Asunción, 21 de octubre de 2.020.
Señores
U.O.C. Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)
LIC. FREDY NOGUERA
PRESENTE:
Consulta 1:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted por este medio referente al llamado de Contratación Directa N° 15/20 con ID N° 386.151, para el Servicio de Video Cable para la DINAC, a modo de poder modificar el pliego específicamente en la Sección Capacidad Financiera, 1. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años citados (2017, 2018 y 2019).
En este punto y teniendo en cuenta el Ratio de Liquidez entre activo y pasivo corriente es igual a 1, es un criterio que no puede ser considerado de manera aislada dentro de los estados contables de una empresa, pues su análisis aislado de otros datos contables distorsiona cualquier conclusión a la que pueda llegarse. En efecto al momento de considerar el ratio de liquidez deberían considerarse otros aspectos fundamentales como ser el flujo de fondos, la capacidad de pago, generación constante de liquidez, y resultados económicos.
El ratio de liquidez puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios, como por ejemplo en las obras públicas, que requieran la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Mencionado lo anterior y teniendo en cuenta que el ratio es sugerido y no taxativo, consultamos si es posible disminuir el mismo a un ratio mayor o igual a 0,50.
A criterio de nuestra empresa la posibilidad de realizar esta modificación nos dará la oportunidad de participar a este llamado de licitación, con beneficio directo para la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil ya que garantizará una mayor cantidad de oferentes, así como la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio, caso contrario las condiciones de la presente licitación serán restringidas de manera obligatoria de un proceso competitivo.
Aprovecho la ocasión para saludarle atentamente.
Asunción, 21 de octubre de 2.020.
Señores
U.O.C. Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)
LIC. FREDY NOGUERA
PRESENTE:
Consulta 1:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted por este medio referente al llamado de Contratación Directa N° 15/20 con ID N° 386.151, para el Servicio de Video Cable para la DINAC, a modo de poder modificar el pliego específicamente en la Sección Capacidad Financiera, 1. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años citados (2017, 2018 y 2019).
En este punto y teniendo en cuenta el Ratio de Liquidez entre activo y pasivo corriente es igual a 1, es un criterio que no puede ser considerado de manera aislada dentro de los estados contables de una empresa, pues su análisis aislado de otros datos contables distorsiona cualquier conclusión a la que pueda llegarse. En efecto al momento de considerar el ratio de liquidez deberían considerarse otros aspectos fundamentales como ser el flujo de fondos, la capacidad de pago, generación constante de liquidez, y resultados económicos.
El ratio de liquidez puede ser parámetro importante para determinados tipos de procesos licitatorios, como por ejemplo en las obras públicas, que requieran la entrega de anticipos por parte del Estado para el inicio de obras. Mencionado lo anterior y teniendo en cuenta que el ratio es sugerido y no taxativo, consultamos si es posible disminuir el mismo a un ratio mayor o igual a 0,50.
A criterio de nuestra empresa la posibilidad de realizar esta modificación nos dará la oportunidad de participar a este llamado de licitación, con beneficio directo para la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil ya que garantizará una mayor cantidad de oferentes, así como la posibilidad de obtener los mejores precios y calidad de servicio, caso contrario las condiciones de la presente licitación serán restringidas de manera obligatoria de un proceso competitivo.
Aprovecho la ocasión para saludarle atentamente.
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los últimos años (2017, 2018 y 2019)
FAVOR REMITIRSE O AJUSTARSE A LO EXIGIDO EN LA CARTA DE INVITACION, DEBIDO A QUE LA CONVOCANTE UTILIZA ESE PROMEDIO QUE NO PUEDE SER MENOR QUE 1, EN TODO CASO SE PODRIA AUMENTAR PERO NO ASI DISMINUIR, DEBIDO A QUE EL RATIO DE LIQUIDEZ MANIFIESTA LA CAPACIDAD DE LA EMPRESA PARA HACER FRENTE AL PAGO DE SUS DEUDAS A CORTO PLAZO.
2
Tecnología.
Asunción, 21 de octubre de 2.020.
Señores
U.O.C. Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)
LIC. FREDY NOGUERA
PRESENTE:
Contratación Directa N° 15/20 con ID N° 386.151, para el Servicio de Video Cable para la DINAC
Consulta 1:
Con respecto al Detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Normas, en el punto 2. Sistema de Televisión por Cable Coaxial para Asunción y Gran Asunción, y Aire Digital “HD” para el Aeropuerto Internacional Guaraní, con equipo decodificar y dispositivo de control remoto; surge la siguiente consulta.
¿Se podría utilizar Fibra Óptica en reemplazo al cable coaxial? El motivo se debe a que la última milla de nuestro servicio es con FO.
Aprovecho la ocasión para saludarle atentamente.
Asunción, 21 de octubre de 2.020.
Señores
U.O.C. Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC)
LIC. FREDY NOGUERA
PRESENTE:
Contratación Directa N° 15/20 con ID N° 386.151, para el Servicio de Video Cable para la DINAC
Consulta 1:
Con respecto al Detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Normas, en el punto 2. Sistema de Televisión por Cable Coaxial para Asunción y Gran Asunción, y Aire Digital “HD” para el Aeropuerto Internacional Guaraní, con equipo decodificar y dispositivo de control remoto; surge la siguiente consulta.
¿Se podría utilizar Fibra Óptica en reemplazo al cable coaxial? El motivo se debe a que la última milla de nuestro servicio es con FO.
Aprovecho la ocasión para saludarle atentamente.