*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional. Micrófonos dice:
“11. Alcance máximo: no inferior a 90 metros en línea recta“
Los fabricantes elaboran los equipos con diferentes características técnicas, entre ellas el Alcance Máximo, un estándar para los micrófonos inalámbricos es de 50 m.
Solicitamos a la convocante que el Alcance máximo: sea como mínimo de 50 metros en línea recta para los micrófonos alámbricos.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
14-04-2021
16-04-2021
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional. Micrófonos dice:
“11. Alcance máximo: no inferior a 90 metros en línea recta“
Los fabricantes elaboran los equipos con diferentes características técnicas, entre ellas el Alcance Máximo, un estándar para los micrófonos inalámbricos es de 50 m.
Solicitamos a la convocante que el Alcance máximo: sea como mínimo de 50 metros en línea recta para los micrófonos alámbricos.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional. Micrófonos dice:
“6. Sensibilidad: de 1.6 m V/Pascal o superior técnicamente“
Los fabricantes elaboran los equipos con diferentes características técnicas, entre ellas la Sensibilidad, que también se mide en dB, un estándar para los micrófonos inalámbricos es de 10dBu que sería superior a los 1.6m V/Pascal.
Solicitamos a la convocante que sean aceptados Micrófonos Inalámbricos con Sensibilidad de 1.6m V/Pascal o 10dBu como mínimo.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
14-04-2021
16-04-2021
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional. Micrófonos dice:
“6. Sensibilidad: de 1.6 m V/Pascal o superior técnicamente“
Los fabricantes elaboran los equipos con diferentes características técnicas, entre ellas la Sensibilidad, que también se mide en dB, un estándar para los micrófonos inalámbricos es de 10dBu que sería superior a los 1.6m V/Pascal.
Solicitamos a la convocante que sean aceptados Micrófonos Inalámbricos con Sensibilidad de 1.6m V/Pascal o 10dBu como mínimo.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
La Convocante se mantiene en lo establecido en el PBC.
23
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Receptor
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Receptor dice:
“3. Compatibilidad de al menos 12 sistemas“
Solicitamos a la convocante que aclare a qué se refiere con 12 sistemas, el motivo de la siguiente aclaración es a fin de poder presentar una oferta acorde a lo requerido por la convocante..
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
14-04-2021
16-04-2021
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Receptor
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Receptor dice:
“3. Compatibilidad de al menos 12 sistemas“
Solicitamos a la convocante que aclare a qué se refiere con 12 sistemas, el motivo de la siguiente aclaración es a fin de poder presentar una oferta acorde a lo requerido por la convocante..
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa dice:
“2. Potencia: no inferior a 1000 W y máxima de 1800 W“
La unidad de medida que indica la convocante es la PMPO (Peak Music Power Output), que es una unidad de medida que cualquier fabricante indica en su Cajas Acústicas pero no tienen el rigor de cálculo científico.
La unidad de medida de potencia RMS son las siglas en inglés de raíz cuadrática media (Root Medium Square) y es la medida más fiable ya que es la Potencia que aguanta un altavoz de forma continua quemarse. Las cajas acústicas con valores de entre 60 y 80W de RMS sería un equivalente a un PMPO aproximado de 1.300W.
Solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cajas Acústicas con Potencias de al menos 80W, ó de 1.000W PMPO.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
14-04-2021
16-04-2021
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa dice:
“2. Potencia: no inferior a 1000 W y máxima de 1800 W“
La unidad de medida que indica la convocante es la PMPO (Peak Music Power Output), que es una unidad de medida que cualquier fabricante indica en su Cajas Acústicas pero no tienen el rigor de cálculo científico.
La unidad de medida de potencia RMS son las siglas en inglés de raíz cuadrática media (Root Medium Square) y es la medida más fiable ya que es la Potencia que aguanta un altavoz de forma continua quemarse. Las cajas acústicas con valores de entre 60 y 80W de RMS sería un equivalente a un PMPO aproximado de 1.300W.
Solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cajas Acústicas con Potencias de al menos 80W, ó de 1.000W PMPO.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
La Convocante se mantiene en lo establecido en el PBC.
25
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa dice:
“3. Nivel de sensibilidad del altavoz, a 1 metro en el eje: no inferior a 135 dB (SPL)“
Los fabricantes elaboran los equipos con diferentes características técnicas, entre ellas el Nivel de Sensibilidad del Altavoz, un estándar para este Nivel está en 85 dB (SPL) para 1 W a 1 metro, y un máximo de 105 dB
Solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cajas Acústicas con Nivel de Sensibilidad a 1 metro a 85 dB (SPL) o superior.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
14-04-2021
16-04-2021
*-1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO C, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, 1. Especificaciones Técnicas, 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa dice:
“3. Nivel de sensibilidad del altavoz, a 1 metro en el eje: no inferior a 135 dB (SPL)“
Los fabricantes elaboran los equipos con diferentes características técnicas, entre ellas el Nivel de Sensibilidad del Altavoz, un estándar para este Nivel está en 85 dB (SPL) para 1 W a 1 metro, y un máximo de 105 dB
Solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cajas Acústicas con Nivel de Sensibilidad a 1 metro a 85 dB (SPL) o superior.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”.
La Convocante se mantiene en lo establecido en el PBC.
26
*-Ítem 1-7 Webcam – Cámara para PC
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1. Ítem 1-7 Webcam – Cámara para PC dice:
“Con control remoto “
Al respecto, se solicita a la convocante que dicha función sea de carácter opcional o que la misma sea excluida, ya que las especificaciones técnicas descritas en el PBC son copia de las especificaciones técnicas de la marca Logitech modelo BCC950, además que desde fábrica confirman que dicho modelo se encuentra descontinuado.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1. Ítem 1-7 Webcam – Cámara para PC dice:
“Con control remoto “
Al respecto, se solicita a la convocante que dicha función sea de carácter opcional o que la misma sea excluida, ya que las especificaciones técnicas descritas en el PBC son copia de las especificaciones técnicas de la marca Logitech modelo BCC950, además que desde fábrica confirman que dicho modelo se encuentra descontinuado.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
*-Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 1 Micrófono alámbrico de mano profesional
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1. Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 1 Micrófono alámbrico de mano profesional dice:
“4. Rango dinámico: de 94 dB como mínimo “
Al respecto, se solicita a la convocante que el Rango dinámico para los micrófonos alámbricos sea de 20 dB como mínimo, considerando que este el valor estándar mínimo de los fabricantes de este tipo de aparato.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes, en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
19-04-2021
21-04-2021
*-Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 1 Micrófono alámbrico de mano profesional
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1. Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 1 Micrófono alámbrico de mano profesional dice:
“4. Rango dinámico: de 94 dB como mínimo “
Al respecto, se solicita a la convocante que el Rango dinámico para los micrófonos alámbricos sea de 20 dB como mínimo, considerando que este el valor estándar mínimo de los fabricantes de este tipo de aparato.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes, en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
*-Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1. Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa dice:
“3.2. Potencia: no inferior a 1000 W y máxima de 1800 W“
Al respecto, se menciona que la unidad de medida que es requerida en el PBC es PMPO, pero no todos los fabricantes miden las potencias con esa unidad de medida, otros fabricantes colocan la potencia en unidad de medida RMS, en consecuencia, solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cajas Acústicas con Potencias de al menos 80W RMS o de 1.000W PMPO.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
19-04-2021
21-04-2021
*-Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1. Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa dice:
“3.2. Potencia: no inferior a 1000 W y máxima de 1800 W“
Al respecto, se menciona que la unidad de medida que es requerida en el PBC es PMPO, pero no todos los fabricantes miden las potencias con esa unidad de medida, otros fabricantes colocan la potencia en unidad de medida RMS, en consecuencia, solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cajas Acústicas con Potencias de al menos 80W RMS o de 1.000W PMPO.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
*- Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1. Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa dice:
“3. Nivel de sensibilidad del altavoz, a 1 metro en el eje: no inferior a 135 dB (SPL)“
Al respecto, solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cajas Acústicas con Nivel de Sensibilidad a 1 metro a 85 dB (SPL) o superior considerando que esta es una medida estándar de los fabricantes. De esta manera podrán participar mayor cantidad de Oferentes que redundará en beneficio de la convocante al recibir mayor cantidad de Ofertas.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
19-04-2021
21-04-2021
*- Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1. Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 3 Caja Acústica Activa dice:
“3. Nivel de sensibilidad del altavoz, a 1 metro en el eje: no inferior a 135 dB (SPL)“
Al respecto, solicitamos a la convocante que sean aceptadas Cajas Acústicas con Nivel de Sensibilidad a 1 metro a 85 dB (SPL) o superior considerando que esta es una medida estándar de los fabricantes. De esta manera podrán participar mayor cantidad de Oferentes que redundará en beneficio de la convocante al recibir mayor cantidad de Ofertas.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
*-Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional.
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1., Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional. Micrófonos dice:
“2.6. Sensibilidad: de 1.6 m V/Pascal o superior técnicamente“
Al respecto, se mención que la sensibilidad se mide en mV/Pascal o en dBu, en consecuencia, se solicita a la convocante que sean aceptados Micrófonos Inalámbricos con Sensibilidad de 1.6m V/Pascal o 10dBu como mínimo.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
19-04-2021
21-04-2021
*-Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional.
En Adenda 2 publicada en fecha 19/04/2021, ANEXO C. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES O SERVICIOS A SER ADQUIRIDOS, Lote 1., Ítem 1-8 Sistema integrado de audio y video. 2 Sistema de Micrófono Inalámbrico dual (doble) de mano profesional. Micrófonos dice:
“2.6. Sensibilidad: de 1.6 m V/Pascal o superior técnicamente“
Al respecto, se mención que la sensibilidad se mide en mV/Pascal o en dBu, en consecuencia, se solicita a la convocante que sean aceptados Micrófonos Inalámbricos con Sensibilidad de 1.6m V/Pascal o 10dBu como mínimo.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”