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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
djvera
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
06-07-2026 - 19:02
Fecha de Fin
09-07-2026 - 17:07
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta subsanar algunas observaciones adisionales
Descripción
Conforme a lo establecido en el Art. 210 de la Ley N° 3.966/10 “Orgánica Municipal”, procedemos a la difusión del proceso de referencia y se deja asentado que la regularidad o no del mismo queda bajo la estricta responsabilidad de la convocante.
Comentario
 Establece el porcentaje de anticipo dentro del pago Se recuerda, que el anticipo es la suma de dinero que se entrega al proveedor, consultor o contratista destinada al financiamiento de los costos en que este debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual, el mismo no constituye un pago por adelantado, por lo que no puede formar parte del porcentaje total del pago. Se solicita subsanar.  Comentario  favor prestar atención solo al siguiente comentario: se reitera en el pliego establecen "g) Forma de amortización del monto anticipado con relación a las certificaciones realizadas: Será deducido el monto total anticipo en el primer certificado de obra.se descontará el porcentaje dado en concepto de anticipo del primer certificado emitido, la totalidad (el 100 %) dado en concepto de anticipo financiero. -" Al respecto, considerando que el punto 7 del instructivo del Pliego Estándar establece que la amortización debe realizarse conforme a la proporción indicada en el contrato, y atendiendo a que los Indicadores de Cumplimiento Contractual prevén múltiples certificaciones durante la ejecución, se solicita deducir de acuerdo a las certificaciones en porcentaje  se reitera: la Garantía de Fiel Cumplimiento debe permanecer válida cuanto menos por 30 días posteriores al plazo de ejecución o vigencia del contrato, en este caso tratándose de obras deben indicar que será 30 días posteriores a la recepción definitiva

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
Comentario

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 55, 56, 40, 45, 67 de la Ley N° 7021/22; Art. 105, 83, 102, del Decreto N° 2264/24; y demás disposiciones vigentes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 152 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del, proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, a través de la utilización adecuada de los recursos públicos. Consideración Normativa: Art. 4 inc. c) y 107 de la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas N° 7021/22, Art. 56 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.