Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
41 Especificaciones Técnicas, ítem 3. Storage En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección III Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, 1. Especificaciones Técnicas, ítem 3. Storage, se indica lo siguiente: Escalabilidad: El equipo debe tener la posibilidad de crecer hasta 350 discos a futuro Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados storage que tengan la posibilidad de crecer hasta 336 discos a futuro ya que la diferencia es mínima lo cual no afectará técnicamente la capacidad de crecimiento en general considerando que los principales fabricantes de este tipo de equipamientos disponen discos con capacidades cada vez más superiores lo cual permite superar las capacidades de crecimiento estándar con menos discos que en versiones anteriores de storage por ende consideramos que técnicamente el crecimiento total de sistema no puede ser limitado solo a la cantidad de discos físicos que se puedan instalar en el sistema, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: …Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. 09-10-2019 15-10-2019
42 Especificaciones Técnicas, ítem 3. Storage En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección III Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, 1. Especificaciones Técnicas, ítem 3. Storage, se indica lo siguiente: Factor de forma: Rackeable 2U como máximo Exigido Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante que pueda ser aceptado storage con factor de forma Rackeable hasta 3U como máximo considerando que los principales fabricantes de este tipo de equipamientos ya no limitan el espacio en 2U para el tipo de solución requerida permitiendo así incluso tener mayor capacidad de crecimiento en el chasis de la controladora lo cual beneficia a la convocante, además considerando la visita técnica realizada se pudo apreciar que disponen de suficiente espacio en rack para alojar un storage con necesidad de 1U más que el requerimiento original ya que la diferencia es mínima, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: …Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. 09-10-2019 15-10-2019
43 Especificaciones Técnicas, ítem 3. Storage En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección III Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, 1. Especificaciones Técnicas, ítem 3. Storage, se indica lo siguiente: Software de copia y replicación: El sistema debe poder ser capaz réplica remota sincrónica y asíncrona bidireccional vía FC. Dicha funcionalidad debe ser incluida en caso de ser una licencia adicional Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante que la funcionalidad de réplica remota sincrónica sea considerada como opcional considerando el porte del equipo solicitado así también ya que los discos que están solicitando son de 7.2k rpm no permitirían técnicamente el funcionamiento correcto de dicho tipo de replicación considerando la baja capacidad de IOPS que tendrá con el conjunto de discos lo técnicamente funcional para la solución requerida es la replicación remota asincrónica esto se basa en las mejores prácticas de la mayoría de los principales fabricantes de este tipo de equipamientos, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: …Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. 09-10-2019 15-10-2019
44 ÍTEM 1: ROUTER DE BORDE En el Pliego de Base y Condiciones, Sección III, Requisitos de los Bienes y/o Servicios Requeridos, Punto 2. Especificaciones Técnicas, Lote 3: Readecuación y Equipamiento del Data Center, ÍTEM 1: ROUTER DE BORDE, Especificaciones Técnicas Mínimas, Funcionalidades y características del sistema, Nombre del Bien o Servicio Conexo, Autorización, se indica lo siguiente: Autorización del Fabricante, representante o Distribuidor en Paraguay de la marca Ofertada Al respecto solicitamos respetuosamente a la convocante que sea excluido tal punto, ya que con esto se está restringiendo la participación de posibles oferentes ya que con este punto se estaría cerrando a una marca en exclusivo y así también a un oferente en consecuencia. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, consagrado en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas. 14-10-2019 17-10-2019
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