Existe exigencia vigente por parte del INAN, ente que en el mismo PBC está designado como organismo de control, de la exigencia del RNE que es el Registro Nacional de Envase para los envases primarios en contacto directo con los alimentos, estas disposición está establecido en la Resolución S.G.No. 495/2014 y No. 380/2011 y Decreto No. 6115/2011 del INAN. En este PBC ese documento no es exigido? Debería estar exigido debido a que es una exigencia vigente del INAN.
Existe exigencia vigente por parte del INAN, ente que en el mismo PBC está designado como organismo de control, de la exigencia del RNE que es el Registro Nacional de Envase para los envases primarios en contacto directo con los alimentos, estas disposición está establecido en la Resolución S.G.No. 495/2014 y No. 380/2011 y Decreto No. 6115/2011 del INAN. En este PBC ese documento no es exigido? Debería estar exigido debido a que es una exigencia vigente del INAN.
La Gobernación de Cordillera, no es el organismo de aplicación de la normativa mencionada por la recurrente. La Institución requiere que las Oferentes presenten sus ofertas cumpliendo con las normas legales y técnicas aplicables para la comercialización de estos productos.
2
Margen de preferencia para empresas establecidas en el Departamento de Caaguazú
El pbc establece un margen de preferencia solo del 10% para empresas establecidas en el Departamento de Caaguazú. Cuál será el documento que pueda justificar este beneficio? Entiendo que cualquier sucursal o casa central de una empresa debe estar registrada en el comprobante del RUC en la SET. Este será el documento? Existe una antiguedad mínima de estar establecida en el Departamento? Será exigible que la empresa esté establecida en el Departamento de Caaguazú durante toda la ejecución del contrato en el caso que fuera adjudicada?
21-01-2020
27-01-2020
Margen de preferencia para empresas establecidas en el Departamento de Caaguazú
El pbc establece un margen de preferencia solo del 10% para empresas establecidas en el Departamento de Caaguazú. Cuál será el documento que pueda justificar este beneficio? Entiendo que cualquier sucursal o casa central de una empresa debe estar registrada en el comprobante del RUC en la SET. Este será el documento? Existe una antiguedad mínima de estar establecida en el Departamento? Será exigible que la empresa esté establecida en el Departamento de Caaguazú durante toda la ejecución del contrato en el caso que fuera adjudicada?
La presente consulta, no corresponde al llamado de referencia.
3
Certificado de Origen Nacional
El llamado requiere que los productos sean exclusivamente de producción nacional.
El organismo oficial competente es el Ministerio de Industria y Comercio.
Es el documento emitido por el MIC el que deberá ser presentado para justificar la oferta de un producto de origen nacional?
El llamado requiere que los productos sean exclusivamente de producción nacional.
El organismo oficial competente es el Ministerio de Industria y Comercio.
Es el documento emitido por el MIC el que deberá ser presentado para justificar la oferta de un producto de origen nacional?
El Pliego de Bases y Condiciones del llamado de referencia establece en la Sección II Criterios de Evaluación y Calificación, en el apartado "c" sobre el Certificado de Origen Nacional.
4
CONSULTA PBC
En el punto uno consultamos a la Convocante en el IAO 13 del PBC cita: En caso de indisponibilidad probada del ítem Banana durante la ejecución contractual, el oferente deberá contar con el siguiente producto: ITEM 2 - GALLETITAS CRACKERS. En este punto la consulta es porque solicita SOLAMENTE galletitas crackers y no galletitas crackers o galletitas dulces sabor vainilla los cuales son productos solicitados en este llamado, solicitamos la explicación y justificación de la convocante de porque la limitación en este punto.
En la Sección II - b.2 LOTE N°1 Donde solicita 3 camiones con SENACSA DE 5000kg. y luego 3 camiones con SENACSA de 7000kg. para el ÍTEM 1 LECHE ENTERA, mientras que en el anexo 1 de la Sección VII solo solicita 3 camiones de 5000kg. habilitados por SENACSA, solicitamos aclarar este punto.
En la Sección II - b.2 - LOTE N°2 donde solicita: El oferente deberá presentar junto con su oferta Certificado de Sistema de Identificación y control de riesgos (HACCP) del fabricante, emitido por el ente correspondiente que garantiza la inocuidad de los alimentos de los productos, con el fin de asegurar a la convocante que el oferente cuenta con la calidad optima para ejecutar el contrato. También para el LOTE 1 solicita Certificado ISO 9001 del oferente. Consultamos a la convocante ¿Cuál fue el criterio para requerir CEERTIFICADO ISO Y HACCP? Siendo que desde que el oferente y el elaborador se encuentren habilitados por la INAN para comercializar, manipular o distribuir alimentos DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL ya cuenta con la CAPACIDAD COMPROBADA Y CERTIFICADA. Los requisitos solicitados por la convocante no cuentan primeramente con otras opciones de certificaciones, limitando a potenciales oferente y eliminando que exista una competencia en igualdad de oportunidades exigiendo UNICAMENTE LA HACCP como certificado de calidad internacional la cual no cuenta de ninguna manera con una justificación técnica que demuestre que son técnicamente indispensables para la introducción en este PBC y como garantía indispensable para el optimo desarrollo del contrato. Solicitamos a la convocante la justificación de la indispensabilidad del Certificado HACCP para este llamado y también solicitamos explique cuales serían “otros documentos” similares a la ISO 9001/2015 que podrían presentarse en este llamado.
En el punto uno consultamos a la Convocante en el IAO 13 del PBC cita: En caso de indisponibilidad probada del ítem Banana durante la ejecución contractual, el oferente deberá contar con el siguiente producto: ITEM 2 - GALLETITAS CRACKERS. En este punto la consulta es porque solicita SOLAMENTE galletitas crackers y no galletitas crackers o galletitas dulces sabor vainilla los cuales son productos solicitados en este llamado, solicitamos la explicación y justificación de la convocante de porque la limitación en este punto.
En la Sección II - b.2 LOTE N°1 Donde solicita 3 camiones con SENACSA DE 5000kg. y luego 3 camiones con SENACSA de 7000kg. para el ÍTEM 1 LECHE ENTERA, mientras que en el anexo 1 de la Sección VII solo solicita 3 camiones de 5000kg. habilitados por SENACSA, solicitamos aclarar este punto.
En la Sección II - b.2 - LOTE N°2 donde solicita: El oferente deberá presentar junto con su oferta Certificado de Sistema de Identificación y control de riesgos (HACCP) del fabricante, emitido por el ente correspondiente que garantiza la inocuidad de los alimentos de los productos, con el fin de asegurar a la convocante que el oferente cuenta con la calidad optima para ejecutar el contrato. También para el LOTE 1 solicita Certificado ISO 9001 del oferente. Consultamos a la convocante ¿Cuál fue el criterio para requerir CEERTIFICADO ISO Y HACCP? Siendo que desde que el oferente y el elaborador se encuentren habilitados por la INAN para comercializar, manipular o distribuir alimentos DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL ya cuenta con la CAPACIDAD COMPROBADA Y CERTIFICADA. Los requisitos solicitados por la convocante no cuentan primeramente con otras opciones de certificaciones, limitando a potenciales oferente y eliminando que exista una competencia en igualdad de oportunidades exigiendo UNICAMENTE LA HACCP como certificado de calidad internacional la cual no cuenta de ninguna manera con una justificación técnica que demuestre que son técnicamente indispensables para la introducción en este PBC y como garantía indispensable para el optimo desarrollo del contrato. Solicitamos a la convocante la justificación de la indispensabilidad del Certificado HACCP para este llamado y también solicitamos explique cuales serían “otros documentos” similares a la ISO 9001/2015 que podrían presentarse en este llamado.
RESPUESTA 1: En caso de indisponibilidad probada del ítem Banana durante la ejecución contractual, el oferente deberá contar con el siguiente producto: ITEM 2 - Galletita Crackers, la convocante solicita galletitas crackers y no galletita dulce en remplazo, debido que al remplazar por galletita dulce, la alimentación no contaría con la opción de alimento salado, por lo tanto a fin de dar variedad a la merienda escolar, se opta por remplazar por un alimento salado de modo a no contar con ambas opciones y se garantice la nutrición de los beneficiarios. RESPUESTA 2: En la Sección II - b.2 LOTE N°1 Donde solicita 3 camiones con SENACSA DE 5000kg. y luego 3 camiones con SENACSA de 7000kg. para el ÍTEM 1 LECHE ENTERA, mientras que en el anexo 1 de la Sección VII solo solicita 3 camiones de 5000kg. Habilitados por SENACSA, solicitamos aclarar este punto. El Al respecto se informa que se estará realizando una adenda a fin de unificar dicho requisito. RESPUESTA 3: En la Sección II - b.2 - LOTE N°2 se solicita que el Fabricante cuente con la certificación HACCP de tal forma que la convocante se asegure de que el riesgo inherente a todo proceso de elaboración de alimentos sea controlado a través de un sistema de Análisis de peligro y puntos críticos de control que garantice la producción de alimentos inocuos a ser entregados para el consumo de los niños de las escuelas de nuestro departamento.Nuestra exigencia se basa en las recomendaciones de la propia FAO que nos permitimos copiar a continuación:"Los Principios Generales de Higiene de los Alimentos del Codex Alimentarius constituyen una firme base para garantizar la higiene de los alimentos, haciendo hincapié en los controles esenciales en cada fase de la cadena alimentaria y recomendando la aplicación del sistema de análisis de riesgos y de los puntos críticos de control (HACCP) para potenciar la inocuidad de los alimentos. El HACCP permite determinar riesgos concretos y adoptar medidas preventivas para evitarlos. Es un sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos basado en el control de los puntos críticos en la manipulación de los alimentos para prevenir problemas al respecto, ya que propicia un uso más eficaz de los recursos y una respuesta más oportuna a tales problemas. El sistema de HACCP facilita la inspección por parte de las autoridades encargadas de regular el control de los alimentos y favorece el comercio internacional al aumentar la confianza de los compradores en la inocuidad de los alimentos. Reconociendo la importancia del sistema de HACCP en el control de los alimentos, la FAO insiste en la necesidad de capacitación para aplicar el mismo. Una correcta interpretación de la terminología y de los criterios de aplicación del sistema de HACCP facilitará su adopción y se traducirá en un enfoque armonizado de la inocuidad de los alimentos en todo el mundo."Con lo expuesto, se puede afirmar que quien sostiene que "no cuenta de ninguna manera con una justificación técnica que demuestre que son técnicamente indispensables" esta soslayando su responsabilidad como elaborador de alimentos y por ende aumentando la posibilidad de afectar la salud de los niños sujetos de este aporte nutricional muy importante para su desarrollo. RESPUESTA 4: También para el LOTE 1 solicita Certificado ISO 9001 del oferente. este requerimiento cuestionado claramente se puede observar que lo exigible deriva, primero de una necesidad institucional bien justificada y segundo que la acreditación respectiva proviene de una ley ( ..y una certificación de calidad que corresponda al cumplimiento de estándares internacionales acreditado por el órgano nacional pertinente, según lo establecido y regulado por la Ley N° 2279/03 y el Decreto Reglamentario N°3900/10, que demuestre aptitudes para la distribución de la leche. y cuando se refiere a documentos similares seria: una certificadora con acreditación internacional por la IAF o UKAS que garantice la calidad de la logística de los productos, con el fin de asegurar a la Convocante que el oferente cuenta con servicio de garantía y calidad óptima para ejecutar el contrato.
5
CAPACIDAD FINANCIERA
Consultamos a la convocante porque solicita demostrar Activo líquido: rubro disponible del 60% del monto total de la oferta siendo que no es un requisito del PBC ESTÁNDAR. Es un requisito muy limitativo para los potenciales oferentes.
Con este requisito se dejaría fuera a muchos oferentes que no cuenten con dicho activo al cierre del año 2018.
Consultamos a la convocante porque solicita demostrar Activo líquido: rubro disponible del 60% del monto total de la oferta siendo que no es un requisito del PBC ESTÁNDAR. Es un requisito muy limitativo para los potenciales oferentes.
Con este requisito se dejaría fuera a muchos oferentes que no cuenten con dicho activo al cierre del año 2018.
En este sentido debemos recordar que a pesar de que la presente contratación se trata de una licitación pública nacional para todo el servicio en el departamento, el presupuesto asignado asciende a Gs 12.972.929.200-, monto que representa una cifra muy importante del presupuesto institucional, por tanto, ante el delineamiento de los requerimientos de capacidad financiera, esta convocante ha entendido que se debe exigir la demostración de reales y solidas bases para llevar adelante y ejecutar la provisión objeto del presente llamado. En ningún caso consideramos que exigir este nivel de capacidad financiera sea limitante ni excesiva considerando que las licitaciones de esta envergadura son regulares en este rubro y existen en todo el país, empresas proveedores que se manejan en estas condiciones en el mercado nacional en materia de alimentación escolar ya sea en forma individual como en la modalidad consorciada.
6
CAPACIDAD FINANCIERA CAPITAL OPERATIVO
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE PORQUE SOLICITA 60% DE CAPITAL OPERATIVO PARA LOS LOTES, SIENDO UN REQUISITO MUY LIMITATIVO PARA LOS POTENCIALES OFERENTES, Y NO EXISTE SUSTENTO LEGAL , NI JURIDICO PARA SOLICITAR CAPITAL OPERATIVO, Y NO COMTEMPLA EL PLIEGO ESTANDAR DE LA DNCP.
TAMBIEN CONSULTAMOS PORQUE EL LOTE NUMERO 2 SOLICITA VARIOS ITEMS .
CONSULTAMOS A LA CONVOCANTE PORQUE SOLICITA 60% DE CAPITAL OPERATIVO PARA LOS LOTES, SIENDO UN REQUISITO MUY LIMITATIVO PARA LOS POTENCIALES OFERENTES, Y NO EXISTE SUSTENTO LEGAL , NI JURIDICO PARA SOLICITAR CAPITAL OPERATIVO, Y NO COMTEMPLA EL PLIEGO ESTANDAR DE LA DNCP.
TAMBIEN CONSULTAMOS PORQUE EL LOTE NUMERO 2 SOLICITA VARIOS ITEMS .
RESPUESTA: En este sentido debemos recordar que a pesar de que la presente contratación se trata de una licitación pública nacional para todo el servicio en el departamento, el presupuesto asignado asciende a gs 12.972.929.200-, monto que representa una cifra muy importante del presupuesto institucional, por tanto, ante el delineamiento de los requerimientos de capacidad financiera, esta convocante ha entendido que se debe exigir la demostración de reales y solidas bases para llevar adelante y ejecutar la provisión objeto del presente llamado. En ningún caso consideramos que exigir este nivel de capacidad financiera sea limitante ni excesiva considerando que las licitaciones de esta envergadura son regulares en este rubro y existen en todo el país, empresas proveedores que se manejan en estas condiciones en el mercado nacional en materia de alimentación escolar ya sea en forma individual como en la modalidad consorciada. Observación: El Lote N° 2 abarca varios ítems debido a que todos los bienes incluyen alimentos sólidos