Solicitamos respetuosamente a la Convocante incluir en el PBC el siguiente requisito: certificado y/o constancia de calidad, rendimiento y compatibilidad emitido por el fabricante de los equipos que certifique que los modelos de tóner ofertados son compatibles con los equipos mencionados en las especificaciones técnicas.
De:
Castillo Amadeo, Belinda Mercedes
80013316-1 - OFFICE COMPU SA
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante incluir en el PBC el siguiente requisito: certificado y/o constancia de calidad, rendimiento y compatibilidad emitido por el fabricante de los equipos que certifique que los modelos de tóner ofertados son compatibles con los equipos mencionados en las especificaciones técnicas.
Esta Convocante ratifica los términos del Pliego de Bases y Condiciones. Al respecto, se aclara que los requerimientos de calidad, rendimiento y compatibilidad ya se encuentran plenamente garantizados y definidos de manera objetiva en las Especificaciones Técnicas del PBC.
En dicho apartado se determina con precisión los modelos de las impresoras y el rendimiento mínimo esperado (ej: 2.300 páginas o más) y los códigos de parte específicos de los fabricantes para cada color (ej: CF411A, CF412A y CF413A). Por lo tanto, la compatibilidad es una condición implícita y de cumplimiento obligatorio al momento de presentar la oferta con los códigos solicitados.
Exigir una certificación adicional expedida exclusivamente por el fabricante del equipo original constituiría una exigencia formal redundante que podría limitar de forma innecesaria la libre concurrencia de oferentes, contraviniendo los principios de economía, eficiencia y competencia que rigen las compras públicas. La verificación del cumplimiento de estas especificaciones se realizará rigurosamente durante la etapa de evaluación de ofertas y la posterior recepción de los bienes. Por lo tanto no ha sido modificado el PBC.
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Autorización del fabricante
Considerando la importancia de garantizar la calidad y el adecuado funcionamiento de los equipos de impresión del ente, solicitamos puedan considerar incluir la Autorización del Fabricante en el PBC. Esto aseguraría la autenticidad y procedencia de los tóneres, ya que existen informes que señalan que más del 40% de los insumos compatibles presentan fallas, los equipos pueden incluso sufrir daños, el uso de compatibles podría ocasionar costos extras de mantenimiento, perdida de garantía, menor duración, mala calidad en la impresión, por tanto esto estaría reduciendo los beneficios y rendimiento que prestan los equipos, además es importante resaltar que muchos equipos cuentan con un sistema de detección de consumibles no originales es decir, cuando la impresora detecte que la unidad de imagen, el cartucho de tóner o el fusor no son piezas originales mostrará un mensaje de error como el siguiente; "[consumible] de una marca distinta, consulte la Guía del usuario".
Considerando la importancia de garantizar la calidad y el adecuado funcionamiento de los equipos de impresión del ente, solicitamos puedan considerar incluir la Autorización del Fabricante en el PBC. Esto aseguraría la autenticidad y procedencia de los tóneres, ya que existen informes que señalan que más del 40% de los insumos compatibles presentan fallas, los equipos pueden incluso sufrir daños, el uso de compatibles podría ocasionar costos extras de mantenimiento, perdida de garantía, menor duración, mala calidad en la impresión, por tanto esto estaría reduciendo los beneficios y rendimiento que prestan los equipos, además es importante resaltar que muchos equipos cuentan con un sistema de detección de consumibles no originales es decir, cuando la impresora detecte que la unidad de imagen, el cartucho de tóner o el fusor no son piezas originales mostrará un mensaje de error como el siguiente; "[consumible] de una marca distinta, consulte la Guía del usuario".
Exigir una certificación exclusiva del fabricante original constituye un formalismo redundante que limita de forma innecesaria la libre concurrencia, contraviniendo los principios de economía, eficiencia y libre competencia consagrados en la Ley N° 7021/22. El cumplimiento de los requisitos técnicos será verificado rigurosamente durante la evaluación de ofertas y la recepción de los bienes. Asimismo, se aclara que ante eventuales fallas o daños al equipo imputables al consumible, el proveedor adjudicado es civil y contractualmente responsable por el daño emergente bajo los términos de la garantía de un año y el pliego general, quedando el riesgo institucional plenamente cubierto. Por lo tanto no ha sido modificado el PBC.