y estos no podrán aportar más del 10% del valor máximo permitido en la Norma Nacional del Agua Potable vigente (arsénico, bario, cadmio, cromo, plomo, mercurio, selenio y plata.)

Empaque: El sulfato de aluminio sólido se suministra en bolsas de 50 kg. netos (±2.0%). Las bolsas deberán tener la resistencia necesaria para asegurar el arribo a las distintas Plantas de Tratamiento de la ESSAP S.A., en buenas condiciones.

Rotulación y Envasado: el sulfato de aluminio empleado en el tratamiento de potabilización de aguas como coagulante, de be ser registrado, como lo establece la autoridad sanitaria competente. Cada empaque debe marcarse con caracteres indelebles, en lugar visible, como mínimo, con la siguiente información:

  • Marca Comercial
  • Nombre del producto
  • Pureza (expresada en porcentaje de alúmina)
  • Contenido en kilogramos
  • Nombre y Dirección del Proveedor
  • USO EXCLUSIVO DE LA ESSAP S.A.

Certificación de Peso:

  • En Ciudades del Interior el jefe de planta controlará la cantidad de bolsas recibidas en cada entrega.
  • La provisión de sulfato de aluminio líquido, el peso será determinado en función a la densidad del producto y al volumen suministrado en cada partida entregada a la ESSAP S.A. Se tomará como valor base para el cálculo del peso en kilogramos, la densidad promedio según temperatura de entrega para cada carga.

Recepción y muestreo

  • Ítem 1- Sulfato de aluminio sólido: La Gerencia de Operaciones a través de la Unidad de Control de Calidad deberá verificar y realizar el muestreo durante la recepción del producto cuando se reciba en la Planta de Tratamiento de Viñas Cue; y en las plantas del interior a través de los Jefes de Planta en conjunto con el proveedor serán los encargados de verificar y tomar muestras durante la recepción. Su posterior remisión al laboratorio Central de Viñas Cue para el análisis queda a cargo del proveedor.

El muestreo deberá ser para un 5% de los empaques, usándose para el efecto un Tubo Muestreador de ¾ de diámetro. Se tomarán 2 (dos) porciones de 0.5 kg. Colocándose en recipientes herméticamente cerrados y sellados, para protegerse de la humedad. De las 2 (dos) muestras, 1 (uno) es para el análisis en el Laboratorio Central y 1 (uno) para el proveedor.

Estos envases deberán ser proveídos por el Proveedor para las Plantas de tratamiento del interior, rotulados con la siguiente información:

  • Número de Remito
  • Fecha de la entrega
  • Número de Lote
  • Cantidad
  • Lugar de la entrega
  • Ítem 2 Sulfato de Aluminio Líquido: La Gerencia de Operaciones deberá verificar el muestreo durante la recepción del producto en los tanques de sulfato existentes en el predio de la ESSAP S.A., tomándose 3 (tres) porciones (inferior, medio y superior) del líquido los que deberán conformar 1 (uno) muestra de 2 (dos) litros previamente mezclada y agitada, se formarán 3 (tres) muestras de 0,5 litros:  muestra 1, para testigo; muestra 2 para el proveedor y la muestra 3 para el laboratorio de ESSAP S.A. Todas las muestras deben tener una etiqueta identificadora y la muestra testigo lacrada y almacenada adecuadamente en el lugar acordado.
  • Verificación de Calidad: La Unidad de Control de Calidad Gerencia de Operaciones, controlará la calidad de cada muestra recibida que fue preparada y enviada según se indica en el apartado anterior y será la encargada de certificar la calidad del producto por cada partida recibida, dejando constancia presentando el análisis correspondiente.
  • Las normas a ser tenidas en cuenta para la determinación de la calidad son la del Estándar American Water Works Association (AWWA).

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
  • Lic. Sandra Pagliaro de Báez, Gerente, Gerencia de Operaciones.
  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
  • Producto utilizado en el tratamiento del agua potable como agente coagulante.
  • Justificar la planificación.
  • El llamado se realiza en forma periódica, considerando que es un producto esencial para el tratamiento del agua potable.
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas
  • Las especificaciones técnicas se basan en las normas de la Standard American Water Works Association ANSI/AWWA B403-98 (ALUMINUM SULFATE-LIQUID, GROUND, OR LUMP).

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

1

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

7.500

15.000

1 - 4⁄ 24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2021

CONCEPCIÓN

Kg

8.000

16.000

1 - 4⁄ 24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

7.000

14.000

1 - 4⁄ 24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

7.500

15.000

1 - 4⁄ 24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

10.000

20.000

1 - 4⁄ 24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

2.500

5.000

1 - 4⁄ 24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

1 - 4⁄ 24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

4.500

9.000

1 - 4⁄ 24

VILLA HAYES

REMANSITO

Kg

650

1.300

1 - 4⁄ 24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

2.000

4.000

1 - 4⁄ 24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

750

1.500

1 - 4⁄ 24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

750

1.500

1 - 4⁄ 24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

350

700

1 - 4⁄ 24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

1.000

2.000

1 - 4⁄ 24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

2.500

5.000

1 - 4⁄ 24

PUERTO CASADO

VILLA FLORIDA

Kg

750

1.500

1 - 4⁄ 24

VILLA FLORIDA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

9.250

18.500

1 - 4⁄ 24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONSO

Kg

4.000

8.000

1 - 4⁄ 24

MARIANO ROQUE ALONSO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

1.500

3.000

1 - 4⁄ 24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

72.500

145.000

 

Total año 2021

Kg

290.000

580.000

SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los cervicios

Año

1

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

10.000

20.000

5-16 ⁄ 24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2022

CONCEPCIÓN

Kg

9.000

18.000

5-16 ⁄ 24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

8.000

16.000

5-16 ⁄ 24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

10.000

20.000

5-16 ⁄ 24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

12.500

25.000

5-16 ⁄ 24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

2.500

5.000

5-16 ⁄ 24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

5-16 ⁄ 24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

5.500

11.000

5-16 ⁄ 24

VILLA HAYES

REMANSITO

Kg

750

1.500

5-16 ⁄ 24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

2.000

4.000

5-16 ⁄ 24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

1.000

2.000

5-16 ⁄ 24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

1.000

2.000

5-16 ⁄ 24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

350

700

5-16 ⁄ 24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

1.000

2.000

5-16 ⁄ 24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

4.000

8.000

5-16 ⁄ 24

PUERTO CASADO

VILLA FLORIDA

Kg

750

1.500

5-16 ⁄ 24

VILLA FLORIDA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

18.170

36.340

5-16 ⁄ 24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONSO

Kg

5.000

10.000

5-16 ⁄ 24

MARIANO ROQUE ALONSO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

2.500

5.000

5-16 ⁄ 24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

96.020

192.040

 

Total año 2022

Kg

1.152.240

2.304.480

                   

SULFATO DE ALUMINIO GRANULADO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

1

Sulfato de aluminio granulado al 17%

ENCARNACION

Kg

10.000

20.000

17⁄ 24

ENCARNACION

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2023

CONCEPCIÓN

Kg

9.000

18.000

17⁄ 24

CONCEPCIÓN

PILAR

Kg

8.000

16.000

17⁄ 24

PILAR

VILLARICA (Tebicuary - mi)

Kg

10.000

20.000

17⁄ 24

VILLARICA (Tebicuary - mi)

SAN BERNARDINO

Kg

12.500

25.000

17⁄ 24

SAN BERNARDINO

BELLA VISTA NORTE

Kg

2.500

5.000

17⁄ 24

BELLA VISTA NORTE

ALBERDI

Kg

2.000

4.000

17⁄ 24

ALBERDI

VILLA HAYES

Kg

5.500

11.000

17⁄ 24

VILLA HAYES

Remansito

Kg

750

1.500

17⁄ 24

Remansito

CIUDAD DEL ESTE

Kg

2.000

4.000

17⁄ 24

CIUDAD DEL ESTE

CARAYAO

Kg

1.000

2.000

17⁄ 24

CARAYAO

SAN ESTANISLAO

Kg

1.000

2.000

17⁄ 24

SAN ESTANISLAO

CAACUPE

Kg

350

700

17⁄ 24

CAACUPE

PUERTO ANTEQUERA

Kg

1.000

2.000

17⁄ 24

PUERTO ANTEQUERA

PUERTO CASADO

Kg

4.000

8.000

17⁄ 24

PUERTO CASADO

VILLA FLORIDA

Kg

750

1.500

17/24

VILLA FLORIDA

PUERTO DE ASUNCION

Kg

18.170

36.340

17⁄ 24

PUERTO DE ASUNCION

MARIANO ROQUE ALONSO

Kg

5.000

10.000

17⁄ 24

MARIANO ROQUE ALONSO

VILLA JARDIN - LIMPIO

Kg

2.500

5.000

17⁄ 24

VILLA JARDIN - LIMPIO

Total por mes

Kg

96.020

192.040

 

Total año 2023

Kg

768.160

1.536.320

                   
                   

SULFATO DE ALUMINIO LIQUIDO

Ítem

Descripción del Bien

Ciudades

Unidad de medida

Cantidad Mínima

Cantidad Máxima

Partida/ Mes

Lugar de Entrega

Fecha Final de ejecución de los servicios

Año

2

Sulfato de aluminio liquido al 8%

Asunción Viñas Cue

Kg

287500

575000

1 ⁄ 24

Unidad Administrativa de Materiales-Deposito de materiales Viñas Cue

30 (treinta) días a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor.

2021

Kg

287500

575000

2 ⁄ 24

Kg

287500

575000

3 ⁄ 24

Kg

287500

575000

4 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

5 ⁄ 24

2022

Kg

842500

1685000

6 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

7 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

8 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

9 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

10 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

11 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

12 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

13 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

14 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

15 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

16 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

17 ⁄ 24

2023

Kg

842500

1685000

18 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

19 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

20 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

21 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

22 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

23 ⁄ 24

Kg

842500

1685000

24 ⁄ 24

Total

kg

18000000

36000000

 

  • El sulfato de aluminio sólido se suministra en bolsas de 50 (cincuenta) kg. netos (±2.0%). Las bolsas deberán tener la resistencia necesaria para asegurar el arribo a las distintas Plantas de Tratamiento de la ESSAP S.A., en buenas condiciones.
  • Una vez obtenido el CÓDIGO DE CONTRATACIONES de este llamado, la unidad de Compras dependiente de la Gerencia Administrativa elaborará las ÓRDENES DE COMPRA del bien a ser proveído, teniendo 3 (tres) días corridos a partir de su emisión para reiterarla. La comunicación será realizada vía correo electrónico.
  • Todos los bienes a ser proveídos, sean ingresados al Depósito Central de la Institución, por medio de las facturas legales correspondientes a tenor de lo establecido en el Art. 80 de la Ley N° 125/91 y el Art. 5 inc. 2) del Decreto N° 6339/05.

Plan de entrega de los servicios

NO APLICA.

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

El sulfato de aluminio empleado en el tratamiento de potabilización de aguas como coagulante, debe ser registrado, como lo establece la autoridad sanitaria competente. Cada empaque debe marcarse con caracteres indelebles, en lugar visible, como mínimo, con la siguiente información:

●             Marca Comercial

●             Nombre del producto

●             Pureza (expresada en porcentaje de alúmina)

●             Contenido en kilogramos

●             Nombre y Dirección del Proveedor

●             USO EXCLUSIVO DE LA ESSAP S.A.

El sulfato de aluminio sólido se suministra en bolsas de 50 kg. netos (±2.0%). Las bolsas deberán tener la resistencia necesaria para asegurar el arribo a las distintas Plantas de Tratamiento de la ESSAP S.A., en buenas condiciones.

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales. 

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Ítem 1- Sulfato de aluminio sólido: La Gerencia de Operaciones a través de la Unidad de Control de Calidad deberá verificar, realizar el muestreo y su posterior remisión al laboratorio Central de Viñas Cue para el análisis.

El muestreo deberá ser para un 5% de los empaques, usándose para el efecto un Tubo Muestreador de ¾ de diámetro. Se tomarán 2 (dos) porciones de 0.5 kg. Colocándose en recipientes herméticamente cerrados y sellados, para protegerse de la humedad. De las 2 (dos) muestras, 1 (uno) es para el análisis en el Laboratorio Central y 1 (uno) para el proveedor.

Ítem 2 Sulfato de Aluminio Líquido: La Gerencia de Operaciones deberá verificar el muestreo durante la recepción del producto en los tanques de sulfato existentes en el predio de la ESSAP S.A., tomándose 3 (tres) porciones (inferior, medio y superior) del líquido los que deberán conformar 1 (uno) muestra de 2 (dos) litros previamente mezclada y agitada, se formarán 3 (tres) muestras de 0,5 litros:  muestra 1, para testigo; muestra 2 para el proveedor y la muestra 3 para el laboratorio de ESSAP S.A. Todas las muestras deben tener una etiqueta identificadora y la muestra testigo lacrada y almacenada adecuadamente en el lugar acordado.

Verificación de Calidad: La Unidad de Control de Calidad Gerencia de Operaciones, controlará la calidad de cada muestra recibida que fue preparada y enviada según se indica en el apartado anterior y será la encargada de certificar la calidad del producto por cada partida recibida, dejando constancia presentando el análisis correspondiente.

Las normas a ser tenidas en cuenta para la determinación de la calidad son la del Estándar American Water Works Association (AWWA).

Parámetros

Unidad

Sulfato de Aluminio (Sólido)

Sulfato de Aluminio (Solución 8%))

A12O3

%

Min 17%

Min 8% Max 8.3%

Fe2O3

%

Max. 0.05

Max. 0.03

Insolubles

%

Max. 0.5

Max. 0.2

Acidez (**)

%

Max. 0.1

Max 0.1

Basicidad (*)

%

Max. 0.5

Max. 0.5

pH Solución (1%)

pH

3.4

3.5

Densidad

g/mL

-

1.320-1.336

(*) Basicidad= alcalinidad libre expresado como A12O3

(**) Acidez= acidez libre expresado como H2SO4

Impurezas: el sulfato de aluminio no podrá contener materiales solubles no compuestos, en cantidades capaces de producir efectos nocivos a la salud humana y estos no podrán aportar más del 10% del valor máximo permitido en la Norma nacional del Agua Potable vigente( arsénico, bario, cadmio, cromo, plomo, mercurio, selenio y plata.)

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

SEPTIEMBRE 2021

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del Consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del Consorcio constituido
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.