Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Con relacion al item 30 del presente PBC, Con relacion al item 30 del presente PBC, consultamos respetuosamente pueda ser aclarada la solicitud en cuanto al rendimiento dado que en el mercado actual existen disponibles de rendimiento estandar y alto, para 6.000 y 25.000 paginas respectivamente, solicitamos aclaracion de manera a presentar correctamente las ofertas. 11-01-2017 17-01-2017
2 Lista de Precios - Formulario de Ofertas Consultamos a la convocante si es tan amable de proporcionar la LISTA DE PRECIOS que forma parte del formulario de Ofertas, en formato word, 12-01-2017 12-01-2017
3 AUTORIZACION DEL FABRICANTE Consultamos a la convocante si la Autorizacion del Fabricante solicitada mediante el Formulario Nro. 4, deberá estar inscripta en el Registro Público de la Republica del Paraguay y debidamente legalizada y consularizada. Consultamos ademas si la documentacion presentada deberá demostrar el vinculo del oferente con el Fabricante, Favor Responder 12-01-2017 17-01-2017
4 AUTORIZACION DEL FABRICANTE Como Distribuidor Autorizado para comercializar en Paraguay productos de la marca OKI y único Centro Autorizado de Servicio Técnico para los mismos, analizando la lista de bienes requeridos en el llamado de referencia donde se solicitan productos de la Marca OKI entre otros; Al respecto, pedimos a la Convocante, solicite que los oferentes presenten Autorización del Fabricante, en la que se los acredite como Representante de la marca ofertada y se pueda demostrar el vínculo del oferente con el fabricante, representante o distribuidor. (Reconocida por el fabricante), en base al Artículo 49 del Decreto Reglamentario 21909/03 de la Ley 2051/2003, que establece: Autorización del fabricante en el caso de bienes que no ha fabricado ni producido. Deberá acreditar que está debidamente autorizado por el fabricante o productor respectivo para suministrar los bienes en cuestión en el Paraguay, conforme se especifica en el Pliego de bases y Condiciones. De forma complementaria, el Estado Paraguayo en la personería del Ministerio Publico., se vería perjudicada con la contratación de empresas no autorizadas que pueden ofrecer productos de origen desconocido y la pérdida total de la Garantía (ante cualquier desperfecto que dichos tóner ocasionen en los equipos), el respaldo y seguridad de una empresa que cuenta con una carta de representación de la marca. Rogamos a la Convocante velar por sus intereses y con el fin de salvaguardar los equipos instalados en el Ministerio y preservar el patrimonio de la Institución solicito tengan a bien considerar mi pedido. 12-01-2017 13-01-2017
5 ITEMS 25,26 Y 27 TORNER CANON Considerando que en el llamado de referencia no solicita Autorización del Fabricante o Distribuidor autorizado de la marca , en el caso de los insumos fabricados por la Marca Canon, la autorización del fabricante debe ser emitida por CANON LATINAMERICA INC, para los tóner Originales de la Marca , la misma representa , respaldo , calidad ,Garantía , mayor rendimiento directamente del fabricante y no de terceros cuya procedencia podría crear dudas sobre la originalidad de los insumos a ser adquiridos .En este caso solicitamos a la convocante con todo respeto incluir la autorización del fabricante o distribuidor autorizados de la Marca que oferta 13-01-2017 13-01-2017
6 item 27 TONER CANON NP 7130 - NPG 11 Consultamos se aclare el rendimiento real del toner ORIGINAL NPG 11 para Canon NP 7130, que quizas por un error involuntario se ha estimado un rendimiento de 30.000 copias , afirmamos que el rendimiento real del original de la Marca de la fotocopiadora es de 8.000 copias- FAVOR DE ACLARAR 13-01-2017 17-01-2017
7 Tasas En las Condiciones Generales de Contrato en el punto 14.6 se establece una tasa interés del 0.0003% por cada día de atraso hasta que haya efectuado el pago completo. A su vez, en la Cláusula 27 de las CGC la Convocante establece una multa que aplicará por día de atraso en la entrega, del 0.15% (Cero con quince por ciento), dejando en evidencia clara que no existe un criterio justo para ambas partes. Solicitamos a la Convocante analicen nuevamente los porcentajes a aplicar, a fin de que ambas partes sean beneficiadas ya que no es el espíritu de ninguna de la partes el atraso en el pago, como el atraso en la entrega. Favor responder. 31-01-2017 08-02-2017
8 Reajuste La cláusula de reajuste de precios se encuentra condicionada a la IPC que establece el Banco Central del Paraguay igual o mayor al 15%, es de público conocimiento que nuestro país goza de una estabilidad económica financiera donde resulta imposible llegar a un IPC igual o superior, no así la moneda norteamericana (Dólar) moneda obligatoria para la importación de los productos requeridos en este llamado y que desde hace casi un año viene sufriendo desestabilidades que han hecho variar su cotización que afecta directamente a los precios establecidos. Solicito a la convocante tenga a bien considerar otro criterio más justo puesto que el principio de cualquier negociación bien hecha es el beneficio para ambos involucrados y no solo para uno de ellos. Favor responder. 31-01-2017 08-02-2017
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