1- Consultamos sobre que bases la convocante decidió optar por la modalidad de catering considerando las denuncias de la Senadora Blanca Ovelar con respecto al servicio de catering en escuelas de Asunción donde puso en evidencia el riesgo de entregar comidas transportadas en bolsas de plástico dentro de conservadoras luego de dos o tres horas de cocinadas con las altas temperaturas predominantes casi todo el año y que ya en ocasiones llegaron descompuestas según la prensa, donde también señaló que la comida era desperdiciada porque la empresa de catering lleva todos los días la cantidad de platos que dice el padrón sin considerar si hay niños ausentes o si ha disminuido la cantidad de alumnos en la escuela, que también la mayoría de los niños rechazan la comida porque luego de largas horas dentro de bolsas de plástico llegan con aspecto, sabor y olor diferentes al de una comida recién preparada, que las ensaladas directamente se tiran porque las lechugas y tomates llegan marchitos, aplastados y calientes, que los riesgos son grandes y la pérdida de plata para la convocante es millonaria, por lo tanto consultamos porque no se pide el servicio de almuerzo elaborado en sitio que permite mucho más control por parte de la comunidad educativa en la calidad de los insumos y la preparación y da trabajo a madres de la zona que pueden ser contratadas como cocineras.
2- Que hemos recorrido las escuelas que figuran en el listado de la municipalidad y que todas cuentan con espacio para instalar una cocina, y que en esta modalidad de almuerzo, la contratada provee cocinas, heladeras y freezer, los utensilios, los artículos de limpieza y paga el sueldo de cocineras con lo que la comida se elabora a vista de directores, profesoras y madres de alumnos que pueden controlar todo el proceso garantizando la entrega del almuerzo en la cantidad justa, en el momento justo y óptimas condiciones.
1- Consultamos sobre que bases la convocante decidió optar por la modalidad de catering considerando las denuncias de la Senadora Blanca Ovelar con respecto al servicio de catering en escuelas de Asunción donde puso en evidencia el riesgo de entregar comidas transportadas en bolsas de plástico dentro de conservadoras luego de dos o tres horas de cocinadas con las altas temperaturas predominantes casi todo el año y que ya en ocasiones llegaron descompuestas según la prensa, donde también señaló que la comida era desperdiciada porque la empresa de catering lleva todos los días la cantidad de platos que dice el padrón sin considerar si hay niños ausentes o si ha disminuido la cantidad de alumnos en la escuela, que también la mayoría de los niños rechazan la comida porque luego de largas horas dentro de bolsas de plástico llegan con aspecto, sabor y olor diferentes al de una comida recién preparada, que las ensaladas directamente se tiran porque las lechugas y tomates llegan marchitos, aplastados y calientes, que los riesgos son grandes y la pérdida de plata para la convocante es millonaria, por lo tanto consultamos porque no se pide el servicio de almuerzo elaborado en sitio que permite mucho más control por parte de la comunidad educativa en la calidad de los insumos y la preparación y da trabajo a madres de la zona que pueden ser contratadas como cocineras.
2- Que hemos recorrido las escuelas que figuran en el listado de la municipalidad y que todas cuentan con espacio para instalar una cocina, y que en esta modalidad de almuerzo, la contratada provee cocinas, heladeras y freezer, los utensilios, los artículos de limpieza y paga el sueldo de cocineras con lo que la comida se elabora a vista de directores, profesoras y madres de alumnos que pueden controlar todo el proceso garantizando la entrega del almuerzo en la cantidad justa, en el momento justo y óptimas condiciones.
Optamos por la modalidad de Catering de Almuerzo Escolar, debido a que ese es el sistema Aprobado tanto por el Ministerio de Educación y Cultura (M.E.C.), la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (D.N.C.P.), como también la aprobada por la INAN y la INTN, y según la Resolución de la D.N.C.P N° 3152/15, no se puede modificar el Pliego de Bases y Condiciones por la Convocante en lo correspondiente a las bases y condiciones del pliego del Catering para Almuerzo Escolar, y según lo establecido por la ley N° 4758/12. De FONACIDE, Artículo 20, que dicta, Para su concesión y ejecución, todos los programas y proyectos del Fondo estarán sometidos a las normas y procedimientos establecidos en la legislación nacional para las contrataciones públicas, por lo que el municipio se respalda y opta de acuerdo a las bases y pliegos que dictamina la D.N.C.P. y los estándares del Ministerio de Educación y Cultura.
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INSUMOS
3- Porque no solicitan que los insumos sean comprados del mercado de abasto, principal centro de acopio de la capital en cumplimiento con la Resolución que determina beneficiar a los productores locales y siendo que Asunción no tiene producción local, bien se podría colaborar con el Mercado de Abasto.
3- Porque no solicitan que los insumos sean comprados del mercado de abasto, principal centro de acopio de la capital en cumplimiento con la Resolución que determina beneficiar a los productores locales y siendo que Asunción no tiene producción local, bien se podría colaborar con el Mercado de Abasto.
Dentro del Pliego de Bases y Condiciones del Catering del Almuerzo Escolar, en la Sección I, A Generalidades, Punto 1.3, dice, Los insumos necesarios para la preparación del almuerzo escolar, deberán ser adquiridos de los productores de la Agricultura Familiar registrados en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, en un porcentaje mínimo (10%) con relación al monto total del contrato, por lo que es un requisito indispensable que un mínimo del 10% de los ingredientes para la preparación del almuerzo sean adquiridos de productores nacionales de la Agricultura Familiar registrados en el MAG, esto está estipulado según Ley del Fonacide y según el Pliego de Bases y Condiciones para Almuerzo Escolar modalidad Catering, y además cabe mencionar que de acuerdo a la Resolución N° 3152/15, no puede ser modificado el Pliego de Bases y Condiciones del Almuerzo Escolar por la Convocante, por lo que se imposibilita que la convocante obligue al oferente a decirle de donde o de que parte este debe adquirir los insumos necesarios. Pero de igual manera, cabe mencionar que el municipio se adecua a lo establecido por la ley 4758/12 de FONACIDE y por la normas y procedimientos de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, por lo que, respaldados por dichas normas, se establece que un mínimo del 10% de los insumos a ser utilizados por el oferente que resulte ganador sean adquiridos de Productores Familiares Registrados en el MAG, además de esta manera se estará ayudando y fomentando la Agricultura Nacional Familiar.
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CONSULTAS VARIAS
CONSULTA: 1
(b) Antigüedad Experiencia y Capacidad Técnica
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: b.1. Los Oferentes deberán acreditar que su actividad principal, sea comercial, industrial o de servicios, se encuentra vinculada a la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos.
Al respecto consultamos si la comprobación de la actividad principal será realizada conforme a la constancia del RUC? Y de ser asi, cuantos años serán considerados para demostrar el requisito de experiencia??
CONSULTAS: 2
Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [30] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años (2013-2014-2015).
Sobre el particular, el 30% como mínimo es EN PROMEDIO de los 3 años indicados o es el 30% de la suma de los 3 años señalados?? Favor aclarar.
CONSULTAS: 3
b.2.Capacidad Técnica: En base a un relatorio a presentar indicar: y a continuación se citan documentaciones que podrían ser demostrativos de la capacidad técnica, logística y de habilitaciones sanitarias para proveer el servicio; sin embargo no se menciona documento que certifique la calidad de la producción.
En efecto, no seria prudente en el PBC establecer como requisito la presentación de certificación de calidad expedida por autoridad competente, tales como la ISO 9001:2008 tal como es requerido en otros llamados de similares características?
 
CONSULTAS: 4
ANEXO 1 - DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA OFERTA - C) Documentos legales - Fotocopia simple de la patente Municipal del Oferente.
Se solicita aclaración respecto a este requerimiento, debido a que no queda claro si solo se tiene que presentar la copia de la Patente comercial o si también se requiere presentar la Licencia Comercial con su respectiva aprobación de planos, debido a que no se visualiza en el PBC que se solicite este documento que es indispensable para un establecimiento como el requerido por el llamado. Favor aclarar.
De igual modo aclarar si la patente deberá ser de asunción o si el oferente podrá presentar documentos de otros municipios. De ser asi, hasta que distancia de Asunción será aceptado, puesto que en licitaciones de otras entidades se presentaron empresas con plantas elaboradoras distante a mas de 400km de la ciudad donde se debía proveer los almuerzos diarios.
CONSULTAS: 5
Finalmente, no se observa en el listado de documentaciones que se requiera la presentación de la constancia de estar al dia con el IPS, tampoco la cantidad mínima de empleados que deben estar registrados ante el IPS, los cuales en otros procesos de licitación son requeridos. El volumen solicitado requiere como mínimo de 20 empleados considerando la cantidad de raciones diarias.
Este último requisito es sumamente importante a fin de demostrar que los oferentes cuentan o no con la capacidad de cumplir con el contrato y si al mismo tiempo están cumpliendo con sus obligaciones legales.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para reiterar mis saludos cordiales.
(b) Antigüedad Experiencia y Capacidad Técnica
El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: b.1. Los Oferentes deberán acreditar que su actividad principal, sea comercial, industrial o de servicios, se encuentra vinculada a la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos.
Al respecto consultamos si la comprobación de la actividad principal será realizada conforme a la constancia del RUC? Y de ser asi, cuantos años serán considerados para demostrar el requisito de experiencia??
CONSULTAS: 2
Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al [30] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los años (2013-2014-2015).
Sobre el particular, el 30% como mínimo es EN PROMEDIO de los 3 años indicados o es el 30% de la suma de los 3 años señalados?? Favor aclarar.
CONSULTAS: 3
b.2.Capacidad Técnica: En base a un relatorio a presentar indicar: y a continuación se citan documentaciones que podrían ser demostrativos de la capacidad técnica, logística y de habilitaciones sanitarias para proveer el servicio; sin embargo no se menciona documento que certifique la calidad de la producción.
En efecto, no seria prudente en el PBC establecer como requisito la presentación de certificación de calidad expedida por autoridad competente, tales como la ISO 9001:2008 tal como es requerido en otros llamados de similares características?
 
CONSULTAS: 4
ANEXO 1 - DOCUMENTOS QUE COMPONEN LA OFERTA - C) Documentos legales - Fotocopia simple de la patente Municipal del Oferente.
Se solicita aclaración respecto a este requerimiento, debido a que no queda claro si solo se tiene que presentar la copia de la Patente comercial o si también se requiere presentar la Licencia Comercial con su respectiva aprobación de planos, debido a que no se visualiza en el PBC que se solicite este documento que es indispensable para un establecimiento como el requerido por el llamado. Favor aclarar.
De igual modo aclarar si la patente deberá ser de asunción o si el oferente podrá presentar documentos de otros municipios. De ser asi, hasta que distancia de Asunción será aceptado, puesto que en licitaciones de otras entidades se presentaron empresas con plantas elaboradoras distante a mas de 400km de la ciudad donde se debía proveer los almuerzos diarios.
CONSULTAS: 5
Finalmente, no se observa en el listado de documentaciones que se requiera la presentación de la constancia de estar al dia con el IPS, tampoco la cantidad mínima de empleados que deben estar registrados ante el IPS, los cuales en otros procesos de licitación son requeridos. El volumen solicitado requiere como mínimo de 20 empleados considerando la cantidad de raciones diarias.
Este último requisito es sumamente importante a fin de demostrar que los oferentes cuentan o no con la capacidad de cumplir con el contrato y si al mismo tiempo están cumpliendo con sus obligaciones legales.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para reiterar mis saludos cordiales.
Respuesta 1- Si, el cumplimiento del requisito será corroborado a través de la Constancia de Inscripción en el RUC, documento que debe presentar el oferente conforme se especifica en la Sección VII- Anexo- Documentos Legales. En cuanto al requisito de antiguedad y experiencia remitirse a los solicitado en la Sección II - punto b1 (penúltimo párrafo) y b2 (primer párrafo).
Respuesta 2- El mínimo del 30% exigido es en sumatoria.
Respuesta 3- Remitirse a la Adenda N° 5.
Respuesta 4- Se requiere la presentación de la Patente Municipal donde el oferente tiene asentado su negocio. Solicitar solo de Asunción, como se menciona en la consulta, podría limitar la participación, en contraposición a los establecido en el artículo 4° inciso b) y 20 de la ley 2051/03.