Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 REQUISITO DE EXPERIENCIA y HABILITACION ¿Por qué en el presente llamado no se solicita como requisito la presentación de las habilitaciones vigentes de los vehículos tipo ambulancia emitidas por el MSPBS, así como las habilitaciones correspondientes de la Superintendencia de Salud, junto con una antigüedad mínima de la empresa como requisito de experiencia? Considerando la naturaleza y el nivel de responsabilidad que implica la prestación de servicios de ambulancias para el IPS, ¿no sería pertinente acreditar experiencia previa en la prestación de este tipo de servicios, así como la habilitación y antigüedad de los vehículos y de la empresa, a fin de demostrar su capacidad y experiencia para brindar el servicio requerido? 02-10-2026 21-10-2026
2 HABILITACIONES DEL MINISTERIO DE SALUD Y LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD Hemos observado que en las especificaciones técnicas y requisitos documentales para la prestación del servicio de ambulancias y cobertura médica de emergencias, no se ha exigido la presentación de los certificados y registros otorgados por las autoridades sanitarias de regulación y control: Constancia de Inscripción y Registro Vigente en el Registro Nacional de Entidades Prestadoras de Servicios de Salud (EPSS) expedida por la Superintendencia de Salud, conforme a lo establecido en la Ley N° 1032/96 "Que crea el Sistema Nacional de Salud" y sus reglamentaciones, como órgano fiscalizador de los prestadores de salud en el Paraguay. Resolución de Habilitación de la Base Operativa y Unidades Móviles (Ambulancias) otorgada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPYBS) a través de la Dirección General de Control de Calidad de Servicios de Salud y Afines (conforme a las Resoluciones S.G. N° 60/2000, 93/2018 y normativas concordantes). Al respecto, hacemos presente que la acreditación/registro ante la Superintendencia de Salud y la Habilitación Sanitaria del MSPYBS constituyen los requisitos legales indispensables y excluyentes que habilitan a una empresa a prestar servicios extrahospitalarios y de traslado médico prehospitalario/emergencias en el país. Eximir estos documentos genera un riesgo operacional, sanitario e institucional para la contratante al permitir la eventual participación de firmas que operan al margen de la regulación sanitaria vigente. 02-10-2026 21-10-2026
3 Habilitación de Base de Ambulancias del MSPBS y Certificación anual de la Superintendencia de Salud Entendemos que dicha habilitación y certificación anual constituyen un requisito esencial, obligatorio y excluyente para poder brindar dichos servicios prehospitalarios en el territorio nacional y a su vez ACREDITAR que la empresa dispone de la infraestructura necesaria para una prestación integral y permanente del servicio, incluyendo base física habilitada, lugar para permanencia y cambio de guardia del personal, áreas de descanso y alimentación, despacho y recepción de llamados, sistemas de comunicación y tecnología, manejo de residuos patológicos, depósitos de medicamentos e insumos y demás condiciones exigidas por la normativa sanitaria. Nuestra consulta concreta a vuestra Institución es si se incorporará dichos requisitos al PBC. o en su defecto nos aclare como garantizará que el adjudicatario se encuentre legalmente habilitado, regulado y auditado para prestar los servicios objetos de esta licitación. 05-10-2026 21-10-2026
4 Experiencia específica y antigüedad en servicios prehospitalarios Observamos que el Pliego contempla requisitos relacionados con experiencia y antecedentes del oferente que exigen contratos y/o facturaciones que comprueben dicha experiencia mediante porcentajes mínimos. Entendiendo que nuestro país existe una gran cantidad de ambulancias sin habilitaciones alguna generando lucro de forma irregular y poniendo en peligro la salud de los pacientes trasladados día tras día y que es de publico conocimiento. Nuestra consulta, ¿Cómo va a controlar y garantizar la convocante, que el adjudicado que cumpla con dichos mínimos de facturación, los haya realizado en el marco de la legalidad y el cumplimiento de las exigencias y controles del MSPBS y la Superintendencia de salud durante dichos años de servicios prestados? Por otro lado, en el informe técnico del 23/09 del presente año que tiene como título o modelo de dictamen técnico en su pagina 2 donde menciona la explicación del Jefe de Centro de regulación médica y gestión de ambulancias (CAMIPS), en el punto criterio de experiencia, hace mención a la necesidad de contar con un documento del rubro debido a la necesidad del IPS de contratar una empresa consolidada con experiencia en traslados y a su vez menciona la importancia de “el tiempo de permanecía en el rubro” respaldaría la capacitad e infraestructura requerida en el pliego. Por otro lado, menciona que es importante la antigüedad porque permite suponer la capacidad de gestión administración suficiente. Ya que a ha habido experiencia en el área incluso negativas de empresa que se disolvieron en plena vigencia de contratos con hospitales públicos. Debido a estas razones, hemos analizado otros pliegos en cuestión del mismo rubro y solicitan al menos 10 años de antigüedad habilitado y funcionando en el rubro controlable mediante las habilitaciones de las instituciones publicas mencionadas con anterioridad 05-10-2026 21-10-2026
5 Consultas Varias Consulta 1: Requisito de experiencia y habilitación En este llamado, no pide la habilitación del MSPyBS de la base ambulancias como empresa de emergencias médicas o servicios extrahospitalarios. Pregunto si en estas condiciones, siendo un particular, puedo presentarme. Consulta 2: Habilitación de SUPSALUD No se solicita la habilitación como empresa de medicina prepaga extrahospitalaria de la SUPSALUD con antigüedad mínima de 10 años. Pregunto si, siendo del interior o asociado con bomberos, podemos presentarnos en esta licitación. Consulta 3: Antigüedad de móviles No se solicitan especificaciones, por ejemplo, de modelos de hasta 15 años de uso. Pregunto si tiene ambulancias usadas vía Chile con volante cambiado o similares; igual se puede presentar en este concurso. 06-10-2026 21-10-2026
6 Habilitación como Entidad de Medicina Prepaga Especializada Prehospitalaria Teniendo en cuenta que la adjudicación implicará la suscripción de un contrato para la prestación futura y continuada de servicios prehospitalarios, consultamos: ¿Podría la Convocante aclarar si será exigida a la empresa adjudicada la habilitación correspondiente para operar como entidad de medicina prepaga en servicios prehospitalarios, así como la certificación anual vigente expedida por la Superintendencia de Salud, cuando estas resulten aplicables a la modalidad de prestación objeto de la contratación? Considerando que estas habilitaciones y certificaciones acreditan que la empresa se encuentra sometida al control, fiscalización y auditoría de las autoridades sanitarias correspondientes para la prestación de este tipo de servicios, solicitamos evaluar su incorporación como requisitos de calificación, de conformidad con la normativa sanitaria vigente aplicable al objeto de la contratación. Asimismo, solicitamos aclarar qué documentación deberá presentar el oferente para demostrar que se encuentra legalmente autorizado por las autoridades sanitarias competentes para asumir contractualmente y prestar durante toda la vigencia del contrato los servicios prehospitalarios requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones. 06-10-2026 21-10-2026
Descargar datos como: Archivo CSV Archivo PDF