En el apartado correspondiente a “Muestras”, el Pliego de Bases y Condiciones establece la presentación de dos (2) muestras por cada ítem ofertado.
Al respecto, solicitamos respetuosamente aclarar cuál es la justificación técnica para exigir dos muestras por cada ítem, considerando que esta cantidad representa un costo considerable para los potenciales oferentes, especialmente en el caso de equipos y productos de valor elevado.
Asimismo, solicitamos evaluar la posibilidad de reducir la exigencia a una (1) muestra por cada ítem ofertado, dado que una unidad resultaría suficiente para realizar la inspección visual, verificar las especificaciones técnicas y efectuar las pruebas previstas en el PBC.
Alternativamente, solicitamos que para los equipos se permita acreditar el cumplimiento mediante catálogos, fichas técnicas, fotografías, certificados de calidad, evitando generar gastos innecesarios que podrían limitar la participación de oferentes.
Esta solicitud se formula atendiendo a los principios de economía, eficacia, eficiencia, igualdad y libre competencia establecidos en la Ley N.º 7021/2022.
De:
DA SILVA GONZALEZ, RODRIGO FERNANDO
4837407-5 - RODRIGO FERNANDO DA SILVA GONZALEZ
Consulta:
En el apartado correspondiente a “Muestras”, el Pliego de Bases y Condiciones establece la presentación de dos (2) muestras por cada ítem ofertado.
Al respecto, solicitamos respetuosamente aclarar cuál es la justificación técnica para exigir dos muestras por cada ítem, considerando que esta cantidad representa un costo considerable para los potenciales oferentes, especialmente en el caso de equipos y productos de valor elevado.
Asimismo, solicitamos evaluar la posibilidad de reducir la exigencia a una (1) muestra por cada ítem ofertado, dado que una unidad resultaría suficiente para realizar la inspección visual, verificar las especificaciones técnicas y efectuar las pruebas previstas en el PBC.
Alternativamente, solicitamos que para los equipos se permita acreditar el cumplimiento mediante catálogos, fichas técnicas, fotografías, certificados de calidad, evitando generar gastos innecesarios que podrían limitar la participación de oferentes.
Esta solicitud se formula atendiendo a los principios de economía, eficacia, eficiencia, igualdad y libre competencia establecidos en la Ley N.º 7021/2022.
Al respecto, esta Convocante se ratifica en lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), por lo que NO SE HACE LUGAR a lo solicitado.
La exigencia de presentar dos (2) unidades de muestra por cada ítem responde a la necesidad de garantizar la transparencia, la seguridad jurídica y la integridad del proceso de evaluación, en concordancia con los principios de la Ley N.º 7021/2022 de Suministros y Contrataciones Públicas:
La primera muestra es asignada al Comité de Evaluación para la realización de los ensayos técnicos, pruebas funcionales y de resistencia correspondientes. La segunda muestra se resguarda intacta bajo estricta cadena de custodia como contramuestra de seguridad. Esta medida es indispensable para resolver eventuales protestas, reconsideraciones o peritajes independientes, garantizando que tanto el Estado como los oferentes cuenten con un respaldo físico idéntico y sin alteraciones ante cualquier controversia.
Para los bienes requeridos en este llamado, la verificación meramente documental (catálogos o fichas técnicas) resulta insuficiente para comprobar la calidad de los materiales, la ergonomía, la durabilidad y el comportamiento operativo real de los productos.
Los costos derivados de la provisión de muestras forman parte del riesgo comercial inherente a la participación en los procesos de contratación pública. Al ser un requisito exigido de manera uniforme a todas las empresas interesadas, se salvaguarda el Principio de Igualdad, asegurando que la evaluación se realice bajo idénticas condiciones técnicas para todos los competidores.
Por lo tanto, a fin de asegurar la máxima eficiencia en el gasto público y garantizar que los bienes adquiridos cumplan con los estándares de calidad necesarios para el cumplimiento de los fines institucionales, se mantiene invariable la exigencia de las dos (2) muestras solicitadas
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MUESTRAS
DOS MUESTRAS POR CADA ÍTEM. Sírvase justificar técnica y económicamente por qué se exige la presentación de DOS (2) muestras físicas por cada ítem, indicando qué prueba requiere necesariamente dos unidades del mismo producto y por qué no resulta suficiente una sola muestra para verificar el cumplimiento de las EETT. -
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
Consulta:
DOS MUESTRAS POR CADA ÍTEM. Sírvase justificar técnica y económicamente por qué se exige la presentación de DOS (2) muestras físicas por cada ítem, indicando qué prueba requiere necesariamente dos unidades del mismo producto y por qué no resulta suficiente una sola muestra para verificar el cumplimiento de las EETT. -
Al respecto, esta Convocante ratifica la exigencia de dos (2) muestras por cada ítem ofertado, por lo que NO SE HACE LUGAR a la modificación solicitada.
La exigencia de dos (2) unidades no responde a una duplicación arbitraria de las pruebas, sino a la división de funciones esenciales dentro del proceso de control de calidad:
Para verificar fielmente el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas (EETT), el Comité de Evaluación requiere someter la primera muestra a pruebas de esfuerzo, funcionamiento continuo, mediciones de tolerancia y, según el tipo de producto, ensayos que conllevan el desgaste, alteración o desarme del bien. Una sola unidad se vuelve técnicamente insuficiente debido a que, una vez manipulada o alterada en los ensayos, pierde su estado original de fábrica.
La segunda muestra permanece intacta, sellada y bajo estricta cadena de custodia. Su existencia es indispensable para actuar como testigo ante cualquier impugnación, protesta o peritaje posterior. Si se utilizara una sola muestra y esta sufriera modificaciones durante las pruebas, el oferente o el Estado quedarían en situación de indefensión jurídica al no contar con un bien idéntico y sin alterar para dirimir discrepancias.
El costo de realizar una adjudicación errónea basada únicamente en catálogos o en una sola muestra alterada representa un riesgo financiero drásticamente mayor para los fondos públicos (en concepto de fallas prematuras, procesos de resolución de contrato por incumplimiento o reposiciones) que el costo marginal que asumen los oferentes al suministrar las muestras.
En el marco de la Ley N.º 7021/2022, la provisión de muestras constituye un costo operativo propio del riesgo comercial de contratar con el Estado. Dado que este requisito se aplica con el mismo rigor y de manera uniforme para todas las empresas participantes, se preserva plenamente el Principio de Igualdad, garantizando que la competencia se base en la certeza técnica absoluta de lo que se va a adquirir.
Por lo expuesto, la presentación de dos muestras garantiza de forma simultánea la idoneidad del bien a ser adquirido y la transparencia del proceso de evaluación
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PROPORCIONALIDAD Y COSTO DE LAS MUESTRAS
Considerando el valor comercial de las desmalezadoras y fumigadoras, sírvase informar si se realizó un análisis del costo que representa para cada potencial oferente disponer anticipadamente de dos unidades por ítem únicamente para participar, y si se evaluó el posible efecto restrictivo de dicha exigencia sobre la concurrencia
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
Consulta:
Considerando el valor comercial de las desmalezadoras y fumigadoras, sírvase informar si se realizó un análisis del costo que representa para cada potencial oferente disponer anticipadamente de dos unidades por ítem únicamente para participar, y si se evaluó el posible efecto restrictivo de dicha exigencia sobre la concurrencia
Al respecto, esta Convocante ratifica las exigencias establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), manifestando que los requisitos exigidos no constituyen una barrera restrictiva ni vulneran la concurrencia en el presente llamado.
Para equipos motorizados de uso intensivo como desmalezadoras y fumigadoras, la verificación meramente documental o visual es inviable para garantizar la inversión pública. Esta Convocante sí ha evaluado los costos asociados, concluyendo que el riesgo económico para el Estado de adquirir flotas de equipos que presenten fallas estructurales, problemas de carburación, o desprendimiento de componentes durante el uso real, supera con creces el costo marginal de la presentación de las muestras.
El costo para los oferentes no es a fondo perdido. Las muestras presentadas por las firmas que no resulten adjudicadas serán devueltas en su totalidad una vez concluido el proceso de evaluación y firme la adjudicación, en el estado en que se encuentren tras los ensayos. El requerimiento se aplica de manera uniforme a todos los interesados, salvaguardando el Principio de Igualdad y asegurando que las empresas participantes cuenten con la solvencia técnica y el soporte de stock necesario para cumplir con un contrato de esta envergadura.
Por lo tanto, la exigencia de las dos (2) unidades es proporcional a la naturaleza de los equipos, idónea para proteger el patrimonio público y legalmente válida para asegurar la eficiencia del suministro.
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MECANISMOS ALTERNATIVOS DE CUMPLIMIENTO DE LAS EETT
Se solicita a la convocante reconsiderar la exigencia de dos muestras por ítem, permitiendo una sola muestra o en su caso catálogos, fichas técnicas y certificados, o subsidiariamente requiriendo las muestras físicas al oferente mejor evaluado antes de la adjudicación, como mecanismos menos gravosos para acreditar el cumplimiento técnico
15-09-2026
16-09-2026
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE CUMPLIMIENTO DE LAS EETT
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
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Se solicita a la convocante reconsiderar la exigencia de dos muestras por ítem, permitiendo una sola muestra o en su caso catálogos, fichas técnicas y certificados, o subsidiariamente requiriendo las muestras físicas al oferente mejor evaluado antes de la adjudicación, como mecanismos menos gravosos para acreditar el cumplimiento técnico
Al respecto, esta Convocante NO HACE LUGAR a la reconsideración solicitada, ratificándose en la exigencia de dos (2) muestras por ítem en el momento de la presentación de las ofertas.
Requerir las muestras físicas únicamente al oferente mejor evaluado en una etapa posterior desvirtúa el principio de igualdad de oportunidades y simultaneidad en la evaluación de las ofertas. El Comité de Evaluación debe contrastar, en un mismo acto y bajo las mismas condiciones ambientales y de campo, el rendimiento y la calidad de los motores, componentes y sistemas de pulverización de todas las marcas propuestas para garantizar una puntuación técnica objetiva y transparente.
Los catálogos, fichas técnicas y certificados de fábrica constituyen declaraciones de cumplimiento teórico. Sin embargo, para equipos de uso rudo como desmalezadoras y fumigadoras, la experiencia e historial de compras públicas demuestra que la calidad de los plásticos, la resistencia del chasis a las vibraciones, la estabilidad de los motores de dos tiempos y la ergonomía del arnés solo pueden validarse mediante pruebas dinámicas de campo en la primera muestra.
En el marco de la Ley N.º 7021/2022, esta exigencia se fundamenta en la maximización de la Eficiencia y Eficacia del suministro público. El requerimiento no confisca los bienes; todos los equipos que no resulten adjudicados serán devueltos a los oferentes una vez concluido el proceso licitatorio, por lo que el impacto económico se limita al costo de oportunidad temporal, el cual es uniforme para todos los competidores y proporcional al volumen del llamado.
Por lo tanto, en aras de salvaguardar el correcto funcionamiento de las herramientas de trabajo a ser adquiridas y garantizar la máxima seguridad jurídica del proceso, se mantiene lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
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DUPLICIDAD ENTRE MUESTRAS Y CATÁLOGOS.
Considerando que el PBC exige muestras físicas y además catálogos/folletos para todos los ítems, sírvase justificar la necesidad de exigir simultáneamente ambos mecanismos e indicar concretamente qué características no pueden verificarse mediante la documentación técnica del fabricante
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
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Considerando que el PBC exige muestras físicas y además catálogos/folletos para todos los ítems, sírvase justificar la necesidad de exigir simultáneamente ambos mecanismos e indicar concretamente qué características no pueden verificarse mediante la documentación técnica del fabricante
Al respecto, esta Convocante ratifica las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), manteniendo la obligatoriedad de presentar de forma simultánea tanto la documentación técnica como las muestras físicas.
La presentación de catálogos y muestras físicas no constituye una duplicación innecesaria, sino una herramienta de validación cruzada. Mientras que la documentación técnica del fabricante acredita el cumplimiento teórico y las especificaciones nominales de los equipos, las muestras físicas permiten comprobar de manera empírica la calidad real y la adaptabilidad de las desmalezadoras y fumigadoras en las condiciones de trabajo de la institución.
Los folletos no permiten evaluar el grosor, la flexibilidad ni la resistencia al impacto de los plásticos de los tanques de las fumigadoras, la rigidez del chasis o la robustez de las transmisiones y barras de las desmalezadoras ante esfuerzos mecánicos extremos.
Un catálogo puede citar el peso en seco del equipo, pero no permite comprobar el centro de gravedad, el nivel de vibración real transmitido al operario a través del manillar bajo revoluciones de trabajo, ni la calidad, acolchado y sujeción de los arneses de seguridad. Estos factores son críticos para la salud ocupacional del personal de campo.
Aspectos como la flexibilidad y resistencia de las mangueras de pulverización, la precisión de las boquillas, la calidad del cordón y del sistema de arranque retráctil del motor solo pueden validarse mediante la manipulación física directa del equipo.
La muestra física es indispensable para contrastar que el equipo ofertado en los papeles coincida exactamente en todas sus partes, marcas de componentes (carburador, bujía, pistón) y acabados con lo descrito en la literatura técnica promocional del fabricante.
Por lo tanto, la coexistencia de ambos requisitos es técnicamente indispensable bajo los principios de Eficacia y Eficiencia de la Ley N.º 7021/2022, asegurando que el Estado reciba bienes con el rendimiento práctico necesario y no solo promesas contenidas en un documento impreso.
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PRUEBAS DE LAS MUESTRAS
Se solicita a la convocante detallar la metodología aplicable a las pruebas de funcionamiento de las desmalezadoras y fumigadoras, indicando duración, condiciones de operación, parámetros mínimos de aprobación, instrumentos utilizados y qué prueba específica será realizada sobre cada una de las dos muestras exigidas. PRUEBA DE PRESIÓN Y FUGAS. Respecto de las fumigadoras, se solicita establecer objetivamente los valores de presión, duración de la prueba, tolerancias y demás parámetros que determinarán la aprobación o rechazo de la muestra, indicando asimismo cómo quedarán documentados los resultados
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
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Se solicita a la convocante detallar la metodología aplicable a las pruebas de funcionamiento de las desmalezadoras y fumigadoras, indicando duración, condiciones de operación, parámetros mínimos de aprobación, instrumentos utilizados y qué prueba específica será realizada sobre cada una de las dos muestras exigidas. PRUEBA DE PRESIÓN Y FUGAS. Respecto de las fumigadoras, se solicita establecer objetivamente los valores de presión, duración de la prueba, tolerancias y demás parámetros que determinarán la aprobación o rechazo de la muestra, indicando asimismo cómo quedarán documentados los resultados
Al respecto, las mismas estan establecidas en el PBC ELECTRONICO - Inspección Visual:
Verificar el estado general de los equipos y productos, buscando daños, golpes, fugas, corrosión o piezas faltantes.
Confirmar que los empaques, etiquetas y documentación coincidan con lo solicitado en la orden de compra.
Verificación de Documentación:
Revisar certificados de calidad, instrucciones de uso y fichas técnicas.
Confirmar que las cipermetrinas y otros insumos cumplen con las especificaciones y normativas vigentes.
Pruebas de Funcionamiento:
En el caso de las desmalezadoras y fumigadoras, realizar pruebas en un área controlada para verificar arranque, funcionamiento del motor, sistemas de transmisión y boquillas.
Comprobar que los mecanismos de control y seguridad operen correctamente.
Pruebas de Presión y Fugas:
Para los equipos de fumigación, realizar pruebas de presión para asegurar que no existan fugas en las mangueras, válvulas y boquillas.
Verificar la uniformidad en la pulverización.
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CUSTODIA, DAÑOS Y DEVOLUCIÓN DE MUESTRAS.
Se solicita a la convocante aclarar quién asumirá la responsabilidad por daños, deterioros, pérdida de valor comercial o desperfectos ocasionados durante las pruebas o mientras las muestras permanezcan bajo custodia de la Convocante, así como el plazo y condiciones en que serán devueltas a los oferentes.
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
Consulta:
Se solicita a la convocante aclarar quién asumirá la responsabilidad por daños, deterioros, pérdida de valor comercial o desperfectos ocasionados durante las pruebas o mientras las muestras permanezcan bajo custodia de la Convocante, así como el plazo y condiciones en que serán devueltas a los oferentes.
Al respecto, la Municipalidad de Luque conforme si sucediese asumira dichos riesgos
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METODO DE ADJUDICACION Y RECHAZO DE OFERTAS
Se solicita a la convocante la justificacion técnica y económica de la adopción del sistema de adjudicación por TOTAL, considerando que desmalezadoras y fumigadoras constituyen bienes diferenciados, y aclarar si el incumplimiento de una sola muestra ocasionará el rechazo de la totalidad de la oferta. Asimismo, sírvase considerar la adjudicación por ítem a efectos de ampliar la participación y competencia.
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
Consulta:
Se solicita a la convocante la justificacion técnica y económica de la adopción del sistema de adjudicación por TOTAL, considerando que desmalezadoras y fumigadoras constituyen bienes diferenciados, y aclarar si el incumplimiento de una sola muestra ocasionará el rechazo de la totalidad de la oferta. Asimismo, sírvase considerar la adjudicación por ítem a efectos de ampliar la participación y competencia.
Al respecto, esta Convocante ratifica el sistema de adjudicación por el TOTAL del llamado, por lo que NO SE HACE LUGAR a la solicitud de modificar la adjudicación por ítems.
Las desmalezadoras y fumigadoras requeridas en esta licitación están destinadas a conformar kits o unidades operativas conjuntas para las cuadrillas de campo de la institución. Adjudicar a un único proveedor garantiza la uniformidad en los planes de entrega, la coordinación logística en la distribución y la estandarización de las capacitaciones de uso para los funcionarios.
Desde la perspectiva económica y administrativa de la Ley N.º 7021/2022, la adjudicación por el total permite obtener precios unitarios más ventajosos gracias a la economía de escala. Además, optimiza drásticamente el servicio posventa: la institución centraliza los reclamos de garantía, la provisión de repuestos originales, los mantenimientos preventivos y el soporte técnico en un único contratista responsable, evitando la dispersión de contratos y conflictos de responsabilidad entre talleres autorizados distintos.
Dado que el sistema de adjudicación es por el TOTAL, los oferentes deben contar con la capacidad técnica y operativa de suministrar la totalidad de las herramientas solicitadas bajo los estándares exigidos. En consecuencia, la no presentación o el incumplimiento técnico de las dos (2) muestras correspondientes a cualquiera de los ítems del llamado ocasionará el rechazo total de la oferta, al no cumplir de forma íntegra con las bases esenciales del Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Por lo tanto, se mantiene invariable la modalidad de adjudicación establecida, orientada a resguardar la máxima eficiencia operativa y contractual del Estado.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
Cpn respecto a la solicitud de EXPERIENCIA DEL 50%, se solicita a la conovcante justificar la razonabilidad y proporcionalidad de exigir experiencia equivalente al 50% del monto máximo del contrato, considerando que se trata de un Contrato Abierto en el cual la Convocante no se encuentra obligada a requerir las cantidades o montos máximos adjudicados. asimismo, sobre el TIPO DE EXPERIENCIA ADMITIDA, El PBC requiere experiencia en provisión de “herramientas - fumigadoras y desmalezadoras”. Se solicita aclarar si necesariamente deberá acreditarse experiencia conjunta y específica en dichos bienes o si serán admitidas experiencias en herramientas, equipos, maquinarias o bienes similares o equivalentes vinculados con el objeto de la contratación.
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
Consulta:
Cpn respecto a la solicitud de EXPERIENCIA DEL 50%, se solicita a la conovcante justificar la razonabilidad y proporcionalidad de exigir experiencia equivalente al 50% del monto máximo del contrato, considerando que se trata de un Contrato Abierto en el cual la Convocante no se encuentra obligada a requerir las cantidades o montos máximos adjudicados. asimismo, sobre el TIPO DE EXPERIENCIA ADMITIDA, El PBC requiere experiencia en provisión de “herramientas - fumigadoras y desmalezadoras”. Se solicita aclarar si necesariamente deberá acreditarse experiencia conjunta y específica en dichos bienes o si serán admitidas experiencias en herramientas, equipos, maquinarias o bienes similares o equivalentes vinculados con el objeto de la contratación.
Al respecto, esta Convocante ratifica el porcentaje de experiencia exigido y realiza las aclaraciones pertinentes respecto al tipo de experiencia admitida:
Aunque el Contrato Abierto establece un rango entre un monto mínimo y un monto máximo (sin obligación de agotar el tope), la Convocante debe garantizar por ley que el adjudicado posea la solvencia financiera, operativa y logística para responder de manera inmediata si la institución decide requerir el 100% de los bienes en un solo pedido de compra.
Exigir el 50% del monto máximo es un criterio estándar, razonable y proporcional en las contrataciones públicas de Paraguay. No representa una barrera de acceso, sino un filtro prudente para mitigar el riesgo de contratar con empresas que carezcan de la estructura para sostener el flujo de stock, la distribución y el soporte de mantenimiento exigido por el Estado en llamados de esta envergadura.
Con el objetivo de salvaguardar los principios de Libre Competencia e Igualdad, esta Convocante aclara que NO es obligatoria la presentación de experiencia conjunta ni exclusiva en desmalezadoras y fumigadoras de forma simultánea en un mismo contrato anterior.
Serán plenamente válidas y computables aquellas experiencias que acrediten la provisión de herramientas, equipos agrícolas, maquinarias de jardinería, implementos forestales, repuestos o bienes similares vinculados al rubro del objeto de la contratación. Las ofertas serán evaluadas sumando los montos de los contratos previos que cumplan con esta naturaleza afín, facilitando así la participación de un mayor número de oferentes del sector técnico-comercial.
Por lo tanto, se mantiene invariable el porcentaje requerido, dándose por aclarado el criterio de similitud para la acreditación de la experiencia.
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PLAZO DE ENTREGA, COSTOS Y DISPONIBILIDAD DE STOCK
Se solicita a la convocante justificar técnicamente el plazo de cinco (5) días hábiles para cada entrega y aclarar si dicha condición implica que el adjudicatario deberá mantener stock permanente de los equipos durante toda la vigencia del Contrato Abierto, indicando si se realizó previamente un análisis de disponibilidad de dichos productos en el mercado nacional como asi los costos que generaria A las mipymes a las cuales van dirigidos los llamados de la modalidad Menor Cuantia Nacional MCN. Se solicita reconsiderar el plazo y extenderlo a 10 dias habiles.
15-09-2026
16-09-2026
PLAZO DE ENTREGA, COSTOS Y DISPONIBILIDAD DE STOCK
De:
Toledo Morinigo, Milciades
80056552-5 - COMACO S.R.L.
Consulta:
Se solicita a la convocante justificar técnicamente el plazo de cinco (5) días hábiles para cada entrega y aclarar si dicha condición implica que el adjudicatario deberá mantener stock permanente de los equipos durante toda la vigencia del Contrato Abierto, indicando si se realizó previamente un análisis de disponibilidad de dichos productos en el mercado nacional como asi los costos que generaria A las mipymes a las cuales van dirigidos los llamados de la modalidad Menor Cuantia Nacional MCN. Se solicita reconsiderar el plazo y extenderlo a 10 dias habiles.
Al respecto, esta Convocante NO HACE LUGAR a la reconsideración del plazo, ratificándose en el periodo de entrega de cinco (5) días hábiles establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Los llamados bajo la modalidad de Menor Cuantía Nacional (MCN) están diseñados precisamente para canalizar adquisiciones ágiles de montos menores y responder a necesidades institucionales perentorias. Las desmalezadoras y fumigadoras se requieren para intervenir de forma inmediata en campañas de limpieza, control de malezas y mitigación de vectores de enfermedades endémicas (como el dengue). Un plazo extendido a 10 días hábiles paralizaría las cuadrillas operativas, afectando la eficiencia de los servicios públicos.
Previo al lanzamiento del llamado, esta Convocante realizó el correspondiente estudio de mercado, constatando que los equipos solicitados corresponden a modelos comerciales estándar y de alta rotación en el mercado paraguayo. Existe suficiente stock local, importadores directos y distribuidores mayoristas que permiten a los proveedores locales abastecerse de manera inmediata.
Al tratarse de un Contrato Abierto, el adjudicatario no está obligado a incurrir en costos financieros de almacenamiento masivo o mantener congelado el stock de la totalidad del monto máximo durante toda la vigencia contractual. El proveedor debe gestionar su cadena de suministro basándose en la previsión del llamado, asegurando tener disponibles únicamente las unidades que la institución formalice a través de cada Orden de Compra específica.
Si bien la Ley N.º 7021/2022 promueve activamente la participación de las MIPYMES, el principio de Eficacia obliga a que los beneficios otorgados a este sector no comprometan el cumplimiento misional del Estado. Las micro, pequeñas y medianas empresas del rubro técnico-comercial cuentan con la agilidad logística para retirar los equipos de los distribuidores locales y entregarlos en el plazo establecido, por lo que el requisito es proporcional a la naturaleza simplificada de una MCN.
Por lo tanto, en atención a la agilidad que reviste el procedimiento y la disponibilidad comercial de los bienes, se mantiene invariable el plazo de entrega de 5 días hábiles.