B.2.12 El oferente deberá contar con un depósito propio o tercerizado de por lo menos 800 m2
habilitado por el INAN, MADES, contar con PATENTE MUNICIPAL VIGENTE, PLANO
MUNICIPAL APROBADO. (Presentar título de propiedad o contrato de alquiler, aprobación de
planos y habilitaciones correspondientes)
Consulta: De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones la Provisión se hará en cada una de los 27 Lugares de entrega detallados, Porque se solicita un Deposito de 800 m2 con habilitación de INAN, este ente no habilita a depósitos de productos terminados ni para logística, y menos aún el MADES que no tiene participación en el almacenamiento de productos terminados, Si estamos de acuerdo en el requisito de Patente Municipal VIGENTE
Desde ya agradecemos la respuesta y esperamos sean escuchadas nuestras inquietudes a fin de dar mayor transparencia y participación al llamado como exige la ley de contrataciones ya que creemos que las inclusiones de estos requisitos arbitrarios entorpecen el llamado y tienden a beneficiar a un solo Oferente
B.2.12 El oferente deberá contar con un depósito propio o tercerizado de por lo menos 800 m2
habilitado por el INAN, MADES, contar con PATENTE MUNICIPAL VIGENTE, PLANO
MUNICIPAL APROBADO. (Presentar título de propiedad o contrato de alquiler, aprobación de
planos y habilitaciones correspondientes)
Consulta: De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones la Provisión se hará en cada una de los 27 Lugares de entrega detallados, Porque se solicita un Deposito de 800 m2 con habilitación de INAN, este ente no habilita a depósitos de productos terminados ni para logística, y menos aún el MADES que no tiene participación en el almacenamiento de productos terminados, Si estamos de acuerdo en el requisito de Patente Municipal VIGENTE
Desde ya agradecemos la respuesta y esperamos sean escuchadas nuestras inquietudes a fin de dar mayor transparencia y participación al llamado como exige la ley de contrataciones ya que creemos que las inclusiones de estos requisitos arbitrarios entorpecen el llamado y tienden a beneficiar a un solo Oferente
2 - REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN POSTERIOR: En el Punto B.2.11, "El oferente deberá estar inscripto en el Ministerio de Industria y Comercio debiendo presentar el Registro Industrial (RIEL) y Constancia de Registro de prestadores de servicios (REPSE). Seria importante que la Convocante aclare el porque solicita o cual es la razón de esta solicitud, ya que con el Certificado de Marca proveído por el mismo Ministerio de Industria y Comercio ya es mas que suficiente para demostrar el uso de marca. Ninguno de esos documentos arriba solicitados TIENEN SENTIDO ya que ambos sirven solo para censos de industrias. Solicitamos que la Convocante elimine esa solicitud ya que de no ser así lo que estaría haciendo es limitar la participación de oferentes, en virtud al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras públicas según lo establecido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
2 - REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN POSTERIOR: En el Punto B.2.11, "El oferente deberá estar inscripto en el Ministerio de Industria y Comercio debiendo presentar el Registro Industrial (RIEL) y Constancia de Registro de prestadores de servicios (REPSE). Seria importante que la Convocante aclare el porque solicita o cual es la razón de esta solicitud, ya que con el Certificado de Marca proveído por el mismo Ministerio de Industria y Comercio ya es mas que suficiente para demostrar el uso de marca. Ninguno de esos documentos arriba solicitados TIENEN SENTIDO ya que ambos sirven solo para censos de industrias. Solicitamos que la Convocante elimine esa solicitud ya que de no ser así lo que estaría haciendo es limitar la participación de oferentes, en virtud al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras públicas según lo establecido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
Es importante mencionar que el Titulo de Marca concede a su titular el derecho al uso exclusivo de la misma y es otorgado por la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual y es independiente a los Registros Industrial y de Prestadores de Servicios que son regulados por el Ministerio de Industria y Comercio y los que en este presente proceso se esta solicitando. Ver la Adenda N° 2.
16
Aclaración
2 - REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN POSTERIOR: Punto: B.2.12 El oferente deberá contar con un depósito propio o tercerizado de por lo menos 800 m2 habilitado por el INAN, MADES, contar con PATENTE MUNICIPAL VIGENTE, PLANO MUNICIPAL APROBADO. (Presentar título de propiedad o contrato de alquiler, aprobación de planos y habilitaciones correspondientes) Consulta: De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones la Provisión se hará en cada una de los 27 Lugares de entrega detallados; Porqué se solicita un Deposito de 800 m2 con habilitación de INAN, este ente no habilita a depósitos de productos terminados ni para logística, y menos aún el MADES que no tiene participación en el almacenamiento de productos terminados. La Patente Municipal VIGENTE SI CORRESPONDE. Esperamos RESPUESTAS FAVORABLES a nuestras inquietudes a fin de dar mayor transparencia y participación al llamado y no beneficiar a un solo Oferente, en virtud al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras públicas según lo establecido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
2 - REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN POSTERIOR: Punto: B.2.12 El oferente deberá contar con un depósito propio o tercerizado de por lo menos 800 m2 habilitado por el INAN, MADES, contar con PATENTE MUNICIPAL VIGENTE, PLANO MUNICIPAL APROBADO. (Presentar título de propiedad o contrato de alquiler, aprobación de planos y habilitaciones correspondientes) Consulta: De acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones la Provisión se hará en cada una de los 27 Lugares de entrega detallados; Porqué se solicita un Deposito de 800 m2 con habilitación de INAN, este ente no habilita a depósitos de productos terminados ni para logística, y menos aún el MADES que no tiene participación en el almacenamiento de productos terminados. La Patente Municipal VIGENTE SI CORRESPONDE. Esperamos RESPUESTAS FAVORABLES a nuestras inquietudes a fin de dar mayor transparencia y participación al llamado y no beneficiar a un solo Oferente, en virtud al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras públicas según lo establecido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
Es de suma importancia que el Adjudicado tenga disponibilidad en sus depósitos ante cualquier emergencia penitenciaria. Ver Adenda N° 2
17
Aclaraciones
2 - REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN POSTERIOR: En el punto B.2.13 El oferente deberá presentar documentaciones que acrediten haber realizado compras a los productores de la agricultura familiar, en un porcentaje mínimo del 10% de lo ofertado, en cada uno de los 3 últimos años (2016, 2017 y 2018) y documentaciones que avalen que dichos productores se encuentran inscriptos en el RENAF (Ministerio de Agricultura y Ganadería). Consulta: Solicitamos a la Convocante que dicha solicitud sea considerada DENTRO DE LOS AÑOS 2016, 2017 Y 2018 EN UN PORCENTAJE MÍNIMO DEL 10% DE LO OFERTADO Y NO 10% POR CADA AÑO - Esperamos RESPUESTAS FAVORABLES a nuestras inquietudes a fin de dar mayor transparencia y participación al llamado y no beneficiar solo a algunos Oferentes, en virtud al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras públicas según lo establecido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
2 - REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN POSTERIOR: En el punto B.2.13 El oferente deberá presentar documentaciones que acrediten haber realizado compras a los productores de la agricultura familiar, en un porcentaje mínimo del 10% de lo ofertado, en cada uno de los 3 últimos años (2016, 2017 y 2018) y documentaciones que avalen que dichos productores se encuentran inscriptos en el RENAF (Ministerio de Agricultura y Ganadería). Consulta: Solicitamos a la Convocante que dicha solicitud sea considerada DENTRO DE LOS AÑOS 2016, 2017 Y 2018 EN UN PORCENTAJE MÍNIMO DEL 10% DE LO OFERTADO Y NO 10% POR CADA AÑO - Esperamos RESPUESTAS FAVORABLES a nuestras inquietudes a fin de dar mayor transparencia y participación al llamado y no beneficiar solo a algunos Oferentes, en virtud al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras públicas según lo establecido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
Solicitamos que se requiera autorización del Fabricante para TODOS los productos del llamado, de lo contrario el oferente puede no contar el aval del fabricante o dueño de la marca.
Solicitamos que se requiera autorización del Fabricante para TODOS los productos del llamado, de lo contrario el oferente puede no contar el aval del fabricante o dueño de la marca.
Se solicita en presentación de 5 kgr o 7kg. Ver Adenda N° 1
20
Aclaración
SECCIÓN III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS: VERDURAS, LEGUMBRES Y FRUTAS: El Oferente que oferte FRUTAS, VERDURAS y HORTALIZAS deberá contar con un depósito habilitado por el Servicio Nacional de Sanidad y Salud Vegetal (SENAVE). El oferente deberá contar con vehículos propios o tercerizados habilitados por el SENAVE. El transporte deberá encontrarse en perfectas condiciones de higiene y seguridad, refrigerado.-
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE OMITIR ESTE PUNTO YA QUE VARIOS OFERENTES NO CUENTAN CON DEPÓSITO HABILITADO POR EL SENAVE Y DAR LUGAR A LA LIBRE COMPETENCIA en virtud al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras públicas según lo establecido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
SECCIÓN III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS: VERDURAS, LEGUMBRES Y FRUTAS: El Oferente que oferte FRUTAS, VERDURAS y HORTALIZAS deberá contar con un depósito habilitado por el Servicio Nacional de Sanidad y Salud Vegetal (SENAVE). El oferente deberá contar con vehículos propios o tercerizados habilitados por el SENAVE. El transporte deberá encontrarse en perfectas condiciones de higiene y seguridad, refrigerado.-
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE OMITIR ESTE PUNTO YA QUE VARIOS OFERENTES NO CUENTAN CON DEPÓSITO HABILITADO POR EL SENAVE Y DAR LUGAR A LA LIBRE COMPETENCIA en virtud al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras públicas según lo establecido en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
En que se basó la Convocante con relación al precio referencial del Ítem 42 Chupetines, al poner como precio referencial Gs 1.000 (MIL) el kilo, si el precio de mercado de una unidad de chupetín de 50 gramos su costo es de GS 1000 (MIL) y en el entendido de que el oferente deberá cotizar por kilogramos para completar un kilo se necesitaría de 20 chupetines llevando a un costo por kilogramos de GS. 20.000 (VEINTE MIL).
Solicitamos se modifique o se aclare el precio referencial en cuanto a la forma de cotizar, si se realizase por kilo el cálculo puesto por la convocante es errado o si se realizara la cotización por unidad de chupetines de 50 gramos a 1.000 cada uno.
En que se basó la Convocante con relación al precio referencial del Ítem 42 Chupetines, al poner como precio referencial Gs 1.000 (MIL) el kilo, si el precio de mercado de una unidad de chupetín de 50 gramos su costo es de GS 1000 (MIL) y en el entendido de que el oferente deberá cotizar por kilogramos para completar un kilo se necesitaría de 20 chupetines llevando a un costo por kilogramos de GS. 20.000 (VEINTE MIL).
Solicitamos se modifique o se aclare el precio referencial en cuanto a la forma de cotizar, si se realizase por kilo el cálculo puesto por la convocante es errado o si se realizara la cotización por unidad de chupetines de 50 gramos a 1.000 cada uno.
Según pudimos apreciar en este llamado se están dejando de ofertar tanto carnaza negra y mongondo que son productos de primera necesidad para el alimento de los internos, en tanto se esta incluyendo un item el de Chorizo de viena, que a nuestro parecer carece de necesidad por un importe mayor a los 2 mil millones de guaraníes, motivo por el cual a nuestro entender sería mas preferible que se opte por la compra de menudencias (mondongo) o bien la carnaza negra, antes que la de chorizo de viena, por lo que solicitamos a la convocante rever esto último.
Según pudimos apreciar en este llamado se están dejando de ofertar tanto carnaza negra y mongondo que son productos de primera necesidad para el alimento de los internos, en tanto se esta incluyendo un item el de Chorizo de viena, que a nuestro parecer carece de necesidad por un importe mayor a los 2 mil millones de guaraníes, motivo por el cual a nuestro entender sería mas preferible que se opte por la compra de menudencias (mondongo) o bien la carnaza negra, antes que la de chorizo de viena, por lo que solicitamos a la convocante rever esto último.
Cada convocante tiene la facultad de adquirir bienes y servicios conforme a sus necesidades. Favor remitirse a lo establecido en el PBC
23
ITEM Nº 14 EXTRACTO DE TOMATE
QUISIERA CONSULTAR SI LA PRESENTACIÓN DEL EXTRACTO DE TOMATE SERIA SOLAMENTE EN ESTAS DOS PRESENTACIONES DE 60GRS. Y 300GRS. O SERIA DE 60GRS. COMO MINIMO Y 300GRS. COMO MAXIMO, YA QUE EN EL MERCADO NO CUENTA CASI CON ESTOS GRAMAJES, FAVOR ACLARAR. GRACIAS
QUISIERA CONSULTAR SI LA PRESENTACIÓN DEL EXTRACTO DE TOMATE SERIA SOLAMENTE EN ESTAS DOS PRESENTACIONES DE 60GRS. Y 300GRS. O SERIA DE 60GRS. COMO MINIMO Y 300GRS. COMO MAXIMO, YA QUE EN EL MERCADO NO CUENTA CASI CON ESTOS GRAMAJES, FAVOR ACLARAR. GRACIAS