En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega.
Consulta: En caso de cotizar en condición Gs con IVA Incluido y luego de realizar la primera entrega (en el caso de varias entregas); ¿Se debe solicitar el pago de acuerdo a lo establecido en el PBC y ADEMÁS una nota dirigida a la Unidad Administrativa del Contrato inmediatamente después de cada entrega? ¿O a quién se debe dirigir la solicitud del reajuste de precios? ¿A la máxima autoridad?
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega.
Consulta: En caso de cotizar en condición Gs con IVA Incluido y luego de realizar la primera entrega (en el caso de varias entregas); ¿Se debe solicitar el pago de acuerdo a lo establecido en el PBC y ADEMÁS una nota dirigida a la Unidad Administrativa del Contrato inmediatamente después de cada entrega? ¿O a quién se debe dirigir la solicitud del reajuste de precios? ¿A la máxima autoridad?
Al respecto, favor remitirse a la Respuesta N° 10. La Solicitud de Reajuste de Precio deberá ir dirigida a la máxima autoridad de la ANDE.
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Ajuste de Precios - Consulta 4
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega. Consulta: En caso de que la cotización sea en condición CIP y el pago final del 10% restante de la carta de crédito recién puede ser solicitado de acuerdo al PBC una vez que se obtenga el certificado de recepción provisional total del contrato; ¿Los oferentes deben aguardar también este certificado para solicitar el reajuste de precios de cada partida ya entregada? ¿O se podrá solicitar el reajuste de precios una vez realizada la entrega efectiva en depósitos de la convocante por cada entrega?
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega. Consulta: En caso de que la cotización sea en condición CIP y el pago final del 10% restante de la carta de crédito recién puede ser solicitado de acuerdo al PBC una vez que se obtenga el certificado de recepción provisional total del contrato; ¿Los oferentes deben aguardar también este certificado para solicitar el reajuste de precios de cada partida ya entregada? ¿O se podrá solicitar el reajuste de precios una vez realizada la entrega efectiva en depósitos de la convocante por cada entrega?
Al respecto, favor remitirse a la Respuesta N° 10. Se deberá solicitar el reajuste de precio inmediatamente después de la entrega efectiva.
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Condiciones de pago - Carta de Crédito
En caso de que la cotización sea en condición CIP, con entregas parciales y el pago final del 10% restante de la carta de crédito recién puede ser solicitado de acuerdo al PBC una vez que se obtenga el certificado de recepción provisional; Consulta: ¿Se podrá solicitar a la convocante un certificado de recepción provisional PARCIAL por cada partida entregada o deberán los oferentes aguardar el certificado de recepción final por la cantidad total del contrato para solicitar este pago restante de todas las partidas ya entregadas (en tiempo y forma) juntas? Es decir; ¿Para cada partida se retendrá indefectiblemente el pago del 10% final hasta que se realicen todas las entregas y que la convocante expida el certificado de recepción provisional por la cantidad total del contrato?
En caso de que la cotización sea en condición CIP, con entregas parciales y el pago final del 10% restante de la carta de crédito recién puede ser solicitado de acuerdo al PBC una vez que se obtenga el certificado de recepción provisional; Consulta: ¿Se podrá solicitar a la convocante un certificado de recepción provisional PARCIAL por cada partida entregada o deberán los oferentes aguardar el certificado de recepción final por la cantidad total del contrato para solicitar este pago restante de todas las partidas ya entregadas (en tiempo y forma) juntas? Es decir; ¿Para cada partida se retendrá indefectiblemente el pago del 10% final hasta que se realicen todas las entregas y que la convocante expida el certificado de recepción provisional por la cantidad total del contrato?
Al respecto, favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Plazos para presentación de ofertas
Teniendo en cuenta que de acuerdo al portal de la DNCP la apertura de ofertas está prevista para realizarse en 8 días a partir de la fecha, solicitamos a la convocante una prórroga prudencial de 10 días más para la presentación de ofertas, de manera a poder contar con mayor participación de oferentes, ya que los fabricantes están aguardando respuestas y una vez que las consultas de los oferentes puedan ser aclaradas, se pueda dar un tiempo prudencial para cotizar correctamente. Gracias de antemano.
Teniendo en cuenta que de acuerdo al portal de la DNCP la apertura de ofertas está prevista para realizarse en 8 días a partir de la fecha, solicitamos a la convocante una prórroga prudencial de 10 días más para la presentación de ofertas, de manera a poder contar con mayor participación de oferentes, ya que los fabricantes están aguardando respuestas y una vez que las consultas de los oferentes puedan ser aclaradas, se pueda dar un tiempo prudencial para cotizar correctamente. Gracias de antemano.
Al respecto, el oferente deberá presentar una muestra por cada ítem ofertado.
16
PRORROGA
Solicitamos que la fecha de entrega de ofertas sea postergada, mínimamente, por 30 días más. Ello, atendiendo a que, el PBC y puntualmente las EE.TT. de los bienes a ser adquiridos han sufrido modificaciones sustanciales por medio de las nuevas revisiones. Al respecto de ello, el plazo de entrega prevista para la apertura resulta extremadamente exiguo para poder solicitar a los fabricantes la cotización de bienes que cumplan con los nuevos requerimientos. No es menos importante señalar que, de prorrogarse la fecha de la presentación de las ofertas, se amplía la posibilidad de que la ANDE cuente con mayor número de ofertas, con la consecuente posibilidad de obtención de mejores precios y mejores condiciones de contratación, tal como prevé el artículo 4 de la Ley 2051/03.
Solicitamos que la fecha de entrega de ofertas sea postergada, mínimamente, por 30 días más. Ello, atendiendo a que, el PBC y puntualmente las EE.TT. de los bienes a ser adquiridos han sufrido modificaciones sustanciales por medio de las nuevas revisiones. Al respecto de ello, el plazo de entrega prevista para la apertura resulta extremadamente exiguo para poder solicitar a los fabricantes la cotización de bienes que cumplan con los nuevos requerimientos. No es menos importante señalar que, de prorrogarse la fecha de la presentación de las ofertas, se amplía la posibilidad de que la ANDE cuente con mayor número de ofertas, con la consecuente posibilidad de obtención de mejores precios y mejores condiciones de contratación, tal como prevé el artículo 4 de la Ley 2051/03.
Al respecto, favor ajustarse a las fechas establecidas en el SICP.
17
Liberaciones de Embarque - Contradicciones en el PBC
En el PBC se establece que para poder embarcar los bienes una vez que se encuentran fabricados, la unidad administradora debe LIBERAR el embarque luego de la presentación de los protocolos de ensayos. También dice que la Sección de Despachos de la ANDE debe LIBERAR el embarque cuando las documentaciones fueron gestionadas en tiempo y forma y el despacho se podría realizar sin inconvenientes. Favor confirmar si los oferentes deben aguardar estas DOS LIBERACIONES DE EMBARQUES por parte de la convocante antes de realizar los trámites para la importación de los bienes.
19-05-2021
24-05-2021
Liberaciones de Embarque - Contradicciones en el PBC
En el PBC se establece que para poder embarcar los bienes una vez que se encuentran fabricados, la unidad administradora debe LIBERAR el embarque luego de la presentación de los protocolos de ensayos. También dice que la Sección de Despachos de la ANDE debe LIBERAR el embarque cuando las documentaciones fueron gestionadas en tiempo y forma y el despacho se podría realizar sin inconvenientes. Favor confirmar si los oferentes deben aguardar estas DOS LIBERACIONES DE EMBARQUES por parte de la convocante antes de realizar los trámites para la importación de los bienes.
La liberación de embarque por parte de la Unidad Administradora se refiere al cumplimiento del suministro con lo establecido en las Especificaciones Técnicas, pruebas y ensayos; lo correspondiente al Dpto. de Importaciones se refiere a los plazos en que se deberán comunicar los embarques para previsión de designación de despachante y fondos para el despacho de importación. Se aclara que sólo el embarque vía aérea es autorizado por el Dpto. de Importaciones considerando los plazos cortos con los que se cuentan en el Aeropuerto para el desaduanamiento de la carga.
18
Liberaciones de Embarque - Plazos de entregas
En caso de que los oferentes deban aguardar estas DOS LIBERACIONES DE EMBARQUES por parte de la convocante antes de realizar los trámites para la importación de los bienes, favor confirmar que los plazos en los que la convocante tarde en responder las notas y solicitudes de los contratistas (tiempo incierto aumentado por la pandemia), no serán computados como parte de los plazos de entregas establecidos en el contrato
En caso de que los oferentes deban aguardar estas DOS LIBERACIONES DE EMBARQUES por parte de la convocante antes de realizar los trámites para la importación de los bienes, favor confirmar que los plazos en los que la convocante tarde en responder las notas y solicitudes de los contratistas (tiempo incierto aumentado por la pandemia), no serán computados como parte de los plazos de entregas establecidos en el contrato
Al respecto, favor ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. La Convocante emitirá el Acta de Aprobación, para inicio de los trámites para la Importación, en la brevedad. Este tiempo puede disminuir siempre que las documentaciones presentadas por los Oferentes estén bien completos y claros.
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Plazos de entregas y liberaciones
En el punto 6. Inspecciones y Pruebas del PBC dice: Una vez finalizadas las inspecciones y Pruebas en caso de ser realizadas, la contratante a través de sus representantes emitirá una autorización por escrito, para el embarque correspondiente. Por falta de la misma, el Beneficiario de la Carta de Crédito no podrá solicitar el pago correspondiente. Teniendo en cuenta la pandemia y la situación actual en sí, la convocante está optando por NO realizar las visitas en fábrica y solicita que se remitan los protocolos de Ensayos de Recepción realizadas en fábrica por correo electrónico para aprobación y posterior liberación de embarque por la Unidad Administradora del Contrato. ¿Cuánto tiempo tiene la convocante para aprobar los documentos presentados? ¿Este tiempo no será considerado como parte del plazo de entrega? Es decir, si la convocante tarda 30 o 60 días en liberar un embarque, entendemos que estos días no pueden ser computados ni ser tenidos en cuenta como multas, teniendo en cuenta que los bienes no pueden ser embarcados hasta que la Unidad administradora del Contrato lo permita. Tampoco se puede embarcar sin la liberación por la sección de despachos de la ANDE. Favor aclarar que estos plazos sin contar con las liberaciones no formarían parte de los plazos de entregas establecidos.
En el punto 6. Inspecciones y Pruebas del PBC dice: Una vez finalizadas las inspecciones y Pruebas en caso de ser realizadas, la contratante a través de sus representantes emitirá una autorización por escrito, para el embarque correspondiente. Por falta de la misma, el Beneficiario de la Carta de Crédito no podrá solicitar el pago correspondiente. Teniendo en cuenta la pandemia y la situación actual en sí, la convocante está optando por NO realizar las visitas en fábrica y solicita que se remitan los protocolos de Ensayos de Recepción realizadas en fábrica por correo electrónico para aprobación y posterior liberación de embarque por la Unidad Administradora del Contrato. ¿Cuánto tiempo tiene la convocante para aprobar los documentos presentados? ¿Este tiempo no será considerado como parte del plazo de entrega? Es decir, si la convocante tarda 30 o 60 días en liberar un embarque, entendemos que estos días no pueden ser computados ni ser tenidos en cuenta como multas, teniendo en cuenta que los bienes no pueden ser embarcados hasta que la Unidad administradora del Contrato lo permita. Tampoco se puede embarcar sin la liberación por la sección de despachos de la ANDE. Favor aclarar que estos plazos sin contar con las liberaciones no formarían parte de los plazos de entregas establecidos.
¿Cuánto tiempo puede transcurrir hasta que la convocante realice el pago final, luego de haber presentado el certificado de recepción provisional acompañado de la solicitud de pago? ¿Qué pasará en caso de que la ANDE se retrase más del tiempo establecido? Actualmente los oferentes no tenemos garantías de los tiempos de respuesta de la ANDE y por lo tanto los precios de venta deben ser más elevados, ya que transcurre demasiado tiempo incierto desde la entrega de los bienes hasta que la convocante realice el pago final de los productos a los fabricantes que han cumplido con todas sus obligaciones.
¿Cuánto tiempo puede transcurrir hasta que la convocante realice el pago final, luego de haber presentado el certificado de recepción provisional acompañado de la solicitud de pago? ¿Qué pasará en caso de que la ANDE se retrase más del tiempo establecido? Actualmente los oferentes no tenemos garantías de los tiempos de respuesta de la ANDE y por lo tanto los precios de venta deben ser más elevados, ya que transcurre demasiado tiempo incierto desde la entrega de los bienes hasta que la convocante realice el pago final de los productos a los fabricantes que han cumplido con todas sus obligaciones.