Referencia: Sección "Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas", apartado "Del Personal Interviniente", pág. 39-40 del PBC.
Texto observado: "...por lo menos uno de los personales técnicos citados, propuesto por el Oferente, deberá poseer la certificación ATS/ATD o ICREA CCRD o equivalente..."
Fundamento: Conforme al Art. 58 del Decreto N° 2264/24, las especificaciones técnicas deben formularse con la mayor amplitud posible a fin de que concurra el mayor número de oferentes, evitando favorecer indebidamente a algún participante. Asimismo, el Art. 59 del mismo Decreto exige que los criterios de evaluación guarden relación proporcional con el objeto de la contratación. Se observa que las certificaciones citadas (ATS/ATD e ICREA CCRD) están orientadas específicamente al diseño de infraestructura Tier, mientras que las tareas comprendidas en los ítems 3 y 5 de las EETT consisten en mantenimiento y ordenamiento de cableado estructurado y de refrigeración sobre infraestructura ya instalada, de naturaleza operativa y no de diseño.
Solicitud: Se solicita a la Convocante fundamentar técnicamente la exigencia de una certificación de nivel diseñador para tareas de mantenimiento y operación. Subsidiariamente, se solicita confirmar que la expresión "o equivalente" comprende certificaciones internacionales, emitidas por organismos reconocidos y acreditadas mediante evaluación, orientadas a la gestión, operación y mantenimiento de centros de datos (no limitadas a diseño), indicando los criterios objetivos de contenido y alcance que se utilizarán para determinar dicha equivalencia.
Referencia: Sección "Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas", apartado "Del Personal Interviniente", pág. 39-40 del PBC.
Texto observado: "...por lo menos uno de los personales técnicos citados, propuesto por el Oferente, deberá poseer la certificación ATS/ATD o ICREA CCRD o equivalente..."
Fundamento: Conforme al Art. 58 del Decreto N° 2264/24, las especificaciones técnicas deben formularse con la mayor amplitud posible a fin de que concurra el mayor número de oferentes, evitando favorecer indebidamente a algún participante. Asimismo, el Art. 59 del mismo Decreto exige que los criterios de evaluación guarden relación proporcional con el objeto de la contratación. Se observa que las certificaciones citadas (ATS/ATD e ICREA CCRD) están orientadas específicamente al diseño de infraestructura Tier, mientras que las tareas comprendidas en los ítems 3 y 5 de las EETT consisten en mantenimiento y ordenamiento de cableado estructurado y de refrigeración sobre infraestructura ya instalada, de naturaleza operativa y no de diseño.
Solicitud: Se solicita a la Convocante fundamentar técnicamente la exigencia de una certificación de nivel diseñador para tareas de mantenimiento y operación. Subsidiariamente, se solicita confirmar que la expresión "o equivalente" comprende certificaciones internacionales, emitidas por organismos reconocidos y acreditadas mediante evaluación, orientadas a la gestión, operación y mantenimiento de centros de datos (no limitadas a diseño), indicando los criterios objetivos de contenido y alcance que se utilizarán para determinar dicha equivalencia.
La exigencia de que, como mínimo, uno de los profesionales propuestos por el Oferente posea certificación ATS/ATD, ICREA CCRD o equivalente, responde a una necesidad técnica plenamente vinculada con el objeto de la contratación y con los objetivos institucionales del proyecto, no constituyendo un requisito arbitrario ni desproporcionado.
El objeto de la presente contratación comprende el mantenimiento integral de un centro de datos que soporta la infraestructura tecnológica del Banco Central del Paraguay, sobre la cual operan servicios considerados críticos para la estabilidad del sistema financiero nacional, entre ellos las plataformas de pagos y demás servicios institucionales de misión crítica. En consecuencia, cualquier intervención sobre la infraestructura física del centro de datos debe ejecutarse bajo criterios técnicos internacionalmente reconocidos, minimizando los riesgos operativos y preservando permanentemente los niveles de disponibilidad, confiabilidad, redundancia y continuidad de los servicios.
Si bien las actividades contempladas en las especificaciones técnicas corresponden a labores de mantenimiento, reorganización de infraestructura y optimización de equipamiento existente, dichas tareas no constituyen actividades meramente operativas, sino intervenciones que pueden afectar directamente la arquitectura de soporte del centro de datos y, por ende, sus condiciones de disponibilidad con el consecuente riesgo asociado a una parada de servicio no programada.
En ese contexto, la participación de un profesional con certificación especializada permite asegurar que las decisiones técnicas, metodologías de intervención, análisis de impacto y recomendaciones derivadas de los trabajos se encuentren alineadas con las mejores prácticas aplicables a centros de datos críticos con requerimientos de alta disponibilidad.
Adicionalmente, uno de los objetivos estratégicos del proyecto consiste en fortalecer las condiciones técnicas de la infraestructura con miras a que la misma pueda ser evaluada posteriormente conforme a estándares internacionales de certificación TIER o equivalentes. En consecuencia, resulta indispensable que el responsable técnico del proyecto posea conocimientos especializados que le permitan verificar que las actividades ejecutadas no comprometan los criterios de diseño, disponibilidad, redundancia y continuidad operacional exigidos por dichos estándares, así como elaborar informes técnicos con observaciones y recomendaciones orientadas al cumplimiento de tales requisitos.
Por consiguiente, la exigencia de dicha certificación no tiene por finalidad requerir un diseñador de infraestructura para ejecutar actividades de mantenimiento, sino garantizar que el liderazgo técnico del proyecto cuente con las competencias necesarias para supervisar, validar y documentar las intervenciones efectuadas sobre una infraestructura de misión crítica, asegurando que las mismas se desarrollen conforme a estándares internacionales ampliamente reconocidos.
Respecto a la expresión "o equivalente", la misma comprende certificaciones internacionales emitidas por organismos reconocidos, siempre que acrediten conocimientos y competencias equivalentes en materia de infraestructura de centros de datos de misión crítica.
A efectos de determinar dicha equivalencia, se evaluará objetivamente que la certificación presentada contemple, como mínimo, conocimientos relacionados con:
Arquitectura e infraestructura de centros de datos de alta disponibilidad.
Principios de redundancia, mantenibilidad concurrente, resiliencia y continuidad operativa.
Infraestructura eléctrica, mecánica, climatización y cableado para centros de datos críticos.
Gestión de riesgos e impacto de intervenciones sobre infraestructura crítica.
Aplicación de estándares y mejores prácticas internacionales para centros de datos.
Capacidad para realizar evaluaciones técnicas, emitir recomendaciones e informes orientados al mantenimiento de las condiciones requeridas para procesos de certificación internacional.
En consecuencia, el requisito guarda una relación directa con el objeto de la contratación, resulta técnicamente justificado y es proporcional a la naturaleza y criticidad de los servicios requeridos, encontrándose en concordancia con los principios establecidos en la normativa vigente de contrataciones públicas.
2
Item 1
Ítem 1 – Mantenimiento general del Centro de datos alterno del BCP - Informe técnico inicial de los servicios
Se solicita respetuosamente que el informe pueda ser entregado en un plazo no mayor a 60 días calendario desde la fecha a ser establecida en la orden de inicio de los servicios.
Ítem 1 – Mantenimiento general del Centro de datos alterno del BCP - Informe técnico inicial de los servicios
Se solicita respetuosamente que el informe pueda ser entregado en un plazo no mayor a 60 días calendario desde la fecha a ser establecida en la orden de inicio de los servicios.