1) ACLARACION: Del PBC resulta : El titular podrá optar por incluir al cónyuge, concubina/o, o a sus padres (sin límite de edad), debidamente justificado con documentación de carácter legal.
De esta clausula se desprende que el titular podrá incluir como parte de su grupo familiar a sus padres y sin límite de edad.
En ese caso se dan dos situaciones de incidencia en el análisis del costo del servicio: a) Se da la posibilidad de no incluir a 1 persona ((cónyuge o concubino) para dar ingreso a 2 personas ( padres) y sin límite de edad.
b) El objeto del llamado tiene como propósito de dar cobertura a titular , cónyuge o concubina legalmente demostrable e hijos. Al dar la opción de ingresar Padres el estudio de costo es diferente y por ende puede tener incidencia en el resultado final en ese sentido.
Por lo tanto, se solicita se deje sin efecto la posibilidad que los padres formen parte del grupo familiar por el que paga la Institución
1) ACLARACION: Del PBC resulta : El titular podrá optar por incluir al cónyuge, concubina/o, o a sus padres (sin límite de edad), debidamente justificado con documentación de carácter legal.
De esta clausula se desprende que el titular podrá incluir como parte de su grupo familiar a sus padres y sin límite de edad.
En ese caso se dan dos situaciones de incidencia en el análisis del costo del servicio: a) Se da la posibilidad de no incluir a 1 persona ((cónyuge o concubino) para dar ingreso a 2 personas ( padres) y sin límite de edad.
b) El objeto del llamado tiene como propósito de dar cobertura a titular , cónyuge o concubina legalmente demostrable e hijos. Al dar la opción de ingresar Padres el estudio de costo es diferente y por ende puede tener incidencia en el resultado final en ese sentido.
Por lo tanto, se solicita se deje sin efecto la posibilidad que los padres formen parte del grupo familiar por el que paga la Institución
En este punto específico la institución ya cuenta con mas de 6 años teniendo cobertura para el titular su nucleo familiar y sus beneficiarios adherentes, sin objeciones por lo mismo. Así también este tema fue tratado en una mesa de trabajo a nivel Institucional con representantes de varias Direcciones y representantes de Sindicatos por lo tanto No modificable, y se mantiene como establece en el PBC.
2
ADHERENTES
2) ACLARACION: Del PBC resulta: La cobertura deberá contemplar Beneficiarios/as Adherentes, que son los padres, hermanos/as y otras personas, relación directa del titular
La disposición .y otras personas , relación directa del titular debería el PBC determinar que esa relación directa debera estar debidamente justificada con el aval de un Juez .
2) ACLARACION: Del PBC resulta: La cobertura deberá contemplar Beneficiarios/as Adherentes, que son los padres, hermanos/as y otras personas, relación directa del titular
La disposición .y otras personas , relación directa del titular debería el PBC determinar que esa relación directa debera estar debidamente justificada con el aval de un Juez .
Los documentos que demostrarán el vínculo, deberán de ser copias simples en todos los casos y deberán ser emitidos por los organismos correspondientes, para cada situación, que serán presentado por el titular en carácter de declaración jurada y si existiera eventuales casos con dudas de dicho documentos se podría solicitar los originales que respalden.
Para el Titular: C.I.
Para conyugue: C.I., acta de matrimonio civil, o libreta de familia Civil, o unión de hecho
Para Hijos/as: C.I., y acta de nacimiento
Para hermanos/as: C.I. libreta de familia de los padres del titular, o certificado de nacimiento del titular y certificado de nacimiento del hermano/a donde se demuestra el vínculo.
Para Padres: C.I. libreta de familia donde declara al hijo/a titular, o certificado de nacimiento del titular.
Para Suegros: C.I. acta de matrimonio civil, o libreta de familia civil, o unión de hecho, o libreta de familia de los suegros donde le declara al conyugue del titular, o certificado de nacimiento del conjugue del titular.
Para Nietos/as: C.I., o certificado de nacimiento del nieto/A y certificado de nacimiento del hijo/a
Para abuelos/as: C.I., y certificado de nacimiento de los padres del titular.
Este punto fue tratado en una mesa de trabajo a nivel Institucional con representantes de varias Direcciones y representates de Sindicatos por lo tanto No modificable y se mantiene como establece en el PBC.
3
CIRUGIA BARIATRICA
3) ACLARACION: El PBC determina en el ítem: Cirugía Video laparoscópica la cobertura a cargo de la prestadora de la cirugía bariátrica. La incorporación de exigencias de cobertura de esa modalidad de cirugías inevitablemente incide en el estudio de costo del servicio y por ende no está previsto en ningún llamado licitatorio de esta índole la cobertura ya que son procedimientos que exceden al concepto de un seguro colectivo.
Sin perjuicio sugerimos que se mantenga la cirugía bariátrica en el listado de cirugías a cubrir de la siguiente forma:
Cirugía bariátrica (excluidos honorarios médicos y grampas, suturas mecánicas).
3) ACLARACION: El PBC determina en el ítem: Cirugía Video laparoscópica la cobertura a cargo de la prestadora de la cirugía bariátrica. La incorporación de exigencias de cobertura de esa modalidad de cirugías inevitablemente incide en el estudio de costo del servicio y por ende no está previsto en ningún llamado licitatorio de esta índole la cobertura ya que son procedimientos que exceden al concepto de un seguro colectivo.
Sin perjuicio sugerimos que se mantenga la cirugía bariátrica en el listado de cirugías a cubrir de la siguiente forma:
Cirugía bariátrica (excluidos honorarios médicos y grampas, suturas mecánicas).
Cirugía Video laparoscópica: de vesícula, apéndice, hernias, bariatrica ( a cargo del beneficiario grampas y sutura mecánica), artroscopia, R.T.U. (Resección Endoscópica de Próstata) y cualquier otra intervención que pueda realizarse por este medio, incluyendo honorarios, medicamentos y descartables en internación superior o hasta el tope máximo por evento. REMITIRSE A LA ADENDA 2.
4
SISTEMA DE REEMBOLSO
4) ACLARACION: Del PBC resulta :
En los lugares donde la Prestadora del Servicio no cuente con centros asistenciales se brindará servicio de urgencias, internación, laboratorio, estudios de imágenes y de cirugía, por sistema de reembolso, según aranceles y galenos establecidos para estos casos Observación: Los procedimientos expuestos se cancelarán al médico contratado y a sus ayudantes de acuerdo a los aranceles establecidos por el mismo. Existirá un límite de Gs. 7.000.000 (Gs. siete Millones), para las eventualidades enumeradas precedentemente.
Entendemos que ese reembolso es aplicable en el caso que la atención medica deba ser realizada en localidades donde la Convocante no exija ofrecer centros asistenciales y se requiera atención de urgencia y debiéndose informar en un plazo máximo de 8hs a la prestadora para el traslado correspondiente a un centro habilitado en la localidad más próxima.
4) ACLARACION: Del PBC resulta :
En los lugares donde la Prestadora del Servicio no cuente con centros asistenciales se brindará servicio de urgencias, internación, laboratorio, estudios de imágenes y de cirugía, por sistema de reembolso, según aranceles y galenos establecidos para estos casos Observación: Los procedimientos expuestos se cancelarán al médico contratado y a sus ayudantes de acuerdo a los aranceles establecidos por el mismo. Existirá un límite de Gs. 7.000.000 (Gs. siete Millones), para las eventualidades enumeradas precedentemente.
Entendemos que ese reembolso es aplicable en el caso que la atención medica deba ser realizada en localidades donde la Convocante no exija ofrecer centros asistenciales y se requiera atención de urgencia y debiéndose informar en un plazo máximo de 8hs a la prestadora para el traslado correspondiente a un centro habilitado en la localidad más próxima.
Efectivamente en aquellos lugares donde la prestadora de servicios no cuente con centros asistenciales y se requiera de servicios de: urgencias, internación, laboratorio, estudios de imágenes y de cirugía, por sistema de reembolso, según aranceles y galenos establecidos para estos casos Observación: Los procedimientos expuestos se cancelarán al médico contratado y a sus ayudantes de acuerdo a los aranceles establecidos por el mismo. Existirá un límite de Gs. 7.000.000 (Gs. siete Millones), para las eventualidades enumeradas precedentemente.
Así también, se indica perfectamente el modo y plazo establecido para el rembolso en el PBC. los reembolsos de honorarios de profesionales que no integren la lista de profesionales de la Contratante, se efectuarán contra la presentación del comprobante legal de pago, a nombre de la Prestadora del Servicio Adjudicada, y certificación en el recetario del médico tratante del diagnóstico y procedimientos realizados, estableciendo claramente el nombre del paciente y la fecha de atención. Esta documentación deberá ser presentada a la Prestadora del Servicio dentro de los primeros 10 (diez) días hábiles de ocurrido el evento y cuyo reembolso se hará efectivo dentro de los siguientes 10 (diez) días hábiles. Este punto fue tratado en una mesa de trabajo a nivel Institucional con representantes de varias Direcciones y representates de Sindicatos por lo tanto No modificable y se mantiene como establece en el PBC.
5
ASISTENCIA AL VIAJERO
5) ACLARACION: ASISTENCIA AL VIAJERO
La Prestadora del Servicio deberá incluir, sin costo adicional, la cobertura internacional para asistencia al viajero unificada para cada titular y grupo familiar de acuerdo a la cobertura establecida.
La cobertura debe ser en el exterior para servicios de urgencia , análisis laboratoriales y radiografía . No es posible brindar en esas circunstancias la misma cobertura que en el territorio nacional.
Asimismo, entendemos que la cobertura debería ser solamente para el funcionario y en el marco de viajes oficiales.
5) ACLARACION: ASISTENCIA AL VIAJERO
La Prestadora del Servicio deberá incluir, sin costo adicional, la cobertura internacional para asistencia al viajero unificada para cada titular y grupo familiar de acuerdo a la cobertura establecida.
La cobertura debe ser en el exterior para servicios de urgencia , análisis laboratoriales y radiografía . No es posible brindar en esas circunstancias la misma cobertura que en el territorio nacional.
Asimismo, entendemos que la cobertura debería ser solamente para el funcionario y en el marco de viajes oficiales.
En este punto específico la institución ya cuenta con más de 6 años teniendo cobertura claro esta para el titular su núcleo familiar y sus beneficiarios adherentes, sin objeciones por lo mismo, atendiendo a que se debe de velar por la salud a nivel nacional e internacional sin discriminar bajo que marco.
Este tema fue tratado en una mesa de trabajo a nivel Institucional con representantes de varias Direcciones y representantes de Sindicatos por lo tanto No modificable y se mantiene como establece en el PBC.
6
OPTICAS
6) ACLARACION: Esta previsto en el PBC que el descuento en OPTICAS sea aplicado contra forma de pago efectivo o tarjeta de débito.
Consideramos que las mismas formas de pago deberían ser las previstas para el descuento en cadena de farmacia para medicamentos ambulatorios.
6) ACLARACION: Esta previsto en el PBC que el descuento en OPTICAS sea aplicado contra forma de pago efectivo o tarjeta de débito.
Consideramos que las mismas formas de pago deberían ser las previstas para el descuento en cadena de farmacia para medicamentos ambulatorios.
En este punto específico la institución ya cuenta con más de 6 años teniendo este beneficio referente a farmacias y se mantiene como establece en el PBC.
7
ESTUDIOS LABORATORIALES
7) ACLARACION: Del listado de estudios laboratoriales surge cobertura 100% a cargo de la prestadora del test SARS COV -2 . Consideramos que la cobertura del mismo debería a ser a cargo del beneficiario mediante el pago de un arancel preferencial.
7) ACLARACION: Del listado de estudios laboratoriales surge cobertura 100% a cargo de la prestadora del test SARS COV -2 . Consideramos que la cobertura del mismo debería a ser a cargo del beneficiario mediante el pago de un arancel preferencial.
La Institucion trata de brindar a sus funcionarios la mejor cobertura teniendo en cuenta su salud y bienestar y en función a ello, y ante la situacion de publico conocimiento con esta patología, nos mantemos a lo que establece el PBC
8
LISTADO DE TABLAS
8) ACLARACION: Del PBC resulta que El listado de cada una de las Tablas precedentes es meramente enunciativo y no limitativo
Se entiende que el amplísimo listado descripto en las tablas de análisis laboratoriales, así como de imágenes debe ser el previsto como cubierto por la prestadora y no que esas tablas sean meramente enunciativas.
Ese tipo de disposición deja expuesto a la prestadora en cuanto a la cobertura a brindar sin referencia clara del alcance de la misma.
8) ACLARACION: Del PBC resulta que El listado de cada una de las Tablas precedentes es meramente enunciativo y no limitativo
Se entiende que el amplísimo listado descripto en las tablas de análisis laboratoriales, así como de imágenes debe ser el previsto como cubierto por la prestadora y no que esas tablas sean meramente enunciativas.
Ese tipo de disposición deja expuesto a la prestadora en cuanto a la cobertura a brindar sin referencia clara del alcance de la misma.
En este punto concreto, todo lo expreso en las tablas deben de ser cubiertos y si fuere necesario por un algún caso expcional se tendrá en cuenta siempre dentro del marco del criterio medico científico, y cubrir lo solicitado, atendiendo que no es limitativo, la misma se podría ampliar según casos concretos.
Este tema fue tratado en una mesa de trabajo a nivel Institucional con representantes de varias Direcciones y representantes de Sindicatos por lo tanto No modificable y se mantiene como establece en el PBC.
9
LOCALIDADES DEL INTERIOR
9) ACLARACION: En la localidad de Katuete ningún centro asistencial privado tiene habilitación del Ministerio de Salud Publica , ni si quiera en proceso de renovación de licencia, por lo que se recomienda retirar la exigencia de ofrecer un centro asistencial en dicha localidad y en la localidad de Salto del Guaira no hay ningún sanatorio privado por lo que también se recomienda retirar esa exigencia .
9) ACLARACION: En la localidad de Katuete ningún centro asistencial privado tiene habilitación del Ministerio de Salud Publica , ni si quiera en proceso de renovación de licencia, por lo que se recomienda retirar la exigencia de ofrecer un centro asistencial en dicha localidad y en la localidad de Salto del Guaira no hay ningún sanatorio privado por lo que también se recomienda retirar esa exigencia .
En dichas localidades figuran:
Katuete : Clinica Santa Rita, Centro Medico San Luis
Salto del Guaira: Hospital CE.ME.FA.
Atendiendo al no retorno por parte del organismo correspondiente para confirmar dicha información para prestar dicho servicio, en el tiempo requerido se procede a retirar del PBC lo establecido en la solicitud de dichas localidades: Katuete y Salto del Guaira. REMITIRSE A LA ADENDA 2.
10
ESPECIALIDADES
10) Del PBC surge que se requiere se ofrezca entre otras especialidades:
NEUMOLOGIA PEDRIATICA 4
CARDIOLOGIA INFANTIL 5
Esas especialidades son muy especificas y se cuenta con una pequeña cantidad a nivel nacional por lo que consideramos pertinente bajar a 2 el mínimo exigible en la especialidad neumología pediátrica y a 3 especialistas en la especialidad de cardiología infantil.
10) Del PBC surge que se requiere se ofrezca entre otras especialidades:
NEUMOLOGIA PEDRIATICA 4
CARDIOLOGIA INFANTIL 5
Esas especialidades son muy especificas y se cuenta con una pequeña cantidad a nivel nacional por lo que consideramos pertinente bajar a 2 el mínimo exigible en la especialidad neumología pediátrica y a 3 especialistas en la especialidad de cardiología infantil.
Se considera la cantidad de mínimamente 2 (dos) profesionales médicos de especialidad Neumología Pediátrica, pero se mantiene la cantidad de mínimamente 5 (cinco) profesionales médicos de especialidad cardiología Pediátrica, atendiendo a la cantidad de Profesionales Inscriptos en la Sociedad Paraguaya de las respectivas especialidades medicas. REMITIRSE A LA ADENDA 2.