El PBC exige: contar con personal operativos para la obra deberán ser 20 (veinte como mínimo), exigiendo IPS con dependencia laboral con la empresa de por lo menos los últimos 6 meses. SOLICITAMOS QUE ESTOS PERSONALES OPERATIVOS PRESENTEN CONTRATOS QUE LO VINCULEN CON EL OFERENTE POR TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO O EL PERIODO DE EJECUCION DE LA OBRA, en consideración de que la necesidad del proyecto en cuanto a personal calificado debe estar cubierta para la ejecución contractual, no así en un periodo anterior a al inicio de la ejecución del proyecto. Consideramos igualmente que la valoración de la idoneidad o experiencia de los PERSONALES, PROFESIONALES Y TECNICOS, no se encuentra relacionada con la antigüedad dentro de una determinada empresa sino más bien a los currículos y experiencias laborales satisfactorias
De:
Cristaldo Acosta, Francisco Catalino
80009161-2 - RITTER CONSTRUCCIONES S.A.
Consulta:
El PBC exige: contar con personal operativos para la obra deberán ser 20 (veinte como mínimo), exigiendo IPS con dependencia laboral con la empresa de por lo menos los últimos 6 meses. SOLICITAMOS QUE ESTOS PERSONALES OPERATIVOS PRESENTEN CONTRATOS QUE LO VINCULEN CON EL OFERENTE POR TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO O EL PERIODO DE EJECUCION DE LA OBRA, en consideración de que la necesidad del proyecto en cuanto a personal calificado debe estar cubierta para la ejecución contractual, no así en un periodo anterior a al inicio de la ejecución del proyecto. Consideramos igualmente que la valoración de la idoneidad o experiencia de los PERSONALES, PROFESIONALES Y TECNICOS, no se encuentra relacionada con la antigüedad dentro de una determinada empresa sino más bien a los currículos y experiencias laborales satisfactorias
La Convocante aclara que el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, relativo a contar con un mínimo de veinte (20) personales operativos con una antigüedad laboral de seis (6) meses, acreditada mediante documentación del Instituto de Previsión Social (IPS), tiene por finalidad verificar la existencia de una estructura operativa previamente constituida y efectivamente vinculada al oferente.
La exigencia no pretende sustituir la evaluación de la idoneidad, formación o experiencia individual de los profesionales y trabajadores propuestos, sino acreditar una condición distinta y complementaria: la capacidad organizativa del oferente para disponer de recursos humanos propios y formalmente vinculados, necesarios para afrontar la ejecución de la obra.
En atención a la naturaleza del proyecto, su magnitud y su ubicación geográfica en la ciudad de Fuerte Olimpo, la Convocante considera necesario verificar que el oferente cuente con una estructura operativa preexistente, a fin de reducir los riesgos asociados a la incorporación tardía de personal, las dificultades de movilización y las eventuales interrupciones durante la ejecución contractual.
En ese sentido, la presentación de contratos de vinculación futura constituye un compromiso de disponibilidad de personal durante la ejecución de la obra, pero no acredita, por sí sola, la existencia de una estructura operativa previamente constituida, que constituye la finalidad específica del requisito establecido.
Por consiguiente se mantienen las condiciones previstas en el Pliego de Bases y Condiciones respecto de la cantidad mínima de personal operativo, su vinculación laboral y la documentación exigida para su acreditación.
2
VISITA AL SITIO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
En relación al llamado de la referencia, solicitamos respetuosamente prorrogar la fecha fijada para la visita al sitio de obras en la ciudad de Fuerte Olimpo.
Atendiendo a la gran distancia geográfica y las dificultades logísticas de traslado hasta la zona, el plazo resulta muy ajustado para la movilización del personal designado y para presentar la nota de acreditación previa requerida.
A fin de garantizar la participación de una mayor cantidad de oferentes en igualdad de condiciones, solicitamos postergar la fecha de la visita y aclarar si la acreditación previa puede presentarse por medios digitales (correo electrónico).
En relación al llamado de la referencia, solicitamos respetuosamente prorrogar la fecha fijada para la visita al sitio de obras en la ciudad de Fuerte Olimpo.
Atendiendo a la gran distancia geográfica y las dificultades logísticas de traslado hasta la zona, el plazo resulta muy ajustado para la movilización del personal designado y para presentar la nota de acreditación previa requerida.
A fin de garantizar la participación de una mayor cantidad de oferentes en igualdad de condiciones, solicitamos postergar la fecha de la visita y aclarar si la acreditación previa puede presentarse por medios digitales (correo electrónico).
En atención a la consulta formulada, la Convocante aclara que la fecha, hora y procedimiento establecidos para la visita técnica al sitio de ejecución de la obra fueron determinados y publicados oportunamente en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), conforme a las disposiciones del Pliego de Bases y Condiciones.
La visita técnica tiene por finalidad permitir que los potenciales oferentes conozcan las condiciones particulares del emplazamiento, efectúen el relevamiento correspondiente y obtengan la información necesaria para la adecuada preparación de sus ofertas, considerando la naturaleza y complejidad del proyecto.
En cuanto a la solicitud de prórroga, la Convocante ratifica la fecha originalmente establecida para la realización de la visita técnica, no haciendo lugar a la modificación solicitada.
Respecto de la acreditación previa de los representantes, se aclara que la presentación de la nota de solicitud deberá efectuarse conforme al procedimiento y dentro del plazo establecidos en el apartado "Visita al sitio de ejecución del contrato" del PBC, mediante la Mesa de Entrada de la Unidad Operativa de Contrataciones.
En consecuencia, no se contempla la presentación de dicha acreditación mediante correo electrónico como mecanismo alternativo al procedimiento expresamente previsto en las bases de la contratación.
Por tanto, se mantienen íntegramente las condiciones originalmente establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, sin introducir modificaciones a la convocatoria.
3
EXPERIENCIA ESPECIFICA
Solicitamos a la Convocante considerar la posibilidad de modificar dicho requerimiento, permitiendo acreditar la experiencia especifica mediante TRES (3) CONTRATOS ejecutados dentro de los últimos cinco (5) años. Asimismo, que las actividades claves puedan ser acreditada mediante contratos ejecutados en cualquier departamento o región de la República del Paraguay, incluyendo tanto la REGIÓN ORIENTAL COMO LA REGIÓN OCCIDENTAL, es decir, solicitamos que el requisito sea modificado de manera que se reconozca la experiencia adquirida en todo el territorio nacional, independientemente del departamento en el cual hayan sido ejecutados los contratos. Finalmente, con relación a los documentos requeridos para acreditar la experiencia especifica solicitamos otorgar la alternativa de presentar la RECEPCIÓN PROVISORIA documentación que igualmente verifica que la obra ha sido ejecutada y se encuentra en condiciones de ser recibida, entendemos que dicho documento constituye un medio idóneo para acreditar la experiencia efectivamente adquirida por el contratista.
De:
Cristaldo Acosta, Francisco Catalino
80009161-2 - RITTER CONSTRUCCIONES S.A.
Consulta:
Solicitamos a la Convocante considerar la posibilidad de modificar dicho requerimiento, permitiendo acreditar la experiencia especifica mediante TRES (3) CONTRATOS ejecutados dentro de los últimos cinco (5) años. Asimismo, que las actividades claves puedan ser acreditada mediante contratos ejecutados en cualquier departamento o región de la República del Paraguay, incluyendo tanto la REGIÓN ORIENTAL COMO LA REGIÓN OCCIDENTAL, es decir, solicitamos que el requisito sea modificado de manera que se reconozca la experiencia adquirida en todo el territorio nacional, independientemente del departamento en el cual hayan sido ejecutados los contratos. Finalmente, con relación a los documentos requeridos para acreditar la experiencia especifica solicitamos otorgar la alternativa de presentar la RECEPCIÓN PROVISORIA documentación que igualmente verifica que la obra ha sido ejecutada y se encuentra en condiciones de ser recibida, entendemos que dicho documento constituye un medio idóneo para acreditar la experiencia efectivamente adquirida por el contratista.
En atención a la consulta formulada, la Convocante aclara que los requisitos de experiencia específica establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones tienen por finalidad verificar la capacidad técnica y los antecedentes de ejecución del oferente, atendiendo a la naturaleza, magnitud y complejidad del proyecto.
Respecto de la cantidad de contratos y del período de experiencia solicitado, se mantienen las condiciones establecidas en el PBC, considerando que dichos parámetros fueron definidos para evaluar los antecedentes de ejecución de obras de características similares a las requeridas en el presente procedimiento.
En cuanto a las actividades clave, su acreditación deberá efectuarse conforme a las condiciones expresamente establecidas en el PBC. La experiencia adquirida en otras regiones del territorio nacional no se considera, por sí misma, equivalente a la experiencia específica exigida cuando esta comprende condiciones particulares de ejecución debidamente justificadas en el expediente.
Finalmente, respecto de la documentación acreditativa, se aclara que deberán presentarse los documentos expresamente establecidos en el PBC, sin que la presente respuesta incorpore medios alternativos de acreditación.
En consecuencia, se mantienen las condiciones originales del Pliego de Bases y Condiciones.
4
Variación de cantidades luego del proyecto ejecutivo
Considerando que el diseño ejecutivo, cálculo estructural y estudio geotécnico forman parte del alcance del contratista, solicitamos aclarar qué tratamiento recibirán las cantidades de la planilla referencial en caso de que el proyecto ejecutivo aprobado determine cantidades mayores o menores. Favor indicar si las cantidades son estimativas y si la certificación se realizará conforme a las cantidades efectivamente ejecutadas multiplicadas por los precios unitarios adjudicados.
20-08-2026
20-09-2026
Variación de cantidades luego del proyecto ejecutivo
Considerando que el diseño ejecutivo, cálculo estructural y estudio geotécnico forman parte del alcance del contratista, solicitamos aclarar qué tratamiento recibirán las cantidades de la planilla referencial en caso de que el proyecto ejecutivo aprobado determine cantidades mayores o menores. Favor indicar si las cantidades son estimativas y si la certificación se realizará conforme a las cantidades efectivamente ejecutadas multiplicadas por los precios unitarios adjudicados.
En atención a la consulta formulada, la Convocante aclara que el diseño ejecutivo, el cálculo estructural y el estudio geotécnico forman parte de las obligaciones del contratista, conforme al alcance establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentos de la contratación.
Las cantidades consignadas en la planilla de precios constituyen la base de referencia para la formulación y comparación de las ofertas, debiendo el oferente considerar la totalidad de los trabajos necesarios para el cumplimiento del objeto contractual, conforme a las condiciones técnicas establecidas.
Las eventuales diferencias de cantidades que resulten del desarrollo y aprobación del proyecto ejecutivo serán analizadas por la Fiscalización y la Administración del Contrato, considerando su naturaleza, justificación técnica y correspondencia con los trabajos originalmente previstos.
La medición y certificación de los trabajos se realizará conforme al sistema de contratación, las unidades de medida, los precios adjudicados y los procedimientos de certificación establecidos en el PBC y en el contrato.
La aprobación del proyecto ejecutivo no implicará, por sí misma, la autorización de incrementos del monto contractual ni el reconocimiento automático de pagos adicionales.
Cuando las variaciones determinen la necesidad de modificar las condiciones contractuales, incorporar trabajos no previstos o alterar el alcance originalmente contratado, se aplicarán los procedimientos correspondientes conforme a la normativa vigente.
En consecuencia, se mantienen las condiciones originalmente establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, sin introducir modificaciones mediante la presente aclaración.
5
Unidades de medida de la planilla
Solicitamos aclarar las unidades de medida reales correspondientes a cada ítem de la planilla de precios (m², m³, m.l., unidad, global u otra), así como el criterio de medición para certificación de cada rubro. Considerando que la modalidad contractual es por precios unitarios, solicitamos, de corresponder, la publicación de una planilla corregida que identifique inequívocamente la unidad de medida de cada ítem.
Solicitamos aclarar las unidades de medida reales correspondientes a cada ítem de la planilla de precios (m², m³, m.l., unidad, global u otra), así como el criterio de medición para certificación de cada rubro. Considerando que la modalidad contractual es por precios unitarios, solicitamos, de corresponder, la publicación de una planilla corregida que identifique inequívocamente la unidad de medida de cada ítem.
En atención a la consulta formulada, la Convocante aclara que las unidades de medida correspondientes a los ítems de la planilla de precios han sido precisadas mediante la Adenda N.º 2, oportunamente publicada en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP).
En consecuencia, los potenciales oferentes deberán considerar la planilla de precios actualizada, que forma parte integrante de los documentos de la contratación, para la preparación y presentación de sus ofertas.
Respecto de la medición y certificación de los trabajos, se aplicarán las unidades de medida establecidas en la planilla actualizada y los procedimientos previstos en el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentos contractuales.
Por tanto, se solicita a los interesados remitirse a la Adenda N.º 2 y a sus documentos anexos, mediante los cuales se han atendido las observaciones formuladas en la presente consulta.
6
Instalaciones provisorias y sanitarios portátiles
Solicitamos especificar para el ítem 12 ‘Pilotes de H°A°’ si la cantidad 301 corresponde a unidades de pilotes o metros lineales. Favor indicar diámetro o sección prevista, longitud estimada, tipo de pilote y procedimiento constructivo, resistencia de hormigón, armadura mínima, capacidad portante de diseño, cota de fundación y ensayos de carga/integridad requeridos. Asimismo, aclarar cómo se certificará el rubro si el estudio geotécnico determina longitudes o cantidades diferentes.
Solicitamos especificar para el ítem 12 ‘Pilotes de H°A°’ si la cantidad 301 corresponde a unidades de pilotes o metros lineales. Favor indicar diámetro o sección prevista, longitud estimada, tipo de pilote y procedimiento constructivo, resistencia de hormigón, armadura mínima, capacidad portante de diseño, cota de fundación y ensayos de carga/integridad requeridos. Asimismo, aclarar cómo se certificará el rubro si el estudio geotécnico determina longitudes o cantidades diferentes.
En atención a la consulta formulada, la Convocante aclara que la unidad de medida correspondiente al ítem 12, "Pilotes de H°A°", se encuentra establecida en la planilla de precios actualizada mediante la Adenda N.º 2, oportunamente publicada en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP).
En cuanto a las características técnicas de los pilotes, se aclara que el diseño ejecutivo, el cálculo estructural y el estudio geotécnico forman parte del alcance contractual, conforme a las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
7
Inconsistencia del ítem 4
Solicitamos aclarar el alcance correcto del ítem 4, considerando que la planilla lo identifica como ‘Replanteo y marcación’, mientras que las Especificaciones Técnicas lo describen como ‘Relleno y compactación inicial del terreno natural’. Favor confirmar la descripción, unidad de medida y criterio de certificación correctos y diferenciarlo del ítem 9
Solicitamos aclarar el alcance correcto del ítem 4, considerando que la planilla lo identifica como ‘Replanteo y marcación’, mientras que las Especificaciones Técnicas lo describen como ‘Relleno y compactación inicial del terreno natural’. Favor confirmar la descripción, unidad de medida y criterio de certificación correctos y diferenciarlo del ítem 9
En atención a la consulta formulada, la Convocante aclara que los ítems 4 y 9 corresponden a actividades constructivas diferenciadas, conforme a las descripciones técnicas establecidas en los documentos de la contratación.
El ítem 4 comprende los trabajos de relleno y compactación inicial del terreno natural, mientras que el ítem 9 corresponde a los trabajos de replanteo y marcación del proyecto en terreno.
En cuanto a las unidades de medida y los criterios de certificación, deberán considerarse los establecidos en la planilla de precios actualizada mediante la Adenda N.º 2 y en los demás documentos contractuales aplicables.
En consecuencia, ambos rubros deberán ejecutarse, medirse y certificarse de manera independiente, conforme a sus respectivos alcances, evitando la duplicación de trabajos y certificaciones.
Se solicita a los potenciales oferentes remitirse a la Adenda N.º 2 y a sus documentos anexos para la correcta preparación de sus ofertas.
8
Especificaciones estructurales mínimas del H°A°
Para los ítems estructurales 12 al 21, solicitamos indicar los parámetros mínimos de diseño y materiales a considerar: resistencia característica del hormigón, resistencia del acero, recubrimientos, clase de exposición, normas de cálculo aplicables y controles/ensayos requeridos. Asimismo, favor aclarar si los precios unitarios deberán incluir hormigón, acero de armadura, encofrado, apuntalamiento, bombeo, curado y ensayos de control de calidad.
Para los ítems estructurales 12 al 21, solicitamos indicar los parámetros mínimos de diseño y materiales a considerar: resistencia característica del hormigón, resistencia del acero, recubrimientos, clase de exposición, normas de cálculo aplicables y controles/ensayos requeridos. Asimismo, favor aclarar si los precios unitarios deberán incluir hormigón, acero de armadura, encofrado, apuntalamiento, bombeo, curado y ensayos de control de calidad.
En atención a la consulta formulada, la Convocante aclara que el diseño ejecutivo y el cálculo estructural forman parte del alcance de las obligaciones del contratista, conforme a las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentos de la contratación.
En consecuencia, los parámetros definitivos de diseño de los elementos estructurales, incluyendo la resistencia característica del hormigón, la resistencia del acero de armadura, los recubrimientos, las condiciones de exposición y los procedimientos de verificación, deberán determinarse mediante los estudios técnicos y cálculos estructurales correspondientes, respetando las especificaciones técnicas y las normas aplicables al proyecto.
El contratista deberá elaborar y presentar el proyecto ejecutivo y las memorias de cálculo correspondientes, los cuales estarán sujetos a revisión y aprobación por parte de la Fiscalización, conforme a los procedimientos contractuales establecidos.
En cuanto a los precios unitarios de los ítems estructurales 12 al 21, se aclara que deberán contemplar todos los materiales, insumos, equipos, mano de obra y procedimientos necesarios para la correcta ejecución de cada rubro, de acuerdo con su alcance y las especificaciones técnicas contractuales.
Esto comprende, según corresponda a la naturaleza de cada ítem, el hormigón, acero de armadura, encofrados, apuntalamientos, equipos de colocación, curado y controles de calidad necesarios para su correcta ejecución.
Los procedimientos constructivos, ensayos y controles deberán ajustarse a las exigencias previstas en las especificaciones técnicas, el proyecto ejecutivo aprobado y las normas técnicas aplicables.
La presente aclaración no incorpora nuevos rubros ni modifica las condiciones de medición, certificación o pago establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones y en la planilla de precios vigente.
9
Inconsistencia del ítem 24
Solicitamos aclarar cuál es el trabajo efectivamente correspondiente al ítem 24, dado que existe discrepancia entre la descripción de la planilla de precios y las Especificaciones Técnicas. Favor indicar la descripción correcta, composición del rubro, unidad de medida y forma de medición para certificación.
Solicitamos aclarar cuál es el trabajo efectivamente correspondiente al ítem 24, dado que existe discrepancia entre la descripción de la planilla de precios y las Especificaciones Técnicas. Favor indicar la descripción correcta, composición del rubro, unidad de medida y forma de medición para certificación.
En base a su consulta se aclara a los posibles oferentes considerar lo establecido en el PBC en su version 2 y las Especificaciones Tecnicas establecidas para la correcta identificacion de cada item.