Panel de control
Donde dice:
“Panel de control táctil como mínimo.”
Solicitamos modificar por:
“Panel de control con pantalla LCD de 5 líneas como mínimo, con teclas físicas de navegación y acceso directo a las principales funciones del equipo.”
La modificación solicitada permitirá ampliar la participación de oferentes y admitir equipos que, aunque no cuentan con pantalla táctil, disponen de un panel de control funcional e intuitivo, que permite configurar y ejecutar correctamente las funciones de impresión, copia, escaneo y demás operaciones requeridas.
La condición de que el panel sea exclusivamente táctil no representa una mejora sustancial en el rendimiento, la productividad ni la calidad de impresión del equipo, por lo que mantener dicho requisito podría limitar innecesariamente la concurrencia sin aportar una ventaja técnica relevante para la institución.
“Panel de control con pantalla LCD de 5 líneas como mínimo, con teclas físicas de navegación y acceso directo a las principales funciones del equipo.”
La modificación solicitada permitirá ampliar la participación de oferentes y admitir equipos que, aunque no cuentan con pantalla táctil, disponen de un panel de control funcional e intuitivo, que permite configurar y ejecutar correctamente las funciones de impresión, copia, escaneo y demás operaciones requeridas.
La condición de que el panel sea exclusivamente táctil no representa una mejora sustancial en el rendimiento, la productividad ni la calidad de impresión del equipo, por lo que mantener dicho requisito podría limitar innecesariamente la concurrencia sin aportar una ventaja técnica relevante para la institución.
Esta Convocante manifiesta que se mantiene en las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que las mismas responden a las necesidades operativas de la institución, al facilitar una interacción ágil y eficiente con las funcionalidades del entorno tecnológico institucional. Asimismo, se considera que este requerimiento no restringe la libre competencia, ya que existen en el mercado diversas marcas y modelos de fabricación reciente que cumplen con la característica mínima requerida. En consecuencia, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
2
Item 10 - Especificaciones Técnicas
Velocidad de impresión en tamaño A4
Donde dice:
“Velocidad de impresión A4: 25 ppm como mínimo.”
Solicitamos modificar por:
“Velocidad de impresión A4: 21 ppm como mínimo.”
La modificación solicitada permitirá una mayor concurrencia de oferentes, favoreciendo la participación de equipos que cumplen plenamente con las necesidades operativas de la institución.
La diferencia entre 21 y 25 páginas por minuto representa únicamente 4 páginas por minuto, variación que no impacta significativamente en el desempeño del equipo para el volumen de trabajo requerido. En consecuencia, mantener el requisito de 25 ppm limita innecesariamente la libre competencia sin generar un beneficio técnico o funcional proporcional para la entidad contratante.
La modificación solicitada permitirá una mayor concurrencia de oferentes, favoreciendo la participación de equipos que cumplen plenamente con las necesidades operativas de la institución.
La diferencia entre 21 y 25 páginas por minuto representa únicamente 4 páginas por minuto, variación que no impacta significativamente en el desempeño del equipo para el volumen de trabajo requerido. En consecuencia, mantener el requisito de 25 ppm limita innecesariamente la libre competencia sin generar un beneficio técnico o funcional proporcional para la entidad contratante.
En base a lo consultado, esta Convocante informa que la velocidad mínima de impresión requerida fue definida conforme a las necesidades operativas de la institución, buscando asegurar un nivel de rendimiento adecuado para el desarrollo de las actividades institucionales, en ese sentido, se considera pertinente mantener las especificaciones técnicas establecidas para el mencionado ítem, por tanto, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
3
Item 10 - Especificaciones Técnicas
**Velocidad de copia en tamaño A4**
Donde dice:
“Velocidad de copia A4: 26 cpm como mínimo.”
Solicitamos modificar por:
“Velocidad de copia A4: 21 cpm como mínimo.”
La modificación solicitada permitirá una mayor participación de oferentes, promoviendo la libre competencia y posibilitando la oferta de equipos que satisfacen adecuadamente las necesidades operativas de la institución.
La diferencia de 5 copias por minuto no representa un impacto significativo en la productividad para el uso previsto, considerando que el equipo mantiene las demás prestaciones técnicas requeridas. En consecuencia, mantener el requisito de 26 cpm restringe innecesariamente la concurrencia de oferentes sin traducirse en un beneficio técnico proporcional para la entidad contratante.
La modificación solicitada permitirá una mayor participación de oferentes, promoviendo la libre competencia y posibilitando la oferta de equipos que satisfacen adecuadamente las necesidades operativas de la institución.
La diferencia de 5 copias por minuto no representa un impacto significativo en la productividad para el uso previsto, considerando que el equipo mantiene las demás prestaciones técnicas requeridas. En consecuencia, mantener el requisito de 26 cpm restringe innecesariamente la concurrencia de oferentes sin traducirse en un beneficio técnico proporcional para la entidad contratante.
En atención a lo consultado, esta Convocante informa que la velocidad de copia mínima establecida, fue definido en base al rendimiento esperado del equipo, considerando que éste permite optimizar los tiempos de atención en las tareas habituales desarrolladas por la institución, en ese sentido, el requerimiento técnico definido responde a los resultados esperados en materia de eficiencia operativa y satisfacción de las necesidades institucionales en tiempo oportuno. En consecuencia, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
4
Sistema de Adjudicación
En el SICP se establece que el sistema de adjudicación será por el total de los ítems. Al respecto, solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación de dicho criterio y disponer que la adjudicación se realice por ítem, a fin de promover una mayor participación de potenciales oferentes, fortaleciendo así los principios de libre competencia e igualdad de oportunidades.
La adjudicación por ítem permitiría a la Convocante evaluar y seleccionar la oferta económicamente más conveniente para cada bien requerido, optimizando la utilización de los recursos públicos y posibilitando la obtención de mejores condiciones técnicas y económicas en beneficio de la institución.
Fundamos la presente solicitud en lo dispuesto por la Ley N.° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas", específicamente en su Artículo 4°, inciso c), referente a los principios de Economía, Eficacia y Eficiencia, que establece que el Sistema Nacional de Suministro Público debe satisfacer las necesidades públicas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado paraguayo las mejores condiciones, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, mediante la adecuada utilización de los recursos públicos.
En ese sentido, entendemos que la adjudicación por ítem contribuiría a una mayor concurrencia de oferentes, incrementando la competitividad del procedimiento y permitiendo a la Convocante obtener las condiciones más favorables para cada uno de los bienes objeto de la presente contratación.
En el SICP se establece que el sistema de adjudicación será por el total de los ítems. Al respecto, solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación de dicho criterio y disponer que la adjudicación se realice por ítem, a fin de promover una mayor participación de potenciales oferentes, fortaleciendo así los principios de libre competencia e igualdad de oportunidades.
La adjudicación por ítem permitiría a la Convocante evaluar y seleccionar la oferta económicamente más conveniente para cada bien requerido, optimizando la utilización de los recursos públicos y posibilitando la obtención de mejores condiciones técnicas y económicas en beneficio de la institución.
Fundamos la presente solicitud en lo dispuesto por la Ley N.° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas", específicamente en su Artículo 4°, inciso c), referente a los principios de Economía, Eficacia y Eficiencia, que establece que el Sistema Nacional de Suministro Público debe satisfacer las necesidades públicas con la oportunidad, calidad y costo que aseguren al Estado paraguayo las mejores condiciones, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, mediante la adecuada utilización de los recursos públicos.
En ese sentido, entendemos que la adjudicación por ítem contribuiría a una mayor concurrencia de oferentes, incrementando la competitividad del procedimiento y permitiendo a la Convocante obtener las condiciones más favorables para cada uno de los bienes objeto de la presente contratación.
Respecto a lo consultado, esta Convocante manifiesta que se mantiene el sistema de adjudicación por el total de los ítems, considerando que dicha modalidad permite una gestión más eficiente de la ejecución contractual, el seguimiento de las obligaciones asumidas por quien resulte adjudicado dentro del procedimiento de referencia y la satisfacción integral a tiempo útil de la imperante necesidad institucional. Por tanto, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
5
Sistema de Adjudicación
Solicitamos a la Convocante considerar la modificación del sistema de adjudicación, actualmente establecido por el total, a una modalidad de adjudicación por ítem.
Esta modificación permitiría una mayor participación de potenciales oferentes, promoviendo la libre concurrencia y competitividad del procedimiento, y posibilitando además la obtención de mejores condiciones económicas para cada ítem, sin afectar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas. La adjudicación por ítem permitiría a la Convocante evaluar y seleccionar la oferta económicamente más conveniente para cada bien requerido, favoreciendo una mayor competitividad y una utilización más eficiente de los recursos públicos.
En consecuencia, solicitamos considerar la modificación del sistema de adjudicación de por el total a por ítem.
Solicitamos a la Convocante considerar la modificación del sistema de adjudicación, actualmente establecido por el total, a una modalidad de adjudicación por ítem.
Esta modificación permitiría una mayor participación de potenciales oferentes, promoviendo la libre concurrencia y competitividad del procedimiento, y posibilitando además la obtención de mejores condiciones económicas para cada ítem, sin afectar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas. La adjudicación por ítem permitiría a la Convocante evaluar y seleccionar la oferta económicamente más conveniente para cada bien requerido, favoreciendo una mayor competitividad y una utilización más eficiente de los recursos públicos.
En consecuencia, solicitamos considerar la modificación del sistema de adjudicación de por el total a por ítem.
Respecto a lo consultado, esta Convocante manifiesta que se mantiene el sistema de adjudicación por el total de los ítems, considerando que dicha modalidad permite una gestión más eficiente de la ejecución contractual, el seguimiento de las obligaciones asumidas por quien resulte adjudicado dentro del procedimiento de referencia y la satisfacción integral a tiempo útil de la imperante necesidad institucional. Por tanto, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.