Por medio de la presente, nos dirigimos respetuosamente a la Convocante a efectos de realizar una consulta y solicitud de reconsideración respecto al siguiente requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones:
“Poseer Un (1) taller autorizado o subcontratado en cada una de las siguientes ciudades (Ciudad del Este, Villarrica, Encarnación, San Pedro, Filadelfia, Pilar, Pedro Juan Caballero, Coronel Oviedo, Caaguazú, Concepción, Caazapá, San Juan Misiones), lo solicitado podrá ser acreditado con un contrato, declaración jurada u otro instrumento legal que autorice a realizar el trabajo sin perder la garantía quedando como principal responsable el Taller Principal Adjudicado.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante considerar la posibilidad de incluir como alternativa válida la utilización de talleres móviles para la prestación de los servicios requeridos, principalmente para mantenimientos preventivos, asistencias mecánicas y reparaciones menores que puedan ejecutarse en sitio.
La presente solicitud se fundamenta en que el requisito de contar con talleres físicos o subcontratados en todas las ciudades mencionadas podría resultar excesivamente restrictivo para potenciales oferentes, especialmente para micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), limitando así la participación y la libre concurrencia de oferentes técnicamente capacitados.
Cabe señalar que actualmente muchas empresas del rubro automotriz operan mediante unidades móviles equipadas con herramientas y personal técnico especializado, permitiendo brindar respuestas eficientes y oportunas sin afectar la calidad del servicio ni las garantías correspondientes.
Asimismo, la incorporación de esta modalidad favorecería una mayor participación de MIPYMES nacionales, en concordancia con los principios de igualdad, razonabilidad y amplia competencia previstos en la normativa de contrataciones públicas.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente evaluar la posibilidad de:
• Permitir el uso de talleres móviles como modalidad complementaria o alternativa de prestación de servicios;
• Flexibilizar el requisito de infraestructura física en todas las ciudades mencionadas;
• Mantener la responsabilidad técnica y contractual del oferente adjudicado respecto de los trabajos ejecutados.
Sin otro particular, agradecemos la atención brindada y quedamos atentos a la respuesta de la Convocante.
De:
Riveros Speratti, Francisco Solano
80053036-5 - TALLER INTEGRAL S.A.
Consulta:
Por medio de la presente, nos dirigimos respetuosamente a la Convocante a efectos de realizar una consulta y solicitud de reconsideración respecto al siguiente requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones:
“Poseer Un (1) taller autorizado o subcontratado en cada una de las siguientes ciudades (Ciudad del Este, Villarrica, Encarnación, San Pedro, Filadelfia, Pilar, Pedro Juan Caballero, Coronel Oviedo, Caaguazú, Concepción, Caazapá, San Juan Misiones), lo solicitado podrá ser acreditado con un contrato, declaración jurada u otro instrumento legal que autorice a realizar el trabajo sin perder la garantía quedando como principal responsable el Taller Principal Adjudicado.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante considerar la posibilidad de incluir como alternativa válida la utilización de talleres móviles para la prestación de los servicios requeridos, principalmente para mantenimientos preventivos, asistencias mecánicas y reparaciones menores que puedan ejecutarse en sitio.
La presente solicitud se fundamenta en que el requisito de contar con talleres físicos o subcontratados en todas las ciudades mencionadas podría resultar excesivamente restrictivo para potenciales oferentes, especialmente para micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), limitando así la participación y la libre concurrencia de oferentes técnicamente capacitados.
Cabe señalar que actualmente muchas empresas del rubro automotriz operan mediante unidades móviles equipadas con herramientas y personal técnico especializado, permitiendo brindar respuestas eficientes y oportunas sin afectar la calidad del servicio ni las garantías correspondientes.
Asimismo, la incorporación de esta modalidad favorecería una mayor participación de MIPYMES nacionales, en concordancia con los principios de igualdad, razonabilidad y amplia competencia previstos en la normativa de contrataciones públicas.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente evaluar la posibilidad de:
• Permitir el uso de talleres móviles como modalidad complementaria o alternativa de prestación de servicios;
• Flexibilizar el requisito de infraestructura física en todas las ciudades mencionadas;
• Mantener la responsabilidad técnica y contractual del oferente adjudicado respecto de los trabajos ejecutados.
Sin otro particular, agradecemos la atención brindada y quedamos atentos a la respuesta de la Convocante.
Con relación a incluir como alternativa la utilización de talleres móviles realmente no vemos como una opción válida en el sentido de que poseemos móviles distribuidos en todo el territorio nacional y no encontramos el costo - beneficio del taller de enviar un taller a móvil para realizar un mantenimiento, por ejemplo, en la zona de Carmelo Peralta, Filadelfia, Concepción, CDE, etc. En ese sentido, es nuestra obligación asegurarnos de que los trabajos de mantenimientos se realicen en tiempo y forma, garantizando la calidad de los trabajos, en espacios adecuados, capacidad de atención inmediata por la alta rotación de nuestros móviles, situación que no pueden ser garantizados por talleres móviles.
Igualmente, se aclara que el requisito establecido no limita ni restringe la participación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), si no por el contrario, fomenta indirectamente su participación mediante la posibilidad de asociación, subcontratación y articulación con talleres locales habilitados en las distintas ciudades mencionadas en el PBC.
Asimismo, se aclara que la infraestructura exigida en el PBC corresponde a requerimientos mínimos indispensables y razonables para la correcta ejecución de los servicios solicitados, considerando que el objeto principal del llamado contempla fundamentalmente y exclusivamente trabajos de mantenimiento vehicular para los talleres autorizados o subcontratados en las ciudades del Interior.
Por lo expuesto, nos mantenemos en las condiciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
2
Cantidad de Elevadores Hidráulicos y Fosas
Referencia PBC: Exigencia de contar con 8 elevadores hidráulicos/eléctricos (mín. 4.500 Kg) y 3 fosas.
Consulta y Fundamentación: Técnicamente, las fosas azulejadas y los elevadores hidráulicos cumplen funciones análogas e idénticas: la inspección y diagnóstico del tren delantero, trasero y sistema de suspensión. El proceso de diagnóstico toma un tiempo promedio menor a 20 minutos por vehículo; posterior a esto, las operaciones de desmontaje y reparación propiamente dichas se ejecutan en las áreas de trabajo generales utilizando caballetes por normas internacionales de seguridad industrial. Solicitar simultáneamente un volumen tan elevado de ambos elementos (8 elevadores y 3 fosas) supera el estándar operativo de los talleres mecánicos de gran porte en el mercado local.
Por tanto, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante flexibilizar el requisito técnico, permitiendo la participación de oferentes que acrediten contar con una combinación estándar y suficiente de 3 fosas azulejadas y 6 elevadores hidráulicos?
Referencia PBC: Exigencia de contar con 8 elevadores hidráulicos/eléctricos (mín. 4.500 Kg) y 3 fosas.
Consulta y Fundamentación: Técnicamente, las fosas azulejadas y los elevadores hidráulicos cumplen funciones análogas e idénticas: la inspección y diagnóstico del tren delantero, trasero y sistema de suspensión. El proceso de diagnóstico toma un tiempo promedio menor a 20 minutos por vehículo; posterior a esto, las operaciones de desmontaje y reparación propiamente dichas se ejecutan en las áreas de trabajo generales utilizando caballetes por normas internacionales de seguridad industrial. Solicitar simultáneamente un volumen tan elevado de ambos elementos (8 elevadores y 3 fosas) supera el estándar operativo de los talleres mecánicos de gran porte en el mercado local.
Por tanto, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante flexibilizar el requisito técnico, permitiendo la participación de oferentes que acrediten contar con una combinación estándar y suficiente de 3 fosas azulejadas y 6 elevadores hidráulicos?
La cantidad de elevadores y fosas requeridas responden a un criterio técnico y operativo, en función al volumen de la flota vehicular de la institución y compuesta por vehículos de distintos tipos y dimensiones, que requieren atención simultánea y oportuna para asegurar su disponibilidad operativa continua. Asimismo, se debe considerar que el taller adjudicado no operará en forma exclusiva para esta institución, sino que prestará servicios también a otros clientes. Por lo tanto, contar con la cantidad de elevadores y fosas requeridas en el PBC, garantiza capacidad instalada suficiente para cumplir en tiempo y forma con las obligaciones del contrato, sin generar retrasos ni comprometer la calidad del servicio.
No obstante, analizando con el equipo técnico, hemos considerado lo propuesto en la consulta, por lo que solicitamos quede en el PBC la siguiente manera. :
Equipos/Herramientas:
Presentar Declaración Jurada emitida por el oferente de contar con las herramientas propias, operativas en el taller para el cumplimiento de los trabajos solicitados:
- 1 equipo para control de carga de alternador
- 2 banco soporte para armado de diferencial con relojes de ajuste.
- 1 equipo de alineación de faros portátil (Alta y Baja),
- 6 elevadores hidráulicos y/o eléctricos con una capacidad de como mínimo 4.500 Kg,
- 2 compresores de aire de 2hp de potencia
- 1 torno para realizar trabajos de tornería en general (ej. reparación de cardanes, palieres, en funcionamiento) para la agilidad en los trabajos
- 3 Fosas para camiones y/o vehículos equipadas y azulejadas.
- 1 succionador de aceite al vacío
- 1 desmontadora de neumáticos.
- 5 multitester automotriz.
- 1 calibrador de picos inyectores diésel convencional
- 1 Comprimidor hidráulico de espirales tipo mac-persom
- 2 Manómetros para carga de gas R134 ecológico
- 3 Gatos hidráulicos
- 3 Scanner para diagnóstico electrónico computarizado de las diferentes marcas de vehículos, camiones.
- 1 calibre pie de rey (con certificación de la INTN u otro Laboratorio de metrología, en caso de laboratorios externos será corroborado la veracidad de los mismos)
- 1 Banco de prueba para limpieza, reparación y testeo de picos inyectores cammon rail (DIESEL)
- 1 banco testeo de picos inyectores electrónicos nafteros.
- 1 equipo de alineación y balanceo computarizado.
- 2 máquinas de vacío para gas r134 ecológico
- 1 reloj comparador de medidas internas y externas de cilindro
- 1 manómetro para medir presión de bombas eléctricas de combustibles nafteros y diésel
- 1 analizador de gases de escape portátil.
- 1 banco y Power para estirar chasis.
- 1 kit detector de fuga de agua de radiador
- 6 pistolas neumáticas
- 1 soldador eléctrico para soldaduras mic.
- 1 generador de 50kv a modo de garantizar energía eléctrica durante el horario laboral, de tal manera a cumplir cabal, eficientemente y sin interrupciones por cortes de temporales de luz los trabajos encomendados por las entidades.
- 2 banco para montaje y desmontaje de caja de cambios hidráulico
- 2 banco para armado de motores
- 1 manómetro de combustible.
- 1 compresimetro digital para realizar mediciones de compresión de motores diésel
- 1 compresimetro digital para realizar mediciones de compresión de motores naftero
- 1 boroscopio, endoscopio
- 1 equipo de ultrasonido para limpieza de inyectores
- 1 máquina detector de fuga de humo.
- Cajas de herramientas manuales: Estas deben incluir como mínimo destornilladores, llaves combinadas, llaves de tubo, Pinza universal, pinzas de seguro y otros. Una caja de equipos manuales para cada operario del taller. (Como mínimo 4 unidades).
- Debe contar con sala cerrada para las reparaciones de motor, caja y diferencial de manera a evitar la contaminación del ambiente. El mismo deberá contar con las herramientas necesarias para el efecto.
Obs: Todas las herramientas, como elevadores, fosas, herramientas y maquinarias mencionadas anteriormente deben estar instaladas y operativas dentro del AREA de trabajo solicitada que serán verificados en la visita técnica.
3
Equipamiento Técnico Específico (Torno, Desmontadora, Multitester, Banco Common Rail, Alineación)
Referencia PBC: Requisito de contar de forma fija con: 1 torno, 1 desmontadora de neumáticos, 5 multitester, 1 banco de prueba Common Rail y 1 equipo de alineación computarizado.
Consulta y Fundamentación: En la práctica comercial del rubro automotriz, los servicios de tornería, rectificación especializada, alineación/balanceo y diagnóstico avanzado de picos inyectores Common Rail son habitualmente tercerizados a talleres de alta especialidad anexos. Exigir la propiedad o tenencia física y fija de estas maquinarias de gran envergadura restringe el llamado únicamente a talleres integrales masivos, excluyendo a oferentes altamente competitivos en mecánica general. Asimismo, la exigencia de 5 multitesters es excesiva para el flujo de diagnóstico simultáneo, dado que es una herramienta de lectura rápida.
Sustentados en la Resolución DNCP N° 641/22, que establece que la obligatoriedad de contar con equipamientos específicos que admiten tercerización constituye una barrera ilegal a la competencia, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante permitir la acreditación de los servicios de torno, alineación, desmontadora y banco Common Rail mediante acuerdos de tercerización y/o subcontratación formal, y disminuir la cantidad de multitesters requeridos?
29-05-2026
01-06-2026
Equipamiento Técnico Específico (Torno, Desmontadora, Multitester, Banco Common Rail, Alineación)
Referencia PBC: Requisito de contar de forma fija con: 1 torno, 1 desmontadora de neumáticos, 5 multitester, 1 banco de prueba Common Rail y 1 equipo de alineación computarizado.
Consulta y Fundamentación: En la práctica comercial del rubro automotriz, los servicios de tornería, rectificación especializada, alineación/balanceo y diagnóstico avanzado de picos inyectores Common Rail son habitualmente tercerizados a talleres de alta especialidad anexos. Exigir la propiedad o tenencia física y fija de estas maquinarias de gran envergadura restringe el llamado únicamente a talleres integrales masivos, excluyendo a oferentes altamente competitivos en mecánica general. Asimismo, la exigencia de 5 multitesters es excesiva para el flujo de diagnóstico simultáneo, dado que es una herramienta de lectura rápida.
Sustentados en la Resolución DNCP N° 641/22, que establece que la obligatoriedad de contar con equipamientos específicos que admiten tercerización constituye una barrera ilegal a la competencia, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante permitir la acreditación de los servicios de torno, alineación, desmontadora y banco Common Rail mediante acuerdos de tercerización y/o subcontratación formal, y disminuir la cantidad de multitesters requeridos?
El objetivo del llamado es contratar un taller con capacidad técnica, operativa y comprobable para atender de forma integral toda la flota vehicular, sin necesidad de recurrir a terceros en tareas clave, el cual responde directamente a la composición en volumen de la flota institucional, que incluye un número significativo de vehículos, por lo cual, esta convocante considera que el requisito es técnicamente justificado, necesario e indispensable para asegurarse de que el oferente cuenta con la capacidad técnica para ejecutar eficientemente los servicios licitados evitando con ello retrasos, sobrecostos o posibles incumplimientos durante la ejecución contractual. En cuanto al multitester, se mantiene invariable la exigencia de poseer los cinco (5) multitesters. El multitester es una herramienta de diagnóstico electrónico de uso primario, y diario; contar con un mínimo de 5 unidades es técnicamente esencial para que el plantel de mecánicos ejecute diagnósticos eléctricos en paralelo sobre la flota institucional, garantizando la eficiencia y la celeridad en la entrega de los móviles, también teniendo en cuenta que adjudicado tendrá en su predio vehículos de otros clientes tanto del sector público y/o privado.
Por lo expuesto, nos mantenemos en las condiciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
4
Talleres Autorizados en el Interior y Disponibilidad de Grúa
Referencia PBC: Exigencia de poseer un taller autorizado o subcontratado en 12 ciudades del interior del país.
Consulta y Fundamentación: El propio PBC exige al oferente contar con servicio de grúa para el traslado de los móviles de la institución, lo que garantiza el transporte seguro de las unidades al taller central. Exigir una red de 12 talleres satélites atomiza la responsabilidad técnica del adjudicatario, puede generar retrasos por falta de estandarización en la calidad y eleva innecesariamente los costos de la oferta. Al estar cubierto el traslado logístico, la dispersión geográfica obligatoria resulta redundante y desproporcionada.
Por tanto, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante suprimir la exigencia de contar con talleres autorizados en las 12 localidades mencionadas, centralizando la responsabilidad técnica en las instalaciones principales del adjudicatario y valiéndose del servicio de grúa previsto?
29-05-2026
01-06-2026
Talleres Autorizados en el Interior y Disponibilidad de Grúa
Referencia PBC: Exigencia de poseer un taller autorizado o subcontratado en 12 ciudades del interior del país.
Consulta y Fundamentación: El propio PBC exige al oferente contar con servicio de grúa para el traslado de los móviles de la institución, lo que garantiza el transporte seguro de las unidades al taller central. Exigir una red de 12 talleres satélites atomiza la responsabilidad técnica del adjudicatario, puede generar retrasos por falta de estandarización en la calidad y eleva innecesariamente los costos de la oferta. Al estar cubierto el traslado logístico, la dispersión geográfica obligatoria resulta redundante y desproporcionada.
Por tanto, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante suprimir la exigencia de contar con talleres autorizados en las 12 localidades mencionadas, centralizando la responsabilidad técnica en las instalaciones principales del adjudicatario y valiéndose del servicio de grúa previsto?
Como primer punto cabe acotar que ambos son requisitos con finalidades distintas, el Servicio de Grúa tiene como objeto exclusivo del auxilio, rescate y traslado seguro de aquellas unidades que queden completamente inmovilizadas debido a siniestros o averías mecánicas que requieran ser intervenidas por en el Taller Principal. En tanto que la finalidad de los Talleres en el interior es de carácter exclusivo para mantenimientos preventivos, no reparaciones, y es la de garantizar que la flota vehicular asignada de manera permanente a las sedes departamentales del MDP reciba mantenimientos preventivos y correctivos de forma inmediata y en su zona geográfica de operación, bajo las estrictas condiciones de seguridad edilicia exigidas en el PBC, además técnicamente imposible que el servicio de grúa cubra el traslado logístico de todas las unidades asignadas en el interior del país, las cuales se encuentran en localidades que exceden largamente dicha distancia de cobertura de grúa (como Filadelfia, Pedro Juan Caballero, Concepción o Encarnación, etc. situadas a cientos de kilómetros de la capital), además de que resultaría logísticamente y económicamente ineficiente y todo lo que podría implicar para el ministerio, paralizar las funciones en las cabeceras.
Esta convocante se ratifica en lo solicitado en el PBC, en los anteriores llamados ya se ha utilizado esta misma temática y ha sido de vital importancia para el mantenimiento de nuestros vehículos, no siendo de ninguna manera redundante, en vista a que los talleres solicitados se encuentran en zonas estratégicas geográficamente en relación con la ubicación de nuestras diferentes sedes dentro del territorio nacional, garantizando el Principio de Economía y Eficiencia previsto en la Ley N° 7021/2022. Por lo tanto, favor remitirse a lo establecido en el PBC.
5
Restricción Geográfica (Distancia Máxima)
Referencia PBC: Ubicación del taller a un máximo de 12 km del Edificio Safira del MDP, medido vía Google Maps. En caso de consorcios, todos los miembros deben cumplir con dicha distancia.
Consulta y Fundamentación: El límite restrictivo de 12 km carece de un justificativo técnico o económico de peso que prime sobre el derecho de participación, deviniendo en un requisito excluyente y anticompetitivo. Asimismo, exigir que todos los miembros de un consorcio se ubiquen dentro de dicho radio anula la posibilidad de consorciamiento con empresas que aporten capacidad financiera o técnica complementaria desde otras zonas del Gran Asunción.
Por tanto, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante ampliar el radio de ubicación técnica a un máximo de 15 km de distancia y, en caso de consorcios, dictaminar que el requisito se da por cumplido siempre que el taller principal (donde se ejecutarán efectivamente los servicios) cumpla con dicho parámetro?
Referencia PBC: Ubicación del taller a un máximo de 12 km del Edificio Safira del MDP, medido vía Google Maps. En caso de consorcios, todos los miembros deben cumplir con dicha distancia.
Consulta y Fundamentación: El límite restrictivo de 12 km carece de un justificativo técnico o económico de peso que prime sobre el derecho de participación, deviniendo en un requisito excluyente y anticompetitivo. Asimismo, exigir que todos los miembros de un consorcio se ubiquen dentro de dicho radio anula la posibilidad de consorciamiento con empresas que aporten capacidad financiera o técnica complementaria desde otras zonas del Gran Asunción.
Por tanto, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante ampliar el radio de ubicación técnica a un máximo de 15 km de distancia y, en caso de consorcios, dictaminar que el requisito se da por cumplido siempre que el taller principal (donde se ejecutarán efectivamente los servicios) cumpla con dicho parámetro?
Con relación a la distancia del taller del oferente al MDP responde a la necesidad de garantizar la rápida reacción ante eventuales problemas que requieran ser atendidos, en el sentido de contar con una pronta entrega o retiro de los móviles. Esto considerando el actual tráfico, estado de calles, implicaría ya un desgaste considerable tanto del vehículo (combustible, fluidos, suspensión, amortiguador, cubiertas) como del Recurso Humano, horas hombre. Tiempo en que demora el funcionario encargado de transportar el vehículo hasta el lugar. El mismo criterio con relación a casos de consorcios.
Por lo tanto, se solicita remitirse a lo establecido en el PBC.
6
Póliza de Seguro (Monto, Radio de Cobertura y Consorcios)
Referencia PBC: Póliza de Seguro contra Robo, Incendio y RC por Gs. 3.000.000.000 (acumulable individualmente para cada miembro en caso de Consorcios) y radio de cobertura de 600 km para pruebas de desarrollo.
Consulta y Fundamentación:
1. Consorcios: Exigir que cada integrante cumpla individualmente con el 100% del monto de la póliza desnaturaliza la figura jurídica del consorcio (cuya finalidad es la complementariedad de capacidades para mitigar riesgos). Esto vulnera las directrices de la DNCP sobre la evaluación cualitativa de los consorcios.
2. Radio de Cobertura y Monto: Un radio de 600 km excede notoriamente los límites de la geografía nacional requeridos para las pruebas de manejo post-reparación (considerando que Asunción a Ciudad del Este dista aproximadamente 330 km). El monto de Gs. 3.000.000.000 resulta igualmente desproporcionado para el flujo promedio de vehículos bajo resguardo simultáneo.
Por tanto, solicitamos:
• A) Reducir el capital mínimo de la póliza a Gs. 2.000.000.000.
• B) Permitir que, en caso de consorcios, el monto se cumpla mediante la sumatoria de las pólizas de sus integrantes.
• C) Modificar el radio de cobertura técnica para pruebas a un máximo de 400 km. ¿Se servirá la Convocante realizar dichas modificaciones en pos de salvaguardar la mayor concurrencia?
29-05-2026
01-06-2026
Póliza de Seguro (Monto, Radio de Cobertura y Consorcios)
Referencia PBC: Póliza de Seguro contra Robo, Incendio y RC por Gs. 3.000.000.000 (acumulable individualmente para cada miembro en caso de Consorcios) y radio de cobertura de 600 km para pruebas de desarrollo.
Consulta y Fundamentación:
1. Consorcios: Exigir que cada integrante cumpla individualmente con el 100% del monto de la póliza desnaturaliza la figura jurídica del consorcio (cuya finalidad es la complementariedad de capacidades para mitigar riesgos). Esto vulnera las directrices de la DNCP sobre la evaluación cualitativa de los consorcios.
2. Radio de Cobertura y Monto: Un radio de 600 km excede notoriamente los límites de la geografía nacional requeridos para las pruebas de manejo post-reparación (considerando que Asunción a Ciudad del Este dista aproximadamente 330 km). El monto de Gs. 3.000.000.000 resulta igualmente desproporcionado para el flujo promedio de vehículos bajo resguardo simultáneo.
Por tanto, solicitamos:
• A) Reducir el capital mínimo de la póliza a Gs. 2.000.000.000.
• B) Permitir que, en caso de consorcios, el monto se cumpla mediante la sumatoria de las pólizas de sus integrantes.
• C) Modificar el radio de cobertura técnica para pruebas a un máximo de 400 km. ¿Se servirá la Convocante realizar dichas modificaciones en pos de salvaguardar la mayor concurrencia?
La Convocante se ratifica en lo establecido en el PBC. Como administradores de bienes públicos, pesa sobre esta institución la obligación legal de exigir garantías suficientes para mitigar los riesgos sobre el patrimonio del estado. El monto fijado es plenamente proporcional al valor acumulado de los vehículos oficiales mientras los vehículos se encuentren bajo la custodia del adjudicado, ya sea dentro del taller o durante pruebas y desarrollos, además es bien sabido que los oferentes no solo tendrán en su predio a vehículos correspondientes a esta institución, sino suelen atender a múltiples clientes, tanto públicos como particulares, y considerando el valor acumulado de los vehículos que podrían coincidir en el predio, el monto exigido se considera proporcional y necesario para garantizar un resarcimiento suficiente ante cualquier siniestro. El radio de 600 km asegura una cobertura total de Responsabilidad Civil ante los desplazamientos y pruebas dinámicas de rendimiento interurbano necesarias para certificar las reparaciones de alta complejidad.
7
Exigencia de Generador Eléctrico de 50 kVA
Referencia PBC: Requisito de poseer un "Generador de 50 kv" (sic).
Consulta y Fundamentación: La exigencia de contar de forma fija con un generador de dicha capacidad no incide directamente en la calidad intrínseca de las reparaciones mecánicas y constituye una barrera de acceso. El PBC ya traslada el riesgo operativo al adjudicatario mediante los plazos perentorios del plan de entregas; por ende, el método para garantizar la continuidad del servicio (sea mediante sistemas de respaldo, tercerización o contingencias) forma parte de la autonomía logística de la empresa. Mantenerlo como requisito obligatorio de elegibilidad configuraría una restricción indebida a la competencia.
Por tanto, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante eliminar la exigencia de contar con un generador de 50 kVA, o en su defecto, permitir que el plan de contingencia ante cortes de energía sea acreditado por otros medios logísticos a criterio del oferente?
Referencia PBC: Requisito de poseer un "Generador de 50 kv" (sic).
Consulta y Fundamentación: La exigencia de contar de forma fija con un generador de dicha capacidad no incide directamente en la calidad intrínseca de las reparaciones mecánicas y constituye una barrera de acceso. El PBC ya traslada el riesgo operativo al adjudicatario mediante los plazos perentorios del plan de entregas; por ende, el método para garantizar la continuidad del servicio (sea mediante sistemas de respaldo, tercerización o contingencias) forma parte de la autonomía logística de la empresa. Mantenerlo como requisito obligatorio de elegibilidad configuraría una restricción indebida a la competencia.
Por tanto, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante eliminar la exigencia de contar con un generador de 50 kVA, o en su defecto, permitir que el plan de contingencia ante cortes de energía sea acreditado por otros medios logísticos a criterio del oferente?
El requisito de contar con un generador de 50kv responde a una serie de factores que consideramos importantes
- Suministro de energía confiable: En un taller mecánico, la electricidad es esencial para alimentar una variedad de herramientas y equipos, como elevadores, herramientas eléctricas, sistemas de iluminación y computadoras utilizadas para diagnóstico y registros. El contar con un generador asegura un suministro de energía confiable incluso en situaciones de cortes de energía inesperados, lo que permite que las operaciones del taller continúen sin interrupciones.
- Seguridad y condiciones dignas para el personal: En un taller mecánico, la seguridad es una prioridad. La electricidad es necesaria para operar sistemas de iluminación, herramientas de seguridad, dispositivos de diagnóstico y sistemas de ventilación en circunstancias de frecuentes cortes del suministro de energía en época de altas temperaturas.
- Cumplimiento de contratos y plazos de entrega: La ejecución del contrato debe cumplir con los plazos de entrega acordados. Los cortes de energía pueden interrumpir la ejecución del contrato y hacer que sea difícil cumplir con los plazos, lo que podría tener consecuencias contractuales negativas con la convocante.
Por lo tanto, se solicita remitirse a lo establecido en el PBC.
8
Infraestructura y Superficie Mínima
Referencia PBC: Requisito de contar con un mínimo de 1.600 m2 para área de trabajo cubierta (tipo depósito cerrado en los 4 costados de forma contigua) y dos accesos independientes.
Consulta y Fundamentación: De acuerdo con el Principio de Proporcionalidad y Libre Competencia consagrado en la Ley N° 7021/22, los requisitos técnicos deben guardar estricta relación con la naturaleza y el volumen real de la prestación. La exigencia de 1.600 m2 de área de trabajo exclusivamente cubierta y contigua resulta desmedida, considerando que la flota del MDP no será intervenida en su totalidad de forma simultánea. Toda la infraestructura del taller (área techada y de maniobras) se encuentra afectada y a disposición del contrato.
Sustentados en el criterio de la DNCP (v.g., Resolución DNCP N° 4864/21), la cual sanciona la fijación de dimensiones edilicias excesivas por restringir la participación de oferentes, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante modificar el PBC reduciendo la superficie mínima exigida a 1.000 m2 totales, computando de forma integral la infraestructura disponible del taller?
Referencia PBC: Requisito de contar con un mínimo de 1.600 m2 para área de trabajo cubierta (tipo depósito cerrado en los 4 costados de forma contigua) y dos accesos independientes.
Consulta y Fundamentación: De acuerdo con el Principio de Proporcionalidad y Libre Competencia consagrado en la Ley N° 7021/22, los requisitos técnicos deben guardar estricta relación con la naturaleza y el volumen real de la prestación. La exigencia de 1.600 m2 de área de trabajo exclusivamente cubierta y contigua resulta desmedida, considerando que la flota del MDP no será intervenida en su totalidad de forma simultánea. Toda la infraestructura del taller (área techada y de maniobras) se encuentra afectada y a disposición del contrato.
Sustentados en el criterio de la DNCP (v.g., Resolución DNCP N° 4864/21), la cual sanciona la fijación de dimensiones edilicias excesivas por restringir la participación de oferentes, solicitamos: ¿Se servirá la Convocante modificar el PBC reduciendo la superficie mínima exigida a 1.000 m2 totales, computando de forma integral la infraestructura disponible del taller?
Los requisitos establecidos en el PBC, con respecto a las dimensiones solicitadas para el efecto surgen precisamente de la necesidad de establecer parámetros mínimos para asegurar el movimiento interno dentro del perímetro del taller mecánico. La convocante posee una flota de maquinarias numerosa, y cabe mencionar, que los contratos han sido ejecutados en su mayoría remitiendo varios vehículos en simultaneo en un solo día, es decir que en nuestra experiencia ya hemos constatado que tipo de características en materia de infraestructura es la más adecuada para el logro de los servicios en tiempo. Es por ello que consideramos de importancia que el taller adjudicado cuente con un espacio suficiente y en este contexto, el referido requisito obedece a que el oferente adjudicado no realizará los servicios de mantenimiento en forma exclusiva para el MDP sino que también tendrá a otras instituciones públicas, así como también privadas. en consecuencia, esta convocante requiere de tales dimensiones mínimas.
Por lo tanto, se solicita remitirse a lo establecido en el PBC.