Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 .-Con relacion al tipo de Formato de UPS, solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si serán aceptado UPS solamente en formato "Torre", o en formato "Rackeable", de manera a ofertar correctamente con lo solicitado. Teniendo en cuenta con lo mencionado en el punto CENTRO DE MONITOREO del PBC. 23-11-2020 26-11-2020
2 .-Con relacion al a lo solicitado en la UPS en donde el PBC solicita "Factor de potencia de entrada 0.97 o superior", solicitamos respetuosamente sean aceptado UPS que cumplan con un "Factor de potencia de entrada ≥0.95pf para entrada 1Ph o superiores" considerando que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo requerido, de manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas. 23-11-2020 26-11-2020
3 .-Con relacion al a lo solicitado en la UPS en donde el PBC solicita "Distorsión de tensión de salida <2% para cargas lineales", solicitamos respetuosamente sean aceptado UPS que cumplan con una "Distorsión armónica THDU<3%", considerando que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo requerido, de manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas. 23-11-2020 26-11-2020
4 PBC, Especificaciones tecnicas, Cámara Tipo 2 En el pliego, las Especificaciones Técnicas requiere que la cámara tipo 2 cuente con un ángulo de visión vertical de 63° o superior, con respecto a este punto solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea modificado y sean aceptadas cámaras IP fijas con ángulo de visión vertical de 60° o superior ya que no afecta en ningún sentido a la solución requerida por la convocante y estaría posibilitando la participación de un mayor número de potenciales oferentes. 23-11-2020 26-11-2020
5 Capacidad técnica En el Pliego de Bases y Condiciones Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION, 9. Capacidad Técnica, se solicita: El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica: • Contar con camiones equipados con canastas hidráulicas que permitan la agilización de los trabajos, deberán ser al menos dos (2) y ser parte del patrimonio de la empresa contratista demostrable mediante la presentación de la Copia de la Cédula Verde del Vehículo y Certificado de Habilitación emitida por la Dirección Nacional de Transporte DINATRAN para el tipo Camión Grúa Canasta, vigente a la fecha de presentación de ofertas." Solicitamos a la convocante eliminar el requisito de contar con camiones equipados con canastas hidráulicas ya que de acuerdo a la visita técnica realizada se constata que, según la envergadura del proyecto licitado, no será necesario que los potenciales oferentes demuestren esta capacidad para poder cumplir cabalmente con las exigencias técnicas descritas en el Pliego de Bases y Condiciones. Por consiguiente, dicho requisito deviene como técnicamente no indispensable y nos encontramos ante un requisito carente de validación técnica y además, restrictivo a la libre participación. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 23-11-2020 26-11-2020
6 BOTÓN DE EMERGENCIA En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, Especificaciones Técnicas del BOTÓN DE EMERGENCIA, se solicita: La instalación de un (1) botón de emergencia dentro del predio de la Secretaría Nacional de Deportes, el mismo deberá ser compatibles con el sistema de recepción de alertas de botones de emergencias del CENTRO DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS 911 de Asunción, las características técnicas con las que deberá contar el botón son las siguientes: • Interruptor de emergencias color rojo preparado para estar operativo en condiciones de intemperie. • Módulo de reporte GSM, el mismo deberá enviar la alerta de emergencia a través de GPRS, y deberá contar con la posibilidad de recibir la llamada desde el CSE 911 de Asunción y atender de manera automática. • Deberá contar con micrófono y altavoz para permitir el dialogo bidireccional entre la persona y los operadores del CSE 911 de Asunción. • Deberá contar con un indicador lumínico (luz estroboscópica), que deberá encenderse de noche para su fácil ubicación ante situaciones de emergencias. Se deberá presentar junto con la oferta la Autorización del Fabricante del Subsistema de Botones de emergencia del CSE 911 de Asunción, indicando que la solución ofertada es 100% compatible con el sistema existente." Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante, eliminar el punto donde se exige una carta de autorización del fabricante del Subsistema de botones de emergencia del CSE 911 de Asunción, indicando que la solución ofertada es 100% compatible con el sistema existente, y en su defecto sea aceptada una carta del fabricante del sistema ofertado garantizando la integración del Botón de Pánico ofertado al Sistema de emergencia del CSE 911. Al respecto, cabe señalar que todo sistema de botón de pánico está compuesto por una sirena, luces estroboscópicas, Micrófono y parlantes para hacer el audio bidireccional, utilizando un pulso de aviso para notificar al operador y activar audio. Es totalmente un condicionante sin fundamento técnico alguno el hecho de exigir una carta de autorización del proveedor del sistema para 1 (UNA) unidad de botón de pánico que representa solo una fracción minina de la inversión total, además de que una sola empresa es el integrador del actual Subsistema de Botones de emergencia del CSE 911 de Asunción, por lo que nos encontramos ante un requisito carente de validación técnica indispensable y un claro direccionamiento la ser restrictivo para la libre participación de soluciones de otros oferentes y fabricantes. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 23-11-2020 26-11-2020
7 Consulta sobre visita Buenas, consultamos si se puede mañana realizar aún la visita al predio, o existiría posibilidad de presentar una declaración jurada de conocer el sitio, con el fin de cumplir el requisito, podrían extender el plazo para poder dar mas participación al oferente?. Pues con la información existente en el pliego se podría realizar la preparación de ofertas, pero conforme a lo indicado en el pliego se necesita el documento de haber realizado obligatoriamente la visita. 23-11-2020 26-11-2020
8 Periodo de consulta Solicitamos respetuosamente a la convocante que la fecha límite de consultas sea extendida en al menos 5 (cinco) días hábiles y en consecuencia el plazo de presentación de ofertas, considerando la envergadura del proyecto y que luego de la visita técnica los potenciales oferentes deberán oficializar las consultas, puesto que como el proyecto implica equipamientos, integración y puesta en funcionamiento de toda la solución es primordial que todas las dudas puedan ser respondidas de manera oficial y por escrito a fin de que los potenciales oferentes cuenten con la misma información y criterio para la presentación de sus ofertas, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. En este mismo documento señalado, se indica también: Fecha de Publicación del llamado: 18 nov. 2020. Al respecto, nótese que resulta claramente insuficiente para todos los potenciales oferentes contar tan solo 5(cinco) días hábiles para el análisis técnico pormenorizado de un proyecto de esta envergadura. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: Las especificaciones técnicas () se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. 24-11-2020 26-11-2020
9 especificaciones técnicas En el pliego de bases y condiciones ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS , 1. Especificaciones Técnicas, CÁMARAS TIPO 2, se solicita: Ángulo de visión horizontal 97° o superior ,vertical 63° o superior Solicitamos respetuosamente a la convocante cambiar el ángulo de visión vertical a 55º como minimo, ya que es el estándar que se maneja en la industria. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas 24-11-2020 26-11-2020
10 PBC, Especificaciones técnicas, Cámara Tipo 2 En el pliego, las Especificaciones Técnicas requiere que la cámara tipo 2 cuente con un ángulo de visión vertical de 63° o superior, con respecto a este punto solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea modificado y sean aceptadas cámaras IP fijas con ángulo de visión vertical de 60° o superior ya que no afecta en ningún sentido a la solución requerida por la convocante y estaría posibilitando la participación de un mayor número de potenciales oferentes. 24-11-2020 26-11-2020
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