Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 consultas al PBC CONSULTA 1 (b) Experiencia y Capacidad Técnica El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: Experiencia: 1. Demostrar la capacidad de prestación de servicios objeto de la presente licitación como proveedor y en forma satisfactoria para lo cual deberá presentar una descripción por declaración jurada de mínimamente 3 (tres) contratos por cada año mantenido durante los siguientes años 2015; 2016; 2017 y 2018, de prestación de servicios de asistencia médica pre-paga corporativo, a entidades públicas y/o privadas, con cobertura similar o mayor a la exigida en el presente Pliego de Bases y Condiciones. A tal efecto, el oferente deberá presentar copia autenticada de los contratos con tales características, acompañados de las constancias de buen cumplimiento, los cuales además deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos: B-En caso de contratos cerrados, deberá presentar mínimamente una cobertura para 245 asegurados titulares, dicha cantidad de titulares deberá estar especificada indefectiblemente dentro del contrato, caso contrario no será considerado. CONSULTA a-Atendiendo a que la institución cuenta con el servicio de seguro médico privado por licitación pública desde el año 2017, ¿Cómo es que piden cantidades de contratos desde el año 2015? b-Si los contratos a ser presentado deben cumplir un requisito de cantidad mínima de titulares, porque se considera el monto máximo de titulares como requisito? De las consultas mencionadas solicitamos re evaluar los puntos atendiendo a, que así como se exponen, pueden ser considerados elementos que denoten direccionamiento hacia empresas que manejan el monopolio de prestación de este tipo de servicio a las empresas del Estado CONSULTA 2 P. ANEXO DE CENTROS ASISTENCIALES REQUERIDOS Para las internaciones, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales en los siguientes lugares: Localidad Cantidad de Centros Asistenciales ASUNCIÓN 8 (OCHO) SAN LORENZO 1 (UNO) FERNANDO DE LA MORA 1 (UNO) LUQUE 1 (UNO) LAMBARE 1 (UNO) MARIANO ROQUE ALONSO 1 (UNO) CAPIATA 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE CORDILLERA • Caacupé 1 (UNO) • Itacurubi de la Cordillera 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE PARAGUARI 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE CAAGUAZU • Cnel. Oviedo • Caaguazú 1 (UNO) • J.Eulogio Estigarribia 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE GUAIRA • Villarrica 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE ITAPUA • Encarnación 2 (DOS) • Maria Auxiliadora 1 (UNO) • Hohenau 1 (UNO) • Obligado 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE CONCEPCION 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE MISIONES 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO • San Estanislao 1 (UNO) • San Pedro del Ycuamandiju 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE AMAMBAY • Pedro Juan Caballero 1 (UNO) DEPARTAMENTO DE BOQUERON • Neuland 1 (UNO) CONSULTA Del detalle de prestadores solicitados en cuadro se solicita: Considerar que las prestaciones de servicios para consultas, urgencias e internaciones puedan ser realizadas por la vía del reembolso según contrato de prestación de servicios, atendiendo a que en el interior del país existen un número limitado de prestadores médicos asistenciales que se encuentran habilitados por el MSPyBS o que solo tienen contrato con contadas empresas de medicina pre paga Esta opción debería quedar abierta ya que existen empresas del rubro que al no poseer grandes cantidades de cartera de clientes se encuentran limitadas a contratar prestadores médicos cuyas exigencias se encuentran relacionadas a la cantidad de clientes que serán atendidos en sus instalaciones , pero sin embargo, las mismas empresas del rubro poseen la capacidad económica suficiente y demostrable para poder cumplir con las exigencias de la cobertura con el método de reembolso al momento del alta o en el día mismo del evento(para casos de consultas y/o urgencias) Además el cuadro expuesto en el PBC podría ser considerado como un elemento de direccionamiento, especialmente porque se solicitan prestadores en ciudades como Neuland y Lambaré donde solo una empresa de Medicina Pre Paga posee contrato con prestadores de la zona. Esta situación, además de indicar direccionamiento, no permite la libre participación de otras empresas como lo contempla la ley de contrataciones CONSULTA 3 De la cantidad precedentemente indicada, en la localidad de Asunción, por lo menos un Centro exclusivo y Especializado en Niños, para URGENCIAS, CONSULTAS E INTERNACIONES. CONSULTA El país existen varios centros asistenciales que cuentan con experiencia y capacidad de atención a los casos de Adultos y Niños, por tanto se solicita considerarlos y modificar el ítem Centro Exclusivo y especializados en Niños, ya que así como se menciona en el PBC, solo limita la libre participación de otras empresas que si cuentan con contratos con Centros Asistenciales con capacidad y experiencia suficiente en la atención de NIÑOS y Adultos. CONSULTA 4 Con respecto a los Centros de Diagnósticos, en la localidad de Asunción, la Prestadora de Servicios debe contar con: tres (3) laboratorios de los cuales uno deberá corresponder a un laboratorio de especialidades pediátricas y tres (3) centros de imágenes. CONSULTA Tanto en la capital como en el interior del país existen laboratorios de primer nivel con certificación internacional con suficiente capacidad técnica y de infraestructura para atender especialidades pediátricas. Por tanto solicitamos modificar lo relacionado a ese punto ya que la mayoría de las empresa de medicina pre paga cuentan contratos con laboratorios referenciales y de muchos años años de experiencia para el efecto con atención de casos de adultos y pediátricos 29-03-2020 02-04-2020
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