Se solicita respetuosamente la reconsideración de los criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros establecidos como condición de admisión y/o evaluación.
El PBC establece el siguiente indicador financiero:
b. Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025).
Al respecto, consideramos que el parámetro establecido podría restringir la participación de oferentes que, aun contando con una situación financiera razonablemente saludable y cumpliendo con los demás requisitos técnicos, legales y administrativos exigidos, podrían no alcanzar dicho límite por márgenes reducidos.
En ese sentido, solicitamos respetuosamente que el parámetro sea reconsiderado y ajustado de la siguiente manera:
b. Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025).
La presente solicitud tiene como finalidad favorecer una mayor concurrencia y participación de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo la participación de empresas que demuestren estabilidad económica y operativa y que se encuentren en condiciones de cumplir adecuadamente con las obligaciones derivadas del contrato.
Agradecemos se sirvan considerar la presente solicitud.
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita respetuosamente la reconsideración de los criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros establecidos como condición de admisión y/o evaluación.
El PBC establece el siguiente indicador financiero:
b. Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025).
Al respecto, consideramos que el parámetro establecido podría restringir la participación de oferentes que, aun contando con una situación financiera razonablemente saludable y cumpliendo con los demás requisitos técnicos, legales y administrativos exigidos, podrían no alcanzar dicho límite por márgenes reducidos.
En ese sentido, solicitamos respetuosamente que el parámetro sea reconsiderado y ajustado de la siguiente manera:
b. Endeudamiento: Pasivo Total / Activo Total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025).
La presente solicitud tiene como finalidad favorecer una mayor concurrencia y participación de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo la participación de empresas que demuestren estabilidad económica y operativa y que se encuentren en condiciones de cumplir adecuadamente con las obligaciones derivadas del contrato.
Agradecemos se sirvan considerar la presente solicitud.
Buenos días, conforme a la manifestación formulada por la Dirección General de Informática, Tecnologías e Innovación de la SEPRELAD, en su carácter de dependencia técnica encargada de elaborar las EETT y datos conexos, se procede a mencionar cuanto sigue: "Los criterios de evaluación han sido verificados y autorizados por MITIC. Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones".