Teniendo en cuenta que el llamado es de "Alimentos para preparación de almuerzo y cena escolar" y no para la elaboración del plato de almuerzo y cena, y al tratarse de una adjudicación por ítem, CONSULTAMOS a la convocante que método utilizaría para la verificación del cumplimiento del porcentaje 10% de la Agricultura Familiar, ya que algunos Alimentos/insumos no pertenecen a productos de la Agricultura Familiar.-
Teniendo en cuenta que el llamado es de "Alimentos para preparación de almuerzo y cena escolar" y no para la elaboración del plato de almuerzo y cena, y al tratarse de una adjudicación por ítem, CONSULTAMOS a la convocante que método utilizaría para la verificación del cumplimiento del porcentaje 10% de la Agricultura Familiar, ya que algunos Alimentos/insumos no pertenecen a productos de la Agricultura Familiar.-
LA RESOLUCIÓN DNCP N° 2915/2015 ESTABLECE EL MECANISMO PARA LA APLICACIÓN DE LOS REQUISITOS DE CALIFICACIÓN DE LA COMPRA A LOS PRODUCTORES DE LA AGRICULTURA FAMILIAR. ADJUNTO SE REMITE DICHA DISPOSICIÓN, LA CUAL LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PUBLICAS HA DADO A CONOCER SUFICIENTEMENTE.
Atendiendo a que en el PBC se establece que los Alimentos serán preparados por los encargados de las Instituciones Educativas Beneficiadas, por favor aclarar el método a ser utilizado para evaluar el requisito de la IAO 4 ya que solicita la contratación de personal de la zona (10%) por parte de la empresa adjudicada.-
Atendiendo a que en el PBC se establece que los Alimentos serán preparados por los encargados de las Instituciones Educativas Beneficiadas, por favor aclarar el método a ser utilizado para evaluar el requisito de la IAO 4 ya que solicita la contratación de personal de la zona (10%) por parte de la empresa adjudicada.-
Esta disposición corresponde a la EMPRESA ADJUDICADA, la cual DEBERÁ CONTRATAR PERSONAL DE LA ZONA como mínimo por el porcentaje indicado por la contratante en los Datos de la Licitación. La dicha exigencia es del (10) diez por ciento. Se entenderá personal de la zona, el que se encuentre domiciliado dentro del territorio del Municipio o de la Gobernación convocante según el caso. NO CORRESPONDE SU OBSERVANCIA AL MOMENTO DE LA EVALUACIÓN, SINO POSTERIOR A SU ADJUDICACIÓN.
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SECCIÓN II - ORIGEN NACIONAL
En lo que respecta a la aplicación del Certificado de Origen Nacional, favor aclarar si el mencionado certificado será aplicado por menú o por ítem solicitado para la elaboración de almuerzo y cena escolar.-
En lo que respecta a la aplicación del Certificado de Origen Nacional, favor aclarar si el mencionado certificado será aplicado por menú o por ítem solicitado para la elaboración de almuerzo y cena escolar.-
EL DECRETO 9694/12 REGLAMENTA LA LEY N° 4558/2011 QUE ESTABLECE LOS MECANISMOS DE APOYO A LA PRODUCCIÓN NACIONAL, A TRAVÉS DE LOS PROCESOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS" DICHA DISPOSICIÓN ESTABLECE LOS MECANISMOS DE EVALUACIÓN. SE REMITE ADJUNTO EL PRESENTE DECRETO PARA SU MEJOR COMPRENSIÓN,
Atendiendo al monto referencial del llamado, que asciende a Gs. 7.214.524.110, y a fin de asegurar la provisión total del bien. Solicitamos a más de los requerimientos insertos en la Sección II, (a) Capacidad Financiera, sea solicitado igualmente al OFERENTE demostrar la solvencia necesaria para ejecutar cabalmente el contrato, un:
Capital Operativo (activo corriente pasivo corriente): no inferior al 50 % (cincuenta por ciento) del monto total de la oferta, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2017) pudiendo completar dicho porcentaje con la presentación de certificado de una entidad financiera calificada que demuestre la disponibilidad de línea de crédito suficiente para justificar el porcentaje mencionado.
Esta solicitud la realizamos teniendo en cuenta el art. 4 de los PRINCIPIOS GENERALES, que garantizan la satisfacción de las necesidades del Estado Paraguayo con las mejores condiciones.-
Atendiendo al monto referencial del llamado, que asciende a Gs. 7.214.524.110, y a fin de asegurar la provisión total del bien. Solicitamos a más de los requerimientos insertos en la Sección II, (a) Capacidad Financiera, sea solicitado igualmente al OFERENTE demostrar la solvencia necesaria para ejecutar cabalmente el contrato, un:
Capital Operativo (activo corriente pasivo corriente): no inferior al 50 % (cincuenta por ciento) del monto total de la oferta, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2017) pudiendo completar dicho porcentaje con la presentación de certificado de una entidad financiera calificada que demuestre la disponibilidad de línea de crédito suficiente para justificar el porcentaje mencionado.
Esta solicitud la realizamos teniendo en cuenta el art. 4 de los PRINCIPIOS GENERALES, que garantizan la satisfacción de las necesidades del Estado Paraguayo con las mejores condiciones.-
La Gobernación de Boquerón considera que los requisitos incluidos en el Pliego de bases y condiciones en cuanto a la capacidad financiera son lo suficientemente necesarios para determinar la solvencia de los eventuales oferentes, lo cual igualmente garantiza la participación de más oferentes que puedan resultar finalmente en la obtención de los bienes licitados a precios razonables. Por lo cual solicitamos ceñirse a lo dispuesto en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES EN TODOS SUS TÉRMINOS.
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SECCIÓN II - EXPERIENCIA
Teniendo en cuenta la envergadura del presente llamado y el PBC Estandar al estipular la demostración de la experiencia en "LOS AÑOS", el hecho de considerar el presente pliego, únicamente 1 año de experiencia (2017) atenta contra la misma, razón por la cual solicitamos en concordancia con lo estipulado en el PBC Estandar, sea requerida una antiguedad mínima de 3 años
Teniendo en cuenta la envergadura del presente llamado y el PBC Estandar al estipular la demostración de la experiencia en "LOS AÑOS", el hecho de considerar el presente pliego, únicamente 1 año de experiencia (2017) atenta contra la misma, razón por la cual solicitamos en concordancia con lo estipulado en el PBC Estandar, sea requerida una antiguedad mínima de 3 años
La Gobernación de Boquerón considera que los requisitos incluidos en el Pliego de bases y condiciones en cuanto a la capacidad Técnica son lo suficientemente necesarios para determinar la solvencia de los eventuales oferentes, lo cual igualmente garantiza la participación de más oferentes que puedan resultar finalmente en la obtención de los bienes licitados a precios razonables. Por lo cual solicitamos ceñirse a lo dispuesto en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES EN TODOS SUS TÉRMINOS
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SECCIÓN II - CAPACIDAD TÉCNICA
En la Sección II CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN, punto 2. Requisitos para Calificación Posterior, (b) Experiencia y Capacidad Técnica, Solicitamos atendiendo al objeto del llamado sean incluidos los siguientes requisitos:
 Certificado o Constancia de Registro Sanitarios de Productos Alimenticios expedido por el INAN, para los productos que requiera para su comercialización y consumo. Los mismos deberán estar vigentes o en proceso de renovación.- (Decreto No. 1635 del 12 de Enero de 1999).-
 Registro Sanitario de producción del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Importador o exportador de productos o subproductos de origen vegetal, para su comercialización y consumo.
 Certificado de Habilitación oficial de mataderos o frigoríficos expedidos por la Dirección General de Calidad e Inocuidad de Productos de Origen Animal dependiente del SENACSA, para os que oferten insumos cárnicos.
 Certificado vigente de habilitación de transporte de frutas y hortalizas in natura, expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad (SENAVE), de al menos un vehículo, según Resoluciones N° 354/12 y 551/15, para el transporte de los productos alimenticios para el menú escolar
 Certificado de Habilitación de Transportes de Productos y Subproductos de Origen animal Vigente. La Habilitación deberá corresponder al Transporte Lácteos, Transportes de carne Bovina, carnes de aves, embutidos etc. Dicho Certificado deberá ser expedido por el SENACSA.
 El certificado vigente del Registro de Establecimiento - RE, otorgado por el INAN en la Categoría 25 Alimentos listos para el consumo, no pudiendo presentar un Registro perteneciente a un tercero. En caso de consorcios, todos y cada uno de los miembros deberá cumplir con este requisito de manera individual.
 Certificado de Buenas Prácticas Alimentarias (BPM) vigente, emitido por el INAN. En caso de consorcios, todos y cada uno de los miembros deberá cumplir con este requisito. Asimismo, deberá presentar el Manual de Buenas Prácticas de Manufacturas y de Procedimientos, debidamente firmados.
 El oferente deberá presentar al momento de su oferta, la Constancia de Capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), otorgada por el INAN, En caso de consorcios, el o los miembros del consorcio encargado de la elaboración de los alimentos, deberá cumplir con este requisito.
 El oferente deberá demostrar que cuenta con un plantel de recursos humanos que asegure que los alimentos que elabore son inocuos, de calidad y suficientes de acuerdo al volumen requerido. Para tales efectos, deberá acreditar en la carpeta de ofertas que cuenta como mínimo en su plantilla con los siguientes profesionales: (01) Licenciado en Tecnología de Alimentos o Ingeniero Químico; (01) Licenciado en Administración; (01) Nutricionista. Deberá presentar copias simples de los títulos universitarios de cada profesional, acompañado de su CV.
 Certificado ISO 9001:2008 en alguno de los alcances y/o procesos certificados del oferente.
En la Sección II CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN, punto 2. Requisitos para Calificación Posterior, (b) Experiencia y Capacidad Técnica, Solicitamos atendiendo al objeto del llamado sean incluidos los siguientes requisitos:
 Certificado o Constancia de Registro Sanitarios de Productos Alimenticios expedido por el INAN, para los productos que requiera para su comercialización y consumo. Los mismos deberán estar vigentes o en proceso de renovación.- (Decreto No. 1635 del 12 de Enero de 1999).-
 Registro Sanitario de producción del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Importador o exportador de productos o subproductos de origen vegetal, para su comercialización y consumo.
 Certificado de Habilitación oficial de mataderos o frigoríficos expedidos por la Dirección General de Calidad e Inocuidad de Productos de Origen Animal dependiente del SENACSA, para os que oferten insumos cárnicos.
 Certificado vigente de habilitación de transporte de frutas y hortalizas in natura, expedido por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad (SENAVE), de al menos un vehículo, según Resoluciones N° 354/12 y 551/15, para el transporte de los productos alimenticios para el menú escolar
 Certificado de Habilitación de Transportes de Productos y Subproductos de Origen animal Vigente. La Habilitación deberá corresponder al Transporte Lácteos, Transportes de carne Bovina, carnes de aves, embutidos etc. Dicho Certificado deberá ser expedido por el SENACSA.
 El certificado vigente del Registro de Establecimiento - RE, otorgado por el INAN en la Categoría 25 Alimentos listos para el consumo, no pudiendo presentar un Registro perteneciente a un tercero. En caso de consorcios, todos y cada uno de los miembros deberá cumplir con este requisito de manera individual.
 Certificado de Buenas Prácticas Alimentarias (BPM) vigente, emitido por el INAN. En caso de consorcios, todos y cada uno de los miembros deberá cumplir con este requisito. Asimismo, deberá presentar el Manual de Buenas Prácticas de Manufacturas y de Procedimientos, debidamente firmados.
 El oferente deberá presentar al momento de su oferta, la Constancia de Capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), otorgada por el INAN, En caso de consorcios, el o los miembros del consorcio encargado de la elaboración de los alimentos, deberá cumplir con este requisito.
 El oferente deberá demostrar que cuenta con un plantel de recursos humanos que asegure que los alimentos que elabore son inocuos, de calidad y suficientes de acuerdo al volumen requerido. Para tales efectos, deberá acreditar en la carpeta de ofertas que cuenta como mínimo en su plantilla con los siguientes profesionales: (01) Licenciado en Tecnología de Alimentos o Ingeniero Químico; (01) Licenciado en Administración; (01) Nutricionista. Deberá presentar copias simples de los títulos universitarios de cada profesional, acompañado de su CV.
 Certificado ISO 9001:2008 en alguno de los alcances y/o procesos certificados del oferente.
La Gobernación de Boquerón considera que los requisitos incluidos en el Pliego de bases y condiciones en cuanto a la capacidad TÉCNICA son lo suficientemente necesarios para determinar la CAPACIDAD de los eventuales oferentes, lo cual igualmente garantiza la participación de más oferentes que puedan resultar finalmente en la obtención de los bienes licitados a precios razonables. Por lo cual solicitamos ceñirse a lo dispuesto en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES EN TODOS SUS TÉRMINOS
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SECCIÓN II - EXPERIENCIA
El PBC Estandar establece: "Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [indicar porcentaje] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los [indicar n° de años (Ej.: últimos años [20__-20__-20__]."
En cambio el pliego publicado y objeto de consulta, solicita demostrar una experiencia únicamente en el año 2017, razón está que nos lleva a solicitar que la misma se adecue al requerimiento del PBC Estándar
El PBC Estandar establece: "Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [indicar porcentaje] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los [indicar n° de años (Ej.: últimos años [20__-20__-20__]."
En cambio el pliego publicado y objeto de consulta, solicita demostrar una experiencia únicamente en el año 2017, razón está que nos lleva a solicitar que la misma se adecue al requerimiento del PBC Estándar
La Gobernación de Boquerón considera que los requisitos incluidos en el Pliego de bases y condiciones en cuanto a la capacidad TÉCNICA son lo suficientemente necesarios para determinar la solvencia TÉCNICA de los eventuales oferentes, lo cual igualmente garantiza la participación de más oferentes que puedan resultar finalmente en la obtención de los bienes licitados a precios razonables. Por lo cual solicitamos ceñirse a lo dispuesto en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES EN TODOS SUS TÉRMINOS.
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SECCIÓN III ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En la Sección III Suministros Requeridos - Especificaciones técnicas, en atención a los ítems requeridos Solicitamos que se incluya en el PBC, demostrar la Documentación respaldatoria de los mismos mediante, RSPA, SENAVE, SENACSA, según corresponda:
ÍTEM ALIMENTO DOCUMENTACIÓN SEGÚN PBC
1 Aceite vegetal RSPA
2 Ajo SENAVE
3 Almidón de Maíz RSPA
4 Arroz RSPA
5 Arveja en Granos SENAVE
6 Azúcar RSPA
7 Banana SENAVE
8 Carne vacuna magra HABILITACIÓN SENACSA
9 Cebolla de cabeza SENAVE
10 Cebollita de hoja SENAVE
11 Fideo RSPA
12 Harina de Maíz RSPA
13 Laurel RSPA
14 Leche entera RSPA
15 Locote SENAVE
16 Margarina RSPA
17 Locro RSPA
18 Maní RSPA
19 Miel de abeja RSPA
20 Naranja SENAVE
21 Orégano RSPA
22 Papa SENAVE
23 Perejil RSPA
24 Piña SENAVE
25 Poroto rojo RSPA
26 Queso Paraguay RSPA
27 Sal RSPA
28 Tomate SENAVE
29 Zanahoria SENAVE
30 zapallo SENAVE
La Gobernación de Boquerón considera que los requisitos incluidos en el Pliego de bases y condiciones en cuanto a la capacidad TÉCNICA son lo suficientemente necesarios para determinar la solvencia TÉCNICA de los eventuales oferentes, lo cual igualmente garantiza la participación de más oferentes que puedan resultar finalmente en la obtención de los bienes licitados a precios razonables. Por lo cual solicitamos ceñirse a lo dispuesto en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES EN TODOS SUS TÉRMINOS, resaltando igualmente lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones en el punto:
1.11. REGISTROS SANITARIOS
a) El oferente con la oferta, deberán contar con el Registro Sanitario de Producto Alimenticio
(RSPA) vigente de todos los alimentos envasados a ser utilizados para el Almuerzo Escolar y
la Cena. A tal efecto, la convocante se reserva el derecho a realizar las verificaciones
correspondientes.
b) Para la firma del contrato, La empresa adjudicada, deberá contar con la Constancia de
Habilitación Distribuidor de ingredientes para almuerzo escolar en la categoría 26,
otorgado por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN y deberá permanecer
vigente durante la vigencia del contrato, del local ubicado en el distrito o departamento donde
proveerá.
En caso de consorcios, el o los miembros del mismo encargado/s de la distribución de los
insumos, deberá cumplir con este requisito.
c) La empresa deberá contar para la firma del contrato, con la constancia de inscripción
expedida por el INAN donde se detalla la identificación de las instituciones educativas en las
cuales elaborará el almuerzo escolar o la cena.
IGUALMENTE RECORDAMOS LA VIGENCIA DE LA LEY 5210/14 DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR Y CONTROL SANITARIO el cual regula este tipo de procedimientos.
En la Sección III Suministros Requeridos - Especificaciones técnicas se estipula que las entregas a las Instituciones educativas beneficiadas se harán en forma semanal y quincenal, aclarando que LOS ALIMENTOS SERÁN PREPARADOS POR LOS ENCARGADOS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS BENEFICIADAS, debiendo el proveedor ayudar al cumplimiento de las Especiaciones Técnicas, en tal sentido Solicitamos sea eliminado el requisito inserto en la página 22 del PBC, específicamente en inc. b) que dice: Para la firma del contrato, La empresa adjudicada, deberá contar con la Constancia de Habilitación Distribuidor de ingredientes para almuerzo escolar en la categoría 26, otorgado por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN y deberá permanecer vigente durante la vigencia del contrato, del local ubicado en el distrito o departamento donde proveerá.
Por no ser técnicamente necesario, puesto que los alimentos serán preparados por los encargados de las instituciones beneficiadas
En la Sección III Suministros Requeridos - Especificaciones técnicas se estipula que las entregas a las Instituciones educativas beneficiadas se harán en forma semanal y quincenal, aclarando que LOS ALIMENTOS SERÁN PREPARADOS POR LOS ENCARGADOS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS BENEFICIADAS, debiendo el proveedor ayudar al cumplimiento de las Especiaciones Técnicas, en tal sentido Solicitamos sea eliminado el requisito inserto en la página 22 del PBC, específicamente en inc. b) que dice: Para la firma del contrato, La empresa adjudicada, deberá contar con la Constancia de Habilitación Distribuidor de ingredientes para almuerzo escolar en la categoría 26, otorgado por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN y deberá permanecer vigente durante la vigencia del contrato, del local ubicado en el distrito o departamento donde proveerá.
Por no ser técnicamente necesario, puesto que los alimentos serán preparados por los encargados de las instituciones beneficiadas
Este requisito corresponde a los Lineamientos Técnicos y Nutricionales para implementar el Programa de Alimentación Escolar del Paraguay- PAEP, emitido por el MEC, por lo cual la misma no podrá ser Excluida en el Pliego de Bases y Condiciones por Parte de esta convocante.