1) De acuerdo al pliego de condiciones en el punto 5.d) Normas aplicable para la medición, control y pruebas del medidor automático de nivel de tanques:
- OIML R85 / 2008
- API CAP 3
Como en todos los casos API hace recomendaciones pero no es una norma y en cambio la OIML es un NORMA y el fabricante que aplica debe cumplir con aprobación de modelo y ensayos certificados.
Pregunta: Se va a exigir que los instrumentos estén CERTIFICADOS bajo la norma OIML R85?
1) De acuerdo al pliego de condiciones en el punto 5.d) Normas aplicable para la medición, control y pruebas del medidor automático de nivel de tanques:
- OIML R85 / 2008
- API CAP 3
Como en todos los casos API hace recomendaciones pero no es una norma y en cambio la OIML es un NORMA y el fabricante que aplica debe cumplir con aprobación de modelo y ensayos certificados.
Pregunta: Se va a exigir que los instrumentos estén CERTIFICADOS bajo la norma OIML R85?
El modelo del intrumento ofertado debe contar con certificación OIML R 85, conforme a lo establecido en el punto 5.d) del Pliego de Bases y Condiciones.
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4.1. REQUERIMIENTOS PARA EL INSTRUMENTO MEDIDOR DE NIVEL
El punto 4.1.k) establece: Cada Instrumento para medición de nivel deberá ser individualmente calibrado y certificado en cuanto a su precisión en una distancia de 1 a20 metros.
Los certificados que se exigen son los certificados estándar de los ensayos que se realizan en fábrica o se va a exigir aprobación de pesos y medidas con reportes de calibración de acuerdo a la OIML R85?
10-09-2015
16-09-2015
4.1. REQUERIMIENTOS PARA EL INSTRUMENTO MEDIDOR DE NIVEL
El punto 4.1.k) establece: Cada Instrumento para medición de nivel deberá ser individualmente calibrado y certificado en cuanto a su precisión en una distancia de 1 a20 metros.
Los certificados que se exigen son los certificados estándar de los ensayos que se realizan en fábrica o se va a exigir aprobación de pesos y medidas con reportes de calibración de acuerdo a la OIML R85?
Se refiere al Certificado individual de pruebas de los instrumentos en fabrica.
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4.1. REQUERIMIENTOS PARA EL INSTRUMENTO MEDIDOR DE NIVEL
Punto 4.1.o) El instrumento debe tener la capacidad de realizar compensaciones por temperatura y auto chequeo en forma periódica
Autochequeo si. Que haga la compensación por temperatura directamente en instrumento no. La compensación es una tabla compleja en la que interviene la geometría y la calbircación del tanque. Es correcto?
10-09-2015
16-09-2015
4.1. REQUERIMIENTOS PARA EL INSTRUMENTO MEDIDOR DE NIVEL
Punto 4.1.o) El instrumento debe tener la capacidad de realizar compensaciones por temperatura y auto chequeo en forma periódica
Autochequeo si. Que haga la compensación por temperatura directamente en instrumento no. La compensación es una tabla compleja en la que interviene la geometría y la calbircación del tanque. Es correcto?
La compensación de temperatura podrá ser realizada mediante el software instalado en la interfase de adquisición de datos conforme a lo establecido en el punto 4.1 o) del Pliego de Bases y Condiciones.
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numeral 4.2 - Item b
El instrumento o equivalente integrado al sistema deberá proporcionar datos de temperaturas puntuales del producto.
En cuantos puntos se deberá medir? solo fase liquida?
El instrumento o equivalente integrado al sistema deberá proporcionar datos de temperaturas puntuales del producto.
En cuantos puntos se deberá medir? solo fase liquida?
La temperatura se deberá medir en 1(un) punto en la fase liquida conforme a lo establecido en el Punto 3. Requerimientos Generales del Sistema del Pliego de Bases y Condiciones.
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ALCANCE
Provision de lote de repuestos: se puede enumerar repuestos básicos a ser incluidos, dado que al dejar abierto se pueden incluir ítems que pueden afectar el precio final
Provision de lote de repuestos: se puede enumerar repuestos básicos a ser incluidos, dado que al dejar abierto se pueden incluir ítems que pueden afectar el precio final
Se deben incluir los "Repuestos Recomendados" para cada instrumento discriminando los datos segun planilla de Lote de Repuestos Recomendados que figura en el Pliego de Bases y Condiciones". No afecta al precio de la oferta porque no se pide que se cotize los repuestos. Se pide que se detalle los repuestos recomendados.
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4.1 Requerimientos para el Instrumento Medidor de nivel
Item "n" El instrumento debe tener la función de emitir aviso en caso de requerir una recalibracion o mantenimiento preventivo discriminando la parte afectada:
A que se refiere discriminando la parte afectada?
14-09-2015
16-09-2015
4.1 Requerimientos para el Instrumento Medidor de nivel
Item "n" El instrumento debe tener la función de emitir aviso en caso de requerir una recalibracion o mantenimiento preventivo discriminando la parte afectada:
A que se refiere discriminando la parte afectada?
Discriminando la parte afectada se refiere a que el instrumento debe tener la función de emitir un aviso de necesidad de recalibración o mantenimiento preventivo informando la sección del instrumento a ser intervenida.
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Modificaciones 1 y 2 según ADENDA Nro 1
Respecto a las Modificaciones 1 y 2 según ADENDA Nro 1, consideramos que la limitación a los años 2012, 2013 y 2014 para la provisión de equipos similares a los solicitados, restringe la participación de empresas en violación a lo establecido en el Art 4, Numeral b) de la Ley 2.051/03. El mercado de Paraguay en este tipo de equipos es muy restringido y las Plantas de Almacenaje normalmente no realizan con frecuencia inversiones en Sistemas de Monitoreo de Inventario de Parque de Tanques, por lo cual no se justifica la restricción a 3 años solamente. Solicitamos se deje libre la cantidad de años para la acreditación de la experiencia en la provisión. Consideramos que no se justifica esta exigencia pues no hace a la calidad de la oferta ni a la capacidad técnica del oferente haber proveido un sistema similar, 3, 5 o 10 años atrás.
Respecto a las Modificaciones 1 y 2 según ADENDA Nro 1, consideramos que la limitación a los años 2012, 2013 y 2014 para la provisión de equipos similares a los solicitados, restringe la participación de empresas en violación a lo establecido en el Art 4, Numeral b) de la Ley 2.051/03. El mercado de Paraguay en este tipo de equipos es muy restringido y las Plantas de Almacenaje normalmente no realizan con frecuencia inversiones en Sistemas de Monitoreo de Inventario de Parque de Tanques, por lo cual no se justifica la restricción a 3 años solamente. Solicitamos se deje libre la cantidad de años para la acreditación de la experiencia en la provisión. Consideramos que no se justifica esta exigencia pues no hace a la calidad de la oferta ni a la capacidad técnica del oferente haber proveido un sistema similar, 3, 5 o 10 años atrás.
La Adenda Nº 1 ha ampliado el punto Experiencia y Capacidad Técnica. Favor Ajustarse conforme a la Adenda Nº 1 al Pliego de Bases y Condiciones.
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Numeral 4.1.k
En el Numeral 4.1.k, favor aclarar si la calibración o certificación puede ser realizada por el Fabricante. Entendemos que los instrumentos de nivel normalmente solo poseen esta calibración y certificación, y no otra otorgada por un Organismo en base a alguna norma específica, que puede ser OIML, API, etc. Entendemos que en ningún caso se puede restringir la participación de oferentes a través de la exigencia de una calibración o certificación conforme a una Norma específica puntual.
En el Numeral 4.1.k, favor aclarar si la calibración o certificación puede ser realizada por el Fabricante. Entendemos que los instrumentos de nivel normalmente solo poseen esta calibración y certificación, y no otra otorgada por un Organismo en base a alguna norma específica, que puede ser OIML, API, etc. Entendemos que en ningún caso se puede restringir la participación de oferentes a través de la exigencia de una calibración o certificación conforme a una Norma específica puntual.
La Certificación se refiere a Certificación Individual de pruebas de los instrumentos en fábrica.
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Numeral 4.1.l
En el Numeral 4.1.l se exige el cumplimiento de lo dispuesto en la Norma API 3.3 Numeral 4.4.3.4. La citada norma requiere la instalación de pines o dispositivos de calibración en el tanque, en el tubo de sondeo por ejemplo. Estos dispositivos no forman parte de los instrumentos de nivel. Podrían ser más específicos sobre cuales dispositivos de calibración son los que se deben cotizar? Es importante recordar que en los tubos de sondeo existen pines de calibración de los instrumentos con tecnología RADAR instalados. Se debe en estos casos cotizar el retiro de los tubos de sondeo y la eliminación de estos pines de referencia para permitir la operación de los instrumentos servo a cotizar?
Favor aclarar si los instrumentos irán montados en Tubos de Sondeo y si fuera así si se reutilizarían los Tubos de Sondeo existentes. Se podría utilizar cabos guía en lugar de Tubos de Sondeo? En este caso sería necesario quitar de servicio el Tanque, al igual que en el caso de reemplazo del Tubo de Sondeo (por la presencia de los Pines).
En el Numeral 4.1.l se exige el cumplimiento de lo dispuesto en la Norma API 3.3 Numeral 4.4.3.4. La citada norma requiere la instalación de pines o dispositivos de calibración en el tanque, en el tubo de sondeo por ejemplo. Estos dispositivos no forman parte de los instrumentos de nivel. Podrían ser más específicos sobre cuales dispositivos de calibración son los que se deben cotizar? Es importante recordar que en los tubos de sondeo existen pines de calibración de los instrumentos con tecnología RADAR instalados. Se debe en estos casos cotizar el retiro de los tubos de sondeo y la eliminación de estos pines de referencia para permitir la operación de los instrumentos servo a cotizar?
Favor aclarar si los instrumentos irán montados en Tubos de Sondeo y si fuera así si se reutilizarían los Tubos de Sondeo existentes. Se podría utilizar cabos guía en lugar de Tubos de Sondeo? En este caso sería necesario quitar de servicio el Tanque, al igual que en el caso de reemplazo del Tubo de Sondeo (por la presencia de los Pines).
Verificar punto 10 de las Especificaciones Técnicas "Datos de Conexiones de proceso de las Esferas" del Pliego de Bases y Condiciones.
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Numeral 4.1.s
En el Numeral 4.1.s se exige que las Salidas de Alarma tengan como mínimo nivel SIL 2, sin embargo en el Numeral 5 se establece que los Instrumentos componentes del Sistema deben cumplir con este requisito. Se puede utilizar los Transmisores de Presión como Instrumentos que proporcionen la salida discreta con Nivel SIL 2?
Para que un SIS (Safety Instrumented System) sea evaluado con un determinado nivel SIL (1,2,3,4) es necesario incluir en el análisis todos los componentes del sistema: sensores, transmisores, PLCs, elementos finales de control, etc. y además la lógica de control. La norma IEC 61508 requiere una prueba cuantitativa del riesgo residual basado en cálculos de probabilidades de fallas peligrosas. Este cálculo es realizado en el lazo de seguridad completo, incluyendo sensores, controladores y elementos finales de control. Para el cumplimiento de la certificación nivel SIL 2 según la recomendación IEC 61508/61511 se requiere que no solo todos los instrumentos que son parte del lazo de seguridad cumplan este estándar, sino que también el sistema de seguridad instrumentada, su diseño, el integrador del sistema, el proceso y los usuarios finales.
Conforme al reconocimiento de las instalaciones de la Planta de GLP, hemos podido constatar que las instalaciones no están preparadas para el nivel SIL 2 de la norma IEC 61508/61511. Entonces al no cumplirse la certificación del sistema con el nivel SIL 2, tampoco sería necesaria la certificación nivel SIL 2 del equipo. Siempre según los requerimientos de la IEC 61508/61511.
En consecuencia, realizamos la consulta de que los instrumentos transmisores de nivel cotizados puedan no necesariamente cumplir con el requerimiento de que las salidas discretas para las alarmas deban tener certificación SIL 2 o cualquier otro nivel, según recomendación IEC 61508/61511.
Por otro lado, ponemos a su consideración la posibilidad que los transmisores de presión sean los que se utilicen como parte del Sistema Instrumentado de Seguridad, y sean éstos transmisores de presión los que deban estar certificados para nivel de integridad SIL 2 según la IEC 61508/61511. En este caso la ventaja sería que estos dispositivos (transmisores de presión) estarán instalados en una toma diferente e independiente (en el techo del tanque y en la cupla del caño inferior) a la utilizada en los instrumentos transmisores de nivel (stilling well); y además se estaría utilizando instrumentos independientes para la instrumentación de proceso (transmisor de nivel servo operado) y para la instrumentación de seguridad (transmisor de presión); con lo cual el sistema estaría en condiciones de certificar en el futuro según la IEC 61511 para el nivel SIL que resultare de los componentes, diseño, operación y cálculos del sistema de seguridad instrumentado.
En el Numeral 4.1.s se exige que las Salidas de Alarma tengan como mínimo nivel SIL 2, sin embargo en el Numeral 5 se establece que los Instrumentos componentes del Sistema deben cumplir con este requisito. Se puede utilizar los Transmisores de Presión como Instrumentos que proporcionen la salida discreta con Nivel SIL 2?
Para que un SIS (Safety Instrumented System) sea evaluado con un determinado nivel SIL (1,2,3,4) es necesario incluir en el análisis todos los componentes del sistema: sensores, transmisores, PLCs, elementos finales de control, etc. y además la lógica de control. La norma IEC 61508 requiere una prueba cuantitativa del riesgo residual basado en cálculos de probabilidades de fallas peligrosas. Este cálculo es realizado en el lazo de seguridad completo, incluyendo sensores, controladores y elementos finales de control. Para el cumplimiento de la certificación nivel SIL 2 según la recomendación IEC 61508/61511 se requiere que no solo todos los instrumentos que son parte del lazo de seguridad cumplan este estándar, sino que también el sistema de seguridad instrumentada, su diseño, el integrador del sistema, el proceso y los usuarios finales.
Conforme al reconocimiento de las instalaciones de la Planta de GLP, hemos podido constatar que las instalaciones no están preparadas para el nivel SIL 2 de la norma IEC 61508/61511. Entonces al no cumplirse la certificación del sistema con el nivel SIL 2, tampoco sería necesaria la certificación nivel SIL 2 del equipo. Siempre según los requerimientos de la IEC 61508/61511.
En consecuencia, realizamos la consulta de que los instrumentos transmisores de nivel cotizados puedan no necesariamente cumplir con el requerimiento de que las salidas discretas para las alarmas deban tener certificación SIL 2 o cualquier otro nivel, según recomendación IEC 61508/61511.
Por otro lado, ponemos a su consideración la posibilidad que los transmisores de presión sean los que se utilicen como parte del Sistema Instrumentado de Seguridad, y sean éstos transmisores de presión los que deban estar certificados para nivel de integridad SIL 2 según la IEC 61508/61511. En este caso la ventaja sería que estos dispositivos (transmisores de presión) estarán instalados en una toma diferente e independiente (en el techo del tanque y en la cupla del caño inferior) a la utilizada en los instrumentos transmisores de nivel (stilling well); y además se estaría utilizando instrumentos independientes para la instrumentación de proceso (transmisor de nivel servo operado) y para la instrumentación de seguridad (transmisor de presión); con lo cual el sistema estaría en condiciones de certificar en el futuro según la IEC 61511 para el nivel SIL que resultare de los componentes, diseño, operación y cálculos del sistema de seguridad instrumentado.
El transmisor de nivel tipo servo ofertado deberá tener salidas discretas tipo replay disponibles y deberán tener certificación SIL 2. Ajustarse al requerimiento establecido en el punto 4.1s del Pliego de Bases y Condiciones.