Fecha de Respuesta:
30-09-2020
Respuesta:
La Convocante mantiene lo establecido en la Adenda N° 1. Cabe mencionar que se solicita el requisito de Capital Social, a modo de garantizar que las empresas oferentes cuenten con la garantía y solvencia suficiente, ya que el capital social junto con el Patrimonio propio, permite una mayor capacidad de retención de riesgos, teniendo en cuenta la magnitud de los capitales asegurados, esto permite evaluar de una mejor manera las condiciones de contratación y el posterior cumplimiento del Contrato respectivo.
Se aclara que la DNCP permite a las convocantes solicitar requisitos adicionales, que crea conveniente para salvaguardar los bienes estatales, en los llamados públicos de licitaciones.