Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 ESPECIFICACIONES TECNICAS - ITEM 5 Fórmula Hipercalórica - hiperproteica polvo. El pliego de bases y condiciones solicita una presentación de LATA por 850 gramos como mínimo. Solicitamos respetuosamente a la Convocante aceptar productos con presentación en POTE de 400 gramos como mínimo, a fin de brindar mayor oportunidad de participación a los oferentes y evitar el direccionamiento hacia una marca especifica. 28-08-2026
2 PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES El Pliego de bases y condiciones establece 50% del bien adjudicado 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra por parte del Proveedor. Solicitamos a la Convocante ampliar el plazo de entrega a por los menos 20 (veinte) días hábiles, teniendo en cuenta la cantidad y el proceso de fabricación de los mismos. Asimismo solicitamos que se establezca un plazo de emisión de la orden, una vez firmado el contrato. En cuanto al porcentaje restante, establece que el 50% restante conforme a necesidad del hospital. Solicitamos a la Convocante establecer un plazo mínimo de 20 (veinte) días hábiles para la entrega de los mismos. 28-08-2026
3 PORCENTAJE DE MULTA El porcentaje de multa establecido es de 0,30%. Solicitamos a la Convocante replantear el porcentaje y unificar el mismo al porcentaje de la tasa de interés por mora por parte de la contratante, es decir a 0.02% a fin de lograr una igualdad de condiciones entre las partes. 28-08-2026
4 Especificaciones Técnicas: Item 1 Se solicita a la Convocante considerar la modificación de las especificaciones técnicas correspondientes al contenido de carbohidratos, estableciendo “55 g como mínimo por cada 100 g de producto”. 31-08-2026
5 Especificaciones Técnicas: Item 1 Solicitamos a la convocante modificar la especificación correspondiente a triglicéridos de cadena media (TCM), de manera que quede establecida como: “Con triglicéridos de cadena media (TCM), no excluyente.” 31-08-2026
6 Especificaciones Técnicas: Item 2 Se solicita a la Convocante considerar la modificación de las especificaciones técnicas, de manera que la condición quede establecida como: “Libre de sacarosa, lactosa (no excluyente) y gluten.” 31-08-2026
7 Especificaciones Técnicas: Item 19 En el PBC, en las especificaciones técnicas para el ítem 19 solicitan: “BOLSA TRICAMERAL CON SOLUCION DE GLUCOSA (185- 190g), SOLUCION DE AMINOACIDOS (70-75g), EMULSIÓN DE LÍPIDOS (55-60g) CON DISTRIBUCIÓN DE LA FUENTE DE LÍPIDOS: 15% ACEITE DE PESCADO, 25% ACEITE DE OLIVA, 30% TCM, 30% ACEITE DE SOJA, OSMOLARIDAD: 1500 mOsm/L: 1600 kcal” Solicitamos modificar lo requerido a: “Bolsa tricameral con solución de glucosa (180-190 g), solución de aminoácidos (70-75 g), emulsión lipídica MCT/LCT (45-55 g) con aceite de pescado (5-6 g). Osmolaridad: 1500 ±50 mOsm/l. Aporte calórico 1500 ±50 kcal. Presentación en bolsa de 1200-1500 ml. Criterio de evaluación: kcal/ml.” El rango de valores actualmente descriptos en el PBC dirige las especificaciones técnicas a una única marca en el mercado . Solicitamos considerar rangos de valores que permitan la participación de productos de otras marcas disponibles en el mercado y cuyas características no difieren ni dificultan la aplicación ni la indicación clínica del producto requerido. Asimismo, la distribución descripta para el contenido de lípidos corresponde únicamente a un producto en el mercado ya que es el que contiene aceite de oliva como fuente de LCT.  ¿Por qué solicitar explícitamente la proporción de aceites que son fuentes de LCT (aceite de oliva, aceite de soja) y no describirlo de manera general como “triglicéridos de cadena larga (LCT)”? Tal como se considera para los triglicéridos de cadena media MCT.  ¿Por qué limitar la osmolaridad a 1500 mOsml/l? ¿Por qué no se podría considerar productos con una pequeña diferencia de osmolaridad de 1500 ±50 mOsm/l?  ¿Por qué limitar el aporte energético a 1600 kcal/l? ¿Por qué no se podría considerar productos con un aporte energético de 1600±150 kcal/l? Considerando además que en nutrición clínica lo importante es un mayor aporte energético en un menor volumen de solución. 31-08-2026
8 VENCIMIENTO Teniendo en cuenta que se trata de fórmulas nutricionales, solicitamos a la convocante modificar el vencimiento mínimo de los productos a 15 (quince) meses. Proponemos que el punto quede redactado de la siguiente manera: El vencimiento mínimo de los productos no deberá ser inferior a 15 (quince) meses desde la recepción de los bienes adjudicados. Podrán ser recepcionados productos con vencimiento menor a lo establecido en los siguientes casos: 1- Por la naturaleza de los mismos (vencimiento natural menor a lo establecido u otro), debidamente fundamentados mediante nota emitida a la Administradora del Contrato/Actividad 07 Asistencia Integral al Personal Policial por parte de la empresa adjudicada; y, 2- Por necesidad de la Institución, En caso que el vencimiento sea inferior a 12 (doce) meses y la recepción deberá ser autorizada por escrito por la Administradora del Contrato/Actividad 07 Asistencia Integral al Personal Policial, con la firma del Jefe/a del Departamento de Suministro y/o un representante designado por el mismo, esta autorización será anexada a los documentos de recepción de los bienes y el oferente deberá presentar además una Carta de Compromiso de Canje con validez hasta el plazo de vencimiento y Póliza de Seguro por el monto total del producto entregado con plazo diferente al establecido; la validez de dicha póliza deberá ser de por lo menos 3 (tres) meses posteriores a la fecha del vencimiento del producto a entregar. 31-08-2026
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