ADENDA 03 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - ITEM 2 IMPRESORA LASER DE UNA BANDEJA
En la Adenda 03, SECCION III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS ITEM 2 IMPRESORA LASER DE UNA BANDEJA, establece:
CANTIDAD DE TONER E IMPRESIÓN Y TAMBOR: 1 TAMBOR DE 70.000 PAGINAS INSTALADA COMO MINIMO
Solicitamos a la convocante que este punto sea reducido a 1 TAMBOR (DE 23.000 PÁGINAS INSTALADA) COMO ORIGINALMENTE FUE ESTABLECIDO O LA MISMA SEA ELIMINADA DE LOS REQUERIMIENTOS.
Cabe señalar que hemos revisado todas las consultas ingresadas vía sistema de contrataciones públicas, dentro de estas no se visualizan consultas relacionadas referentes a tambor de creación de imagen. Modificando la convocante llamativamente y de oficio este punto y los siguientes puntos, a saber:
Monitor Led, aceptando también Monito LCD.
Se eliminó el requerimiento de la certificación Mopria.
Panel de Control LED, aceptando también Panel de Control Led LCD.
Se había establecido originalmente de 2 (dos) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo ; ahora solo se requiere de 1 (un) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo , esta decisión no favorece a la convocante, pues las páginas totales impresas es determinada por la capacidad del tóner, no propiamente por la capacidad del tambor de creación de imágenes.
En ese sentido debemos manifestar que las especificaciones técnicas así establecidas adenda 03 mediante, (no existiendo otra línea de producto/s en el mercado que cumpla/n con lo requerido sin subir el ciclo de impresión mensual y por ende elevar costos del equipo), son específicas y dirigidas a la marca Kyocera para su línea Kyocera Ecosys P2040dw, que cuenta con un tambor de 100.000 y tóner de 3.600 y/o 7200 paginas, favor verificar lo manifestado en el siguiente link:
https://www.kyoceradocumentsolutions.es/content/dam/download-center/es/documents/datasheet/ECOSYS_P2040dn_P2040dw_datasheet.pdf
Solo de modo a graficar que la marca Kyocera es la única que cumple con este requisito, dejamos saber el otro equipo Kyocera que podría cumplir con las especificaciones técnicas y es la Kyocera Ecosys P2235dw, que también cuenta con un tambor de 100.000 páginas, favor verificar lo manifestado en el siguiente link:
https://www.kyoceradocumentsolutions.es/content/dam/download-center/es/documents/datasheet/ECOSYS_P2235dn_P2235dw_datasheet.pdf
Como ya lo manifestáramos, ninguno otro fabricante posee esta capacidad de tambor de manera estándar en equipos con ciclos de trabajos de 30.000 páginas. Equipos del mercado de impresión con ciclo de impresión mensual 30.000 páginas como las solicitadas en esta ocasión, no logran superar el rendimiento en un solo tambor de 70.000 páginas, ya que no existe equipo en el mercado monocromático SF que cumpla con este requerimiento sin subir el ciclo de impresión mensual y por ende elevar costos del equipo.
Por todo lo manifestado precedentemente este requerimiento resulta limitante para la mayoría de las marcas, y, a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita "... no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas...", QUE TAMBIÉN SON CAPACES DE SATISFACER LAS NECESIDADES REALES DE CONVOCANTE, por lo que SOLICITAMOS SEA ELIMINADO ESTE PUNTO O SEA MODIFICADO POR 1 TAMBOR DE 23.000 PÁGINAS COMO MÍNIMO
20-11-2019
20-11-2019
ADENDA 03 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - ITEM 2 IMPRESORA LASER DE UNA BANDEJA
En la Adenda 03, SECCION III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS ITEM 2 IMPRESORA LASER DE UNA BANDEJA, establece:
CANTIDAD DE TONER E IMPRESIÓN Y TAMBOR: 1 TAMBOR DE 70.000 PAGINAS INSTALADA COMO MINIMO
Solicitamos a la convocante que este punto sea reducido a 1 TAMBOR (DE 23.000 PÁGINAS INSTALADA) COMO ORIGINALMENTE FUE ESTABLECIDO O LA MISMA SEA ELIMINADA DE LOS REQUERIMIENTOS.
Cabe señalar que hemos revisado todas las consultas ingresadas vía sistema de contrataciones públicas, dentro de estas no se visualizan consultas relacionadas referentes a tambor de creación de imagen. Modificando la convocante llamativamente y de oficio este punto y los siguientes puntos, a saber:
Monitor Led, aceptando también Monito LCD.
Se eliminó el requerimiento de la certificación Mopria.
Panel de Control LED, aceptando también Panel de Control Led LCD.
Se había establecido originalmente de 2 (dos) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo ; ahora solo se requiere de 1 (un) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo , esta decisión no favorece a la convocante, pues las páginas totales impresas es determinada por la capacidad del tóner, no propiamente por la capacidad del tambor de creación de imágenes.
En ese sentido debemos manifestar que las especificaciones técnicas así establecidas adenda 03 mediante, (no existiendo otra línea de producto/s en el mercado que cumpla/n con lo requerido sin subir el ciclo de impresión mensual y por ende elevar costos del equipo), son específicas y dirigidas a la marca Kyocera para su línea Kyocera Ecosys P2040dw, que cuenta con un tambor de 100.000 y tóner de 3.600 y/o 7200 paginas, favor verificar lo manifestado en el siguiente link:
Solo de modo a graficar que la marca Kyocera es la única que cumple con este requisito, dejamos saber el otro equipo Kyocera que podría cumplir con las especificaciones técnicas y es la Kyocera Ecosys P2235dw, que también cuenta con un tambor de 100.000 páginas, favor verificar lo manifestado en el siguiente link:
Como ya lo manifestáramos, ninguno otro fabricante posee esta capacidad de tambor de manera estándar en equipos con ciclos de trabajos de 30.000 páginas. Equipos del mercado de impresión con ciclo de impresión mensual 30.000 páginas como las solicitadas en esta ocasión, no logran superar el rendimiento en un solo tambor de 70.000 páginas, ya que no existe equipo en el mercado monocromático SF que cumpla con este requerimiento sin subir el ciclo de impresión mensual y por ende elevar costos del equipo.
Por todo lo manifestado precedentemente este requerimiento resulta limitante para la mayoría de las marcas, y, a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita "... no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas...", QUE TAMBIÉN SON CAPACES DE SATISFACER LAS NECESIDADES REALES DE CONVOCANTE, por lo que SOLICITAMOS SEA ELIMINADO ESTE PUNTO O SEA MODIFICADO POR 1 TAMBOR DE 23.000 PÁGINAS COMO MÍNIMO
1. Repuesta: CONSUMIBLES ADICIONALES. (TÓNER Y TAMBOR): 1 (UNO) TAMBOR DE CREACIÓN DE IMÁGENES ORIGINAL ADICIONAL DE 70.000 PÁGINAS COMO MÍNIMO (ORIGINAL DE LA MARCA DEL EQUIPO OFERTADO). El tambor de una impresora láser es uno de los componentes principales ya que el tamaño influiría en la cantidad de páginas que podrá imprimir y en la economía de sustituirla por otro. Analizando el volumen de trabajos con que cada dependencia cuenta y que serían destinadas una (1) impresora por cada 15 computadoras en red. Motivo por el cual fue realizado el cambio.
2. Monitor Led, aceptando también Monitor LCD. El cambio realizado en este punto hace lugar a dar más participación a mas oferentes.
3. Se había establecido originalmente de 2 (dos) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo; ahora solo se requiere de 1 (un) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo. Para no encarecer el producto y obtener la cantidad de equipos solicitados nos vimos obligados al cambio.
Documentos Adjuntos:
12
ADENDA 03 - ITEM 2 IMPRESORA LASER DE UNA BANDEJA
En la Adenda 03, SECCION III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS ITEM 2 IMPRESORA LASER DE UNA BANDEJA, establece:
CONSUMIBLES ADICIONALES. (TÓNER Y TAMBOR): 1 (UNO) TAMBOR DE CREACIÓN DE IMÁGENES ORIGINAL ADICIONAL DE 70.000 PÁGINAS COMO MÍNIMO (ORIGINAL DE LA MARCA DEL EQUIPO OFERTADO)
Solicitamos a la convocante que este punto sea reducido a 1 TAMBOR DE CREACION DE IMAGEN ORIGINAL ADICIONAL DE 23.000 PÁGINAS COMO MINIMO, COMO ORIGINALMENTE FUE ESTABLECIDO O LA MISMA SEA ELIMINADA DE LOS REQUERIMIENTOS.
Cabe señalar que hemos revisado todas las consultas ingresadas vía sistema de contrataciones públicas, dentro de estas no se visualizan consultas relacionadas referentes a tambor de creación de imagen. Modificando la convocante llamativamente y de oficio este punto y los siguientes puntos, a saber:
Monitor Led, aceptando también Monito LCD.
Se eliminó el requerimiento de la certificación Mopria.
Panel de Control LED, aceptando también Panel de Control Led LCD.
Se había establecido originalmente de 2 (dos) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo ; ahora solo se requiere de 1 (un) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo , esta decisión no favorece a la convocante, pues las páginas totales impresas es determinada por la capacidad del tóner, no propiamente por la capacidad del tambor de creación de imágenes.
En ese sentido debemos manifestar que las especificaciones técnicas así establecidas adenda 03 mediante, (no existiendo otra línea de producto/s en el mercado que cumpla/n con lo requerido sin subir el ciclo de impresión mensual y por ende elevar costos del equipo), son específicas y dirigidas a la marca Kyocera para su línea Kyocera Ecosys P2040dw, que cuenta con un tambor de 100.000 y tóner de 3.600 y/o 7200 paginas, favor verificar lo manifestado en el siguiente link:
https://www.kyoceradocumentsolutions.es/content/dam/download-center/es/documents/datasheet/ECOSYS_P2040dn_P2040dw_datasheet.pdf
Solo de modo a graficar que la marca Kyocera es la única que cumple con este requisito, dejamos saber el otro equipo Kyocera que podría cumplir con las especificaciones técnicas y es la Kyocera Ecosys P2235dw, que también cuenta con un tambor de 100.000 páginas, favor verificar lo manifestado en el siguiente link:
https://www.kyoceradocumentsolutions.es/content/dam/download-center/es/documents/datasheet/ECOSYS_P2235dn_P2235dw_datasheet.pdf
Como ya lo manifestáramos, ninguno otro fabricante posee esta capacidad de tambor de manera estándar en equipos con ciclos de trabajos de 30.000 páginas. Equipos del mercado de impresión con ciclo de impresión mensual 30.000 páginas como las solicitadas en esta ocasión, no logran superar el rendimiento en un solo tambor de 70.000 páginas, ya que no existe equipo en el mercado monocromático SF que cumpla con este requerimiento sin subir el ciclo de impresión mensual y por ende elevar costos del equipo.
Por todo lo manifestado precedentemente este requerimiento resulta limitante para la mayoría de las marcas, y, a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita "... no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas...", QUE TAMBIÉN SON CAPACES DE SATISFACER LAS NECESIDADES REALES DE CONVOCANTE, por lo que SOLICITAMOS SEA ELIMINADO ESTE PUNTO O SEA MODIFICADO POR 1 TAMBOR DE CREACION DE IMAGEN ORIGINAL ADICIONAL DE 23.000 PÁGINAS COMO MINIMO.
En la Adenda 03, SECCION III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS ITEM 2 IMPRESORA LASER DE UNA BANDEJA, establece:
CONSUMIBLES ADICIONALES. (TÓNER Y TAMBOR): 1 (UNO) TAMBOR DE CREACIÓN DE IMÁGENES ORIGINAL ADICIONAL DE 70.000 PÁGINAS COMO MÍNIMO (ORIGINAL DE LA MARCA DEL EQUIPO OFERTADO)
Solicitamos a la convocante que este punto sea reducido a 1 TAMBOR DE CREACION DE IMAGEN ORIGINAL ADICIONAL DE 23.000 PÁGINAS COMO MINIMO, COMO ORIGINALMENTE FUE ESTABLECIDO O LA MISMA SEA ELIMINADA DE LOS REQUERIMIENTOS.
Cabe señalar que hemos revisado todas las consultas ingresadas vía sistema de contrataciones públicas, dentro de estas no se visualizan consultas relacionadas referentes a tambor de creación de imagen. Modificando la convocante llamativamente y de oficio este punto y los siguientes puntos, a saber:
Monitor Led, aceptando también Monito LCD.
Se eliminó el requerimiento de la certificación Mopria.
Panel de Control LED, aceptando también Panel de Control Led LCD.
Se había establecido originalmente de 2 (dos) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo ; ahora solo se requiere de 1 (un) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo , esta decisión no favorece a la convocante, pues las páginas totales impresas es determinada por la capacidad del tóner, no propiamente por la capacidad del tambor de creación de imágenes.
En ese sentido debemos manifestar que las especificaciones técnicas así establecidas adenda 03 mediante, (no existiendo otra línea de producto/s en el mercado que cumpla/n con lo requerido sin subir el ciclo de impresión mensual y por ende elevar costos del equipo), son específicas y dirigidas a la marca Kyocera para su línea Kyocera Ecosys P2040dw, que cuenta con un tambor de 100.000 y tóner de 3.600 y/o 7200 paginas, favor verificar lo manifestado en el siguiente link:
Solo de modo a graficar que la marca Kyocera es la única que cumple con este requisito, dejamos saber el otro equipo Kyocera que podría cumplir con las especificaciones técnicas y es la Kyocera Ecosys P2235dw, que también cuenta con un tambor de 100.000 páginas, favor verificar lo manifestado en el siguiente link:
Como ya lo manifestáramos, ninguno otro fabricante posee esta capacidad de tambor de manera estándar en equipos con ciclos de trabajos de 30.000 páginas. Equipos del mercado de impresión con ciclo de impresión mensual 30.000 páginas como las solicitadas en esta ocasión, no logran superar el rendimiento en un solo tambor de 70.000 páginas, ya que no existe equipo en el mercado monocromático SF que cumpla con este requerimiento sin subir el ciclo de impresión mensual y por ende elevar costos del equipo.
Por todo lo manifestado precedentemente este requerimiento resulta limitante para la mayoría de las marcas, y, a fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas: donde cita "... no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas...", QUE TAMBIÉN SON CAPACES DE SATISFACER LAS NECESIDADES REALES DE CONVOCANTE, por lo que SOLICITAMOS SEA ELIMINADO ESTE PUNTO O SEA MODIFICADO POR 1 TAMBOR DE CREACION DE IMAGEN ORIGINAL ADICIONAL DE 23.000 PÁGINAS COMO MINIMO.
1. Repuesta: CONSUMIBLES ADICIONALES. (TÓNER Y TAMBOR): 1 (UNO) TAMBOR DE CREACIÓN DE IMÁGENES ORIGINAL ADICIONAL DE 70.000 PÁGINAS COMO MÍNIMO (ORIGINAL DE LA MARCA DEL EQUIPO OFERTADO). El tambor de una impresora láser es uno de los componentes principales ya que el tamaño influiría en la cantidad de páginas que podrá imprimir y en la economía de sustituirla por otro. Analizando el volumen de trabajos con que cada dependencia cuenta y que serían destinadas una (1) impresora por cada 15 computadoras en red. Motivo por el cual fue realizado el cambio.
2. Monitor Led, aceptando también Monitor LCD. El cambio realizado en este punto hace lugar a dar más participación a mas oferentes.
3. Se había establecido originalmente de 2 (dos) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo; ahora solo se requiere de 1 (un) TONER Adicional con capacidad 3.500 copias como mínimo. Para no encarecer el producto y obtener la cantidad de equipos solicitados nos vimos obligados al cambio.