En la SECCIÓN III Criterios de Evaluación y Calificación. Punto 222 (b) Experiencia Específica en obras – Experiencia mínima en Construcción – Componentes criticos, donde se solicita:
Sub-base o Base granular 120.000 m3
Base y Carpeta de Concreto asfáltico 55.000 m3
Terraplén 640.000 m3
Puente de H° 30 ml
Cada una de las cantidades en materia de experiencia especifica pueden ser cumplidas individualmente en distintos contratos , eso es correcto ¿ Ejemplo: la cantidad de Concreto Asfaltico en un contrato 1 , la cantidad de Base y Subbase en contrato 2, distinto al anterior , etc. Ya que lo importante para demostrar experiencia es que se hayan ejecutado.-
Y una empresa individual pueden cumplir las cantidades sumando las cantidades de dos contratos cumpliendo con el requisito que uno de ellos cumpla el 70% y el otro el 30%
En la SECCIÓN III Criterios de Evaluación y Calificación. Punto 222 (b) Experiencia Específica en obras – Experiencia mínima en Construcción – Componentes criticos, donde se solicita:
Sub-base o Base granular 120.000 m3
Base y Carpeta de Concreto asfáltico 55.000 m3
Terraplén 640.000 m3
Puente de H° 30 ml
Cada una de las cantidades en materia de experiencia especifica pueden ser cumplidas individualmente en distintos contratos , eso es correcto ¿ Ejemplo: la cantidad de Concreto Asfaltico en un contrato 1 , la cantidad de Base y Subbase en contrato 2, distinto al anterior , etc. Ya que lo importante para demostrar experiencia es que se hayan ejecutado.-
Y una empresa individual pueden cumplir las cantidades sumando las cantidades de dos contratos cumpliendo con el requisito que uno de ellos cumpla el 70% y el otro el 30%
Para el cumplimiento del criterio establecido en el 2.2.2 b), además de los contratos presentados para el cumplimiento del punto 2.2.2 a), podrá presentar otros contratos en el que se acredite en cada uno de ellos uno/s de los componentes críticos establecidos en el punto 2.2.2 b). Por ejemplo: 1 contrato de Sub-base o base granular de 120.000 m3 + 1 contrato de base y carpeta de concreto asfaltico de 55.000 m3 + 1 contrato de terraplén de 640.000 m3 + 1 contrato de 1 puente de 30 ml. En caso que para uno de los componentes críticos, en un contrato no alcance a cumplir el requisito mínimo, el documento de llamado prevé la opción de presentar oferta en APCA.
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antecedentes
Interpretamos, que en el caso de presentar oferta a través de una Sucursal en Paraguay de una empresa extranjera , se pueden cumplimentar todos los requisitos de cumplimiento tanto técnicos , como financieros que solicita el Pliego de Bases y Condiciones , a través de los antecedentes de la empresa Principal Extranjera de dicha sucursal, eso es correcto ?
Interpretamos, que en el caso de presentar oferta a través de una Sucursal en Paraguay de una empresa extranjera , se pueden cumplimentar todos los requisitos de cumplimiento tanto técnicos , como financieros que solicita el Pliego de Bases y Condiciones , a través de los antecedentes de la empresa Principal Extranjera de dicha sucursal, eso es correcto ?
El autor nacional, Bonifacio Ríos Avalos, expone la diferencia entre filial y sucursal. Según el Diccionario de Derecho Comercial y de la Empresa, filial es la manifestación moderna del control económico jurídico que realiza una empresa controlante sobre la controlada. La empresa filial posee autonomía formal; nombre, organización, administración, responsabilidad y patrimonio propio, distinto del de la casa matriz. Por tanto, también cuenta con domicilio que le es propio.
De acuerdo al mismo texto, sucursal es la Unidad empresarial cuya manifestación práctica mercantil se realiza porque su giro, su dirección y administración; su vida jurídica y su patrimonio, dependen y forman parte integrante de la casa matriz. La existencia de la sucursal, entre otras, se caracteriza por lo siguiente: a) utilización del nombre de la casa matriz; b) domicilio propio, con lo cual se distingue de la simple casa de depósito... g) el patrimonio de la sucursal y el de la matriz integran una sola unidad. (Opus cit. Pag. 372) El Dr. Ernesto Velázquez Guido, expresa que la sucursal es un establecimiento accesorio al principal, que carece de autarquía dependiendo de él, pero tiene su domicilio en el lugar establecido. (Opus cit. Pag. 94)". (Bonifacio Ríos Avalos - Fernando Andres Beconi - Derecho Mercantil - La Ley Paraguaya. Pg. 296).
Así mismo, cabe destacar lo dispuesto en el Artículo 1196 del Código Civil Paraguayo, "... Las Sociedades constituidas en el extranjero tienen su domicilio en el lugar donde está el asiento principal de sus negocios. Los establecimientos, agencias o sucursales constituidas en la Republica se consideran domiciliados en ella en lo que concierne a los actos que aquí practiquen, debiendo cumplir con las obligaciones y formalidades previstas para el tipo de sociedad más similar al de su constitución."
Esa distinción realizada, lleva a concluir que sucursal y sociedad principal (Matriz) constituyen la misma persona jurídica, independientemente del grado de independencia y autonomía que alcancen.
Puede decirse también que siendo la sucursal un establecimiento secundario que guarda vinculo de identidad con la empresa matriz, la actividad económica que realice la misma generaría experiencia a la empresa matriz, por lo que su interpretación es correcta.
3
Garantia de oferta
Dado que se establece que un oferente podrá ser adjudicado en un solo Lote, sería razonable establecer que solo se presente una sola Garantía de Mantenimiento de Oferta por el lote de mayor importe económico , el cual garantizaría cualquiera de las ofertas que el oferente tuviera oportunidad de ser adjudicatario
Dado que se establece que un oferente podrá ser adjudicado en un solo Lote, sería razonable establecer que solo se presente una sola Garantía de Mantenimiento de Oferta por el lote de mayor importe económico , el cual garantizaría cualquiera de las ofertas que el oferente tuviera oportunidad de ser adjudicatario
Favor remitirse a la respuesta de la Consulta Nº 4 de la Junta de Aclaraciones y la Adenda N°1.
4
Paises Elegibles
En la pagina 8 de las bases define que los documentos de la licitacion estan compuestos por 3 partes totalizando 9 secciones (de la Seccion I a la Seccion IX). La Parte 1 - Seccion V - Paises Elegibles no ha sido incluida en el Pliego de Bases y Condiciones, ya que en la pagina 89 finaliza la Seccion IV y en la pagina 90 comienza la Seccion VI. Favor agregar via circular la Seccion V. Gracias.
En la pagina 8 de las bases define que los documentos de la licitacion estan compuestos por 3 partes totalizando 9 secciones (de la Seccion I a la Seccion IX). La Parte 1 - Seccion V - Paises Elegibles no ha sido incluida en el Pliego de Bases y Condiciones, ya que en la pagina 89 finaliza la Seccion IV y en la pagina 90 comienza la Seccion VI. Favor agregar via circular la Seccion V. Gracias.
Si bien el "PROYECTO DE HABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA RUTA NACIONAL N° 9 Y ACCESOS" cuenta con recursos de financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Corporación Andina de Fomento (CAF), la presente LPI MOPC Nº 46/2020, para la ejecución de los Tramos 1 y 2 (lotes 1 al 4) no cuenta con financiamiento del BID y la Sección V. Países Elegibles No Aplica y es por ello que no forma parte del Documento de llamado, no obstante, a efectos de mantener la estructura del documento estándar que se ha utilizado en los llamados de este Proyecto se han mantenido las numeraciones de las demás secciones, por lo que, no se realizaran adiciones ni ajustes sobre este punto en particular.
5
garantia de oferta
Dado que el proceso licitatorio limita la posibilidad de adjudicación a un mismo oferente a un máximo de 1 lote, interpretamos que será suficiente la presentación una única garantia de oferta por el 3% del valor de la oferta máxima, ya que de esta forma se estaría cubriendo las ofertas de los lotes de menor valor. De solicitar una garantia individual para cada lote se estaría cuadruplicando la exigencia en términos líneas de credito de garantias bancarias y restringiendo de esta forma la mayor participación de oferentes. Favor confirmar si nuestra interpretación es correcta. Gracias.
Dado que el proceso licitatorio limita la posibilidad de adjudicación a un mismo oferente a un máximo de 1 lote, interpretamos que será suficiente la presentación una única garantia de oferta por el 3% del valor de la oferta máxima, ya que de esta forma se estaría cubriendo las ofertas de los lotes de menor valor. De solicitar una garantia individual para cada lote se estaría cuadruplicando la exigencia en términos líneas de credito de garantias bancarias y restringiendo de esta forma la mayor participación de oferentes. Favor confirmar si nuestra interpretación es correcta. Gracias.
Favor remitirse a la respuesta de la Consulta Nº 4 de la Junta de Aclaraciones y la Adenda N°1.
6
única garantía de oferta
Dado que en el proceso licitatorio para los lotes 5 y 6 de la misma ruta 9 (ID 354.339) en la adenda nro.1 punto 3 se autorizó a presentar una UNICA garantía de oferta en función del presupuesto referencial del lote de mayor valor, solicitamos tengan a bien autorizar el mismo procedimiento en el presente proceso licitatorio.
Dado que en el proceso licitatorio para los lotes 5 y 6 de la misma ruta 9 (ID 354.339) en la adenda nro.1 punto 3 se autorizó a presentar una UNICA garantía de oferta en función del presupuesto referencial del lote de mayor valor, solicitamos tengan a bien autorizar el mismo procedimiento en el presente proceso licitatorio.
Favor remitirse a la respuesta de la Consultas Nº 4 y Nº 5 de la Junta de Aclaraciones y la Adenda N°1.
7
prorroga - COVID
Por instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional se procedió al cierre de fronteras de forma parcial desde el día 16 de marzo de 2020 con la prohibición de ingreso al país de ciudadanos extranjeros no residentes en Paraguay. Posteriormente, a partir del 24 de marzo del corriente, el Gobierno Nacional determinó el cierre total de fronteras a los viajeros y la cancelación de vuelos de aeronaves comerciales y privadas provenientes del exterior.
Esta información se encuentra actualmente publicada en el sitio de la Dirección General de Migraciones
http://www.migraciones.gov.py/index.php/noticias/cierre-de-fronteras-y-aeropuertos-seguira-vigente
Dado el carácter de LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL cofinanciada por el BID y la CAF, las empresas de países miembros de las mismas vemos RESTRINGIDA su participación por los motivos arriba expuestos.
A tal efecto solicitamos:
a) se postergue la presentación de ofertas para una fecha donde sea posible ingresar al país,
b) en caso de no postergar emitir un salvoconducto a los miembros de empresas de países miembros para que puedan ingresar a la República de Paraguay a la brevedad.
De no brindarnos cualquiera de estas dos alternativas, la licitacion INTERNACIONAL se convertiría de hecho en una licitacion NACIONAL, y cualquier planteo de nulidad ante la CAF y/o el BID llevaria la anulacion del presente proceso por no respetarse la libertad de participación de empresas de paises miembros.
Por instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional se procedió al cierre de fronteras de forma parcial desde el día 16 de marzo de 2020 con la prohibición de ingreso al país de ciudadanos extranjeros no residentes en Paraguay. Posteriormente, a partir del 24 de marzo del corriente, el Gobierno Nacional determinó el cierre total de fronteras a los viajeros y la cancelación de vuelos de aeronaves comerciales y privadas provenientes del exterior.
Esta información se encuentra actualmente publicada en el sitio de la Dirección General de Migraciones
http://www.migraciones.gov.py/index.php/noticias/cierre-de-fronteras-y-aeropuertos-seguira-vigente
Dado el carácter de LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL cofinanciada por el BID y la CAF, las empresas de países miembros de las mismas vemos RESTRINGIDA su participación por los motivos arriba expuestos.
A tal efecto solicitamos:
a) se postergue la presentación de ofertas para una fecha donde sea posible ingresar al país,
b) en caso de no postergar emitir un salvoconducto a los miembros de empresas de países miembros para que puedan ingresar a la República de Paraguay a la brevedad.
De no brindarnos cualquiera de estas dos alternativas, la licitacion INTERNACIONAL se convertiría de hecho en una licitacion NACIONAL, y cualquier planteo de nulidad ante la CAF y/o el BID llevaria la anulacion del presente proceso por no respetarse la libertad de participación de empresas de paises miembros.
Somos conscientes de la situación de Pandemia que el mundo se halla atravesando por el COVID-19 y sus efectos colaterales en el desenvolvimiento normal de todos nuestros actos. En lo que respecta al presente proceso, si bien existen restricciones/limitaciones al ingreso de personas desde el extranjero a territorio paraguayo, sujetas a disposiciones no controlables por la Convocante, la participación de empresas extranjeras para la presentación de ofertas no se halla limitada ni restringida a la presencia física de su representante para la presentación de la oferta o para su participación en el Acto de Apertura, ya que es de práctica común la remisión de las ofertas impresas vía Courier Internacional (que están habilitados plenamente a operar) y la representación de empresas extranjeras por terceros que son del país de la contratante que cuenten con la debida autorización para ello.
Consecuentemente:
a) La prórroga del plazo de presentación y apertura de ofertas a una fecha donde el representante del oferente pueda ingresar al país por motivo de la Pandemia COVID-19 (ya sea porque se reabren las fronteras o se emitan salvoconductos especiales) sería indeterminable por las circunstancias mismas de la situación cuya evolución no está sujeta a condiciones controlables por la Convocante además de inviable para los intereses del país que considera el presente proceso licitatorio de carácter estratégico para la reactivación económica.
b) La no presencia de un representante no residente en el país de una empresa interesada en presentar oferta no limita a la empresa a participar del proceso, por lo que no prorrogar el llamado por efecto del COVID-19 tampoco es una condición restrictiva que vulnera los derechos de participación de una empresa extranjera y mucho menos convierte el proceso en una Licitación Pública Nacional abierta solo a empresas constituidas en el Paraguay
Por lo expuesto, la Convocante alienta a las empresas nacionales y extranjeras a participar del presente proceso y presentar sus ofertas en tiempo y forma aún bajo la Pandemia que nos afecta a todos.
Adicionalmente, se prevé que el Acto de Apertura no se limite a una reunión pública presencial sino que también se tomaran las acciones necesarias para que tenga la debida difusión virtual que permita la trasparencia y participación no física al acto.
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Forma de Pago del Contrato
En el item 8.4 "Rubros y forma de pago del Contrato" se establece que el 95% del Valor del Contrato (Descontada la Suma Provisional) corresponderá a las Obras de Habilitación y el 5% restante a la Gestión y Ejecución del Mantenimiento. Debido a que en el Listado de Cantidades, no existe un ítem de pago directo por los servicios de mantenimiento, esto implica que de cada ítem de las Obras de Habilitación se reservará el 5% para el pago del Mantenimiento?. Es correcto nuestro entendimiento?.
En el item 8.4 "Rubros y forma de pago del Contrato" se establece que el 95% del Valor del Contrato (Descontada la Suma Provisional) corresponderá a las Obras de Habilitación y el 5% restante a la Gestión y Ejecución del Mantenimiento. Debido a que en el Listado de Cantidades, no existe un ítem de pago directo por los servicios de mantenimiento, esto implica que de cada ítem de las Obras de Habilitación se reservará el 5% para el pago del Mantenimiento?. Es correcto nuestro entendimiento?.
Hemos verificado que todos los documentos levantados en el SICP se hallan disponibles y accesibles para consulta y análisis para la presentación de una oferta seria. No obstante, se solicita se precise con mayor detalle cuales son los documentos que a su entender no se hallan disponibles.
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Alcance de las Obras de Peaje
En la lámina DG-146-R1 se observa una Estación de Peaje proyectada en la prog. 268+100. Además se han publicado planos ejecutivos completos de una Estación de Peaje. Sin embargo no encontramos en el alcance de los trabajos ni en el Listado de Cantidades un ítem de pago directo. Además tenemos conocimiento de un puesto de peaje y pesaje recientemente construido en el Km 50,5. Solicitamos confirmación o no si se deberá cotizar el Puesto de Peaje.
En la lámina DG-146-R1 se observa una Estación de Peaje proyectada en la prog. 268+100. Además se han publicado planos ejecutivos completos de una Estación de Peaje. Sin embargo no encontramos en el alcance de los trabajos ni en el Listado de Cantidades un ítem de pago directo. Además tenemos conocimiento de un puesto de peaje y pesaje recientemente construido en el Km 50,5. Solicitamos confirmación o no si se deberá cotizar el Puesto de Peaje.
Con relación al puesto de Peaje y Pesaje del Km 50, efectivamente, el mismo corresponde a una estación de construcción reciente que se propone conservar, planteándose ejecutar como parte de la Obra de Habilitación del tramo de ese sector, el acceso correspondiente, contemplándose la reconstrucción de la calzada y banquinas y la señalización correspondiente. Consecuentemente, no se tiene previsto en este llamado la construcción de un nuevo puesto de peaje/pesaje, por lo que, no debe cotizarse.