Ruffinelli Almada, Francis Crispin
80114686-0 - RUAL Sociedad Anónima
Consulta:
Con relación al apartado de Capacidad Técnica, en el punto "5. El oferente deberá garantizar que cuenta con personal técnico certificado por los fabricantes, para realizar los servicios solicitados.", se solicita a la convocante que considere separar y eliminar el requisito de que el personal tecnico esté certificado "POR EL FABRICANTE", para los lotes 3 y 4 los cuales no cuentan con requisito de autorización de representante, ya que de esta manera se estaría limitando de igual forma la participación de otros talleres en dichos lotes, consideramos que se puede avalar la experiencia tecnica y practica de los personales presentando certificados tecnicos emitidos por instituciones educativas autorizadas por el MEC, como SNPP, Kolping, etc.