Solicitamos a la Convocante verificar el formulario de ofertas publicado en el SICP, ya que el mismo no cuenta con el ID del llamado en cuestión, por lo cual solicitamos la corrección del mismo.
Solicitamos a la Convocante verificar el formulario de ofertas publicado en el SICP, ya que el mismo no cuenta con el ID del llamado en cuestión, por lo cual solicitamos la corrección del mismo.
SOBRE EL FORMULARIO DE OFERTA SE ACLARA QUE EL OFERENTE DEBE LLENARLO CON LAS DESCRIPCIONES DEL LLAMADO COMO ID, NOMBRE DE CONVOCANTE Y OTROS DATOS NECESARIOS PARA EL LLENADO.
ATTE.
2
BENEFICIARIOS
Solicitamos a la Convocante aclarar la edad límite de los padres a los efectos de poder establecer la correcta estructura de costos del presente llamado licitatorio.
Solicitamos a la Convocante aclarar la edad límite de los padres a los efectos de poder establecer la correcta estructura de costos del presente llamado licitatorio.
Como se contempla en la Especificaciones técnicas, en el apartado de Grupo Familiar, los padres, hasta 2 (dos) personas sin límite de edad.
Favor remitirse al PBC.
3
BENEFICIARIOS
Solicitamos a la Convocante aclarar si es correcta la interpretación que sostiene que el límite de edad de los hijos es hasta el día en que cumplan 22 años de edad.
Solicitamos a la Convocante aclarar si es correcta la interpretación que sostiene que el límite de edad de los hijos es hasta el día en que cumplan 22 años de edad.
Cabe aclarar que la edad límite de los hijos es hasta el término de los 22 años.
Favor remitirse al PBC.
4
DETALLES DE COBERTURAS/ URGENCIAS Y/O EMERGENCIAS
Solicitamos a la Convocante realizar la verificación y corrección del apartado Detalles de Coberturas en atención a que se establece una diferencia entre la cobertura de medicamentos y descartables para algunos sanatorios y para otros una limitación de hasta Gs. 600.000, dicha diferenciación se encuentra orientada a empresas de medicina prepagas que también cuenten con sanatorios propios, por lo cual este apartado podría interpretarse como una limitación a libre competencia y además dificulta establecer la correcta estructura de costos del presente llamado por lo cual hace imposible la cotización ante servicios inciertos.
Solicitamos a la Convocante realizar la verificación y corrección del apartado Detalles de Coberturas en atención a que se establece una diferencia entre la cobertura de medicamentos y descartables para algunos sanatorios y para otros una limitación de hasta Gs. 600.000, dicha diferenciación se encuentra orientada a empresas de medicina prepagas que también cuenten con sanatorios propios, por lo cual este apartado podría interpretarse como una limitación a libre competencia y además dificulta establecer la correcta estructura de costos del presente llamado por lo cual hace imposible la cotización ante servicios inciertos.
Cabe recalcar, que dicha diferenciación no implica que una empresa de medicina prepaga cuente o no con sanatorios propios, simplemente se solicita que la empresa aseguradora identifique 2 (dos) Sanatorios donde el beneficiario y grupo familiar pueda asistir ante una emergencia y/o urgencia y cuenten con cobertura total por el servicio recibido, por lo tanto, por fuera de estos 2 (dos) Sanatorios identificados previamente, el beneficiario y grupo familiar, podrá asistir a otros Sanatorios en convenio, por emergencia y/o urgencia, sólo que en este caso, tendrían cobertura hasta Gs. 600.000 (Guaraníes Seiscientos mil), como se estipula en las especificaciones técnicas.
Favor remitirse al PBC.
5
PIEL Y TEJIDO CELULAR SUBCUTANEO: CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS.
Solicitamos a la Convocante aclarar los límites de los procedimientos dermatológicos citados en este apartado, a los efectos de poder establecer la correcta estructura de costos del presente llamado licitatorio.
23-11-2020
25-11-2020
PIEL Y TEJIDO CELULAR SUBCUTANEO: CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS.
Solicitamos a la Convocante aclarar los límites de los procedimientos dermatológicos citados en este apartado, a los efectos de poder establecer la correcta estructura de costos del presente llamado licitatorio.
Se aclara que dentro de las Especificaciones Técnicas en el apartado HONORARIOS MEDICOS CLINICO QUIRURGICOS, se menciona que los Procedimientos dermatológicos, con prestadores en convenio, cuentan con cobertura total.
Favor remitirse al PBC.
6
INTERNACIONES
Solicitamos a la Convocante aclarar la cantidad de centros asistenciales requeridos para la prestación del servicio, en atención a que el apartado citado indica: En el supuesto que los Sanatorios cabecera no dispongan de habitaciones libres, o que el médico tratante precisare que la internación sea en otro Centro, se procederá a la derivación del Beneficiario/paciente previa autorización de la Empresa Prestadora a otro Centro en convenio. Y conforme a lo solicitado en el ítem 7. Capacidad Técnica se requieren solamente al menos un centro asistencial de Nivel III y al menos un Centro Asistencial de Nivel II, ya que las características de cada Nivel va en concordancia y de acuerdo a la complejidad del sanatorio en caso de que la oferente presente un solo centro del nivel requerido, como se procedería al traslado a otro centro. Por lo que solicitamos a la Convocante analizar la posibilidad de requerir más centros de Nivel III y Nivel II para que la cobertura sea otorgada conforme a los requerimientos del PBC y de acuerdo al diagnóstico médico, ya que existe por parte de la Convocante la responsabilidad objetiva de velar por la correcta atención conforme a los requerimientos que solicita al momento del llamado licitatorio.
Solicitamos a la Convocante aclarar la cantidad de centros asistenciales requeridos para la prestación del servicio, en atención a que el apartado citado indica: En el supuesto que los Sanatorios cabecera no dispongan de habitaciones libres, o que el médico tratante precisare que la internación sea en otro Centro, se procederá a la derivación del Beneficiario/paciente previa autorización de la Empresa Prestadora a otro Centro en convenio. Y conforme a lo solicitado en el ítem 7. Capacidad Técnica se requieren solamente al menos un centro asistencial de Nivel III y al menos un Centro Asistencial de Nivel II, ya que las características de cada Nivel va en concordancia y de acuerdo a la complejidad del sanatorio en caso de que la oferente presente un solo centro del nivel requerido, como se procedería al traslado a otro centro. Por lo que solicitamos a la Convocante analizar la posibilidad de requerir más centros de Nivel III y Nivel II para que la cobertura sea otorgada conforme a los requerimientos del PBC y de acuerdo al diagnóstico médico, ya que existe por parte de la Convocante la responsabilidad objetiva de velar por la correcta atención conforme a los requerimientos que solicita al momento del llamado licitatorio.
primera Parte de la consulata:
Solicitamos a la Convocante aclarar la cantidad de centros asistenciales requeridos para la prestación del servicio, en atención a que el apartado citado indica: En el supuesto que los Sanatorios cabecera no dispongan de habitaciones libres, o que el médico tratante precisare que la internación sea en otro Centro, se procederá a la derivación del Beneficiario/paciente previa autorización de la Empresa Prestadora a otro Centro en convenio.
Favor remítase a la Adenda 2.
Por otro lado:
Y conforme a lo solicitado en el ítem 7. Capacidad Técnica se requieren solamente al menos un centro asistencial de Nivel III y al menos un Centro Asistencial de Nivel II, ya que las características de cada Nivel va en concordancia y de acuerdo a la complejidad del sanatorio en caso de que la oferente presente un solo centro del nivel requerido, como se procedería al traslado a otro centro. Por lo que solicitamos a la Convocante analizar la posibilidad de requerir más centros de Nivel III y Nivel II para que la cobertura sea otorgada conforme a los...
Solicitamos a la Convocante aclarar si es correcta la interpretación que sostiene que las enfermedades pre-existentes y crónicas, Malformaciones congénitas y alteraciones genéticas serán otorgadas con arancel preferencial a cargo del beneficiario en su totalidad.
Solicitamos a la Convocante aclarar si es correcta la interpretación que sostiene que las enfermedades pre-existentes y crónicas, Malformaciones congénitas y alteraciones genéticas serán otorgadas con arancel preferencial a cargo del beneficiario en su totalidad.
Se aclara que serán otorgadas con arancel preferencial a cargo del beneficiario en su totalidad.
Favor remitirse al PBC
8
FORMULARIO DE OFERTA
Solicitamos a la Convocante verificar el formulario de ofertas publicado en el SICP, ya que el mismo no cuenta con el ID del llamado en cuestión, por lo cual solicitamos la corrección del mismo.
Solicitamos a la Convocante verificar el formulario de ofertas publicado en el SICP, ya que el mismo no cuenta con el ID del llamado en cuestión, por lo cual solicitamos la corrección del mismo.
SOBRE EL FORMULARIO DE OFERTA SE ACLARA QUE EL OFERENTE DEBE LLENARLO CON LAS DESCRIPCIONES DEL LLAMADO COMO ID, NOMBRE DE CONVOCANTE Y OTROS DATOS NECESARIOS PARA EL LLENADO. ATTE.
9
BENEFICIARIOS
Solicitamos a la Convocante aclarar la edad límite de los padres a los efectos de poder establecer la correcta estructura de costos del presente llamado licitatorio.
Solicitamos a la Convocante aclarar la edad límite de los padres a los efectos de poder establecer la correcta estructura de costos del presente llamado licitatorio.
Como se contempla en la Especificaciones técnicas, en el apartado de Grupo Familiar, los padres, hasta 2 (dos) personas sin límite de edad.
Favor remitirse al PBC.
10
BENEFICIARIOS
Solicitamos a la Convocante aclarar si es correcta la interpretación que sostiene que el límite de edad de los hijos es hasta el día en que cumplan 22 años de edad
Solicitamos a la Convocante aclarar si es correcta la interpretación que sostiene que el límite de edad de los hijos es hasta el día en que cumplan 22 años de edad