Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 1. Pág. 19. Beneficiarios Consulta: Entendemos que el grupo familiar del beneficiario puede encontrarse compuesto por el titular, cónyuge, hijos solteros hasta 22 años, hijos discapacitados si los hubiera. ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
2 2. Pág. 19. Beneficiarios. Entendemos que las categorías de Adherentes son las siguientes: - Padres y/o suegros, hermanos/as solteros/as y nietos del titular - Hijos mayores de 22 años. ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
3 3. Pág. 19. Beneficiarios Entendemos que al no establecer el procedimiento de pago por los adherentes, el BNF se hará cargo del pago de los mismos. ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
4 4. Pág. 19. Beneficiarios Entendemos que para el ingreso de hijos/as con discapacidad se deberá presentar el Certificado de Discapacidad expedido por la SECRETARIA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (SENADIS) ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
5 5. Pág. 19. Beneficiarios. Entendemos que el beneficiario titular ya sea soltero o divorciado según documentación respaldatoria, que no haya incluido a su cónyuge, hijos, podrá incluir a sus padres. ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
6 6. Pag. 90. CGC 17.5. Garantía de Cumplimiento de contrato: Teniendo en cuenta que el Formulario de Fiel Cumplimiento de contrato, establece que la Garantía deber contener el plazo hasta el cual estará vigente. Entendemos que la Garantía de fiel cumplimiento tendrá validez por un plazo que deberá exceder hasta 30 días el vencimiento del contrato, fecha en que se dan por cumplidas las obligaciones del proveedor en virtud del contrato. ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
7 7. Pág. 91. CGC 33. Vigencia del contrato: Hasta el cumplimiento total de las obligaciones. 94. Proforma de contrato. Numeral 6 Vigencia del contrato: En el mismo se consigna que la vigencia del mismo será hasta el cumplimiento total de las obligaciones. Consulta: Entendemos en ambos casos que la vigencia del contrato es de 1 año contado a partir de la firma del mismo, tal como se establece en la pág. 87, 2-Plan de entrega (servicios). Vigencia del servicio.- ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
8 8. Página 20. SERVICIO MEDICO Y SANATORIAL DE VIGENCIA INMEDIATA. 1.1.2. Especialidades Quirúrgicas. √ Cirugía oncología en esta especialidad, la atención del paciente incluye la intervención quirúrgica de alta complejidad. Consulta: Entendemos que la cobertura para los tratamientos relacionados con la especialidad médica-quirúrgica de ONCOLOGÏA se encuentra determinada en el Punto 1.1.3. que establece: Oncología: en esta especialidad se incluye la atención clínica y/o quirúrgica del paciente con cáncer. Las cirugías oncológicas tendrán cobertura del 100%, de honorarios profesionales, medicamentos y descartables, estudios diagnósticos, en la dos primeras cirugías; a partir de la tercera cirugía, los medicamentos, descartables y estudios diagnósticos, se regirán según contrato. Los honorarios médicos de la tercera cirugía estará cubierta 75% por la prestadora y 25% por el beneficiario y las siguientes 50% por la prestadora y 50% por el beneficiario. El tratamiento con quimioterapia y radioterapia, tendrán 100% de cobertura en medicamentos y descartables, y hasta Gs. 10.000.000 (Diez millones de guaraníes) en drogas oncológicas de acuerdo al protocolo indicado por el especialista. ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
9 9. Página 77. ANEXO TECNICO DE ALTA COMPLEJIDAD. 8 SERVICIO DE ALTA COMPLEJIDAD – CONDICIONES GENERALES DE PRESTACION Y BENEFICIOS. Consulta: Entendemos que la cobertura detallada en el ANEXO TECNICO de ALTA COMPLEJIDAD, se aplica exclusivamente para las especialidades de Cardiocirugía, Neurocirugía, Cirugía Vascular Periférica, y Hemodinamia intervencionista, las cuales se encuentran detalladas en el punto 8. Servicio de Alta Complejidad – Condiciones Generales de Prestación y Beneficios. ¿Es correcta nuestra interpretación? 06-02-2018 09-02-2018
10 Pág. 19. Beneficiarios. Teniendo en cuenta que el PBC establece que los Padres y/o suegros, hermanos/as solteros/as y nietos del titular e hijo/as mayores de 22 años, podrán ser incluidos como adherentes, de manera opcional, siendo el titular el responsable del pago de la prima mensual por la cobertura de los mismos. Y al no estar definido el procedimiento que vincula la relación con la Contratista, entendemos que para su incorporación el Titular deberá celebrar un contrato individual de cobertura con el Proveedor/Contratista, quien definirá la documentación requerida para la incorporación de los adherentes. 06-02-2018 09-02-2018
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