Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
Se solicita remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), cuyos criterios y requisitos ya cuentan con la correspondiente aprobación del MITIC. En consecuencia, se mantienen los parámetros de capacidad financiera establecidos en el PBC, incluido el indicador de endeudamiento requerido, sin modificaciones.
2
Capacidad Técnica
en el PBC apartado "Capacidad Técnica" menciona en el punto "g. El Oferente debe contar con 1 (un) funcionario con acreditación (CISM) Certified Information Security Manager, el cual puede o no formar parte de la nómina de funcionarios. El proveedor debe certificar que cuenta con lo requerido por medio de una Declaración Jurada.", luego mas adelante en las EETT "Detalle de los bienes y/o servicios" menciona "1 (un) funcionario con acreditación (CISM) Certified Information Security Manager.(OPCIONAL)" .
vemos esto ambiguo, puesto que el requerimiento esta siendo solicitado en ambas secciones, pero en una sección menciona como opcional.
Consultamos amablemente que aclaren la obligatoriedad de este requerimiento. Esto de manera a que todos los potenciales oferentes podamos contemplar los recursos necesarios en la oferta.
De:
Eguez Gill, Gustavo Adolfo
80013979-8 - TECNOLOGIA EN ELECTRONICA E INFORMATICA SA (T.E.I.S.A.)
Consulta:
en el PBC apartado "Capacidad Técnica" menciona en el punto "g. El Oferente debe contar con 1 (un) funcionario con acreditación (CISM) Certified Information Security Manager, el cual puede o no formar parte de la nómina de funcionarios. El proveedor debe certificar que cuenta con lo requerido por medio de una Declaración Jurada.", luego mas adelante en las EETT "Detalle de los bienes y/o servicios" menciona "1 (un) funcionario con acreditación (CISM) Certified Information Security Manager.(OPCIONAL)" .
vemos esto ambiguo, puesto que el requerimiento esta siendo solicitado en ambas secciones, pero en una sección menciona como opcional.
Consultamos amablemente que aclaren la obligatoriedad de este requerimiento. Esto de manera a que todos los potenciales oferentes podamos contemplar los recursos necesarios en la oferta.
Se aclara que el requisito de contar con 1 (un) funcionario con acreditación CISM (Certified Information Security Manager) es de carácter OPCIONAL, conforme se encuentra indicado en las Especificaciones Técnicas (EETT) del PBC. Por tanto, dicha acreditación no será considerada como requisito obligatorio o excluyente para la presentación y evaluación de las ofertas.
3
Solicitud de eliminación del requisito: Certificación ISO 9001
Se solicita respetuosamente a la Entidad Convocante la eliminación de la exigencia de la Certificación ISO 9001, dado que la norma ISO 9001 avala únicamente sistemas de gestión de procesos organizacionales y no la calidad técnica intrínseca. Mantener este requisito como condición obligatoria o habilitante limita la amplia participación, al restringir innecesariamente la concurrencia de proveedores que cumplen con la totalidad de las especificaciones técnicas demandadas.
07-09-2026
08-09-2026
Solicitud de eliminación del requisito: Certificación ISO 9001
De:
LOPEZ FRIZZOTTI, FRANCISCO MATIAS
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita respetuosamente a la Entidad Convocante la eliminación de la exigencia de la Certificación ISO 9001, dado que la norma ISO 9001 avala únicamente sistemas de gestión de procesos organizacionales y no la calidad técnica intrínseca. Mantener este requisito como condición obligatoria o habilitante limita la amplia participación, al restringir innecesariamente la concurrencia de proveedores que cumplen con la totalidad de las especificaciones técnicas demandadas.
Se solicita remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), el cual ya cuenta con la correspondiente aprobación del MITIC. Se mantiene el requisito de Certificación ISO 9001, considerando que el mismo busca garantizar a la Convocante que el oferente adjudicado cuente con un Sistema de Gestión de la Calidad basado en estándares internacionales, que asegure procesos organizacionales definidos, controlados y orientados a la mejora continua para la adecuada prestación de los servicios objeto de la contratación.
4
Solicitud de eliminación del requisito de Certificación CISM
Se solicita respetuosamente considerar la eliminación del requisito de contar con la certificación CISM, de tal forma a fomentar el principio de Libre Concurrencia ya que la exigencia de una certificación específica, expedida por un único organismo privado internacional, podría limitar innecesariamente la participación de oferentes capacitados que cuentan con profesionales de idéntica o superior experiencia en la materia, contraviniendo los principios de equidad, transparencia y amplia participación.
07-09-2026
08-09-2026
Solicitud de eliminación del requisito de Certificación CISM
De:
LOPEZ FRIZZOTTI, FRANCISCO MATIAS
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita respetuosamente considerar la eliminación del requisito de contar con la certificación CISM, de tal forma a fomentar el principio de Libre Concurrencia ya que la exigencia de una certificación específica, expedida por un único organismo privado internacional, podría limitar innecesariamente la participación de oferentes capacitados que cuentan con profesionales de idéntica o superior experiencia en la materia, contraviniendo los principios de equidad, transparencia y amplia participación.
Remitirse a la respuesta de la Consulta N.º 2. Se aclara que el requisito correspondiente a la acreditación CISM (Certified Information Security Manager) es de carácter OPCIONAL, conforme se encuentra establecido en las Especificaciones Técnicas (EETT) del PBC, por lo que no constituye un requisito obligatorio o excluyente para los oferentes.
5
Plan de prestación de los servicios - Instalación
Atendiendo que en PBC menciona "Plan de prestación de los servicios" 18 (DIEZ Y OCHO) MESES A PARTIR DE LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE SERVICIO EMITIDA
POR EL AMINISTRADOR DEL CONTRATO. Tanto para el ITEM 1 como para el ITEM 2, pero no se indica en el resto del documento un "plazo de instalación", consultamos amablemente si estos 18 meses de servicios podrán ser tenido en cuenta POSTERIOR a la Implementación, y podrán ser tenido en cuenta un plazo de instalación (que incluye despliegue de FO + equipos + configuración + puesta en marcha) de por lo menos 30 días hábiles desde la solicitud mediante la emisión de la Orden de Servicio por el Administrador del Contrato.
Favor tener en cuenta que la envergadura de lo solicitado en el alcance técnico, amerita como mínimo un despliegue importante de planta externa, así como también la adquisición de equipamiento dedicado para este tipo de servicios, que potencialmente requerirán de exportaciones y tramites aduaneros. por lo que solicitamos tener en cuenta este plazo de instalación.
De:
Eguez Gill, Gustavo Adolfo
80013979-8 - TECNOLOGIA EN ELECTRONICA E INFORMATICA SA (T.E.I.S.A.)
Consulta:
Atendiendo que en PBC menciona "Plan de prestación de los servicios" 18 (DIEZ Y OCHO) MESES A PARTIR DE LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE SERVICIO EMITIDA
POR EL AMINISTRADOR DEL CONTRATO. Tanto para el ITEM 1 como para el ITEM 2, pero no se indica en el resto del documento un "plazo de instalación", consultamos amablemente si estos 18 meses de servicios podrán ser tenido en cuenta POSTERIOR a la Implementación, y podrán ser tenido en cuenta un plazo de instalación (que incluye despliegue de FO + equipos + configuración + puesta en marcha) de por lo menos 30 días hábiles desde la solicitud mediante la emisión de la Orden de Servicio por el Administrador del Contrato.
Favor tener en cuenta que la envergadura de lo solicitado en el alcance técnico, amerita como mínimo un despliegue importante de planta externa, así como también la adquisición de equipamiento dedicado para este tipo de servicios, que potencialmente requerirán de exportaciones y tramites aduaneros. por lo que solicitamos tener en cuenta este plazo de instalación.
Se aclara que será considerado un plazo de hasta 30 (treinta) días hábiles para la ejecución de los trabajos de instalación, incluyendo el despliegue de infraestructura, provisión e instalación de los equipos, configuración y puesta en funcionamiento de los servicios. Una vez concluida la implementación y puesta en servicio, se computará el plazo de prestación de 18 (dieciocho) meses establecido en el PBC.