1. GRUPO FAMILIAR- BENEFICIARIOS ADHERENTES-
Excepción de plazos: en el segundo punto de este apartado, se señala que, al cambiar de estado civil (ejemplo casamiento) el titular que quiera puede modificar el grupo familiar. Entendemos que el pliego es claro respecto a los grupos familiares que pueden gozar del beneficio y consideramos prudente que, a mas tardar dentro del mes de cambio de estado civil, se hagan las comunicaciones pertinentes, incluso para permitir la adhesión de los beneficiarios que pudieran quedar fuera del nuevo grupo familiar (soltero con padres que se casa, los padres deberían pasar como adherentes pagos e ingresar la/el cónyuge del titular).
1. GRUPO FAMILIAR- BENEFICIARIOS ADHERENTES-
Excepción de plazos: en el segundo punto de este apartado, se señala que, al cambiar de estado civil (ejemplo casamiento) el titular que quiera puede modificar el grupo familiar. Entendemos que el pliego es claro respecto a los grupos familiares que pueden gozar del beneficio y consideramos prudente que, a mas tardar dentro del mes de cambio de estado civil, se hagan las comunicaciones pertinentes, incluso para permitir la adhesión de los beneficiarios que pudieran quedar fuera del nuevo grupo familiar (soltero con padres que se casa, los padres deberían pasar como adherentes pagos e ingresar la/el cónyuge del titular).
Se mantendrá lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
2
solicitud de aclaraciones al PBC
Donde dice que las dudas en la interpretación de las coberturas se entenderán a beneficio del asegurado, se debe establecer qué tipo de dudas, ya que las mismas pueden ser antojadizas o subjetivas. Creemos oportuno dejar el último párrafo de CONDICIONES GENERAL DE PRESTACION, en el que se establece que en caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las coberturas contractuales, se estará conforme a lo que establezca la dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública uy BS, posición que deberá ser acatada por las partes.
Donde dice que las dudas en la interpretación de las coberturas se entenderán a beneficio del asegurado, se debe establecer qué tipo de dudas, ya que las mismas pueden ser antojadizas o subjetivas. Creemos oportuno dejar el último párrafo de CONDICIONES GENERAL DE PRESTACION, en el que se establece que en caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las coberturas contractuales, se estará conforme a lo que establezca la dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública uy BS, posición que deberá ser acatada por las partes.
Se mantendrá lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
3
solicitud de aclaraciones al PBC
COBERTURA:
Favor aclarar el alcance de la frase cobertura total ya que esa amplitud evita la valoración del servicio. Entendemos que se refiere a cobertura total dentro de lo establecido en los distintos apartados de este mismo PBC.
COBERTURA:
Favor aclarar el alcance de la frase cobertura total ya que esa amplitud evita la valoración del servicio. Entendemos que se refiere a cobertura total dentro de lo establecido en los distintos apartados de este mismo PBC.
Es correcta la interpretación, Cobertura total se refiere a lo establecido en los distintos apartados de este PBC
4
solicitud de aclaraciones al PBC
Laboratorio de análisis clínicos:
Donde dice: si el paciente se encuentra imposibilitado de acudir al laboratorio . entendemos se debe a imposibilidades físicas (pacientes encamados, etc.), no imposibilidades de otra cualquier naturaleza.?
Laboratorio de análisis clínicos:
Donde dice: si el paciente se encuentra imposibilitado de acudir al laboratorio . entendemos se debe a imposibilidades físicas (pacientes encamados, etc.), no imposibilidades de otra cualquier naturaleza.?
Es correcta la interpretación. Se debe a imposibilidades físicas
5
solicitud de aclaraciones al PBC
PROGRAMA DE SUMINISTROS- ASISTENCIA MEDICA SANATORIAL
Internaciones:
Respecto a la alimentación del paciente, se especifica: en un comienzo vía oral, mas abajo por cualquier vía incluyendo preparado y asistencia del nutricionista (sin establecer a que rubro se cargará este gasto), en el ítem E. Terapia Intensiva se aclara que este gasto se incluirá dentro del tope de medicamentos y descartables, en tanto que, en SERVICIOS SIN COBERTURA, se excluye la cobertura de alimentación enteral y parenteral, tanto honorarios como preparados.
Favor aclarar: si los honorarios y los preparados (enterales y/o parenterales) estarán cubiertos (quitar de servicios sin cobertura), tope o cantidad de días cubiertos con este servicio y a que rubro se cargará este gasto.
En el mismo, luego de la cobertura nutricional dice: cualquier otro tipo de tratamiento necesario hasta el alta del paciente. Esta generalización hace imposible una cotización adecuada ya que se desconoce el riesgo a cubrir. Es menester que el PBC establezca claramente los servicios que serán cubiertos a fin de establecer la cotización adecuada.
PROGRAMA DE SUMINISTROS- ASISTENCIA MEDICA SANATORIAL
Internaciones:
Respecto a la alimentación del paciente, se especifica: en un comienzo vía oral, mas abajo por cualquier vía incluyendo preparado y asistencia del nutricionista (sin establecer a que rubro se cargará este gasto), en el ítem E. Terapia Intensiva se aclara que este gasto se incluirá dentro del tope de medicamentos y descartables, en tanto que, en SERVICIOS SIN COBERTURA, se excluye la cobertura de alimentación enteral y parenteral, tanto honorarios como preparados.
Favor aclarar: si los honorarios y los preparados (enterales y/o parenterales) estarán cubiertos (quitar de servicios sin cobertura), tope o cantidad de días cubiertos con este servicio y a que rubro se cargará este gasto.
En el mismo, luego de la cobertura nutricional dice: cualquier otro tipo de tratamiento necesario hasta el alta del paciente. Esta generalización hace imposible una cotización adecuada ya que se desconoce el riesgo a cubrir. Es menester que el PBC establezca claramente los servicios que serán cubiertos a fin de establecer la cotización adecuada.
Se procede a la modificación del PBC mediante Adenda. Favor remitirse a la Adenda N° 2
6
solicitud de aclaraciones al PBC
HONORARIOS PROFESIONALES:
Al inicio del párrafo se establece cobertura total, siendo que en el desglose se establecen coberturas parciales o con topes. Favor aclarar
HONORARIOS PROFESIONALES:
Al inicio del párrafo se establece cobertura total, siendo que en el desglose se establecen coberturas parciales o con topes. Favor aclarar
Se debe considerar que la cobertura total se refiere al todo a excepción de lo desglosado, que tiene los detalles por cada evento. Existen modificaciones en el PBC mediante Adenda N° 2
7
solicitud de aclaraciones al PBC
Neurocirugía: figura en este párrafo con cobertura total, en tanto que también figura en alta complejidad (donde corresponde) con una cobertura de honorarios del 50%. Vertebroplastia (tratamiento muy costoso) se ha incorporado también con cobertura total, siendo el mismo una alta complejidad (cirugía de columna) al igual que la infiltración de ozono (realizada por neurocirujanos corresponde a alta complejidad). Favor aclarar
Neurocirugía: figura en este párrafo con cobertura total, en tanto que también figura en alta complejidad (donde corresponde) con una cobertura de honorarios del 50%. Vertebroplastia (tratamiento muy costoso) se ha incorporado también con cobertura total, siendo el mismo una alta complejidad (cirugía de columna) al igual que la infiltración de ozono (realizada por neurocirujanos corresponde a alta complejidad). Favor aclarar
Se procede a la modificación del PBC. Favor remitirse a la Adenda N° 2
8
solicitud de aclaraciones al PBC
Se solicita corrección y/o definición en este punto: Flebología (sangría): este es un error, ya que las sangrías terapéuticas son realizadas por los transfusionistas y no por los flebólogos (repite punto 46) de OTROS SERVICIOS CUBIERTOS)
Flebologia: se establece las no estéticas en tanto que en el apartado de OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE figura esclerosis venosas (arañitas) con la aplicación de inyecciones que siempre es a los fines estéticos.
En este mismo punto, laserterapia está con cobertura en Honorarios profesionales, en tanto que en otros servicios cubiertos integralmente se da una cobertura del 50% como máximo.
Se solicita corrección y/o definición en este punto: Flebología (sangría): este es un error, ya que las sangrías terapéuticas son realizadas por los transfusionistas y no por los flebólogos (repite punto 46) de OTROS SERVICIOS CUBIERTOS)
Flebologia: se establece las no estéticas en tanto que en el apartado de OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE figura esclerosis venosas (arañitas) con la aplicación de inyecciones que siempre es a los fines estéticos.
En este mismo punto, laserterapia está con cobertura en Honorarios profesionales, en tanto que en otros servicios cubiertos integralmente se da una cobertura del 50% como máximo.
Se procede a la modificación del PBC. Favor remitirse a la Adenda N° 2
9
solicitud de aclaraciones al PBC
Otros servicios cubiertos integralmente: Favor corregir , aclarar
13) Fisioterapia: lo establecido en este punto contradice los topes establecidos en Honorarios Profesionales.
Cirugía oncológica: en el apartado de honorarios médicos establece 1° cirugía 100%, 2°75% Y restantes 50%, en tanto que en el apartado ENFERMEDADES CRONICAS, NEOPLASICAS Y CONGENITAS, establece; 1| 100%, 2° 50% y 3° 25%.
Otros servicios cubiertos integralmente: Favor corregir , aclarar
13) Fisioterapia: lo establecido en este punto contradice los topes establecidos en Honorarios Profesionales.
Cirugía oncológica: en el apartado de honorarios médicos establece 1° cirugía 100%, 2°75% Y restantes 50%, en tanto que en el apartado ENFERMEDADES CRONICAS, NEOPLASICAS Y CONGENITAS, establece; 1| 100%, 2° 50% y 3° 25%.
Se procede a la modificación del PBC. Favor remitirse a la Adenda N° 2
10
solicitud de aclaraciones al PBC
Favor definir cobertura específica, corregir diferencias EN HONORARIOS PROFESIONALES: punto referente a oftalmología establece laserterapia sólo para desprendimiento de retina y, en el mismo párrafo, también habla de cirugía excimer láser hasta 2 por grupo familiar. Al respecto el excimer laser está excluido, en SERVICIOS SIN COBERTURA, donde se establece que laserterapia solo estará cubierto para desprendimiento de retina en tanto que el apartado OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE 35) 36) se establece que se cubrirán cirugías oftalmologías especializadas, sin establecer límites y respecto a la laserterapia por excimer laser (usada para miopía) se establece que solo en caso de superarse defectos de 5 Dioptrias. Es decir, el excimer laser está excluido, con cobertura hasta 2 por grupo familiar (sin establecer grado de defecto) y en otro estableciendo grado de defecto, pero sin tope., es decir hay 3 coberturas distintas para un mismo evento.
Favor definir cobertura específica, corregir diferencias EN HONORARIOS PROFESIONALES: punto referente a oftalmología establece laserterapia sólo para desprendimiento de retina y, en el mismo párrafo, también habla de cirugía excimer láser hasta 2 por grupo familiar. Al respecto el excimer laser está excluido, en SERVICIOS SIN COBERTURA, donde se establece que laserterapia solo estará cubierto para desprendimiento de retina en tanto que el apartado OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE 35) 36) se establece que se cubrirán cirugías oftalmologías especializadas, sin establecer límites y respecto a la laserterapia por excimer laser (usada para miopía) se establece que solo en caso de superarse defectos de 5 Dioptrias. Es decir, el excimer laser está excluido, con cobertura hasta 2 por grupo familiar (sin establecer grado de defecto) y en otro estableciendo grado de defecto, pero sin tope., es decir hay 3 coberturas distintas para un mismo evento.