Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
21 VISITA TÉCNICA a) Considerando hemos tratado de coordinar la visita técnica y en el celular indicado, en principio, no tienen conocimiento de esta visita. b) considerando a que a la consulta anterior sobre esta visita la convocante definió "Las visitas podrán realizarse hasta 1 día antes a la fecha establecida para el tope de las consultas", pero dicha respuesta se publico el viernes 13 de septiembre justamente un día antes del cierre, lo que generó una imposibilidad insalvable de realizar la visita, solicitamos se extienda el plazo minimamente hasta el día jueves y/o viernes de esta semana. La extensión no afecta en nada al proceso ya que la fecha de carga recién quedo establecida para el 23 de Septiembre. 16-09-2019 17-09-2019
22 Item 1 Numero de Fases Considerando que las respuestas a las consultas 2 y 5 son contradictorias respecto a si lo requerido es Bifasico o Trifasico. Podría la convocante definir el numero de fases requerido 16-09-2019 17-09-2019
23 Visita Técnica 1.En el Pliego de Bases y Condiciones, Página 9, Sección III. - Requisitos de los Bienes y Servicios Requeridos, Ítem 1- Especificaciones Técnicas, Sub índice Condiciones para la Instalación El oferente deberá incluir en su oferta las adecuaciones edilicias necesarias a realizarse en la sede Hospital Central de Policía para la Instalación de 1 Generador. Además del Sub índice Visita Técnica Se realizará una visita técnica a fin de verificar las Adecuaciones edilicias necesarias para la instalación del Grupo Generador previa coordinación en el Hospital de Policía Rigoberto Caballero al número 0981615079. Esta visita podrá efectuarse en horario de 08:30 hs a 16:00 hs de lunes a viernes. Consultamos Si dicha visita puede ser declarada obligatoria en las Especificaciones Técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, a fin establecer un mismo criterio para todos los oferentes, ya que el costo de dicha plataforma puede representar una diferencia sustancial en el monto final de la oferta y no seria una justa competencia. Dado el caso que alguno de los posibles participantes no realice la visita, por lo que no contará con esa información necesaria. Atendiendo que dicha visita no es obligatoria y puede ser reemplazada por una Declaración Jurada. 16-09-2019 18-09-2019
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