Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 (b) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA Solicitamos se establezcan las documentaciones con las que se acreditarán los requisitos establecidos en los siguientes puntos: 11. Presentar constancia actualizada de haber aprobado el examen físico, mental, psicotécnico y de tiro expedido por la Comandancia de la Policía Nacional, o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado. 15. La empresa contratante deberá presentar una constancia de que su personal no sufre de enfermedades infecto-contagiosas o mentales que le incapaciten permanentemente para el cumplimiento de las tareas contratadas o constituyan un peligro para terceros. 16. Inscripción en los registros de la Dirección General de Registros Públicos, donde conste su Antigüedad como empresa en el rubro de seguridad y vigilancia. Se deberá demostrar una Antigüedad mínima de 10 (diez) años de existencia en la prestación de Servicio de Seguridad Privada y Vigilancia a nivel nacional. 17. Certificado de cumplimiento con el Seguro Social de estar al día en el pago de su aporte obrero–patronal por cada empleado, expedida por el Instituto de Previsión Social (IPS), en las que conste además, lo aportado en concepto de horas adicionales y horas nocturnas. 17-09-2018 19-09-2018
2 (b) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA 17. Certificado de cumplimiento con el Seguro Social de estar al día en el pago de su aporte obrero–patronal por cada empleado, expedida por el Instituto de Previsión Social (IPS), en las que conste además, lo aportado en concepto de horas adicionales y horas nocturnas. Respecto a este requisito, solicitamos se aclare como será considerado el aporte respecto a las horas adicionales y horas nocturnas, dado que los valores que constan en la Planilla del IPS no estan discriminados 17-09-2018 19-09-2018
3 Certificado de umplimiento con el IPS por cada empleado El PBC requiere "Certificado de cumplimiento con el Seguro Social de estar al día en el pago de su aporte obrero–patronal por cada empleado, expedida por el Instituto de Previsión Social (IPS), en las que conste además, lo aportado en concepto de horas adicionales y horas nocturnas". Sin embargo, el IPS no emite un Certificado de Cumplimiento por cada personal Tampoco consta en niinguna parte las horas adicionales y las horas nocturnas Favor aclarar ese punto o eliminar del PBC 17-09-2018 19-09-2018
4 (b) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA El PBC establece: "Se deberá presentar declaración jurada en donde indique que la empresa oferente deberá contar como mínimo con 4 (cuatro) personales técnicos certificados en el manejo de scáner de rayos x, arcos detectores de metales con experiencia mínima de 6 meses en empresas públicas o privadas. Además, se deberá presentar la AUTORIZACIÓN INDIVIDUAL COMO TRABAJADOR OCUPACIONALMENTE EXPUESTO (TOE) emitida por la Autoridad Reguladora Radiológica y Nuclear (ARRN), además los Certificados y Constancias de haber aprobado el curso de protección radiológica de la Comisión Nacional de Energía Atómica que lo habilitan como TOE. Los oferentes deberán estar habilitados por la Comisión Nacional de Energía Atómica presentando el Certificado de habilitación correspondiente" Solicitamos se excluya este requisito debido a que el mismo consituye una innecesaria limitante, dado que los escaners del BNF son manejados por la Policia Nacional, sin que intervengan los guardias privados. En las EETT no constan como funciones de la firma adjudicada. 17-09-2018 19-09-2018
5 (b) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA El PBC establece como requisito la presentación de "Documento vigente que demuestre que la firma oferente posee una Certificación de Calidad ISO 9001:2015, a fin de garantizar la calidad del servicio a ser contratado" Este requisito resulta limitativo dado que se exige que las firmas participantes se encuentren inscriptos en un registro particular para participar del llamado, en coontravención a lo dispuesto en la ley 2051/03, art. 20, que establece "Por consiguiente, las Convocantes se abstendrán de solicitar a los oferentes la inscripción en cualquier clase de registros como requisito para participar en los procedimientos de contratación regidos por esta ley" Esta limitante se aguidiza con el hecho de no permitir otros registros similares. 17-09-2018 19-09-2018
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