Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Reajuste Precio Ñemby, 8 de febrero de 2012.- Señores: Policía Nacional ? Unidad Operativa de Contrataciones S/O Mayor Sonia E. Aguayo Presente Me dirijo a ustedes a fin de solicitar aclaración, de la Sección IV Condición Especial del Contrato, CGC 13.1 del Pliego y Base de Condiciones de la Licitación Pública Nacional Nº 02/2012 para Adquisición de Combustibles y Lubricantes donde estipula el reajuste de precio. Cabe señalar que el Gasoil es un Producto cuyo precio está regulado por el gobierno Nacional atravez de Petropar. Los Combustibles, como la Nafta; los reajuste de precio depende exclusivamente al precio Internacional, que se refleja en la Estaciones de Servicios atravez de cada Distribuidora de Combustible; por ende escapa a la decisión de las Estaciones de Servicios y de hasta del Gobierno Nacional. Por lo expuesto más arriba solicito que el reajuste de precio sea de la siguiente manera: GASOIL: El precio será reajustado en forma automática de acuerdo al incremento o disminución que sufra por decisión del gobierno nacional. NAFTA SUPER : El precio será reajustado en forma automática de acuerdo al incremento o disminución que sufra de acuerdo a los precios del mercado en las Estaciones de Servicios. Esperando una respuesta positiva me despido de ustedes respetuosamente y a gratas ordenes. 08-02-2012 10-02-2012
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