El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Resumen de las Especificaciones Técnicas. Los bienes deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas
N° de Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Sistema integral para la administración de la Mesa de Dineros / Inversiones de La AFD y sus fondos administrados según especificaciones técnicas |
Ver detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Normas |
Detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Normas
Ítem |
Descripción |
1 |
Sistema integral para la administración de la Mesa de Dineros / Inversiones de La AFD y sus fondos administrados según especificaciones técnicas |
La Agencia Financiera de Desarrollo (AFD), única banca pública de segundo piso del Paraguay cuenta en su estructura dentro de la Gerencia de Planificación y Finanzas, el área de Mesa de Dinero, el cual se encarga de la colocación de los excedentes financieros de la AFD y de sus Fondos administrados, que son el área Fiduciaria y el Fondo de Garantía del Paraguay (FOGAPY) con el objeto de rentabilizar estos recursos de acuerdo a las políticas de Inversiones establecidas.
Contar con un Sistema de Mesa de Dinero / Inversiones integral que permita la administración eficiente de los excedentes financieros de la AFD y de los recursos de sus fondos administrados como los Fondos Fiduciarios y el (FOGAPY). El desarrollo será por etapas, siendo el objetivo de este llamado la implementación de la primera etapa.
1. AFD - GPF. Colocará los excedentes financieros de la AFD de acuerdo a los lineamientos del Manual de Inversiones en LRM adquiridos en el mercado secundario, Bonos Financieros y Corporativos, Repo e instrumentos derivados que el BCP autorice como como forward y Swaps.
2. Fondo de Garantía: A través de un acuerdo de servicios, solicitará a la GPF la colocación de sus fondos en instrumentos definidos por su manual de inversiones. La Mesa de dinero elige los instrumentos para la colocación. Podrán invertirse además de los mencionados para AFD, instrumentos como fondos mutuos, bonos del tesoro y CDAs
3. Gerencia de Fiducias: A través de acuerdos de servicios solicitará a la GPF la colocación de fondos fiduciarios. El Fondo de Liquidez y Garantía del MH, autorizado por la Ley 5.102/13 de APP estará colocando sus fondos a través de la Mesa de Dinero. Podrán invertirse además de los mencionados para AFD, instrumentos como fondos mutuos, bonos del tesoro y CDAs.
Para el Cierre de Transacción:
Sistema Datatec: un sistema electrónico de instituciones financieras para negociar operaciones en línea y en tiempo real, en los mercados de: Dólares Spot, Dólar Efectivo, Subastas Electrónicas (Dólares y Repos/Papeles) y otros entre participantes y con el BCP. Se utilizará para cerrar operaciones en el mercado secundario de compra de LRM del BCP u operaciones de reporto.
Para información de mercado:
Extranet de BVPASA: Sistema de cierre de transacciones con BVPASA a través de las casas de Bolsas y de acceso a información pública de BVPASA. Se utilizará para realizar operaciones que se realicen a través de BVPASA como ser Bonos Financieros, derivados para coberturas cuando se encuentre disponible, etc.
Bloomberg Anyware: Sistema de Información de mercado. Esta es la red interactiva de información financiera líder, que integra una amplia oferta de datos en tiempo real, noticias, estudios y análisis en un único sistema. Ofrece información sobre todas las clases de activos, desde renta fija y renta variable hasta divisas y materias primas, pasando por derivados e hipotecas. Da acceso a noticias, análisis, herramientas de gestión de carteras y riesgos, comunicaciones, gráficos. Se contará solo con el paquete básico, puesto que no se utilizará como plataforma de ejecución de transacciones. El módulo de Inversiones (AIM) se evaluará en una etapa posterior puesto que aún no se está habilitado para realizar inversiones en mercados internacionales.
Una vez cerrada la operación en DATATEC o con una casa de Bolsa, se cargará en una primera etapa manualmente la información de la operación en el módulo de Inversiones.
Se ha previsto la implementación del sistema en dos etapas:
Etapa 1: Desarrollo de los sistemas y puesta a punto para la integración contable con el Core de la AFD, a través del cual se realizarán la liquidación y contabilización de las operaciones. Para los Fondos administrados, las funciones de liquidación y contabilización se realizarán manualmente en los sistemas utilizados por los fondos, que son distintos al CORE.
Etapa 2: Una vez implementado el sistema se buscará la integración del inicio al fin de las operaciones con el Core de la AFD y los sistemas utilizados por los fondos administrados que son el GESTOR (Oracle) para Fiducias (GF) y otro sistema en desarrollo para el FOGAPY. También se buscará integrar el sistema de Business Intelligence (Planning analitycs de IBM) para la generación de reportes adicionales).
El objeto del presente llamado se refiere exclusivamente a la ETAPA 1 del proyecto. Para la etapa 2 se realizará un llamado posterior.
a. La AFD podrá solicitar una demo de la solución ofertada, el cual deberá ajustarse a las especificaciones técnica, durante el plazo de evaluación de la oferta. La no presentación de esta incurriría en la descalificación de la oferta. EXIGIDO
Al finalizar la implementación:
El listado de requerimientos en el desarrollo realizado en cada uno de los módulos es enunciativo, pudiendo, en el desarrollo de estos incorporarse ítems que representen y generen mejoras en la funcionalidad de cada uno de ellos, en su conjunto e integrado a otros procesos de la estructura organizativa. Podrá consistir en un modulo para inversiones de la AFD y un módulo para inversiones de los Fondos Administrados.
Procesos necesarios por implementarse con una solución integral como mínimo:
Se desarrollará un módulo financiero del sistema para la administración de inversiones y generación de informes sobre las colocaciones. Se utilizará para administrar la base de datos de inversiones de GPF, así como de la cartera de terceros. Debe ser Multiempresa, Multiagencia y Multimoneda.
El Módulo de Inversiones incluye:
- Registro de Inversionistas y actores
- Registro de productos
CDA
Bonos Financieros
Bonos Corporativos
Repos
Bonos del Tesoro
Letras de Regulación Monetaria
Fondos Mutuos
Renta Variable
Otros instrumentos negociados en la Bolsa de Valores
- Políticas de Portafolio, Control de Riesgos, Manejo de Liquidez, Mesa de Dinero, Mesa de Capitales, Mesa de Cambios/Divisas.
- Manejo de operaciones de Mercado de Dinero y Mercado de Capitales, locales e internacionales,
- Proyección del flujo de caja entre períodos de tiempo y planificación de las necesidades de liquidez de los fondos.
- Utilización en línea de herramientas financieras para apoyo en cálculo y negociación.
- Realizar el control de los títulos entregados en custodia.
En combinación con otras funcionalidades, para efectuar las inversiones se realizarán los siguientes procesos:
a. Creación de la cartera
- Realizar el alta de la cartera de GPF y de la cartera de inversión de terceros (GF, Fogapy).
- Registrar a inversionistas del portafolio (operadores).
b. Operación de la cartera
Administración de las inversiones en renta fija, etc. Provisión de los intereses/día, valorización de las inversiones.
c. Control de honorarios y comisiones. Facturación, pago/cobro, Provisiones.
d. Generación de reportes: de acuerdo con lo establecido en el Manual de Inversiones:
Reportes |
Contenido de los Reportes |
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Portfolio de Inversiones |
Inventario y calce de plazos en el portafolio de inversiones por operaciones de compra de títulos y repos. |
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Tasas del Mercado |
Tasas de LRM, Interbancarias, Botes, Bonos y otros títulos referenciales de inversión negociados en el MV y el SF. |
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Rendimiento de Inversiones |
Rendimiento del Portfolio de Inversiones por operaciones de compra de títulos y repos. |
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Proyección de Inversiones |
Inversiones y rendimientos de títulos disponibles en el MV y el SF, con proyecciones de inversión en los próximos meses.
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Gestión de Inversiones |
Informe de Gestión de resultados, indicadores financieros y Cash Flow proyectado del Portfolio de inversiones. |
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Otros reportes estándares y regulatorios. |
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Los reportes dentro del Sistema se podrán exportar a PDF, MS Office (Excel, Word), texto, html, según requerimiento.
Contabilización:
Se realizará en forma automática para la AFD en el CORE en base a los datos proporcionados por el SIPAP, luego de la liquidación realizada por Tesorería.
Contabilización independiente opcional por cada producto o portafolio de inversión, contemplando cierre masivo o individual por negocio.
Manejo multimoneda
Dentro de los procesos contables se encuentran la generación de Alertas para el:
cobro de inversiones,
Alerta de documentos
Renovación de inversiones
Límites y políticas del portafolio.
Proceso de Pago
Una vez cerrada la operación en DATATEC o con la casa de bolsa, la mesa de Dinero pasará un formulario de registro manual de operación con los datos de la transacción al área de Tesorería. Tesorería procesará el pedido y realizará la liquidación a través del SIPAP, para la transferencia de fondos a los Bancos, BCP o BVPASA.
La codificación del software se debe Se debe utilizar estándares de buenas prácticas seguras de programación, la cual debe ser seleccionada e implementada de acuerdo al lenguaje de programación y el entorno de desarrollo utilizado. El software deberá estar desarrollado de manera segura contemplando las recomendaciones del OWASP TOP 10 -2017.
El sistema deberá tener las siguientes características:
Los aspectos de capacitación resultan críticos para el éxito del software. El esfuerzo de capacitación requerido cubre dos facetas: la instrucción de los usuarios finales y la preparación técnica del personal que deberá sostener la operatividad del sistema, para lo cual presentará un Plan de Capacitación y estimará la cantidad de horas y recursos requeridos para la instrucción.
El oferente deberá contar con la propiedad intelectual del software requerido. Para comprobar este requisito deberá presentar una copia autenticada del certificado emitido por la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual o en su defecto la Autorización del Fabricante o del propietario de los derechos de comercialización, para prestar Servicios de integraciones y ajustes, necesarios para atender los requerimientos que surjan en el marco del contrato. EXIGIDO
El oferente deberá acreditar:
Provisión de software de sistema integral para administración/inversiones dentro de los últimos cinco años (2016/2017/2018/2019/2020).
5 clientes en la provisión de software integral para administración/inversiones en empresas en Paraguay o en el exterior.
Al menos 1 implementación del software ofertado en el sector financiero o bursátil en Paraguay.
Considerando la necesidad de contar con un Sistema integral para la Mesa de Dinero se espera contar con la entrega del software e implementación de este en ambiente de producción dentro de los 6 meses, desde la fecha de entrada en vigencia del contrato.
Tanto el Oferente como cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución de los servicios contratados y su personal dependiente o contratado, se obligan a que cualquier información dada a conocer por LA AFD, así como la que pudiesen desarrollar de forma conjunta durante la ejecución del contrato, será mantenida confidencial, reservada o secreta, y no podrá divulgarse o revelarse total o parcialmente a personas ajenas a las partes, así como tampoco a ningún medio conocido o por conocer. A tales efectos, serán consideradas confidenciales aquellas provenientes de informaciones financieras y técnicas, planes de negocios, información personal, dibujos, ejemplos, prototipos, diseños, herramientas, informes, demostraciones, secretos comerciales, información técnica, sistemas de computación y software, resultados de investigaciones, listas de clientes y otros datos en forma oral o escrita, relacionada con la tecnología, ya sea que dicha comunicación se produzca verbalmente, visualmente, o mediante demostraciones o cualquier otro medio, tanto en forma de dibujos, modelos, documentos impresos, audiovisuales, y/o formato de archivos digitales o electrónicos o de cualquier otra manera.
El Oferente deberá:
El desarrollo de los trabajos podrá realizarse en forma remota y en las oficinas de la Agencia Financiera de Desarrollo, sito en Herib Campos Cervera Nº 900 c/ Papa Juan XXIII, en el horario laboral ordinario de la institución, de lunes a jueves de 8:00hs a 16:15hs y viernes de 8:00hs a 15:00hs.
Luego de la Aceptación Operacional (salida en Producción), las modificaciones en el software, derivadas de fallas de diseño, ingeniería o fabricación, deben realizarse sin cargo alguno para la AFD, por un período de garantía de un (1) año como mínimo.
La empresa adjudicataria deberá brindar soporte de la aplicación por un periodo de 12 meses a partir de la puesta en producción de la aplicación. Deberá proporcionar soporte remoto durante la vigencia del contrato en forma ampliada para emergencias y durante las horas laborales normales de servicio de la AFD, para ello se establecen los siguientes tiempos de respuesta:
Los tiempos de respuesta podrán diferenciarse de acuerdo con la seriedad o gravedad de las fallas.
La forma de pago del producto será de la siguiente manera:
Para realizar los pagos el oferente deberá entregar las documentaciones y evidencias necesarias que serán verificadas y aprobadas por los responsables del producto por parte de la AFD
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Item |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
1 |
Sistema integral para la administración de la Mesa de Dineros / Inversiones de La AFD y sus fondos administrados según especificaciones técnicas |
Unidad |
1 |
Oficinas de la AFD, sitos en Herib Campo Cervera N° 886 c/ Aviadores del Chaco, Edificio Australia 2do, 3er y 4to piso; y en Herib Campos Cervera N° 900 c/ Papa Juan XXIII. |
El oferente deberá proveer el bien en un plazo no mayor a 6 meses contados a partir de la vigencia del contrato respectivo. |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de recepción |
Acta de recepción |
no mayor a 6 meses contados a partir de la firma del contrato respectivo. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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