En la ADENDA Nº 01. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE N° 1, ITEM 2 Servidor, Servicios Profesionales de Implementación dice:
“El alcance de los servicios incluye la instalación física de los servidores, creación de arreglo de discos y configuración de espacio de almacenamiento con el storage que forma parte del presente llamado.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante habilitar una fecha y horario para la realización de una visita técnica al sitio donde deberán ser instalados los equipos a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer a detalle el mismo y prever todo lo necesario para la correcta presentación de la propuesta.
En la ADENDA Nº 01. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE N° 1, ITEM 2 Servidor, Servicios Profesionales de Implementación dice:
“El alcance de los servicios incluye la instalación física de los servidores, creación de arreglo de discos y configuración de espacio de almacenamiento con el storage que forma parte del presente llamado.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante habilitar una fecha y horario para la realización de una visita técnica al sitio donde deberán ser instalados los equipos a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer a detalle el mismo y prever todo lo necesario para la correcta presentación de la propuesta.
Favor remitirse a lo solicitado en la Adenda N° 02
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En la ADENDA Nº 01. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE N° 2, ITEM 1 Sistema Unificado de Almacenamiento en Red NAS SATA, Memoria, Memoria del sistema:
“16 GB DDR4 ECC (16 GB x 1).”
Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con memoria de 16 GB DDR4 ECC (8 GB x 2), este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo según las especificaciones solicitadas. Cabe mencionar que los valores solicitados corresponden a equipos que se encuentran descontinuados. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En la ADENDA Nº 01. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE N° 2, ITEM 1 Sistema Unificado de Almacenamiento en Red NAS SATA, Memoria, Memoria del sistema:
“16 GB DDR4 ECC (16 GB x 1).”
Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con memoria de 16 GB DDR4 ECC (8 GB x 2), este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo según las especificaciones solicitadas. Cabe mencionar que los valores solicitados corresponden a equipos que se encuentran descontinuados. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Favor remitirse a lo solicitado en la Adenda N° 01
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Consulta acerca de tipos de raid
En la ADENDA Nº 01. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Lote 1 – Item 1 Sistema Unificado de Almacenamiento SAS para Virtualización, en el punto Niveles de RAID solicitan: Soportar RAID 0, 1, 5, 6 como mínimo. Solicitamos amablemente que el nivel RAID 0 sea considerado como opcional, ya que no es un tipo de raid de uso empresarial, ya que no ofrece protección de datos, y cada vez vez menos fabricantes de storage lo soportan. Los niveles 1, 5 y 6 son los más utilizados en la industria del almacenamiento, y con lo solicitado estarían permitiendo la participación de potenciales oferentes, con los últimos modelos de storage, cumpliendo así con las leyes de libre participación de oferentes de Contrataciones Públicas.
En la ADENDA Nº 01. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Lote 1 – Item 1 Sistema Unificado de Almacenamiento SAS para Virtualización, en el punto Niveles de RAID solicitan: Soportar RAID 0, 1, 5, 6 como mínimo. Solicitamos amablemente que el nivel RAID 0 sea considerado como opcional, ya que no es un tipo de raid de uso empresarial, ya que no ofrece protección de datos, y cada vez vez menos fabricantes de storage lo soportan. Los niveles 1, 5 y 6 son los más utilizados en la industria del almacenamiento, y con lo solicitado estarían permitiendo la participación de potenciales oferentes, con los últimos modelos de storage, cumpliendo así con las leyes de libre participación de oferentes de Contrataciones Públicas.
Favor remitirse a lo solicitado en la Adenda N° 02
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Lote 1 – Ítem 2 – Servidor.
Solicitamos amablemente a la Convocante que el ítem 2 “SERVIDOR” correspondiente al Lote 1 del presente llamado sea puesto en un diferente e independiente Lote. Con esta nueva disposición la Convocante se verá beneficiada ya que, podrá contar con más ofertas y consecuentemente más soluciones a la actual problemática del presente llamado.
Solicitamos amablemente a la Convocante que el ítem 2 “SERVIDOR” correspondiente al Lote 1 del presente llamado sea puesto en un diferente e independiente Lote. Con esta nueva disposición la Convocante se verá beneficiada ya que, podrá contar con más ofertas y consecuentemente más soluciones a la actual problemática del presente llamado.
Por necesidad de la Institución no es posiible realizar prórrogas, las especificaciones técnicas están contempladas y adecuadas en el PBC y las Adendas, también se previó una visita técnica buscando una mayor participación de los oferentes.
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Plazo de reposición de bienes
Plazo de reposición de bienes
Solicitamos a la convocante extender el plazo de reposición de bienes a 20 (veinte) días hábiles para los casos en que se deba importar los equipos ya sea por reemplazo o reparacion, y teniendo en cuenta las dificultades de logística que se generan a causa del covid.
Plazo de reposición de bienes
Solicitamos a la convocante extender el plazo de reposición de bienes a 20 (veinte) días hábiles para los casos en que se deba importar los equipos ya sea por reemplazo o reparacion, y teniendo en cuenta las dificultades de logística que se generan a causa del covid.
Plan de entrega de los bienes
Solicitamos a la convocante ampliar el plazo de entrega de los bienes a 60 (sesenta) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor. Es necesario aclarar que no siempre se cuenta en stock con los equipos y como es sabido, para los casos de importación se generan retrasos por la situación que se tiene a causa del Covid. Lo solicitado es para permitir la participación de potenciales oferentes y cumpliendo con el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las Contrataciones Públicas.
Plan de entrega de los bienes
Solicitamos a la convocante ampliar el plazo de entrega de los bienes a 60 (sesenta) días corridos a partir de la recepción de la Orden de Compra por parte del proveedor. Es necesario aclarar que no siempre se cuenta en stock con los equipos y como es sabido, para los casos de importación se generan retrasos por la situación que se tiene a causa del Covid. Lo solicitado es para permitir la participación de potenciales oferentes y cumpliendo con el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las Contrataciones Públicas.
En la Sección de Capacidad Técnica y en las EETT del Lote 1 ITEM 1. Sistema Unificado de Almacenamiento SAS para Virtualización, menciona lo siguiente:
“El oferente deberá contar con 2 (dos) técnicos certificados en storage de la marca ofertada con 1 años de antigüedad en el oferente como mínimo, para garantizar la correcta instalación y configuración del equipo.”
Solicitamos a la convocante que también sean aceptados técnicos certificados del Centro Autorizado de Servicios (CAS) y/o Representante/Distribuidor de la marca en el País, de manera a permitir una mayor participación de potenciales oferentes.
En la Sección de Capacidad Técnica y en las EETT del Lote 1 ITEM 1. Sistema Unificado de Almacenamiento SAS para Virtualización, menciona lo siguiente:
“El oferente deberá contar con 2 (dos) técnicos certificados en storage de la marca ofertada con 1 años de antigüedad en el oferente como mínimo, para garantizar la correcta instalación y configuración del equipo.”
Solicitamos a la convocante que también sean aceptados técnicos certificados del Centro Autorizado de Servicios (CAS) y/o Representante/Distribuidor de la marca en el País, de manera a permitir una mayor participación de potenciales oferentes.
En la Adenda N° 02. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE N° 1, ITEM 2 Servidor, Ranuras de Expansión dice:
“4 ranuras PCIe 3.0 como mínimo.”
Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con 3 (tres) ranuras PCIe 3.0 como mínimo, este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo, la mayoría de los fabricantes proveen tres ranuras PCIe 3.0 en los equipos cuyas características son similares a las solicitadas y a su vez en dichos slots PCIe irán insertados las tarjetas HBA FC y de red adicionales solicitados para el servidor por lo tanto no es necesario disponer de 4 ranuras PCIe. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, y en consecuencia, dispongan la modificación requerida en la Adenda modificatoria correspondiente en atención a lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “…Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En la Adenda N° 02. SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE N° 1, ITEM 2 Servidor, Ranuras de Expansión dice:
“4 ranuras PCIe 3.0 como mínimo.”
Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con 3 (tres) ranuras PCIe 3.0 como mínimo, este requerimiento no afectará las funcionalidades del equipo, la mayoría de los fabricantes proveen tres ranuras PCIe 3.0 en los equipos cuyas características son similares a las solicitadas y a su vez en dichos slots PCIe irán insertados las tarjetas HBA FC y de red adicionales solicitados para el servidor por lo tanto no es necesario disponer de 4 ranuras PCIe. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, y en consecuencia, dispongan la modificación requerida en la Adenda modificatoria correspondiente en atención a lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “…Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Solicitamos amablemente a la Convocante que indique cuántas máquinas virtuales se almacenarán en este NAS y para qué se utilizan, como controladores de dominio, servidores de archivos, servidores de bases de datos, servidores de aplicaciones, etc.
Deseamos que se sea lo más específico posible con respecto a la cantidad de máquinas virtuales por tipo.
Solicitamos amablemente a la Convocante que indique cuántas máquinas virtuales se almacenarán en este NAS y para qué se utilizan, como controladores de dominio, servidores de archivos, servidores de bases de datos, servidores de aplicaciones, etc.
Deseamos que se sea lo más específico posible con respecto a la cantidad de máquinas virtuales por tipo.
El requerimiento actual de utilización y el planteamiento a futuro está adecuado a lo solicitado en las especificaciones técnicas de acuerdo a las necesidades de la Convocante y objeto del llamado.