Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 homologacion de contratos Teniendo en cuenta el plazo (60 días) para la presentación de los contratos homologados de los trabajadores, para dicha homologacion necesitamos el aval del Ministerio del Trabajo y teniendo en cuenta que los tramites para la homologacion de dichos contratos en tiempo normales es de 180 días ante dicha institución y teniendo en cuenta la situación actual de pandemia los plazos aumentan por lo que solicitamos se incluya en el pbc que con la presentación de comprobante de mesa de entrada de los contratos ante el MTESS ya se subsana dicho requerimiento asi no incumplimos dicho punto del PBC 03-08-2020 05-08-2020
2 periodo de prueba del personal En la página 28 del PBC punto 7 y en la página 48 cláusula 25 de las Condiciones Contractuales se establece la prohibición de que el personal que prestará los servicios se encuentre en período de prueba. En tal sentido, se indica que el art. 58 del Código Laboral establece el período de prueba, a fin de que el empleador tome constancia del desempeño y aptitud del trabajador para realizar el trabajo y el art. 61 inc. a) establece que en el caso de trabajadores domésticos y personal no calificado este período tendrá una duración de 30 (treinta) días, es decir, la norma no pregunta si se quiere o no establecer el período de prueba, establece directamente su existencia. La determinación impuesta por la Convocante significa que la empresa adjudicada no podrá contratar a ningún personal nuevo para prestar el servicio, pues va de suyo según el art. 60 del Código Laboral que todo contrato nuevo inicia con el período de prueba, con lo cual se obliga a los oferentes a estirar personales de otros contratos, prohibiendo de facto que se realicen contrataciones ad hoc con lo cual se limitan los derechos contratación. Esto limita los derechos de las empresas que contratan con el Estado, pues les priva de la posibilidad de celebrar nuevos contratos poniéndolas en una situación de desigualdad con las que actúan en el sector privado, desigualdad inadmisible conforme al art. 46 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales en los que Paraguay es parte. Consultamos acerca de la posibilidad de modificar este punto a fin de adecuarlo a las normas del Código Laboral o, en su defecto, solicitamos indiquen la norma jurídica en la cual se funda la Convocante para establecer dicho requerimiento. 03-08-2020 05-08-2020
3 Trasporte solicitado El trasporte solicitado y del cual debemos de presentar la cédula verde debe ser propio o puede ser arrendado. Favor aclarar dicho punto teniendo en cuenta que no esta aclarado en el PBC. 04-08-2020 05-08-2020
4 coordinador del servicio El coordinador forma parte de la cantidad de personal solicitado para el servicio o se debe de cotizar por fuera de la cantidad solicitado. Favor aclarar el punto de manera a realizar una mejor cotizacion del servicio 04-08-2020 05-08-2020
5 Forma de pago al personal En relación al modo de pago de los salarios: Se exige abonar vía red bancaria, con tarjeta de débito. En este sentido se indica que la Convocante no puede imponer una forma de pago determinada, ya que se trata de un servicio terceirizado y ello conlleva una injerencia en la relación entre el personal y la empresa. Se consulta acerca de la posibilidad de modificar dicho punto. 05-08-2020 05-08-2020
6 Emision de Tarjeta de Debito y cuentas al personal En relación al mismo punto: el otorgamiento de cuentas y tarjeta de débito depende exclusivamente de los criterios de cada institución bancaria banco y no de la empresa. Se consulta acerca de la posibilidad de modificar dicho punto, para dejar asentado que, en caso de que el banco no otorgue las cuentas y tarjetas ello no será responsabilidad de la empresa. 05-08-2020 05-08-2020
7 pago por red bancaria al personal Se consulta acerca de la posibilidad de modificar este punto, para dejar asentado que, aunque el pago se realice por red bancaria(existen otros mecanismos de pago por dicha red), no será obligatoria la apertura de cuentas y tarjetas, puesto que, para ello, el beneficiario deberá cumplir con las condiciones establecidas por el banco, normas que escapan a las posibilidades de actuación de la empresa. 05-08-2020 05-08-2020
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