Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 REQUISITOS CON RESPECTO A LO SOLICITADO EN EL SIGUIENTE INCISO: Los productos que no sean originales, a los efectos de ser susceptibles de adjudicación deberán ser ofertados con un valor inferior de cuanto menos 20% en comparación al valor del producto original de referencia del mismo ítem de la misma licitación CONSULTAMOS LO SIGUIENTE: Bajo que fundamento legal y constitucional se fundamenta dicha solicitud?, teniendo en cuenta el IPS al momento de adquirir medicamentos ya solicita que el mismo sea cotizado hasta el 65% del Precio Publico Fijado y teniendo en cuenta el 20% adicional solicitado para dar preferencia a los innovadores. Lo que ocasionaría es deprimir los precios de la competencia y exponer a las mismas con respecto a los innovadores a fin de subvencionar los precios de las empresas multinacionales, a modo de comentario el margen de 20% de preferencia para nacionales se encuentra amparado legalmente, en tanto que el 20% de preferencia para innovadores NO SE FUNDAMENTA BAJO NINGUNA LEY. Por lo tanto no corresponde que dicho requisito sea aplicado para el presente llamado. 19-11-2018 07-01-2019
2 REQUISITOS CON RESPECTO A LO SOLICITADO EN EL SIGUIENTE INCISO: Los productos que no sean originales, a los efectos de ser susceptibles de adjudicación deberán ser ofertados con un valor inferior de cuanto menos 20% en comparación al valor del producto original de referencia del mismo ítem de la misma licitación CONSULTAMOS LO SIGUIENTE: Bajo que fundamento legal y constitucional se fundamenta dicha solicitud?, teniendo en cuenta el IPS al momento de adquirir medicamentos ya solicita que el mismo sea cotizado hasta el 65% del Precio Publico Fijado y teniendo en cuenta el 20% adicional solicitado para dar preferencia a los innovadores. Lo que ocasionaría es deprimir los precios de la competencia y exponer a las mismas con respecto a los innovadores a fin de subvencionar los precios de las empresas multinacionales, a modo de comentario el margen de 20% de preferencia para nacionales se encuentra amparado legalmente, en tanto que el 20% de preferencia para innovadores NO SE FUNDAMENTA BAJO NINGUNA LEY. Por lo tanto no corresponde que dicho requisito sea aplicado para el presente llamado. 19-11-2018 07-01-2019
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