Se ha realizado las modificaciones correspondientes al PBC según Adenda N° 03
62
Documentación requerida para la firma del contrato
Solicitamos aclaración sobre el punto: "b) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio del trabajo".
30-07-2020
11-08-2020
Documentación requerida para la firma del contrato
Solicitamos aclaración sobre el punto: "b) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio del trabajo".
Se aclara al oferente que el Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio del trabajo" es un documento requerido para la firma del contrato y establecido en el Pliego de Bases y Condiciones estandar aprobado por Resolución DNCP Nº 2859 de fecha 13 de julio de 2020.
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Registro sanitario
Teniendo en cuenta la Resolucion DNVS DG N° 012/2020 Donde se autorizan las actividades de fabricacion, importacion, distribucion y comercializacion de Dispositivos Medicos, Materiales Cortopunzantes y Equipos de Proteccion Individual hasta el 31/12/2020, en el marco de la declaracion de estado de emergencia en todo el territorio del Paraguay a causa del COVID-19 , a las empresas habilitada por la autorizadad sanitaria que hayan iniciado el tramite de solicitud de certtificado de registro sanitario... https://www.mspbs.gov.py/dependencias/dnvs/adjunto/e25f1c-RESOLUCIONDNVS012.pdf Consulta: para dar cumplimiento a la Resolucion DNVS DG N° 012/2020 , solicitamos a la convocante aceptar la solicitud de mesa de entrada del registro sanitario.
Teniendo en cuenta la Resolucion DNVS DG N° 012/2020 Donde se autorizan las actividades de fabricacion, importacion, distribucion y comercializacion de Dispositivos Medicos, Materiales Cortopunzantes y Equipos de Proteccion Individual hasta el 31/12/2020, en el marco de la declaracion de estado de emergencia en todo el territorio del Paraguay a causa del COVID-19 , a las empresas habilitada por la autorizadad sanitaria que hayan iniciado el tramite de solicitud de certtificado de registro sanitario... https://www.mspbs.gov.py/dependencias/dnvs/adjunto/e25f1c-RESOLUCIONDNVS012.pdf Consulta: para dar cumplimiento a la Resolucion DNVS DG N° 012/2020 , solicitamos a la convocante aceptar la solicitud de mesa de entrada del registro sanitario.
Se ha realizado las modificaciones correspondientes al PBC según Adenda N° 03
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Ítem 1 Ventilador
En el ítem 4.3 donde dice Flujo Inspiratorio (L/min). Limite superior 250 o mayor solicitamos amablemente a la convocante permita cotizar equipos con limite superior de 150 L/min y así dar apertura a las especificaciones para la participación de potenciales oferentes.
En el ítem 4.3 donde dice Flujo Inspiratorio (L/min). Limite superior 250 o mayor solicitamos amablemente a la convocante permita cotizar equipos con limite superior de 150 L/min y así dar apertura a las especificaciones para la participación de potenciales oferentes.
Se solicita al oferente ajustarse a lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Lo solicitado se ajusta a los equipos disponibles en el mercado. Cambiar este punto reduce la complejidad del equipo solicitado, lo cual permitiría que equipos con menores prestaciones que las necesarias en el hospital puedan ser adjudicados.
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Ítem 1 Ventilador
En el ítem 4.4 donde dice Presión Inspiratoria (cm H2O). De 1 a 99 o mejor rango solicitamos amablemente a la convocante permita cotizar equipos con hasta 90 cmH2O como limite superior, muy raro seria ventilar valores altos como lo solitado de 90 cmH2O o mas, no tiene aplicación clínica, además limita innecesariamente la participación de potenciales oferentes.
En el ítem 4.4 donde dice Presión Inspiratoria (cm H2O). De 1 a 99 o mejor rango solicitamos amablemente a la convocante permita cotizar equipos con hasta 90 cmH2O como limite superior, muy raro seria ventilar valores altos como lo solitado de 90 cmH2O o mas, no tiene aplicación clínica, además limita innecesariamente la participación de potenciales oferentes.
Se ha realizado las modificaciones correspondientes al PBC según Adenda N° 03
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Ítem 1 Ventilador
En el ítem 4.6 donde dice Tiempo Inspiratorio (s). Limite interior 0,2 o menor. Limite superior 10 o mayor solicitamos amablemente a la convocante permita cotizar equipos limite superior de 5 o mayor, y asi dar apertura a las especificaciones para la participación de potenciales oferentes.
En el ítem 4.6 donde dice Tiempo Inspiratorio (s). Limite interior 0,2 o menor. Limite superior 10 o mayor solicitamos amablemente a la convocante permita cotizar equipos limite superior de 5 o mayor, y asi dar apertura a las especificaciones para la participación de potenciales oferentes.
El oferente deberá ajustarse a lo solicitado en el pliego de bases y condiciones. Una disminución sustancial en este parámetro dará lugar a la participación de equipos de menor calidad que lo solicitado.
67
Ítem 1 Ventilador
En el ítem 4.16 donde dice Terapia de O2: Flujo continuo (BTPS) de 2 a 100 l/min en aumentos de 1 l/min de O2. Concentración de FiO2 del 21 al 100%vol. en aumentos de 1 %vol solicitamos amablemente a la convocante que este ítem sea considerado como opcional, o en todo caso que adquiera como ítem separado un equipo Generador de Alto Flujo, ya que no se ve reflejado en el precio referencial esta característica.
En el ítem 4.16 donde dice Terapia de O2: Flujo continuo (BTPS) de 2 a 100 l/min en aumentos de 1 l/min de O2. Concentración de FiO2 del 21 al 100%vol. en aumentos de 1 %vol solicitamos amablemente a la convocante que este ítem sea considerado como opcional, o en todo caso que adquiera como ítem separado un equipo Generador de Alto Flujo, ya que no se ve reflejado en el precio referencial esta característica.
Se ha realizado las modificaciones correspondientes al PBC según Adenda N° 03
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Item 1 - Ventilador
En el ítem 6.4 donde dice PEEP de 0 a 99 mbar (o hPa o cmH2O) solicitamos amablemente a la convocante ajustar el rango de medición de PEEP a valores reales, no existe la posibilidad de que se llegue a valores exagerados de 99 cmH2O de PEEP, claramente las especificaciones técnicas no fueron realizadas por especialistas clínicos del área ya que nunca se daría llegar a ventilar un paciente con ese valor. Pedimos a la convocante rever las especificaciones técnicas, no se encuentra concordancia entre los rangos solicitados, no se encuentra sustento clínico, no se aplica a funciones fisiológicas y mucho menos de ventilación mecánica, claramente entendemos que las especificaciones técnicas se encuentran direccionadas para que una sola empresa pueda participar en donde por mero cumplimiento de números cumple con los rangos.
En el ítem 6.4 donde dice PEEP de 0 a 99 mbar (o hPa o cmH2O) solicitamos amablemente a la convocante ajustar el rango de medición de PEEP a valores reales, no existe la posibilidad de que se llegue a valores exagerados de 99 cmH2O de PEEP, claramente las especificaciones técnicas no fueron realizadas por especialistas clínicos del área ya que nunca se daría llegar a ventilar un paciente con ese valor. Pedimos a la convocante rever las especificaciones técnicas, no se encuentra concordancia entre los rangos solicitados, no se encuentra sustento clínico, no se aplica a funciones fisiológicas y mucho menos de ventilación mecánica, claramente entendemos que las especificaciones técnicas se encuentran direccionadas para que una sola empresa pueda participar en donde por mero cumplimiento de números cumple con los rangos.
Se ha realizado las modificaciones correspondientes al PBC según Adenda N° 03
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Item 1 - Ventilador
En el ítem 6.6 donde dice Frecuencia respiratoria total y espontaneo, de 0 a 150/min solicitamos amablemente a la convocante aclarar el parámetro solicitado, pues la unidad de medida señalada a continuación del numero no corresponde al parámetro Frecuencia, la frecuencia se mide en respiraciones por minuto con las siglas en español RPM o en todo caso BPM por las siglas en ingles, y la unidad de medida señalada en el PBC corresponde al flujo. Claramente asi como lo señalamos en la consulta anterior se aprecia que las especificaciones del presente PBC fueron realizadas por personas no calificadas para definir los parámetros, rangos y unidades de medidas. Nos preocupa que con ese criterio se evalue la compra de ventiladores pulmonares. Rogamos rever las características, descripciones y rangos de todo el PBC, porque se encuentran totalmente mal redactadas, incluso en el ítem 8.3 donde dice Mangueras de alta presion codificadas para oxigeno (verde) con conexiones tipo DISS (compatibles con las tomas de gases del IPS) se hace mención a otra institución publica que es el IPS. Entendemos que la convocante es el Hospital de Policia y no el IPS, y que los ventiladores son para el hospital de Policia, entonces si hacemos este razonamiento pedimos aclarar a la convocante quien escribió estas especificacioens? Fue un especialista del área o solo copiaron las especificaciones técnicas de diversos pliegos sin tener un análisis del mercado y de las necesides del servicio de terapias? Como construyeron su precio referencial, pues no se ajusta a todos los requerimientos sin sentido que realizan y fuera de contexto.
En el ítem 6.6 donde dice Frecuencia respiratoria total y espontaneo, de 0 a 150/min solicitamos amablemente a la convocante aclarar el parámetro solicitado, pues la unidad de medida señalada a continuación del numero no corresponde al parámetro Frecuencia, la frecuencia se mide en respiraciones por minuto con las siglas en español RPM o en todo caso BPM por las siglas en ingles, y la unidad de medida señalada en el PBC corresponde al flujo. Claramente asi como lo señalamos en la consulta anterior se aprecia que las especificaciones del presente PBC fueron realizadas por personas no calificadas para definir los parámetros, rangos y unidades de medidas. Nos preocupa que con ese criterio se evalue la compra de ventiladores pulmonares. Rogamos rever las características, descripciones y rangos de todo el PBC, porque se encuentran totalmente mal redactadas, incluso en el ítem 8.3 donde dice Mangueras de alta presion codificadas para oxigeno (verde) con conexiones tipo DISS (compatibles con las tomas de gases del IPS) se hace mención a otra institución publica que es el IPS. Entendemos que la convocante es el Hospital de Policia y no el IPS, y que los ventiladores son para el hospital de Policia, entonces si hacemos este razonamiento pedimos aclarar a la convocante quien escribió estas especificacioens? Fue un especialista del área o solo copiaron las especificaciones técnicas de diversos pliegos sin tener un análisis del mercado y de las necesides del servicio de terapias? Como construyeron su precio referencial, pues no se ajusta a todos los requerimientos sin sentido que realizan y fuera de contexto.
Se ha realizado las modificaciones correspondientes al PBC según Adenda N° 03
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Item 1 - Ventilador
En el ítem 6.10 donde dice Concentración de O2 inspirado del 21 al 100 %vol solicitamos amablemente a la convocante que este parámetro sea opcional, porque no se ve reflejado en el precio referencial, en todo caso que reconsidere el precio referencial porque representa un valor agregado muy caro.
En el ítem 6.10 donde dice Concentración de O2 inspirado del 21 al 100 %vol solicitamos amablemente a la convocante que este parámetro sea opcional, porque no se ve reflejado en el precio referencial, en todo caso que reconsidere el precio referencial porque representa un valor agregado muy caro.
Se solicita al oferente ajustarse a lo solicitado en el pliego de bases y condiciones. Lo solicitado se ajusta a los equipos disponibles en el mercado. Este es un parámetro sumamente necesario en la monitorización del paciente, por lo que no puede ser considerado como opcional.