ítem 6 - Consulta sobre Capacidad Técnica y Requisitos Documentales para Evaluación
ítem 6 - En relación con el requisito de acreditar la condición de Distribuidor Oficial y Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada en Paraguay, solicitamos admitir la participación de oferentes que cuenten con autorización de comercialización a través del canal oficial de distribución de la marca en el país, respaldada por la documentación correspondiente emitida por el fabricante o su representante autorizado, garantizando la provisión, garantía y soporte técnico de los bienes ofertados.
09-10-2026
12-10-2026
ítem 6 - Consulta sobre Capacidad Técnica y Requisitos Documentales para Evaluación
ítem 6 - En relación con el requisito de acreditar la condición de Distribuidor Oficial y Centro Autorizado de Servicios de la marca ofertada en Paraguay, solicitamos admitir la participación de oferentes que cuenten con autorización de comercialización a través del canal oficial de distribución de la marca en el país, respaldada por la documentación correspondiente emitida por el fabricante o su representante autorizado, garantizando la provisión, garantía y soporte técnico de los bienes ofertados.
La Institución se ratifica en lo establecido en el PBC del llamado.
2
En relación al lote 1 ítem 10 UPS Solicitamos respetuosamente a la Convocante
que, donde se establece “Voltaje de batería: 12 V”, sean igualmente aceptadas UPS con un sistema de baterías de 24 V DC, compuesto por dos (2) baterías de 12 V conectadas en serie. Esta configuración es utilizada por fabricantes reconocidos internacionalmente y permite proporcionar una adecuada capacidad de respaldo y protección eléctrica, sin comprometer la funcionalidad del equipo. La aceptación de esta alternativa permitirá ampliar la participación de potenciales oferentes, promoviendo una mayor competencia y evitando restricciones técnicas innecesarias.
15-10-2026
15-10-2026
En relación al lote 1 ítem 10 UPS Solicitamos respetuosamente a la Convocante
que, donde se establece “Voltaje de batería: 12 V”, sean igualmente aceptadas UPS con un sistema de baterías de 24 V DC, compuesto por dos (2) baterías de 12 V conectadas en serie. Esta configuración es utilizada por fabricantes reconocidos internacionalmente y permite proporcionar una adecuada capacidad de respaldo y protección eléctrica, sin comprometer la funcionalidad del equipo. La aceptación de esta alternativa permitirá ampliar la participación de potenciales oferentes, promoviendo una mayor competencia y evitando restricciones técnicas innecesarias.
Se remitió la consulta al Departamento de TIC, respondiendo lo siguiente:
No se hace lugar a lo solicitado. La Convocante se ratifica en la especificación técnica establecida de voltaje de batería de 12 V. Una configuración compuesta por dos baterías de 12 V conectadas en serie constituye eléctricamente un sistema de baterías de 24 V DC, por lo que corresponde a una arquitectura diferente a la requerida. La especificación establecida responde a las características técnicas definidas para los equipos a ser adquiridos y deberá ser cumplida conforme a lo solicitado en el PBC.
3
En relación al lote 1 ítem 10 UPS Solicitamos respetuosamente a la Convocante que,
donde se establece “Tiempo típico de recarga: 8 horas”, sean igualmente aceptadas UPS cuyo fabricante garantice una recarga de batería de hasta el 90 % de su capacidad en un tiempo inferior a 3 horas. Consideramos que esta característica representa una prestación favorable, ya que permite recuperar gran parte de la capacidad de respaldo en un menor tiempo, contribuyendo a una mayor disponibilidad del equipo ante eventuales interrupciones del suministro eléctrico. La aceptación de esta alternativa permitirá ampliar la participación de potenciales oferentes, promoviendo una mayor competencia sin comprometer la funcionalidad ni las prestaciones requeridas.
15-10-2026
15-10-2026
En relación al lote 1 ítem 10 UPS Solicitamos respetuosamente a la Convocante que,
donde se establece “Tiempo típico de recarga: 8 horas”, sean igualmente aceptadas UPS cuyo fabricante garantice una recarga de batería de hasta el 90 % de su capacidad en un tiempo inferior a 3 horas. Consideramos que esta característica representa una prestación favorable, ya que permite recuperar gran parte de la capacidad de respaldo en un menor tiempo, contribuyendo a una mayor disponibilidad del equipo ante eventuales interrupciones del suministro eléctrico. La aceptación de esta alternativa permitirá ampliar la participación de potenciales oferentes, promoviendo una mayor competencia sin comprometer la funcionalidad ni las prestaciones requeridas.
Se remitió la consulta al Departamento de TIC, respondiendo lo siguiente:
No se hace lugar a lo solicitado. La Convocante se ratifica en la especificación técnica de tiempo típico de recarga de 8 horas, conforme a las características definidas para el equipo requerido. El parámetro propuesto de recarga de hasta el 90 % de la capacidad en un tiempo inferior a 3 horas corresponde a una condición de medición diferente y no resulta directamente equivalente al tiempo típico de recarga establecido en el PBC. En consecuencia, se mantiene el requerimiento originalmente establecido.
4
En relación al lote 1 ítem 10 UPS Solicitamos respetuosamente a la Convocante que,
donde se establece “Clasificación de energía de sobretensión: 156 J”, sean igualmente aceptadas UPS que incorporen sistemas de protección contra sobretensiones y regulación automática de voltaje (AVR), sin necesidad de especificar una clasificación de energía expresada en joules (J). Consideramos que la capacidad de protección eléctrica de una UPS no debe limitarse exclusivamente a un valor de absorción de energía expresado en joules, teniendo en cuenta que existen diferentes tecnologías de protección utilizadas por fabricantes reconocidos internacionalmente. La aceptación de esta alternativa permitirá ampliar la participación de potenciales oferentes, promoviendo una mayor competencia y evitando restricciones técnicas innecesarias, sin comprometer la finalidad de protección de los equipos conectados.
15-10-2026
15-10-2026
En relación al lote 1 ítem 10 UPS Solicitamos respetuosamente a la Convocante que,
donde se establece “Clasificación de energía de sobretensión: 156 J”, sean igualmente aceptadas UPS que incorporen sistemas de protección contra sobretensiones y regulación automática de voltaje (AVR), sin necesidad de especificar una clasificación de energía expresada en joules (J). Consideramos que la capacidad de protección eléctrica de una UPS no debe limitarse exclusivamente a un valor de absorción de energía expresado en joules, teniendo en cuenta que existen diferentes tecnologías de protección utilizadas por fabricantes reconocidos internacionalmente. La aceptación de esta alternativa permitirá ampliar la participación de potenciales oferentes, promoviendo una mayor competencia y evitando restricciones técnicas innecesarias, sin comprometer la finalidad de protección de los equipos conectados.
Se remitió la consulta al Departamento de TIC, respondiendo lo siguiente:
No se hace lugar a lo solicitado. La Convocante se ratifica en la especificación técnica de clasificación de energía de sobretensión de 156 J. Dicho valor constituye un parámetro cuantificable de la capacidad de protección del equipo frente a eventos transitorios de sobretensión, permitiendo verificar objetivamente el nivel de protección ofrecido. La sola incorporación de regulación automática de voltaje (AVR) o de mecanismos genéricos de protección contra sobretensiones no resulta equivalente a una clasificación expresada en joules, por corresponder a funciones distintas. En consecuencia, se mantiene el requerimiento establecido en el PBC.