Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Especificaciones Técnicas, Reajuste de precios Ñemby, 25 de febrero de 2011.- Señores: Comando de la Fuerza Aérea UOC 4 TCNEL DCEM Saúl Hugo Salinas González Presente Me dirijo a ustedes a fin de solicitar aclaración, de algunos puntos del Pliego de Bases y Condiciones del llamado a Licitación Pública Nacional -SBE Nº 02/2011 para la Adquisición de Combustibles y Lubricantes Terrestres. Punto 1 En la forma de entrega de combustibles, mencionada en el Anexo 1 punto 2 Especificaciones Técnicas, solicitan la emisión de vales y o cupos que serán equivalentes a 10 (diez) LITROS de Combustibles, cabe señalar en este punto, que por el sistema de trabajo utilizado por todas las Empresas dedicados al rubro, es imposible emitir en valores nominales en Litros, debido a que los precios de ventas al público de los combustibles, en la ciudad de Asunción y alrededores están compuestos por dos componentes, COSTO + BONIFICACION, pero a partir de 50 Km. De distancia se le agrega un tercer componente que es FLETE. Como los vales/cupos es de aceptación nacional y la oferta se cotiza a precio de Asunción, al utilizar el vale/cupo en el interior del país, el tercer elemento incide en el costo final del combustible haciéndolo más caro que lo ofertado, por este motivo es inviable proveer los vale/cupo con valor nominal en LITROS. Por lo expuesto más arriba solicito que los cupos/vales de Combustibles sea emitida en valores nominales en Guaraníes. Punto 2 Reajustes de Precios, mencionada en el Calendario de Eventos y Datos Especificos punto 15 Reajustes de Precios, cabe señalar que el gasoil es un producto cuyo precio está regulado por el Gobierno Nacional atraves de Petropar. La nafta el reajuste de precio depende exclusivamente al precio Internacional, por ende escapa a la desición de las Estaciones de Servicios y de hasta del Gobierno Nacional Por lo expuesto más arriba solicito que el reajuste de precio sea de la siguiente manera: GASOIL: en la misma proporción del reajuste establecida por el Poder Ejecutivo atraves de un Decreto o Resolución de Petropar. NAFTA: Conforme a la variación que se da en el Mercado Nacional reflejada en las Estaciones de Servicios. Esperando una respuesta positiva me despido de ustedes respetuosamente y a gratas ordenes. 25-02-2011 28-02-2011
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