Solicitamos respetuosamente a la Convocante que pueda facilitar la información referente a la fecha de vencimiento de las licencias actualmente en uso. Contar con este dato resulta indispensable para realizar una cotización precisa y acorde a las necesidades del proceso, considerando que la vigencia de las licencias puede incidir en la modalidad de renovación, el período de cobertura y la determinación de los costos de la oferta.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante que pueda facilitar la información referente a la fecha de vencimiento de las licencias actualmente en uso. Contar con este dato resulta indispensable para realizar una cotización precisa y acorde a las necesidades del proceso, considerando que la vigencia de las licencias puede incidir en la modalidad de renovación, el período de cobertura y la determinación de los costos de la oferta.
La convocante en coordinación con la Unidad Requirente (CODI), manifiesta que; En atención a la consulta realizada, se informa que las licencias actualmente en uso tienen como fecha de vencimiento el 31 de diciembre de 2026. Esta información se proporciona a fin de que los potenciales oferentes puedan elaborar sus propuestas conforme a los requerimientos del presente proceso
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EETT
"El oferente deberá contar con Certificación ISO 9001:2015 vigente, emitida por un organismo certificador acreditado, o presentar un certificado equivalente que acredite la implementación de un Sistema de Gestión de Calidad."
Consideramos que esta incorporación fortalecerá la calidad del proceso de contratación, siempre respetando los principios de igualdad, libre competencia y transparencia.
"El oferente deberá contar con Certificación ISO 9001:2015 vigente, emitida por un organismo certificador acreditado, o presentar un certificado equivalente que acredite la implementación de un Sistema de Gestión de Calidad."
Consideramos que esta incorporación fortalecerá la calidad del proceso de contratación, siempre respetando los principios de igualdad, libre competencia y transparencia.
La convocante en coordinación con la Unidad Requirente (CODI), manifiesta que; Considerando que las disposiciones de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) no exigen este certificado como una obligación dentro de los llamados de licitación, la misma no fue contemplada, especialmente dentro de un requisito "excluyente". No obstante, la convocante considera el mencionado certificado como de alto valor, sin embargo, el pedido no es procedente y se solicita cordialmente ajustarse al Pliego de Base y Consideraciones (PBC).
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Solicitud de Modificación Ratios Financieros
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
La convocante en coordinación con la Unidad Requirente (CODI), manifiesta que; En cuanto a los índices financieros mencionados y promedios establecidos en el PBC se solicita ajustarse a los mismos debido a la importancia, riesgo y tamaño del contrato y teniendo en cuanta que dichos promedios representan parámetros comunes de uso
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Solicitud de Modificación Ratios Financieros
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
No compromete la rigurosidad técnica ni la solvencia financiera requerida, sino que busca ampliar la participación de oferentes con estabilidad económica comprobada pero que, por márgenes mínimos, podrían quedar excluidos.
Consideramos que la inclusión de un mayor número de oferentes fortalece la competencia y contribuye a obtener propuestas más beneficiosas para la Administración Pública, sin afectar los principios de transparencia y equidad.
Por lo tanto, solicitamos nuevamente que se evalúe la posibilidad de ajustar estos parámetros financieros, promoviendo así un proceso más inclusivo y competitivo
De:
LOPEZ FRIZZOTTI, FRANCISCO MATIAS
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
No compromete la rigurosidad técnica ni la solvencia financiera requerida, sino que busca ampliar la participación de oferentes con estabilidad económica comprobada pero que, por márgenes mínimos, podrían quedar excluidos.
Consideramos que la inclusión de un mayor número de oferentes fortalece la competencia y contribuye a obtener propuestas más beneficiosas para la Administración Pública, sin afectar los principios de transparencia y equidad.
Por lo tanto, solicitamos nuevamente que se evalúe la posibilidad de ajustar estos parámetros financieros, promoviendo así un proceso más inclusivo y competitivo
Consulta sobre acreditación de experiencia requerida
Consulta sobre requisito de experiencia – Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
En relación con el apartado “Experiencia requerida” y específicamente con los numerales 1 y 3 de los “Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia”, se observa que el PBC requiere la presentación de contratos, facturaciones, recepciones finales y certificados de buen cumplimiento correspondientes a servicios de soporte técnico, renovación de licencias y software ejecutados/formalizados con las Fuerzas Públicas de la República del Paraguay durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025. Al respecto, solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si, a los efectos de acreditar la experiencia requerida, serán igualmente admitidos contratos, facturaciones, recepciones finales y certificados de buen cumplimiento correspondientes a servicios de igual o similar naturaleza —soporte técnico, renovación de licencias y/o software— ejecutados satisfactoriamente para otras instituciones públicas y/o entidades del sector privado, siempre que en su conjunto alcancen como mínimo el 50% del monto total ofertado y permitan acreditar objetivamente la capacidad y experiencia del oferente para la correcta ejecución del contrato.
La presente consulta se formula considerando que el criterio general de experiencia establecido en el mismo PBC refiere a la experiencia en la provisión de servicios de soporte técnico, renovación de licencias y software, sin establecer inicialmente como condición que dicha experiencia deba provenir exclusivamente de contratos con Fuerzas Públicas.
En ese sentido, y teniendo presente el principio de Igualdad y Libre Competencia previsto en el artículo 4° de la Ley N.º 7021/2022, solicitamos asimismo se sirvan aclarar la justificación técnica objetiva por la cual la experiencia debe haber sido adquirida exclusivamente con las Fuerzas Públicas de la República del Paraguay, considerando que servicios de la misma naturaleza, complejidad y alcance pueden haber sido ejecutados satisfactoriamente para otros organismos públicos o clientes privados. En caso de que no exista una condición técnica particular que justifique dicha limitación, solicitamos considerar la modificación del requisito, permitiendo acreditar experiencia mediante servicios de igual o similar naturaleza ejecutados para instituciones públicas y/o privadas, manteniéndose el porcentaje mínimo del 50% del valor de la oferta y los demás respaldos documentales exigidos en el PBC.
Agradecemos confirmar expresamente el criterio que será aplicado en la evaluación, a fin de permitir a los potenciales oferentes preparar sus ofertas en condiciones claras y de igualdad.
01-09-2026
Consulta sobre acreditación de experiencia requerida
De:
Gattini, Francesco
80101232-5 - NABLA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Consulta:
Consulta sobre requisito de experiencia – Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
En relación con el apartado “Experiencia requerida” y específicamente con los numerales 1 y 3 de los “Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia”, se observa que el PBC requiere la presentación de contratos, facturaciones, recepciones finales y certificados de buen cumplimiento correspondientes a servicios de soporte técnico, renovación de licencias y software ejecutados/formalizados con las Fuerzas Públicas de la República del Paraguay durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025. Al respecto, solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si, a los efectos de acreditar la experiencia requerida, serán igualmente admitidos contratos, facturaciones, recepciones finales y certificados de buen cumplimiento correspondientes a servicios de igual o similar naturaleza —soporte técnico, renovación de licencias y/o software— ejecutados satisfactoriamente para otras instituciones públicas y/o entidades del sector privado, siempre que en su conjunto alcancen como mínimo el 50% del monto total ofertado y permitan acreditar objetivamente la capacidad y experiencia del oferente para la correcta ejecución del contrato.
La presente consulta se formula considerando que el criterio general de experiencia establecido en el mismo PBC refiere a la experiencia en la provisión de servicios de soporte técnico, renovación de licencias y software, sin establecer inicialmente como condición que dicha experiencia deba provenir exclusivamente de contratos con Fuerzas Públicas.
En ese sentido, y teniendo presente el principio de Igualdad y Libre Competencia previsto en el artículo 4° de la Ley N.º 7021/2022, solicitamos asimismo se sirvan aclarar la justificación técnica objetiva por la cual la experiencia debe haber sido adquirida exclusivamente con las Fuerzas Públicas de la República del Paraguay, considerando que servicios de la misma naturaleza, complejidad y alcance pueden haber sido ejecutados satisfactoriamente para otros organismos públicos o clientes privados. En caso de que no exista una condición técnica particular que justifique dicha limitación, solicitamos considerar la modificación del requisito, permitiendo acreditar experiencia mediante servicios de igual o similar naturaleza ejecutados para instituciones públicas y/o privadas, manteniéndose el porcentaje mínimo del 50% del valor de la oferta y los demás respaldos documentales exigidos en el PBC.
Agradecemos confirmar expresamente el criterio que será aplicado en la evaluación, a fin de permitir a los potenciales oferentes preparar sus ofertas en condiciones claras y de igualdad.